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1 Martes 28 de octubre de 2014 DIARIO OFICIAL(Primera Secci n)6 REGLAMENTO de la Ley GENERAL de CAMBIO Clim tico en Materia del Registro Nacional de margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos la Rep PE A NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que meconfiere el art culo 89, fracci n I de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos y confundamento en los art culos 13, 32 Bis, 33, 34 y 35 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, ylos art culos 7, fracciones XIV, XV, XVII y XXII; 31; 37; 77, fracciones I y II; 87; 88; 89; 90; 111; 112; 113; 114;115 y 116 de la Ley GENERAL de CAMBIO Clim tico, he tenido a bien expedir el siguienteREGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CAMBIO CLIM TICOEN MATERIA DEL REGISTRO NACIONAL DE EMISIONESCap tulo IDisposiciones GeneralesArt culo presente ordenamiento es de observancia GENERAL en todo el territorio nacional y tiene porobjeto reglamentar la Ley en lo que se refiere al Registro Nacionalde Emisiones.
2 Su aplicaci n corresponde alEjecutivo Federal, por conducto de la Secretar a, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otrasDependencias del Ejecutivo culo los efectos del presente REGLAMENTO , se considerar n las definiciones contenidas en elart culo 3 de la Ley, as como las dula de Operaci n Anual: Instrumento de reporte y recopilaci n de informaci n de Emisiones ytransferencia de contaminantes al aire, agua, suelo y subsuelo, materialesy residuos peligrososempleado para la actualizaci n de la base de datos del Registro de Emisiones y Transferencia deContaminantes; de Verificaci n: Documento emitido por un Organismo que acredita la relevancia,integridad, consistencia, transparencia y precisi n de la informaci n contenida en los reportes deEmisiones que los Establecimientos Sujetos a Reporte incorporan en el Registro; de Validaci n: Documento emitido por un Organismo que acredita la reducci n logradaen actividades o proyectos cuando stos se pretendan inscribir en el Registro; Directas: Son los Gases o Compuestos de Efecto Invernadero que se generan en losprocesos y actividades del Establecimiento Sujeto a Reporte y que emiten las Fuentes Fijasdedicho Establecimiento o las M viles que sean de su propiedad o arrendadas y que utilice en eldesarrollo de sus actividades.
3 No se considerar n Fuentes M viles arrendadas aqu llas quepertenezcan a terceros que presten servicios de transporte al Establecimiento Sujeto a Reporte; Indirectas: Son los Gases o Compuestos de Efecto Invernadero que se generan fueradel Establecimiento Sujeto a Reporte como consecuencia de su consumo de energ a el ctricay t rmica; Sujeto a Reporte: El conjunto de Fuentes Fijas y M viles con las cuales sedesarrolla una actividad productiva, comercial o de servicios, cuya operaci n genere EmisionesDirectas o Indirectas de Gases o Compuestos de Efecto Invernadero. Las expresiones fuentes quedeber n reportar y fuentes sujetas a reporte a que se refieren los art culos 87 y 88 de la Ley, seentender n como Establecimientos Sujetos a Reporte; Fija de Gases o Compuestos de Efecto Invernadero: Aqu lla con ubicaci n f sicapermanente enun sitio determinado que en su operaci n o desarrollo de su actividad emite Gaseso Compuestos de Efecto Invernadero, esta definici n incluye aquellos sitios o instalaciones endonde se desarrollan actividades industriales, comerciales, de servicios, agropecuarias y forestales;rellenos sanitarios y plantas de tratamiento de aguas residuales; M vil de Gases o Compuestos de Efecto Invernadero: Aquella maquinaria o equipo que sinconstituir una instalaci n con ubicaci n f sica permanente generaGases o Compuestos de EfectoInvernadero por la operaci n de motores de combusti n interna.
