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SUSPENSION DE ACCIONES Y FUERO DE …

AUTOR: Dar o J. GRAZIABILESUSPENSION DE ACCIONES Y FUERO DE ATRACCION en el CONCURSO PREVENTIVOVERSI N 2006 (LEY REFORMADA POR LA LEY ) p gina 1 SUSPENSION DE ACCIONES Y FUERO DE ATRACCION en el CONCURSO PREVENTIVOVERSI N 2006 (LEY REFORMADA POR LA LEY )I. INTRODUCCI NNo pretendemos hacer aqu un an lisis de la reforma concursal efectuada por la ley , sino un estudio general, de los efectos que produce el con-curso preventivo sobre los juicios contra el concursado luego de aquella re-forma. Nos proponemos, desarrollar las cuestiones y divergencias anteriores y adunarle comentarios sobre la vigencia actual y su correlaci n con el resto de la normativa.

página 1 suspension de acciones y fuero de atraccion en el concurso preventivo versiÓn 2006 (ley 24.522 reformada por la ley 26.086) i. introducciÓn

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1 AUTOR: Dar o J. GRAZIABILESUSPENSION DE ACCIONES Y FUERO DE ATRACCION en el CONCURSO PREVENTIVOVERSI N 2006 (LEY REFORMADA POR LA LEY ) p gina 1 SUSPENSION DE ACCIONES Y FUERO DE ATRACCION en el CONCURSO PREVENTIVOVERSI N 2006 (LEY REFORMADA POR LA LEY )I. INTRODUCCI NNo pretendemos hacer aqu un an lisis de la reforma concursal efectuada por la ley , sino un estudio general, de los efectos que produce el con-curso preventivo sobre los juicios contra el concursado luego de aquella re-forma. Nos proponemos, desarrollar las cuestiones y divergencias anteriores y adunarle comentarios sobre la vigencia actual y su correlaci n con el resto de la normativa.

2 Esto es, la suspensi n de ACCIONES y el FUERO de atracci n, versi n 2006, en el concurso el concurso preventivo, el art. 21 originario de la ley , dispon a el FUERO de atracci n pasivo, como principio rector del proceso, importando el desplazamiento de la competencia de los jueces naturales1. Ahora con la reforma de la ley , el art. 21 se impone el FUERO de atracci n, la suspensi n de ACCIONES y la prohibici n de deducir nuevas como regla y estipula importantes excepciones. La norma es netamente de orden p blico, inderogable e irrenunciable.

3 Si bien con la reforma se logr sistematizar el art culo, s lo como acierto podemos mencionar ello, pero como principal defecto, se encuentran las innumerables excepciones incluidas, que sin fundamentos concretos, des-truyen la SUSPENSI N DE ACCIONES Y FUERO DE ATRACCI N (REGLA GENERAL N 1) El FUERO de atracci n es una forma de desplazar la competencia de los jueces naturales a favor de los juicios universales. Se funda en la existencia de una conexidad pasiva que se produce en los juicios de car cter universal, entre las diversas pretensiones contra el patrimonio cesante, lo que lleva a produ-cir una modificaci n en la competencia y una acumulaci n procesal en el concurso2.

4 As se produzco hist ricamente en el proceso concursal, aunque a partir de la reforma de 2006 las excepciones previstas, lo han relativizado enormemente y ha perdido notablemente fuerza y tambi n importancia-. Cabe resaltar que la reforma ha hecho la norma mucho m s sistem tica, sin perjuicio de la razonabilidad de sus bien el FUERO de atracci n temporalmente se producir luego de la suspen-si n de los juicios que deban atraerse, el principio rector es el de la vis attra-tiva, la suspensi n es la forma de hacerlo efectivo. Los juicios suspendidos y atra dos quedan sustituidos por la verificaci n de cr ditos.

