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LEY Nº 28806.- Ley General de Inspección del Trabajo

LEY N Ley General de Inspecci n del Trabajo LEY N 28806 Modificatorias Concordancias EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REP BLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REP BLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY General DE INSPECCI N DEL Trabajo NDICE T tulo I Del Sistema de Inspecci n del Trabajo Art culo 1 Objeto y definiciones Art culo 2 Principios Ordenadores que rigen el Sistema de Inspecci n del Trabajo T tulo II De la Inspecci n del Trabajo Cap tulo I Funciones y facultades de la Inspecci n del Trabajo Art culo 3 Funciones de la Inspecci n del Trabajo Art culo 4 mbito de actuaci n de la Inspecci n del Trabajo Art culo 5 Facultades inspectivas Art culo 6 Atribuci n de competencias Art culo 7 Auxilio y

Sistema de Inspección del Trabajo, es un sistema único, polivalente e integrado a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, constituido por el conjunto de normas, órganos, servidores públicos y medios que contribuyen al adecuado cumplimiento de la

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1 LEY N Ley General de Inspecci n del Trabajo LEY N 28806 Modificatorias Concordancias EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REP BLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REP BLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY General DE INSPECCI N DEL Trabajo NDICE T tulo I Del Sistema de Inspecci n del Trabajo Art culo 1 Objeto y definiciones Art culo 2 Principios Ordenadores que rigen el Sistema de Inspecci n del Trabajo T tulo II De la Inspecci n del Trabajo Cap tulo I Funciones y facultades de la Inspecci n del Trabajo Art culo 3 Funciones de la Inspecci n del Trabajo Art culo 4 mbito de actuaci n de la Inspecci n del Trabajo Art culo 5 Facultades inspectivas Art culo 6 Atribuci n de competencias Art culo 7 Auxilio y

2 Colaboraci n con la Inspecci n del Trabajo Art culo 8 Colaboraci n de la Inspecci n del Trabajo Art culo 9 Colaboraci n con los Supervisores-Inspectores, Inspectores del Trabajo e Inspectores Auxiliares Cap tulo II De las Actuaciones de la Inspecci n del Trabajo Art culo 10 Principios Generales Art culo 11 Modalidades de actuaci n Art culo 12 Origen de las actuaciones inspectivas Art culo 13 Tr mites de las actuaciones inspectivas Art culo 14 Medidas inspectivas de recomendaci n, advertencia y requerimiento Art culo 15 Paralizaci n o prohibici n de trabajos Art culo 16 Actas de Infracci n Art culo 17 Capacidad de obrar ante la Inspecci n del Trabajo T tulo III Organizaci n, estructura.

3 Funciona-miento y composici n del Sistema de Inspecci n Cap tulo I Organizaci n y estructura Art culo 18 Principios generales Art culo 19 Estructura org nica Cap tulo II Funcionamiento del Sistema de Inspecci n Art culo 20 Planificaci n y programaci n de inspecciones Art culo 21 Normas de funcionamiento interno Art culo 22 Distribuci n territorial de competencias Art culo 23 Servicios dispuestos por las autoridades competentes Art culo 24 Informes peri dicos sobre el Sistema de Inspecci n del Trabajo Cap tulo III Composici n del Sistema de Inspecci n Art culo 25 Composici n Art culo 26 Ingreso y r gimen jur dico Art culo 27 Formaci n y perfeccionamiento Art culo 28 Deberes de los servidores p blicos con funciones inspectivas Art culo 29 Participaci n Art culo 30 Locales y medios materiales T tulo IV R gimen de infracciones y sanciones en materia de relaciones laborales.

4 Seguridad y salud en el Trabajo y seguridad social Cap tulo I Disposiciones generales Art culo 31 Infracciones administrativas Art culo 32 Sujetos responsables Cap tulo II Infracciones Art culo 33 Infracciones en materia de relaciones laborales Art culo 34 Infracciones en materia de seguridad y salud en el Trabajo Art culo 35 Infracciones en materia de seguridad social Art culo 36 Infracciones a la labor inspectiva Art culo 37 Gravedad de las infracciones Cap tulo III Responsabilidades y sanciones Art culo 38 Criterios de graduaci n de las sanciones Art culo 39 Cuant a y aplicaci n de las sanciones Art culo 40 Reducci n de la multa y reiterancia Art culo 41 Atribuci n de competencias sancionadoras Art culo 42 Responsabilidades Empresariales Cap tulo IV Procedimiento sancionador Art culo 43 Normativa aplicable Art culo 44 Principios generales del procedimiento Art culo 45 Tr mite del procedimiento sancionador Art culo 46 Contenido de las actas de infracci n Art culo 47 Car cter de las actas de infracci n