4 En esta definici n se incluye todotipo de veh culos o maquinaria, no adherida a instalaciones fijas, que operen con motoresde combusti n; : Aqu llosacreditados y aprobados de acuerdo a los mecanismos previstos en la LeyFederal sobre Metrolog a y Normalizaci n y que, en t rminos del presente REGLAMENTO , verifican laMartes 28 de octubre de 2014 DIARIO OFICIAL(Primera Secci n)7informaci n contenida en los reportes de Emisiones o validan la Mitigaci n o reducci n deEmisiones de un proyecto que se pretenda presentar o inscribir en el Registro; Intergubernamental: el Panel Intergubernamental de CAMBIO Clim tico (IPCC); de Calentamiento Global: Medida relativa que compara un Gas o Compuesto de EfectoInvernadero con el bi xido de carbono como el gas de referencia, a: Procuradur a Federal de Protecci n al culo los efectos del art culo 87, segundo p rrafo de la Ley se identifican como sectores ysubsectores en los que se agrupan los Establecimientos Sujetos a Reporte, los Energ generaci n, transmisi n y distribuci n de electricidad, explotaci n, producci n, transporte y distribuci n de hidrocarburos; transporte a reo; transporte ferroviario; transporte mar timo, transporte terrestre; industria qu mica; industria sider rgica; industria metal rgica; industria metal-mec nica; industria minera; industria automotriz; industria de celulosa y papel; industria de las artes gr ficas; industria petroqu mica; industria cementera y calera; industria del vidrio.
5 Industria electr nica; industria el ctrica; industria de alimentos y bebidas; industria de la madera, industria textil; agricultura, ganader a; aguas residuales, residuos s lidos urbanos y residuos de manejo especial, incluyendo disposici nfinal, y Servicios:Martes 28 de octubre de 2014 DIARIO OFICIAL(Primera Secci n) construcci n; comercio; servicios educativos; actividades recreativas y entretenimiento; turismo; servicios m dicos; gobierno, culo actividades que se considerar n como Establecimientos Sujetos a Reporte agrupadasdentro de los sectores y subsectores se alados en el art culo anterior, son las Energ generaci n,transmisi n y distribuci n de n, transmisi n y distribuci n de energ a el ctrica, explotaci n, producci n, transporte y distribuci n de n de petr leo, convencional y no convencional; n de gas, asociado y no asociado a la extracci n de petr leo, convencional yno convencional; n de pozos petroleros y de gas; de gas natural; de petr leo crudo por ductos; de gas natural por ductos, incluido el suministro al consumidor final; transporte a a reo regular, de carga y pasajeros; a reo no regular, de carga y pasajeros, relacionados con el transporte a reo; transporte por ferrocarril, de carga y pasajeros; transporte mar mar timo de carga y pasajeros; transporte depasajeros por tierra, incluido el tur stico; de carga GENERAL ; de carga especializado, colectivo urbano y suburbano de pasajeros de ruta fija; industria qu n de productos qu micos b sicos; n de resinas y hules sint ticos y de fibras qu micas; n de fertilizantes, pesticidas y otros agroqu micos; n de productos farmac uticos; n de pinturas, recubrimientos y adhesivos.
6 Martes 28 de octubre de 2014 DIARIO OFICIAL(Primera Secci n) n de jabones, limpiadores y preparaciones de tocador; n de productos de pl stico, n de productos de hule; industria sider b sica del hierro ydel acero, n de productos de hierro y acero; industria metal b sica del aluminio; de metales no ferrosos, excepto aluminio, por fundici n de piezas met licas; industria metal-mec n de productos met licos forjados y troquelados; n de calderas, tanques y envases met licos; n de herrajes y cerraduras; de piezas met licas y fabricaci n de tornillos; n de otros productos met licos, n de maquinaria y equipo para el comercio y los servicios; industria a de minerales met licos; a de minerales no met licos; a de carb n mineral, relacionados con miner a; industria automotriz y de otros medios de n de autom viles y camiones; n de carrocer as y remolques; n de partes para veh culos automotores; n de equipo aeroespacial, n de motores de combusti n interna, turbinas y transmisiones; industria de celulosa y n de pulpa, papel y cart n, n de productos de cart n y papel; de las artes gr n de revistas, libros, peri dicos, panfletos, promocionales, incluyendo la quese realice en talleres independientes que prestan ese servicio; n de revistas, libros y toda clase de documentos; n de textiles, n de placas, clich s y grabados; de la industria petroqu n del petr leo; n de productos derivados del petr leo y del carb n; n de petroqu micos del gas natural y petr leo refinado, por ductos de otros productos; industria cementera y calera:Martes 28 de octubre de 2014 DIARIO OFICIAL(Primera Secci n) n de cemento y productos de concreto, n de cal, yeso y productos de yeso.
