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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - madrid.org

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 1 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur Inspector de Educaci n Licenciado en derecho M ster en Direcci n y Gesti n de centros educativos Madrid, 22 de marzo de 2013 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 2 NDICE I. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - Marco conceptual - Otras consideraciones conceptuales - Fases del PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - Iniciaci n - Iniciaci n de oficio - Iniciaci n a solicitud de persona interesada - Ordenaci n - Impulso - Direcci n - Constancia - Instrucci n - Alegaciones - Prueba - Informes - Audiencia del interesado o de la interesada - Informaci n p blica - Terminaci n - Normal - Anormal - Por imposibilidad material II. GARANTIAS PROCESALES - Procedimientos de revisi n - Revisi n de oficio - Revocaci n y rectificaci n de errores - Los recursos administrativos - Marco conceptual - PROCEDIMIENTO de resoluci n - Principio de no suspensi n de la ejecuci n por la interposici n de un recurso - Clases de recursos - Otras medidas de garant a - Conciliaci n - Mediaci n - Arbitraje PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 3 III.

Procedimiento Administrativo José María Vera Mur (marzo 2013) 5 como de las personas interesadas, sin perjuicio del derecho de los

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1 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 1 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur Inspector de Educaci n Licenciado en derecho M ster en Direcci n y Gesti n de centros educativos Madrid, 22 de marzo de 2013 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 2 NDICE I. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - Marco conceptual - Otras consideraciones conceptuales - Fases del PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - Iniciaci n - Iniciaci n de oficio - Iniciaci n a solicitud de persona interesada - Ordenaci n - Impulso - Direcci n - Constancia - Instrucci n - Alegaciones - Prueba - Informes - Audiencia del interesado o de la interesada - Informaci n p blica - Terminaci n - Normal - Anormal - Por imposibilidad material II. GARANTIAS PROCESALES - Procedimientos de revisi n - Revisi n de oficio - Revocaci n y rectificaci n de errores - Los recursos administrativos - Marco conceptual - PROCEDIMIENTO de resoluci n - Principio de no suspensi n de la ejecuci n por la interposici n de un recurso - Clases de recursos - Otras medidas de garant a - Conciliaci n - Mediaci n - Arbitraje PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 3 III.

2 POTESTAD SANCIONADORA - El PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO sancionador - Principios de la potestad sancionadora - Legalidad - Irretroactividad - Tipicidad - Responsabilidad - Proporcionalidad - Prescripci n - Principio non bis in idem - PROCEDIMIENTO sancionador - Normativa aplicable - Principios - Actuaciones y fases - PROCEDIMIENTO disciplinario - Requisitos - Esquema de actuaciones IV. RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACI N - Responsabilidad patrimonial - Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones P blicas PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 4 I. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO MARCO CONCEPTUAL En t rminos generales se considera PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO al conjunto de actos o tr mites a trav s de los cuales se produce la voluntad administrativa para el cumplimiento de un fin de inter s p blico.

3 Constituye tambi n una garant a para la persona administrada, ya que comporta que la actuaci n administrativa se realice a trav s de unos actos formales predeterminados legalmente. No se ha de confundir con expediente ADMINISTRATIVO , que representa su materializaci n y que consiste solamente en el conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedentes y fundamentan la resoluci n administrativa, as como las diligencias dirigidas a su ejecuci n. El art culo del ROF1 dice que los expedientes se formar n mediante la agregaci n sucesiva de todos aquellos documentos, pruebas, dict menes, decretos, acuerdos, notificaciones y el resto de diligencias que forman parte del mismo, estando firmadas y numeradas todas sus hojas tiles. Otras definiciones derivadas de jurisprudencia constitucional y del TS consideran el PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO : - El PROCEDIMIENTO de la funci n administrativa, el iter procedimental que ha de seguirse para la realizaci n de la actividad jur dica de la Administraci n (STC 227/1988 de 29 de novembre) - El cauce por el que debe discurrir la voluntad administrativa (STS.)

4 25-4-1977). El PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO protege tanto el ejercicio de las prerrogativas p blicas como el de las garant as individuales, articula el ejercicio de las diferentes prerrogativas al mismo tiempo que el de los derechos y libertades p blicas. Su reglamentaci n responde al principio de sumisi n de la Administraci n al derecho . De acuerdo con una premisa de la exposici n de motivos de la Ley 4/1999 de 13 de enero, el PROCEDIMIENTO administrativos ha de ser gil y breve para que sea una instituci n que est verdaderamente al servicio de los ciudadanos. OTRAS CONSIDERACIONES CONCEPTUALES Las administraciones p blicas han de utilizar preferentemente los medios electr nicos en los procedimientos administrativos mediante la tramitaci n por esta v a de las comunicaciones, los tr mites, los informes, las resoluciones y otras actuaciones, tanto de la administraci n competente 1 Reglamento de Organizaci n, Funcionamiento y R gimen Jur dico de las Entidades Locales aprobado por el de 28 de noviembre.

