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1 NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA APLICACI N DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOL GICA EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL P gina 2 de 49 Clave: 2000-001-020 NDICE Numeral P gina 1 Fundamento jur dico 3 2 Objetivo 3 3 mbito de aplicaci n 3 4 Sujetos de la NORMA 4 5 Responsables de la aplicaci n de la NORMA 4 6 7 8 Definiciones Documentos de referencia DISPOSICIONES 4 12 15 Generales para la vigilancia epidemiol gica de las enfermedades transmisibles y no transmisibles Espec ficas para la vigilancia epidemiol gica de las enfermedades transmisibles y no transmisibles 15 28 Generales para la vigilancia, prevenci n y control de las infecciones nosocomiales 36 Espec ficas para la vigilancia, prevenci n y control de las infecciones nosocomiales Interpretaci n 40 48 Transitorios 49 Ap ndices Ap ndice A Enfermedades y eventos sujetos a la vigilancia epidemiol gica NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA APLICACI N DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOL GICA EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL P gina 3 de 49 Clave: 2000-001-020 1 Fundamento jur dico Con fundamento en lo dispuesto en el T tulo Primero, Cap tulo Uno, Art culo 4 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos.
2 El T tulo Primero, Cap tulo nico, Art culo 2, Fracci n II, IV y VII, Art culo 3, Fracci n I, II III, IX, XI, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII XXV, XXVI y XXVIII, el T tulo Segundo, Cap tulo Uno, Art culo 5, Art culo 6, Fracci n VII, VIII, T tulo Tercero, Cap tulo Uno, Art culo 24, Fracci n II, Art culo 27, Fracci n I, II y III, Art culo 30, Cap tulo Dos, Art culo 32 y 33, Fracci n I, Cap tulo Tres, Art culo 34, Fracci n II, Art culo 37, Cap tulo Cuatro, Art culo 50, 51, 52. T tulo Sexto, Cap tulo nico, Art culo 104, Fracci n I, II y III, Art culo 106 y 107, T tulo S ptimo, Cap tulo Uno, Art culo 110 y 111, Fracci n I, III y V, Cap tulo dos, Art culo 112, Fracciones I, II, III, Cap tulo Cuatro, Art culo 116 y 117, T tulo Octavo, Cap tulo Dos, Art culo 134, 135 y 136, con todas sus fracciones, Art culo 137, 138 y 139 Con todas sus Fracciones, Art culo 141, 142, 143 y 146, y T tulo D cimo S ptimo, Cap tulo tres, Art culo 158, 159, Fracciones I, II, III, IV, V y VI, Art culo 160, 161, 162, 163, Fracciones I, II, III, IV.
3 V, VI. Cap tulo nico, Art culo 394, de la Ley General de Salud; T tulo uno, Art culos 2, 3, 4, T tulo dos, Art culos 5, 6, Fracciones 1 y 2, Art culos 7, 8 y 9, Fracci n 2 del Reglamento Sanitario Internacional de 2005; Cap tulo uno, Art culos 3, 12, 13, 23, 68 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Sanidad Internacional; Cap tulo V, Art culos 38, 39, 40, 42 y 43, de la Ley de Informaci n Estad stica y Geogr fica; el T tulo Primero, Cap tulo nico, Art culo 2, Cap tulo Cuatro, Secci n Sexta, Art culo 110 y 111, T tulo Sexto, Cap tulo Uno, Art culo 303 de la Ley del Seguro Social; Cap tulo Uno, Art culo 1, Art culo 8, Cap tulo dos, Art culo 46, 47, 48, 49 del Reglamento de Servicios M dicos, del Instituto Mexicano del Seguro Social; T tulo Primero, Cap tulo nico, Art culo 5, T tulo Cuarto, Cap tulo Siete, Art culo 82, Fracci n I, II, III, IV, V, VI, X, XI, XIII, XIV, XVI, XIX y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Manual de Organizaci n de la Direcci n de Prestaciones M dicas, Clave: 2000-002-001, publicado el 21 de febrero de 2012, se ESTABLECE la siguiente: 2 Objetivo Esta NORMA ESTABLECE las DISPOSICIONES generales y espec ficas para la vigilancia epidemiol gica de los enfermedades, infecciones nosocomiales, eventos y situaciones de emergencia que afectan o ponen en riesgo la salud de la poblaci n atendida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
