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REGLAMENTO DEL CODIGO ORGANICO DE ... - …

REGLAMENTO DEL CODIGO ORGANICO DEPLANIFICACION Y FINANZAS PUBLICASD ecreto Ejecutivo 489 Registro Oficial Suplemento 383 de modificaci n: : ReformadoNo. 489 RAFAEL CORREA DELGADOPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAC onsiderando:Que la Constituci n de la Rep blica del Ecuador en el art culo 227 establece que la administraci np blica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,calidad, jerarqu a, desconcentraci n, descentralizaci n, coordinaci n, participaci n, planificaci n,transparencia y evaluaci n;Que, la Constituci n de la Rep blica del Ecuador en el art culo 279, inciso primero, establece que elsistema nacional descentralizado de planificaci n participad va organizar la planificaci n para eldesarrollo y estar conformado por un Consejo Nacional de Planificaci n que integrar a los distintosniveles de gobierno, con participaci n ciudadana y, una secretar a t cnica que lo coordinar ,Consejo que tendr por objetivo dictar los lineamientos y las pol ticas que orienten al sistema yaprobar el Plan Nacional de Desarrollo y ser presidido por la Presidenta o Presidente de laRep blica;Que, el art culo 280 de

REGLAMENTO DEL CODIGO ORGANICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PUBLICAS Decreto Ejecutivo 489 Registro Oficial Suplemento 383 de 26-nov.-2014 Ultima modificación: 25-oct.-2016

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1 REGLAMENTO DEL CODIGO ORGANICO DEPLANIFICACION Y FINANZAS PUBLICASD ecreto Ejecutivo 489 Registro Oficial Suplemento 383 de modificaci n: : ReformadoNo. 489 RAFAEL CORREA DELGADOPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAC onsiderando:Que la Constituci n de la Rep blica del Ecuador en el art culo 227 establece que la administraci np blica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,calidad, jerarqu a, desconcentraci n, descentralizaci n, coordinaci n, participaci n, planificaci n,transparencia y evaluaci n;Que, la Constituci n de la Rep blica del Ecuador en el art culo 279, inciso primero, establece que elsistema nacional descentralizado de planificaci n participad va organizar la planificaci n para eldesarrollo y estar conformado por un Consejo Nacional de Planificaci n que integrar a los distintosniveles de gobierno, con participaci n ciudadana y, una secretar a t cnica que lo coordinar ,Consejo que tendr por objetivo dictar los lineamientos y las pol ticas que orienten al sistema yaprobar el Plan Nacional de Desarrollo y ser presidido por la Presidenta o Presidente de laRep blica.

2 Que, el art culo 280 de la misma Carta Magna establece que el Plan Nacional de Desarrollo es elinstrumento al que se sujetar n las pol ticas, programas y proyectos p blicos; la programaci n yejecuci n del presupuesto del Estado: la inversi n y la asignaci n de los recursos p blicos; ycoordinar las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos aut nomosdescentralizados. Su observancia ser de car cter obligatorio para el sector p blico e indicativo paralos dem s sectores;Que, el art culo 283 de la Constituci n de la Rep blica del Ecuador dispone que el sistemaecon mico es social y solidario, reconoce al ser humano como sujeto y fin, propende a una relaci ndin mica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armon a con la naturaleza y tiene porobjetivo garantizar la producci n y reproducci n de las condiciones materiales e inmateriales queposibiliten el buen vivir;Que, al art culo 285 de la Constituci n de la Rep blica del Ecuador determina que la pol tica fiscaltendr como objetivos espec ficos N: 1.

3 El financiamiento de Servicios, inversi n y bienes p blicos, redistribuci n del ingreso por medio de transferencias tributos y subsidios adecuados. 3. Lageneraci n de incentivos para la inversi n en los diferentes sectores de la econom a y para laproducci n de bienes y servicios, socialmente deseables y ambientalmente aceptables;Que, el art culo 286 de la Constituci n de la Rep blica del Ecuador se ala que las finanzas p blicas,en todos los niveles de gobierno, se conducir n de forma sostenible, responsable y transparente yprocurar n la estabilidad econ mica. Los egresos permanentes se financiar n con ingresospermanentes. Los egresos permanentes para salud, educaci n y justicia ser n prioritarios y, demanera excepcional, podr n ser financiados con ingresos no permanentes;Que, el art culo 289 de la Constituci n de la Rep blica del Ecuador establece que la contrataci n deREGLAMENTO DEL CODIGO ORGANICO DE planificacion Y FINANZAS PUBLICAS - P gina 1 LEXIS FINDER - p blica en todos los niveles del Estado se regir por las directrices de la respectivaplanificaci n y presupuesto y ser autorizada por un comit de deuda y financiamiento de acuerdocon la ley.

