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LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO

LEY ORGANICA DE LA de control, fiscalizaci n y auditor a del CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO , y regular su funcionamiento con ESTADO . la finalidad de examinar, verificar y evaluar el cumplimiento de la visi n, Ley No. 73. RO/ Sup 595 de 12 de Junio misi n y objetivos de las instituciones del 2002. del ESTADO y la utilizaci n de recursos, administraci n y custodia de bienes p blicos. CONGRESO NACIONAL. Considerando: Art. Ambito de aplicaci n de la Las disposiciones de esta Ley rigen Que la Constituci n Pol tica de la para las instituciones del ESTADO , Rep blica instituye cambios previstas en el art culo 118 de la fundamentales en la competencia de la Constituci n Pol tica de la Rep blica;. Contralor a GENERAL ESTADO como su aplicaci n se extender a las Organismo T cnico Superior de Control; entidades de derecho privado, exclusivamente respecto de los bienes, Que es indispensable armonizar rentas u otras subvenciones de car cter con los preceptos constitucionales, las p blico de que dispongan.

Contraloría General del Estado, las personas jurídicas de derecho privado con fines sociales o públicos, cuyo capital social, patrimonio, fondo o participación tributaria esté integrado en el 50% o más, con recursos públicos. Las demás personas jurídicas de …

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  Derecho, Privados, Derecho privado

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1 LEY ORGANICA DE LA de control, fiscalizaci n y auditor a del CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO , y regular su funcionamiento con ESTADO . la finalidad de examinar, verificar y evaluar el cumplimiento de la visi n, Ley No. 73. RO/ Sup 595 de 12 de Junio misi n y objetivos de las instituciones del 2002. del ESTADO y la utilizaci n de recursos, administraci n y custodia de bienes p blicos. CONGRESO NACIONAL. Considerando: Art. Ambito de aplicaci n de la Las disposiciones de esta Ley rigen Que la Constituci n Pol tica de la para las instituciones del ESTADO , Rep blica instituye cambios previstas en el art culo 118 de la fundamentales en la competencia de la Constituci n Pol tica de la Rep blica;. Contralor a GENERAL ESTADO como su aplicaci n se extender a las Organismo T cnico Superior de Control; entidades de derecho privado, exclusivamente respecto de los bienes, Que es indispensable armonizar rentas u otras subvenciones de car cter con los preceptos constitucionales, las p blico de que dispongan.

2 Disposiciones relativas al control y auditor a en el sector p blico;. Art. Recursos P Para Que se debe aplicar al Sistema de efecto de esta Ley se entender n por Control, Fiscalizaci n y Auditor a los recursos p blicos, todos los bienes, principios constitucionales, y fondos, t tulos, acciones, participaciones, especialmente los de legalidad, activos, rentas, utilidades, excedentes, responsabilidad financiera, subvenciones y todos los derechos que transparencia, econom a, eficiencia y pertenecen al ESTADO y a sus instituciones, eficacia, junto con los criterios de sea cual fuere la fuente de la que equidad, y, tica y las pol ticas de procedan, inclusive los provenientes de descentralizaci n y desconcentraci n pr stamos, donaciones y entregas que, a operativas.

3 Cualquier otro t tulo realicen a favor del ESTADO o de sus instituciones, Que es necesario adaptar la gesti n personas naturales o jur dicas u de control de la Contralor a GENERAL del organismos nacionales o ESTADO a las exigencias propias de un internacionales. ESTADO moderno;. Los recursos p blicos no pierden su En ejercicio de sus facultades calidad de tales al ser administrados por constitucionales y legales, expide la corporaciones, fundaciones, sociedades siguiente. civiles, compa as mercantiles y otras entidades de derecho privado, cualquiera hubiere sido o fuere su origen, creaci n LEY ORGANICA DE LA o constituci n hasta tanto los t tulos, CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO acciones, participaciones o derechos que representen ese patrimonio sean TITULO I transferidos a personas naturales o personas jur dicas de derecho privado, OBJETO Y AMBITO de conformidad con la ley.

4 Art. Objeto de la La presente Ley tiene por objeto establecer y Art. R gimen de control de las mantener, bajo la direcci n de la personas jur dicas de derecho privado Contralor a GENERAL del ESTADO , el sistema con participaci n Para todos los efectos contemplados en esta empresa delegataria, pero si, a la gesti n Ley, est n sometidas al control de la referida a esa delegaci n por parte de la Contralor a GENERAL del ESTADO , las instituci n del ESTADO delegante, sin personas jur dicas de derecho privado perjuicio de la eventual responsabilidad con fines sociales o p blicos, cuyo que la Contralor a GENERAL del ESTADO capital social, patrimonio, fondo o pueda determinar, conforme a lo participaci n tributaria est integrado en establecido en esta Ley.

