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REGLAMENTO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE CONFIANZA …

REGLAMENTO DE TRABAJO 1 REGLAMENTO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE CONFIANZA DE PETR LEOS MEXI-CANOS Y SUS EMPRESAS PRODUCTIVAS SUBSIDIARIAS. EXPOSICI N DE MOTIVOS Derivado de la Reforma Energ tica, Petr leos Mexicanos (Pemex), dej de ser un Organismo P blico Descentralizado para transformarse en una Empresa Productiva del Estado (EPE), conforme a lo dispuesto en su nueva Ley, gozando de autonom a t cnica, presupuestaria, operativa y de gesti n. Esta novedosa naturaleza jur dico - administrativa, obliga no s lo a la revisi n y actualizaci n de su marco jur dico, sino a crear una nueva cultura laboral, con mecanismos y herramientas que contribuyan a simplificar y facilitar, conforme a las mejores pr cticas, los procesos y sub-procesos necesarios para la debida operaci n de Pemex y la de sus Empresas Productivas Subsidiarias (EPS).

REGLAMENTO DE TRABAJO 2 Los avances que se obtengan en los citados principios se medirán periódicamente a través de indicadores de productividad vinculados a los objetivos y estrategias del

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1 REGLAMENTO DE TRABAJO 1 REGLAMENTO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE CONFIANZA DE PETR LEOS MEXI-CANOS Y SUS EMPRESAS PRODUCTIVAS SUBSIDIARIAS. EXPOSICI N DE MOTIVOS Derivado de la Reforma Energ tica, Petr leos Mexicanos (Pemex), dej de ser un Organismo P blico Descentralizado para transformarse en una Empresa Productiva del Estado (EPE), conforme a lo dispuesto en su nueva Ley, gozando de autonom a t cnica, presupuestaria, operativa y de gesti n. Esta novedosa naturaleza jur dico - administrativa, obliga no s lo a la revisi n y actualizaci n de su marco jur dico, sino a crear una nueva cultura laboral, con mecanismos y herramientas que contribuyan a simplificar y facilitar, conforme a las mejores pr cticas, los procesos y sub-procesos necesarios para la debida operaci n de Pemex y la de sus Empresas Productivas Subsidiarias (EPS).

2 Pemex y sus EPS tienen como objetivo ser l deres en su ramo, eficientes, productivas, com-petitivas y rentables. Una premisa fundamental para lograrlo es la construcci n de una filoso-f a y un proceso de Recursos Humanos integral, que permita asegurar una administraci n ba-sada en generaci n de valor econ mico. En tal sentido dicha administraci n garantizar el atraer, retener y desarrollar el capital hu-mano de excelencia, comprometido, y de alta calidad humana y t cnica necesaria para satis-facer las necesidades del negocio, bajo una planeaci n estrat gica empresarial. Uno de los valores fundamentales de Pemex y de sus EPS lo representa su capital humano, mismo que debe conservarse cohesionado por una voluntad com n, en el af n de mantener indeclinables los principios institucionales de productividad, sustentabilidad, competitividad, orden y disciplina.

3 Desde el a o de 1993, a ra z de la promulgaci n de la entonces Ley Org nica de Petr leos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, se facult al Director General de Pemex para expedir el REGLAMENTO de TRABAJO del PERSONAL de CONFIANZA , al cual se le ha denominado "REGLA-MENTO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE CONFIANZA DE PETR LEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS", el cual se encuentra depositado en el Expediente No. RI-18/93-XXII(1) en el Departamento de An lisis y Registro de Contratos Colectivos y Re-glamentos Interiores de TRABAJO de la Junta Federal de Conciliaci n y Arbitraje, y cuya virtud principal ha sido la de mantener una adecuada flexibilidad, permitiendo consagrar nuevas ideas en la materia, en aras de la debida armon a laboral. El REGLAMENTO que ahora se presenta contiene los ajustes que se consideran necesarios efec-tuar, tomando en cuenta el nuevo marco constitucional y legal, as como la nueva visi n y mi-si n que como, EPE se tiene y la nueva cultura laboral con la que est comprometida.

4 Como en su origen, el citado instrumento comprende disposiciones de car cter general y re-gulaciones concretas sobre aspectos b sicos del nexo laboral; estableciendo ahora, en la propuesta de valor de Recursos Humanos: la promoci n al alto desempe o con enfoque a los planes de negocio, el impulso al potencial individual, el mejoramiento en los procesos de re-clutamiento, selecci n y contrataci n, respetando la diversidad de credo, g nero, edad, cultu-ra, preferencias y raza de quienes participen, el privilegiar la contrataci n del talento id neo que se requiere para cumplir con los resultados de negocio a corto y largo plazo, fomentando una cultura de colaboraci n, responsabilidad, diversidad y sentido tico, competitiva con el mercado y equitativa internamente. Todo ello con el prop sito de incrementar la productividad, con pleno respeto a los derechos de los trabajadores.