7 Industria del n de productos a base de arcillas y minerales refractarios, n de vidrio y productos de vidrio; industria electr n de equipo de comunicaci n; n de equipo deaudio y de video, n de componentes electr nicos; industria el n de accesorios de iluminaci n; n de equipo de aire acondicionado, calefacci n, y de refrigeraci n; industrialy comercial; n de aparatos el ctricos de uso dom stico; n de equipo de generaci n, transmisi n y distribuci n de energ a el ctrica, n de otros equipos y accesorios el ctricos; industria de alimentos y n de alimentos para animales; de granos y de semillas y obtenci n de aceites y grasas; n de az cares, chocolates, dulces y similares; n de frutas, verduras, guisos y otros alimentos preparados; n de productos l cteos; , empacado y procesamiento de carne de ganado, aves y otros animalescomestibles; n y envasado de pescados y mariscos; n de productos de panader a y tortillas, las bebidas, incluyendo no alcoh licas, de cerveza y bebidas alcoh licasfermentadas y destiladas; industria de la n de productos de madera; industria n e hilado de fibras textiles,y fabricaci n de hilos; n de telas, tejidas y no tejidas; de productos textiles y fabricaci n de telas recubiertas; n de prendas de vestir de tejido de punto, n de prendas de vestir; de oleaginosas, gram neas, leguminosas o cereales, tanto en grano comoforrajeras; de hortalizas; de frutales y nueces, en invernaderos y viveros y floricultura; ganader a:Martes 28 de octubre de 2014 DIARIO OFICIAL(Primera Secci n) n de bovinos; n de porcinos; n av cola; n de ovinos y caprinos, n de aves en incubadora; aguas de aguas residuales.
8 Residuos s lidos urbanos y residuos de manejo especial, incluyendodisposici n de reducci n en la fuente de generaci n del residuo, separaci n,reutilizaci n, reciclaje, co-procesamiento, tratamientobiol gico, qu mico, f sico ot rmico, acopio, almacenamiento, transporte y disposici n final de residuos,individualmente realizadas o combinadas de manera apropiada, de remediaci n de sitios contaminados con residuos; Comercio y construcci n residencial; n no residencial; n de obras para el suministro de agua, petr leo, gas, energ a el ctrica ytelecomunicaciones; n de terrenos y construcci nde obras de urbanizaci n; n de v as de comunicaci n; construcciones de ingenier a civil; , montaje de estructuras prefabricadas y trabajos en exteriores; y equipamiento en construcciones; de acabados en edificaciones, trabajos especializados para la construcci n; al por mayor de abarrotes y alimentos; al por mayor de bebidas, hielo y tabaco; al por mayor de productos textiles y calzado; al por mayor de materias primas agropecuarias y forestales; al por mayor de materias primas para la industria; al por mayor de maquinaria y equipo agropecuario, forestal y para la pesca; al por mayor de mobiliario y equipo de c mputo y de oficina, y de otramaquinaria y equipo de uso GENERAL ; al por menor de abarrotes y alimentos; al por menor en tiendas de autoservicio; alpor menor en tiendas departamentales; al por menor de ropa, bisuter a y accesorios de vestir, al por menor de partes y refacciones para autom viles, camionetasy camiones; servicios educativos:Martes 28 de octubre de 2014 DIARIO OFICIAL(Primera Secci n) deeducaci n superior.
9 Actividades recreativas y con instalaciones recreativas y casas de juegos electr nicos; , moteles y similares; servicios m laboratorios; en las que las dependencias y entidades de la administraci n p blicafederal, estatal o municipal realizan sus funciones, servicios m ltiple; sinintermediaci n de bienes ra ces, y corredores de bienes ra actividades agrupadas a los sectores transporte, agropecuario, residuos y de comercio y servicios aque se refieren las fracciones II, IV, V y VI del presente art culo, calcular n y reportar n sus Emisionesconsiderando todas las instalaciones, sucursales, locales, lugares donde se almacenen mercanc as y engeneral cualquier local, instalaci n o sitio que utilicen para el desempe o de sus actividades previstas en las fracciones I y III del presente art culo calcular n y reportar n susEmisiones Directas o Indirectas por instalaci Secretar a, mediante Acuerdo que publique en el Diario Oficial de la Federaci n podr definir aspectost cnicos qu