5 El 50% o m s, con recursos p blicos. Las dem s personas jur dicas de TITULO II. derecho privado, que no tengan finalidad social o p blica aun cuando su capital DEL SISTEMA DE CONTROL, est integrado en m s del 50% con FISCALIZACION Y. recursos p blicos, y aquellas cuyo capital social, patrimonio, fondo o AUDITORIA DEL ESTADO . participaci n tributaria, est integrado con recursos p blicos en un porcentaje CAPITULO 1. menor al 50%, estar n sometidas a la vigilancia y control de las FUNDAMENTOS, superintendencias de Compa as, de COMPONENTES, MARCO. Bancos y Seguros, o del respectivo rgano de control. La Contralor a GENERAL NORMATIVO Y OBJETO DEL. del ESTADO en estos casos, efectuar el SISTEMA. control de los recursos p blicos administrados por ellas a trav s del Art.

6 Sistema de Control, accionista, socio o part cipe del sector Fiscalizaci n y Auditor a del p blico, con sujeci n a lo establecido en Las instituciones del ESTADO , sus esta Ley, en cuanto a la gesti n dignatarios, autoridades, funcionarios y desarrollada por ste en los rganos de dem s servidores, actuar n dentro del gobierno y administraci n de la empresa Sistema de Control, Fiscalizaci n y receptora de los recursos p blicos y Auditor a del ESTADO , cuya aplicaci n acerca de las gestiones empresariales, propender a que: econ micas y financieras, mediante el an lisis de los estados financieros, Los dignatarios, autoridades, informes de auditor a interna y funcionarios y servidores p blicos, sin externa y de los administradores y excepci n, se responsabilicen y rindan representantes legales, despu s de cuenta p blica sobre el ejercicio de sus cada ejercicio econ mico.

7 El ejercicio atribuciones, la utilizaci n de los recursos de estas facultades, la Contralor a p blicos puestos a su disposici n, as . GENERAL del ESTADO lo efectuar en como de los resultados obtenidos de su coordinaci n con los respectivos rganos empleo;. de control. Las atribuciones y objetivos de las Cuando el ESTADO o sus instituciones instituciones del ESTADO y los respectivos hayan delegado a empresas privadas la deberes y obligaciones de sus ejecuci n de obra p blica, la servidores, sean cumplidos a cabalidad;. explotaci n y aprovechamiento de recursos p blicos mediante concesi n, Cada instituci n del ESTADO asociaci n, capitalizaci n, traspaso de asuma la responsabilidad por la existencia propiedad accionaria, de certificados de y mantenimiento de su propio sistema de aportaci n o de otros t tulos o derechos, control interno; y, Se coordine y o por cualquier otra forma contractual de complemente con la acci n que otros acuerdo con la ley, la vigilancia y rganos de control externo ejerzan sobre control de la Contralor a GENERAL del las operaciones y actividades del sector ESTADO no se extender a la persona o p blico y sus servidores.

8 Aplicaci n del sistema y la determinaci n de responsabilidades. Art. Componentes del La ejecuci n del sistema de control, En el marco de las normas, pol ticas, fiscalizaci n y auditor a del ESTADO se regulaciones, reglamentos, disposiciones realizar por medio de: y m s instrumentos indicados, cada instituci n del ESTADO , cuando considere El control interno, que es de necesario, dictar las normas, las pol ticas responsabilidad administrativa de cada y los manuales espec ficos para el una de las instituciones del ESTADO a las control de las operaciones a su cargo. La que se refiere el art culo 2 de esta Ley; y, Contralor a GENERAL del ESTADO verificar la pertinencia y la correcta aplicaci n de las El control externo que comprende: mismas.

9 A. El que compete a la Contralor a GENERAL del ESTADO ; y, Art. Objeto del Sistema de Mediante el sistema de control, b. El que ejerzan otras instituciones de fiscalizaci n y auditor a se examinar n, control del ESTADO en el mbito de sus verificar n y evaluar n las siguientes competencias. gestiones: administrativa, financiera, operativa; y cuando corresponda gesti n medio ambiental de las Art Marco normativo instituciones del ESTADO y la actuaci n Para regular el funcionamiento del de sus servidores. En el examen, sistema, la Contralor a GENERAL del verificaci n y evaluaci n de estas ESTADO adaptar , expedir , aprobar y gestiones, se aplicar n los indicadores de actualizar , seg n corresponda: gesti n institucional y de desempe o y se incluir n los comentarios sobre la Normas de control interno que legalidad, efectividad, econom a y sirvan de marco b sico para que las eficiencia de las operaciones y programas instituciones del ESTADO y sus servidores evaluados.

10 Establezcan y pongan en funcionamiento su propio control interno;. CAPITULO 2. Pol ticas de auditor a gubernamental; DEL SISTEMA DE CONTROL. INTERNO. Normas de control y fiscalizaci n sobre el sector p blico, adaptadas de Secci n 1. Normas Internacionales y de las emitidas por la Organizaci n Control Interno Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores; Art. Concepto y elementos del Control El control interno Normas de auditor a constituye un proceso aplicado por la gubernamental, de car cter local e m xima autoridad, la direcci n y el internacional en sus modalidades de personal de cada instituci n que gesti n, control de obras, auditor a proporciona seguridad razonable de que judicial, protecci n ambiental y se protegen los recursos p blicos y se auditor a de proyectos internacionales; y, alcancen los objetivos institucionales.