5 Art culo 48 Contenido de la resoluci n Art culo 49 Medios de impugnaci n Art culo 50 Notificaci n al Ministerio P blico DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS T TULO I DEL SISTEMA DE INSPECCI N DEL Trabajo Art culo 1 .- Objeto y definiciones La presente Ley tiene por objeto regular el Sistema de Inspecci n del Trabajo , su composici n, estructura org nica, facultades y competencias, de conformidad con el Convenio N 81 de la Organizaci n Internacional del Trabajo . A los efectos de la presente Ley y dem s disposiciones de desarrollo que se dicten, se establecen las siguientes definiciones.

6 Sistema de Inspecci n del Trabajo , es un sistema nico, polivalente e integrado a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoci n del Empleo, constituido por el conjunto de normas, rganos, servidores p blicos y medios que contribuyen al adecuado cumplimiento de la normativa laboral, de prevenci n de riesgos laborales, colocaci n, empleo, Trabajo infantil, promoci n del empleo y formaci n para el Trabajo , seguridad social, migraci n y Trabajo de extranjeros, y cuantas otras materias le sean atribuidas. Inspecci n del Trabajo , es el servicio p blico encargado de vigilar el cumplimiento de las normas de orden sociolaboral y de la seguridad social, de exigir las responsabilidades administrativas que procedan, orientar y asesorar t cnicamente en dichas materias, todo ello de conformidad con el Convenio N 81 de la Organizaci n Internacional del Trabajo .

7 Supervisores Inspectores, Inspectores del Trabajo e Inspectores Auxiliares, son los servidores p blicos, cuyos actos merecen fe, seleccionados por razones objetivas de aptitud y con la consideraci n de autoridades, en los que descansa la funci n inspectiva que emprende el Poder Ejecutivo a trav s del Ministerio de Trabajo y Promoci n del Empleo y de los Gobiernos Regionales. A los efectos de la presente Ley y de sus normas de desarrollo, con car cter General la menci n a los Inspectores del Trabajo se entender referida a todos ellos, sin perjuicio de las funciones y responsabilidades atribuidas a cada uno de ellos.

8 Actuaciones de Orientaci n, son las diligencias que realiza la Inspecci n del Trabajo , de oficio o a petici n de los empleadores o trabajadores, para orientarles o asesorarles t cnicamente sobre el mejor cumplimiento de las normas sociolaborales vigentes. Actuaciones inspectivas, son las diligencias que la Inspecci n del Trabajo sigue de oficio, con car cter previo al inicio del procedimiento administrativo sancionador, para comprobar si se cumplen las disposiciones vigentes en materia sociolaboral y poder adoptar las medidas inspectivas que en su caso procedan, para garantizar el cumplimiento de las normas sociolaborales.

9 Procedimiento administrativo sancionador en materia sociolaboral, es el procedimiento administrativo especial de imposici n de sanciones que se inicia siempre de oficio mediante Acta de Infracci n de la Inspecci n del Trabajo , y se dirige a la presentaci n de alegaciones y pruebas, en su descargo, por los sujetos identificados como responsables de la comisi n de infracciones, as como a la adopci n de la resoluci n sancionadora, que proceda, por los rganos y autoridades administrativas competentes para sancionar. Art culo 2 .- Principios ordenadores que rigen el Sistema de Inspecci n del Trabajo El funcionamiento y la actuaci n del Sistema de Inspecci n del Trabajo , as como de los servidores que lo integran, se regir n por los siguientes principios ordenadores: 1.

10 Legalidad, con sometimiento pleno a la Constituci n Pol tica del Estado, las leyes, reglamentos y dem s normas vigentes. 2. Primac a de la Realidad, en caso de discordancia, entre los hechos constatados y los hechos reflejados en los documentos formales debe siempre privilegiarse los hechos constatados. 3. Imparcialidad y objetividad, sin que medie ning n tipo de inter s directo o indirecto, personal o de terceros que pueda perjudicar a cualquiera de las partes involucradas en el conflicto o actividad inspectora. 4. Equidad, debiendo dar igual tratamiento a las partes, sin conceder a ninguna de ellas ning n privilegio, aplicando las normas establecidas con equidad.


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