5 REGLAMENTO DE TRABAJO 2 Los avances que se obtengan en los citados principios se medir n peri dicamente a trav s de indicadores de productividad vinculados a los objetivos y estrategias del Plan de Negocios. Bajo esta nueva visi n, y en ejercicio de las facultades que concede al Director General, el art culo 46, fracci n VIII de la Ley de Petr leos Mexicanos, se expide el presente REGLAMENTO , al que se sujetar el PERSONAL de CONFIANZA de Petr leos Mexicanos y sus Empresas Producti-vas Subsidiarias. REGLAMENTO DE TRABAJO 3 REGLAMENTO DE TRABAJO DEL PERSONAL DE CONFIANZA DE PETR LEOS MEXICANOS Y EMPRESAS PRODUCTIVAS SUBSIDIARIAS CAP TULO I DISPOSICIONES GENERALES ART CULO 1. Las disposiciones del presente REGLAMENTO y su Ap ndice de Valores, se apli-can sin distinci n, en t rminos del art culo 2 de la Ley Federal del TRABAJO , al PERSONAL de con-fianza que en la Rep blica Mexicana preste servicios personales subordinados a Petr leos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, a quienes en lo sucesivo se les denomi-nar gen ricamente como "el patr n".

6 ART CULO 2. La aplicaci n de este REGLAMENTO estar a cargo de los representantes del pa-tr n, que son los funcionarios y empleados de las empresas mencionadas en el art culo que antecede, con facultades para tratar y resolver los asuntos de TRABAJO , en sus respectivos m-bitos de competencia. Se consideran como representantes generales del patr n al: 1. Director General de Petr leos Mexicanos. 2. Director Corporativo de Administraci n y Servicios de Petr leos Mexicanos. 3. Subdirector de Relaciones Laborales y Servicios de PERSONAL de Petr leos Mexicanos. 4. Gerente de Relaciones Labores. Son representantes sectoriales del patr n por las Empresas Productivas Subsidiarias, los Di-rectores Generales y Directores Ejecutivos. Son representantes regionales del patr n, los Gerentes Regionales de Relaciones Laborales y Servicios al PERSONAL y los Subgerentes de Administraci n de PERSONAL .

7 Son representantes locales del patr n, cada uno de los directivos que ejerzan la m xima auto-ridad en los centros de TRABAJO de Petr leos Mexicanos y Empresas Productivas Subsidiarias, as como los representantes de relaciones laborales y aquellos trabajadores de CONFIANZA de planta, que acredite expresamente Petr leos Mexicanos, con tal car cter. ART CULO 3. Se considera como PERSONAL de CONFIANZA , a los trabajadores contratados en los t rminos del presente REGLAMENTO ; a los que no les resulta aplicable las disposiciones del Contrato Colectivo de TRABAJO celebrado por Petr leos Mexicanos con el Sindicato de Traba-jadores Petroleros de la Rep blica Mexicana. ART CULO 4. La prestaci n de los servicios del PERSONAL de CONFIANZA y dem s efectos de su relaci n laboral, se regir n por la Ley Federal del TRABAJO , el presente REGLAMENTO , la norma-tividad que de stos emane, y por el contrato individual de TRABAJO .

8 Por consecuencia, dicho PERSONAL deber acatar las rdenes, disposiciones y procedimientos que se refieran al TRABAJO contratado, as como las reglas internas y ordenamientos legales que le sean aplicables. ART CULO 5. El PERSONAL de CONFIANZA est obligado a acatar las determinaciones que adop-ten las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene, Calidad-Productividad y Capacitaci n que funcionan en Petr leos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, as como todas aquellas que se establezcan para el cumplimiento de las actividades encomendadas por la Ley a Petr leos Mexicanos. REGLAMENTO DE TRABAJO 4 CAP TULO II DURACI N DE LAS RELACIONES DE TRABAJO ART CULO 6. La contrataci n del PERSONAL de CONFIANZA podr ser para obra o tiempo deter-minado, por temporada o por tiempo indeterminado, y en su caso, podr estar sujeto a prueba o capacitaci n inicial.

9 A falta de estipulaci n expresa la contrataci n se entender por tiempo indeterminado. Dichas contrataciones se efectuar n en t rminos de lo que dispone la Ley Fe-deral del TRABAJO . ART CULO 7. La contrataci n del PERSONAL de CONFIANZA para obra determinada, proceder cuando as lo exija la naturaleza del servicio que se va a prestar. En el contrato individual co-rrespondiente se precisar la obra de que se trate. ART CULO 8. El se alamiento de un tiempo determinado puede estipularse nicamente en los siguientes casos: Cuando lo exija la naturaleza del TRABAJO que se va a prestar; Cuando tenga por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador; En los dem s casos previstos por la Ley Federal del TRABAJO . Las condiciones antes se aladas, se har n constar expresamente en el contrato individual respectivo.

10 CAP TULO III CONTRATACI N ART CULO 9. La contrataci n del PERSONAL de CONFIANZA , se efectuar con apego a las dispo-siciones y modalidades que Petr leos Mexicanos establezca para sus propias reas y para sus Empresas Productivas Subsidiarias. ART CULO 10. El PERSONAL de CONFIANZA no podr formar parte del sindicato titular del Contra-to Colectivo de TRABAJO , conforme a lo dispuesto en el Art culo 183 de la Ley Federal del Tra-bajo. El ingreso de un trabajador sindicalizado a un puesto de CONFIANZA , implica la aceptaci n expresa de someterse a las disposiciones de este REGLAMENTO y su separaci n permanente o provisional del sindicato, seg n se trate de movimientos definitivos o temporales. ART CULO 11. La relaci n laboral con el PERSONAL de CONFIANZA s lo obliga a la empresa con la que se haya celebrado el ltimo contrato individual de TRABAJO .


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