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NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN Y …

Proyecto de Presupuesto General de la Rep blica 2018 60 NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE EJECUCI N Y CONTROL PRESUPUESTARIO PARA EL A O 2018 El Ministerio de Hacienda y Cr dito P blico, en uso de las facultades que le confieren los Art culos 8 y 9 de la Ley N 550, Ley de Administraci n Financiera y del R gimen Presupuestario. DICTA: Las siguientes NORMAS y PROCEDIMIENTOS de Ejecuci n y Control Presupuestario que regir n la ejecuci n del Presupuesto General de la Rep blica para el a o 2018. MBITO DE APLICACI N Art culo 1. Quedan sometidos a las disposiciones de estas NORMAS , todas las entidades y organismos que componen el sector p blico, seg n lo estipulado en el de la Ley N 550, Ley de Administraci n Financiera y del R gimen Presupuestario.

Proyecto de Presupuesto General de la República 2018 61 c. Traslado de créditos presupuestarios en una institución, cuando implique la creación, incremento o

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1 Proyecto de Presupuesto General de la Rep blica 2018 60 NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE EJECUCI N Y CONTROL PRESUPUESTARIO PARA EL A O 2018 El Ministerio de Hacienda y Cr dito P blico, en uso de las facultades que le confieren los Art culos 8 y 9 de la Ley N 550, Ley de Administraci n Financiera y del R gimen Presupuestario. DICTA: Las siguientes NORMAS y PROCEDIMIENTOS de Ejecuci n y Control Presupuestario que regir n la ejecuci n del Presupuesto General de la Rep blica para el a o 2018. MBITO DE APLICACI N Art culo 1. Quedan sometidos a las disposiciones de estas NORMAS , todas las entidades y organismos que componen el sector p blico, seg n lo estipulado en el de la Ley N 550, Ley de Administraci n Financiera y del R gimen Presupuestario.

2 Se extiende su aplicaci n a personas naturales o jur dicas que reciben fondos del Presupuesto General de la Rep blica a t tulo de subvenci n o aporte. DEL FINANCIAMIENTO Art culo 2. Las entidades y organismos que componen el sector p blico, que se financien total o parcialmente con cargo al Presupuesto General de la Rep blica vigente y que legalmente recauden o perciben ingresos con fuente de Rentas con Destino Espec fico, producto de la venta de bienes y servicios p blicos o por leyes espec ficas que les faculte, deber n depositar dichos ingresos en las cuentas bancarias establecidas por la Tesorer a General de la Rep blica (TGR), las cuales nicamente permiten la recaudaci n; no admitiendo la ejecuci n de pagos a trav s de ellas, salvo los costos bancarios que stas generen.

3 Art culo 3. Las donaciones y pr stamos internos y externos que a trav s del Presupuesto General de la Rep blica financien programas o proyectos de inversi n de entidades u organismos del sector p blico, deben ingresar al sistema de cuentas de Tesorer a, conforme procedimiento establecido por el Ministerio de Hacienda y Cr dito P blico (MHCP). Aquellas entidades u organismos del sector p blico que reciban donaciones externas en especie, deber n efectuar la regularizaci n del ingreso y egreso en el Sistema Integrado de Gesti n Administrativa y Financiera SIGAF-, para su incorporaci n al Presupuesto General de la Rep blica, seg n lo establecido en la Ley Anual de Presupuesto General de la Rep blica 2018.

4 MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO Art culo 4. Modificaciones presupuestarias. Durante la ejecuci n del Presupuesto General de la Rep blica se podr n efectuar modificaciones a los cr ditos presupuestarios de las instituciones. Corresponde al MHCP a trav s de la Direcci n General de Presupuesto (DGP), autorizar las siguientes modificaciones registradas en el SIGAF y aprobadas por Ley: a. Ampliaci n y disminuci n a los presupuestos institucionales. Estas modificaciones se registran en el SIGAF con un documento M1A para ampliaci n al presupuesto institucional y M1D para disminuci n al presupuesto institucional. b. Traslado de cr ditos presupuestarios de una instituci n a otra sin variar el monto total del Presupuesto General de la Rep blica.