5 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 5 como de las personas interesadas, sin perjuicio del derecho de los ciudadanos a utilizar otros medios y a ser atendidos. (art. LRJPA) Los documentos administrativos en soporte electr nico: art. LRJPA a) Se consideran v lidamente emitidos por las administraciones p blicas si tienen incorporado alguno de los sistemas admitidos de firma electr nica b) Han de incluir una referencia temporal c) Pueden tener la consideraci n de documentos originales o de copia, y han de indicar esta circunstancia Las personas f sicas pueden hacer servir siempre, en las relaciones con las administraciones, los sistemas de firma electr nica incorporados en el documento nacional de identidad. (art. LRJPA) El expediente ADMINISTRATIVO est integrado por el conjunto de documentos correspondientes a un PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO , cualquiera que sea el soporte y el tipo de informaci n que contengan.

6 Los documentos que integran el expediente han de estar debidamente indizados, numerados y ordenados cronol gicamente, que en el caso de los expedientes en soporte electr nico, la foliaci n se ha de llevar a cabo mediante un ndice electr nico. (art. 46 LRJPA) Los certificados administrativos se entregan a solicitud de persona interesada o a instancia del rgano competente, y requieren el consentimiento de la persona interesada si es preceptivo en virtud de una norma legal. Han de contener los datos objeto de certificaci n y la firma del rgano competente para entregarlos. (art. 47 LRJPA) FASES DEL PROCEDIMENTO ADMINISTRATIVO Consta de cuatro fases: Iniciaci n Ordenaci n Instrucci n Terminaci n INICIACI N INICIACI N (arts. 68 al 73) ORDENACI N (arts. 74 al 77) INSTRUCCI N (arts. 78 al 86) TERMINACI N (arts.)

7 87 al 92) PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 6 INICIACI N El PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO se inicia por un acto al que el Ordenamiento jur dico atribuye el efecto de poner en marcha el PROCEDIMIENTO . Este acto de iniciaci n da lugar al nacimiento de una sucesi n de tr mites o fases encaminadas a decidir tanto las cuestiones que el acto plantee como cuantas otras deriven del objeto espec fico del PROCEDIMIENTO . La iniciaci n puede ser de oficio o a solicitud de persona interesada (art. 68. LRJPA). Cuando la iniciaci n sea de oficio, el acto de iniciaci n ser un acto ADMINISTRATIVO , de tr mite y, cuando sea a instancia o solicitud de persona interesada, ser un acto de particular. Iniciaci n de oficio Se adoptar por acuerdo del rgano competente por: ( LRJPA) a).

8 Propia iniciativa b). Orden superior s lo se podr desatender en los casos que resulte admisible la desobediencia. c). Petici n razonada de otros rganos se formularla exponiendo las razones de hecho y de derecho que justifiquen la incoaci n del PROCEDIMIENTO d). Denuncia es el acto de una persona particular por el que pone en conocimiento del rgano ADMINISTRATIVO competente hechos que determinaran la incoaci n de un PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO . Cabe distinguir dos supuestos de denuncia: - Denuncia-deber, cuando la persona administrada est obligada por norma a formular la denuncia (LECR., art. 259)2. - Denuncia-facultad, cuando la persona administrada formula la denuncia voluntariamente. Formulada la denuncia, el rgano ADMINISTRATIVO deber acordar la incoaci n del PROCEDIMIENTO , siempre que exista una base racional para admitir la veracidad de la misma.

9 Por lo tanto, antes de ordenar la incoaci n, se podr acordar la instrucci n de una informaci n previa. Hay que tener en cuenta los plazos de caducidad y prescripci n, pues, caso de que hubiese caducado o prescrito la posibilidad de ejercer la potestad administrativa, el acto de iniciaci n y los subsiguientes del PROCEDIMIENTO ser n inv lidos. Con anterioridad al acuerdo de iniciaci n podr el rgano competente abrir un per odo de informaci n previa3, con el fin de conocer las circunstancias del 2 El que presenciare la perpetraci n de cualquier delito p blico est obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Juez de Instrucci n, de Paz,.., o Funcionario Fiscal m s pr ximo al sitio en que se hallare,.. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Jos Mar a Vera Mur (marzo 2013) 7 caso concreto y la conveniencia o no de iniciarlo (art.)

10 LRJPA). En caso de darse, este tr mite no forma parte propiamente del PROCEDIMIENTO , sino que es un simple precedente (STS. 24-9-1976). Seg n la STS. 22-2-1985, la apertura de esta informaci n no interrumpe la prescripci n. En general, los procedimientos incoados de oficio se encuentran formalizados y por lo tanto deber seguirse la tramitaci n prevista en cada caso. Iniciaci n a solicitud de persona interesada Tendr esta consideraci n cuando se promueva para resolver pretensiones derivadas de las personas particulares. La instancia es el acto por el cual se presenta la petici n, que puede consistir en la solicitud de la adopci n de un acto o la revisi n o ejecuci n de uno ya existente. Las solicitudes se pueden presentar en cualquier soporte (art. LRJPA). Contenido de las solicitudes: (art. LRJPA) rgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige Nombre, apellidos y domicilio de la persona interesada y, en su caso, adem s, de la persona que le represente4, as como la identificaci n del medio preferente o del lugar que se se ale a efectos de notificaciones Hechos, razones y petici n en que se concrete con toda claridad la solicitud Lugar y fecha en que se formula la instancia Firma de la persona solicitante o acreditaci n de la autenticidad de su voluntad expedida por cualquier otro medio.


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