4 3 mbito de aplicaci n La presente NORMA es de observancia obligatoria en todas las Unidades M dicas del r gimen Ordinario y de IMSS-Oportunidades, Servicios de Prevenci n y Promoci n de la Salud en Trabajadores IMSS, la Coordinaci n del Servicio de Guarder a para el NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA APLICACI N DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOL GICA EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL P gina 4 de 49 Clave: 2000-001-020 Desarrollo Integral Infantil; la Coordinaciones de Bienestar Social y de Centros Vacacionales, Velatorios, Unidad de Congresos y Tiendas, la Direcci n de Innovaci n y Desarrollo Tecnol gico, Guarder as Infantiles, as como los Centros de Seguridad Social; Unidades Deportivas, Unidades Operativas de Prestaciones Sociales y Centros Vacacionales del Instituto Mexicano del Seguro Social. 4 Sujetos de la NORMA El personal de la Unidad de Salud P blica, la Coordinaci n de Vigilancia Epidemiol gica y sus respectivas divisiones, la Coordinaci n de Educaci n en Salud, la Coordinaci n de Investigaci n en Salud, la Coordinaci n de Control T cnico de Insumos, la Coordinaci n de Planeaci n de Infraestructura M dica, la Coordinaci n de Atenci n Integral a la Salud de IMSS-Oportunidades, la Coordinaci n de Atenci n Integral a la Salud de IMSS-Oportunidades, la Coordinaci n del Servicio de Guarder a para el Desarrollo Integral Infantil, la Coordinaci n de Bienestar Social, la Coordinaci n de Centros Vacacionales, Velatorios, Unidad de Congresos y Tiendas.
5 El personal de salud y personal de apoyo de todas las Unidades M dicas del r gimen ordinario y de IMSS-Oportunidades, de los Servicios de Prevenci n y Promoci n de la Salud en Trabajadores IMSS, de las Guarder as Infantiles, as como de los Centros de Seguridad Social; de las Unidades Deportivas, de las Unidades Operativas de Prestaciones Sociales y de los Centros Vacacionales del Instituto Mexicano del Seguro Social. 5 Responsables de la aplicaci n de la NORMA Los Directores de Prestaciones M dicas y de Prestaciones Econ micas y Sociales y el personal de mando de las Unidades M dicas, Sociales o Administrativas que cuenten con personal de Salud y de apoyo para atender a sus respectivos usuarios en el mbito de su competencia. 6 Definiciones Para efectos de la presente NORMA se entender por: alerta epidemiol gica: Declaraci n formal de la ocurrencia cercana o inminente de un brote o epidemia de alg n padecimiento transmisible y del riesgo de diseminaci n de la enfermedad, para reforzar el monitoreo, la vigilancia y prepararse para la aplicaci n de medidas de prevenci n y control.
6 Algoritmo diagn stico: Procedimientos de laboratorio sucesivos necesarios para confirmar el diagn stico de un padecimiento. NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA APLICACI N DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOL GICA EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL P gina 5 de 49 Clave: 2000-001-020 asociaci n epidemiol gica: Situaci n en que dos o m s casos comparten las caracter sticas de tiempo, lugar y persona. atenci n m dica segura: Conjunto de acciones y servicios que se proporcionan a los pacientes hospitalizados con fines de prevenci n, diagn stico y tratamiento efectuados con los est ndares internacionales de calidad. barrera m xima: Procedimiento de trabajo donde se mantiene la esterilidad de un rea, que incluye lavado de manos con jab n antis ptico, uso de gorro, cubrebocas, bata y guantes est riles, aplicaci n de antis pticos para la piel del paciente y la colocaci n de un campo est ril para limitar el rea donde se realizar el procedimiento m dico invasivo.