4 Que, el art culo 292 de la Constituci n de la Rep blica del Ecuador prev que el PresupuestoGeneral del Estado es el instrumento para la determinaci n y gesti n de los ingresos y egresos delEstado e incluye todos los ingresos y egresos del sector p blico, con excepci n de lospertenecientes a la seguridad social, la banca p blica, las empresas p blicas y los gobiernosaut nomos descentralizados; y,Que, mediante ley publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 306 de 22 de octubre de 2010 , laAsamblea Nacional expidi el C digo Org nico de Planificaci n y Finanzas P blicas; y,Que, la disposici n Transitoria S ptima del precitado C digo determina que el Presidente de laRep blica expedir el REGLAMENTO ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 5 y 13 del art culo 147 de laConstituci n de la Rep blica del :Expedir el REGLAMENTO General del C digo Org nico de Planificaci n y Finanzas P blicasTITULO PRELIMINARDE LAS DISPOSICIONES COMUNES A LA planificacion Y LAS FINANZAS PUBLICASArt.

5 El presente REGLAMENTO establece las normas de aplicaci n de los instrumentos ymecanismos a los que est n sujetos todos los actores del Sistema Nacional Descentralizado dePlanificaci n Participativa y el Sistema Nacional de Finanzas P El presente REGLAMENTO regir a todas Las entidades, instituciones y organismoscomprendidos en los art culos 225, 297 y 315 de la Constituci n de la Rep De la evaluaci n preliminar de la sostenibilidad La Secretar a Nacional dePlanificaci n y Desarrollo, el Ministerio de Finanzas y el Ministerio Coordinador de la Pol ticaEcon mica elaborar n, en coordinaci n con otras instituciones relacionadas, el marco de laprogramaci n macroecon mica preliminar que regir para el periodo plurianual tomando en cuentalos objetivos y metas del plan nacional de desarrollo y dem s instrumentos e informaci n funci n de este marco, el Ministerio de Finanzas realizar la revisi n de la programaci n fiscalpreliminar anual y plurianual y se efectuar n las correcciones e interacciones respectivas, paraobtener el escenario fiscal base anual y plurianual.

6 La Secretar a Nacional de Planificaci n deDesarrollo, en funci n del escenario fiscal base anual y plurianual elaborar el plan anual y plurianualde inversi n de las instituciones del Presupuesto General del Estado y las otras que Secretar a Nacional de Planificaci n y Desarrollo conjuntamente con el Ministerio de Finanzasestablecer n los mecanismos de vinculaci n entre el Plan Nacional de Desarrollo y todos lospresupuestos del sector p Del ciclo de la pol tica p Los actores responsables de la formulaci n e implementaci nde la pol tica p blica, deber n cumplir con el ciclo de la pol tica p blica en lo referente a laformulaci n, coordinaci n, implementaci n, seguimiento y evaluaci n de pol Secretar a Nacional de Planificaci n y Desarrollo establecer la norma t cnica necesaria para elcumplimiento del ciclo de la pol tica p DEL CODIGO ORGANICO DE planificacion Y FINANZAS PUBLICAS - P gina 2 LEXIS FINDER - IDE LA planificacion PARTICIPATIVA PARA EL DESARROLLOCAPITULO IDE LA planificacion PARTICIPATIVA PARA EL DESARROLLOArt.