5 Estas modificaciones se registran en el SIGAF, con un documento M2A cuando se ampl an los cr ditos presupuestarios de la instituci n y M2D para el registro de la disminuci n en el presupuesto de la instituci n que los cede. Proyecto de Presupuesto General de la Rep blica 2018 61 c. Traslado de cr ditos presupuestarios en una instituci n, cuando implique la creaci n, incremento o disminuci n de asignaciones presupuestarias de los renglones del grupo 1 Servicios Personales , registrado en el SIGAF con un documento M3. d. Traslado de cr ditos presupuestarios entre programas y subprogramas de una misma instituci n, registrado en el SIGAF con un documento M3.

6 E. Traslado de cr ditos presupuestarios entre fuentes espec ficas de financiamiento, de un mismo organismo financiador, registrado en el SIGAF con un documento M3. f. Traslado de asignaciones presupuestarias entre proyectos de inversi n de la entidad solicitante, quien debe presentar el Aval del Comit T cnico de Inversiones y registrar en el SIGAF, un documento de modificaci n tipo M3. El monto de las modificaciones acumuladas en el a o, no puede exceder al 15% del total anual del PIP de la entidad presupuestada, ni puede variar la fuente de financiamiento. g. Aumento al total de cr ditos presupuestarios aprobados en el presupuesto vigente y financiados con la fuente de Rentas con Destino Espec fico, producto de los montos de recaudaci n superiores a los previstos en el Presupuesto Institucional.

7 La solicitud de modificaci n presupuestaria (Modificaci n tipo M1A), debe ser presentada a la DGP para su tr mite, con su documentaci n soporte, durante los primeros veinte d as de cada mes. Despu s de esa fecha no se recibir n estas solicitudes. Las entidades u organismos del sector p blico, excluyendo las alcald as municipales, utilizando el tipo de modificaci n M4, podr n aprobar traslados de cr ditos presupuestarios de uno o varios rganos de Ejecuci n Presupuestaria (OEP) de distintos rganos Centrales de Ejecuci n presupuestaria (OCE), en los casos siguientes: a. Cuando los traslados de asignaciones presupuestarias ocurran entre subprogramas de un mismo programa o entre actividades espec ficas de un mismo programa o subprograma; b.

8 Cuando los traslados de asignaciones presupuestarias ocurran entre renglones y grupos no controlados del programa, subprograma o proyecto; c. Cuando los traslados de asignaciones presupuestarias ocurran entre renglones no controlados del mismo grupo de gasto del programa, subprograma o proyecto. Las entidades u organismos del sector p blico, excluyendo las alcald as municipales, utilizando el tipo de Modificaci n M5 podr n aprobar traslados de cr ditos presupuestarios dentro de distintos rganos de Ejecuci n Presupuestaria (OEP), pertenecientes al mismo rgano Central de ejecuci n Presupuestaria (OCE). Art culo 5. Las Entidades Descentralizadas por Funciones, Entidades Descentralizadas Territoriales (excluidas alcald as municipales) y Empresas del Estado, gestionar n sus modificaciones presupuestarias, en el SIGAF AUT NOMO, cumpliendo con lo establecido en el Art culo 4 de las presentes NORMAS .

9 Art culo 6. La DGP a trav s de las Direcciones de: Gobierno Central, An lisis de Finanzas Municipales y Entes Descentralizados y Entidades Empresariales, registrar , solicitar , consolidar y aprobar en el SIGAF las modificaciones de los rganos Centrales de Ejecuci n Presupuestaria (OCE) y de sus rganos de Ejecuci n Presupuestaria (OEP) de la Entidad 097 Asignaciones y Subvenciones , que no tengan acceso al SIGAF. Art culo 7. Las Alcald as Municipales deber n registrar en el sistema TRANSMUNI, las modificaciones que afectan al presupuesto municipal, al plan de inversi n anual y a la programaci n de transferencias corrientes y de capital, registrando el ingreso y/o el gasto seg n corresponda.

10 En el caso de las modificaciones por ajustes a la asignaci n inicial de las transferencias municipales, stas ser n registradas por la Direcci n de An lisis de Finanzas Municipales de la DGP. Cuando se trate de traslados de transferencia corriente a capital que afecten la partida de transferencia municipal, estos deber n ser solicitados a la DGP por la m xima autoridad de la municipalidad, anex ndole la Certificaci n emitida por el Secretario o Secretaria del Concejo Municipal en donde se aprueba el traslado. Proyecto de Presupuesto General de la Rep blica 2018 62 PROGRAMACI N DE LA EJECUCI N PRESUPUESTARIA Art culo 8.


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