5 Actualmente, no existe posibilidad alguna de continuar juicios en sede V. el tema en la ley anterior a 2006 en GRAZIABILE, Dar o J. Jurisdicci n concursal. Juez, competencia y FUERO de atracci n en Contribuciones para el Estudio del Derecho Concursal. Homenaje al Prof. Ariel . Dasso Ad-Hoc, 2005, p. BARACAT, Ergar J. Derecho procesal concursal Nova Tesis 2004 p. 37. p gina 2 SUSPENSION DE ACCIONES Y FUERO DE ATRACCION en el CONCURSO PREVENTIVOVERSI N 2006 (LEY REFORMADA POR LA LEY )Claramente la ley preve a como principio general la suspensi n y atracci n de los juicios de contenido patrimonial contra el concursado, in-cluso luego de la modificaci n sufrida en 1983 (ley ), pero a partir de la reforma realizada en el Senado al original proyecto de 1995 que culmin en ley , la cuesti n se torn dudosa.

6 A primera vista y haciendo una interpretaci n literal, parecer a que lo nico que se suspend an eran los ac-tos de ejecuci n forzada de bienes del concursado. Sin embargo, en una interpretaci n cient fica de la anterior norma e integral con la ley concursal en su totalidad, quedaba tambi n suspendido el tr mite de los juicios de conocimiento atra dos hasta que el actor opte por su continuaci n o la veri-ficaci n, eligiendo sta, quedaban definitivamente suspendidos. Tambi n las ejecuciones hipotecarias y prendarias se suspend an hasta tanto se presenten los respectivos pedidos de verificaci n en el a Maff a, que con la ley claramente se suspend an y se atra an las ACCIONES , con la ley , la radicaci n es el prius3.

7 Ahora, con el nuevo art. 21 , se vuelve a la anterior relaci n suspensi n y radicaci nosotros, m s all de la redacci n que se le de la ley, la suspensi n de los juicios, por razones obvias, es el primer efecto que se produce, y hecho, se realiza la atracci n y radicaci n ante el juez concursal. Ello, en virtud de que resulta ser necesaria la suspensi n para poder cumplir con la atracci n, ser a antifuncional seguir proveyendo el tr mite judicial e impedir la radica-ci n inmediata ante el juez concursal, pues aquello significar a la continua-ci n del tr mite.

8 Ahora, a partir de la reforma de 2006, la ley no permite tal continuaci n en ning n caso donde deba cumplirse la atracci n, antes lo habilitaba s lo excepcionalmente optando el actor, la continuaci n, ante el juez concursal, de los juicios de conocimiento. No existe posibilidad alguna de continuar juicios en sede concursal a partir de la ley La suspensi n implica la imposibilidad de proveer por parte del juez natural, provocando su incompetencia, lo que importar a la nulidad del acto , como principio, ahora quedan suspendidos todos los juicios afectados al FUERO de atracci n y excepcionalmente, los de conocimiento y laborales, en los que el actor haya optado por verificar su cr dito conforme las reglas comunes de incorporaci n concursal (art.)

9 21 inc. 2 ). Antes, con el originario art. 21 ley , se suspend an todos los juicios de conte-nido patrimonial de causa o t tulo anterior a la presentaci n concursal, cuya continuaci n no estaba prevista por la n efecto produce la mera presentaci n, ni la apertura del concurso preventivo per se sobre los juicios contra el concursado, los cuales prose-guir n su tr mite, pudi ndose tambi n incluso iniciarse nuevos. en el r -3 MAFF A, Osvaldo J. El insuficientemente asumido prius de la atracci n en orden a la competencia del juez del concurso LL, 1997-B-1147, La ley de concursos comentada Depalma 2001 t.

10 I p. 60, SOSA, Toribio E. Efectos del FUERO de atracci n en la nueva ley de concursos LL, Para HEREDIA, Pablo D. Tratado exeg tico de Derecho Concursal baco 2000 t. I p. 546, se trata de actos procesales inoponibles al concurso. p gina 3 SUSPENSION DE ACCIONES Y FUERO DE ATRACCION en el CONCURSO PREVENTIVOVERSI N 2006 (LEY REFORMADA POR LA LEY )gimen anterior, la apertura del concurso preventivo produc a la atracci n y radicaci n ante el juez concursal. Con la reforma de 2006, el dies ad quo fue impuesto, en forma mucho m s concreta y pr ctica, a partir de la publicaci n de edictos.


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