7 De los instrumentos de planificaci La Secretar a Nacional de Planificaci n y Desarrollo,en su calidad de ente rector de la planificaci n nacional y el ordenamiento territorial, y como enteestrat gico del pa s, emitir directrices y normas para la formulaci n, articulaci n, coordinaci n ycoherencia de los instrumentos de planificaci n y de ordenamiento territorial, de manera que seasegure la coordinaci n de las intervenciones planificadas del Estado en el territorio, as como laverificaci n de la articulaci n entre los diferentes sectores y niveles de lineamientos y normas son de obligatorio cumplimiento para las entidades establecidas en elart culo 4 del C digo Org nico de Planificaci n y Finanzas P blicas, en las diferentes instancias deplanificaci Pol ticas de largo La Secretar a T cnica del Sistema Nacional Descentralizado dePlanificaci n Participativa, ser la encargada de coordinar la formulaci n de la propuesta de Pol ticasde largo plazo para su validaci n por el Consejo Nacional de Planificaci Mecanismos de participaci Las directrices metodol gicas para la articulaci n de losmecanismos de participaci n ciudadana a las distintas instancias de planificaci n a nivel nacional,ser n emitidas por la Secretar a Nacional de Planificaci n y Desarrollo, de acuerdo con lo dispuestoen la ley, y se referir n a los siguientes mecanismos:1.

8 La Asamblea Ciudadana Plurinacional e Intercultural para el Buen Vivir articulada al proceso deelaboraci n del Plan Nacional de Los di logos para la planificaci n participativa Los Consejos Ciudadanos Sectoriales articulados al ciclo de la pol tica p blica en el marco de lascompetencias de las entidades rectoras de pol el nivel local, las directrices metodol gicas e instrumentos para las organizaci n, convocatoria yregulaci n de las asambleas locales, instancias de participaci n ciudadana, y consejos locales deplanificaci n, que forman parte del sistema, ser n emitidas por cada gobierna aut IDEL CONSEJO NACIONAL DE PLANIFICACIONArt. De las atribuciones del Consejo Nacional de Planificaci El Consejo Nacional dePlanificaci n, adem s de las funciones establecidas en el C digo, tendr las siguientes:1.

9 Aprobar el plan anual de Aprobar las directrices y normas sobre planificaci n que involucren a los diferentes niveles Reglamentar el funcionamiento interno del Consejo Nacional de Planificaci Establecer una o varias comisiones de seguimiento y evaluaci n permanentes necesarias para elcumplimiento de los objetivos de la Planificaci n Las dem s previstas en la Constituci n, la ley y otros instrumentos De las funciones del Secretario del Consejo Nacional de Planificaci El Secretario delConsejo Nacional de Planificaci n tendr las siguientes atribuciones:1. Elaborar el orden del d a para las sesiones, con sujeci n a las instrucciones del Presidente o dequien haga sus veces y cursar las convocatorias DEL CODIGO ORGANICO DE planificacion Y FINANZAS PUBLICAS - P gina 3 LEXIS FINDER - Levantar y legalizar las actas y llevar libros de las sesiones del Consejo Nacional de Planificaci n,el archivo y la Llevar los registros y archivos de las comisiones creadas en el Consejo Nacional de Planificaci Llevar el control de los asistentes a las sesiones del Consejo y establecer, el qu Certificar con su firma conjuntamente con el Presidente, las actas de las IIDEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Y DE LA ESTRATEGIA TERRITORIAL NACIONALArt.

10 De la articulaci n de la planificaci n local y sectorial con el Plan Nacional de vez aprobado el Plan Nacional de Desarrollo, los consejos sectoriales y los consejos locales deplanificaci n deber n actualizar su planificaci n a trav s de las instancias correspondientes. Para elefecto la Secretar a Nacional de Planificaci n y Desarrollo, emitir la norma y directricesmetodol gicas correspondientes, definir los plazos a los cuales deben sujetarse las entidadesp blicas y coordinar y acompa ar a este De la Estrategia Territorial La Estrategia Territorial Nacional ETN - es parteconstitutiva del Plan Nacional de Desarrollo y sus determinaciones ser n de obligatorio cumplimientopara todas las instituciones que hacen parte del Sistema Nacional Descentralizado de Planificaci Estrategia Territorial Nacional es la expresi n de la pol tica p blica nacional en el territorio y es uninstrumento de ordenamiento territorial a escala nacional, que comprende los criterios.


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