7 Biocustodia: Conjunto de medidas de seguridad personal e institucional, para prevenir la p rdida, robo, uso inadecuado o malintencionado de los pat genos, toxinas, muestras biol gicas e informaci n que se encuentran bajo resguardo de un laboratorio. bioseguridad: Cultura de trabajo encaminada a lograr actitudes y conductas que disminuyan los riesgos inherentes al trabajo de laboratorio, para el personal de salud, la comunidad y el ambiente. brote: Aumento inusual en el n mero de casos; dos m s casos asociados epidemiol gicamente, de aparici n s bita y diseminaci n localizada en un espacio espec fico. En situaciones especiales, un caso puede ser considerado como brote. brote epid mico de infecci n nosocomial: Ocurrencia de dos o m s casos de infecci n adquirida por el paciente o por el personal de salud en la unidad hospitalaria representando una incidencia mayor de la esperada y en los que existe asociaci n epidemiol gica.
8 En hospitales donde la ocurrencia de determinados enfermedades sea nula, la presencia de un s lo caso se definir como brote epidemiol gico de infecci n nosocomial. b squeda activa de casos: A la acci n de realizar una exploraci n sistem tica de casos que cumplan una definici n operacional de caso en un cierto per odo, el cual es aplicable a enfermedades sujetas a vigilancia epidemiol gica de subsistemas especiales. caso: Individuo de una poblaci n en particular que, en un tiempo definido, es sujeto de una enfermedad o evento bajo estudio o investigaci n. caso confirmado: Caso cuyo diagn stico se corrobora por medio de estudios auxiliares, o aquel que no requiere estudios auxiliares pero presenta signos o s ntomas propios del padecimiento o del evento bajo vigilancia. NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA APLICACI N DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOL GICA EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL P gina 6 de 49 Clave: 2000-001-020 caso probable: Persona que presenta signos o s ntomas sugerentes de la enfermedad o evento bajo vigilancia y que cumple con la definici n operacional.
9 Caso sospechoso: Persona en riesgo que, por razones epidemiol gicas, es susceptible y presenta sintomatolog a inespec fica del padecimiento o evento bajo vigilancia. cepa: Aislado microbiol gico de un microorganismo. cepario: Colecci n de aislados microbiol gicos de un microorganismo. cerco epidemiol gico: Acciones m dico preventivas que se realizan en la poblaci n, con el fin de disminuir o evitar la propagaci n de enfermedades como sarampi n, rub ola, tos ferina, para conocer la cobertura de vacunaci n y b squeda activa de casos, tomando como referencia el domicilio de un caso sospechoso, probable o confirmado, censando familias en tres manzanas alrededor del caso, 49 manzanas en total o de 1 a 5 Km, que puede ampliarse si se encuentran m s casos. Comit Nacional para la Vigilancia Epidemiol gica (CONAVE): rgano colegiado que observa, facilita, fomenta y gu a las acciones epidemiol gicas en el pa s.
10 Conglomerado: Al agrupamiento de casos de un evento relativamente poco com n en espacio o tiempo definidos en cantidad mayor a lo esperado, en teor a es la expresi n inicial de un brote, y por tanto, su identificaci n ser a la manera m s temprana de detectarlo. contacto: Persona que ha estado en relaci n directa o indirecta con personas infectadas, o con ambiente contaminado, y que ha tenido el riesgo de contraer la infecci n. contingencia: Riesgo potencial de que un evento o situaci n pueda ocurrir. control: Aplicaci n de medidas para la disminuci n de la incidencia, en caso de enfermedad. control de calidad: Procedimientos de laboratorio encaminados a obtener resultados homog neos, reproducibles, exactos y precisos. desinfecci n: Eliminaci n de todo microorganismo mediante un agente qu mico o f sico de un objeto inanimado, que no incluye las esporas. desinfecci n de alto nivel: Eliminaci n de todos los microorganismos por un agente qu mico o f sico, excepto esporas bacterianas, de cualquier objeto inanimado NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA APLICACI N DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOL GICA EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL P gina 7 de 49 Clave: 2000-001-020 utilizado en la unidad m dica hospitalaria, durante la exposici n por periodos cortos al desinfectante.