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Coord. Gral. de Gesti n Urban stica, Vivienda y ObrasSubdirecci n general de R gimen Jur dico Secretar a Permanente de la Comisi n T cnica de Licencias Secretar a Permanente C/ Ribera del Sena, 21; 1 planta Telf.:91 513 21 40 - 1 - Ref: CU 55-14 ASUNTO: Consulta urban stica que plantea el Distrito de Salamanca en relaci n con la forma de llevar a la pr ctica la restituci n de la legalidad urban stica de las obras efectuadas en viviendas situadas en el bajo cubierta del edificio ubicado en la calle Claudio Coello, 19. Palabras Clave: Disciplina urban stica. R gimen urban stico. Infracci n urban stica. Con fecha 11 de noviembre de 2014 se eleva consulta urban stica a la Secretar a Permanente, efectuada por el Distrito de Salamanca, en relaci n con las obras realizadas en las viviendas existentes en el bajo cubierta del edificio ubicado en la calle Claudio Coello, 19 y el modo de restituir la legalidad urban stica.

Coord. Gral. de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras Subdirección General de Régimen Jurídico Secretaría Permanente de la Comisión Técnica de Licencias

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1 Coord. Gral. de Gesti n Urban stica, Vivienda y ObrasSubdirecci n general de R gimen Jur dico Secretar a Permanente de la Comisi n T cnica de Licencias Secretar a Permanente C/ Ribera del Sena, 21; 1 planta Telf.:91 513 21 40 - 1 - Ref: CU 55-14 ASUNTO: Consulta urban stica que plantea el Distrito de Salamanca en relaci n con la forma de llevar a la pr ctica la restituci n de la legalidad urban stica de las obras efectuadas en viviendas situadas en el bajo cubierta del edificio ubicado en la calle Claudio Coello, 19. Palabras Clave: Disciplina urban stica. R gimen urban stico. Infracci n urban stica. Con fecha 11 de noviembre de 2014 se eleva consulta urban stica a la Secretar a Permanente, efectuada por el Distrito de Salamanca, en relaci n con las obras realizadas en las viviendas existentes en el bajo cubierta del edificio ubicado en la calle Claudio Coello, 19 y el modo de restituir la legalidad urban stica.

2 La presente consulta se resuelve de conformidad con el art culo 9 del Decreto de Alcald a, de 31 de mayo de 2005, de creaci n y funcionamiento de la Comisi n T cnica de Seguimiento e Interpretaci n de la Ordenanza Municipal de Tramitaci n de Licencias Urban sticas (OMTLU), en el que se dispone que La Secretar a Permanente se constituye como rgano auxiliar de la Comisi n, con las siguientes funciones: 2. Recibir y tramitar las consultas formuladas por los distintos servicios municipales , en relaci n con el apartado 4 de la Instrucci n de 29 de julio de 2008, de la Coordinadora general de Urbanismo, relativa al procedimiento de elevaci n de las consultas a la Comisi n T cnica de Seguimiento e Interpretaci n de la Ordenanza Municipal de Tramitaci n de Licencias Urban sticas, conforme al cual la Secretar a Permanente, respecto de las consultas planteadas por los servicios municipales podr decidir, entre otras opciones, resolverla directamente por considerar que las dudas planteadas no tienen alcance interpretativo por referirse nicamente a cuestiones concretas.

3 Asimismo, el presente informe se enmarca en las previsiones de la Disposici n Adicional tercera apartado 5, en relaci n con el Art culo 19 de la Ordenanza Municipal de Tramitaci n de Licencias Urban sticas de 23 de diciembre de 2004, modificada por Acuerdo del Pleno de 29 de abril de 2014, relativas al principio de coordinaci n administrativa y al servicio integral como rgano encargado de coordinar las respuestas a todas las cuestiones urban sticas previstas en la normativa municipal y garantizar el establecimiento de criterios homog neos en la adopci n de actos administrativos o acuerdos interpretativos, en el mbito de la referida Ordenanza. A la consulta planteada le son de aplicaci n los siguientes: ANTECEDENTES Normativa: - Normas Urban sticas del Plan general de Ordenaci n Urbana de Madrid, de 17 de abril de 1997. - Ordenanza Municipal de Tramitaci n de Licencias Urban sticas, de 23 de diciembre de 2004.

4 - RD 1346/1976, 9 abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre R gimen del Suelo y Ordenaci n Urbana. Coord. Gral. de Gesti n Urban stica, Vivienda y ObrasSubdirecci n general de R gimen Jur dico Secretar a Permanente de la Comisi n T cnica de Licencias Secretar a Permanente C/ Ribera del Sena, 21; 1 planta Telf.:91 513 21 40 - 2 - - Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo. - Instrucci n de 29 de julio de 2008, de la Coordinadora general de Urbanismo, relativa al procedimiento de elevaci n de las consultas a la Comisi n T cnica de Seguimiento e Interpretaci n de la Ordenanza Municipal de Tramitaci n de Licencias Urban sticas. Informes: - Consulta urban stica 5/2011, de 11 de marzo, que plantea el Distrito de Ciudad Lineal sobre el r gimen de obras a aplicar en situaciones resultantes de infracci n urban stica prescrita.

5 Expedientes: - 104/2012/01283 Legalizaci n obras. - 711/2007/11728 Consulta urban stica especial. - 713/2001/12231 Denuncias. ANTECEDENTES DE HECHO Se plantea la presente consulta en relaci n a las obras de acondicionamiento realizadas en las viviendas sitas en el bajo cubierta del edificio sito en la calle Claudio Coello, n 19. El edificio cuenta con licencia concedida en el a o 1931 en el expediente 44-139-10, por la que se autoriza el levantamiento de cubierta y la prolongaci n de los muros para obtener una altura de 3m, amparando el uso residencial en ese espacio con la prescripci n de que se instale un ascensor para obtener las condiciones de habitabilidad. Se desconoce el n mero y la distribuci n de las viviendas que se admitieron en la licencia. Mediante licencia concedida el 11 de julio de 2012 (expediente 104/2012/01283) se autoriza la legalizaci n y ampliaci n del ascensor: prolongaci n recorrido ascensor hasta la planta 4 - tico, para favorecer el acceso a la vivienda de la ltima planta.

6 Ampliaci n de la estructura y cerramiento del ascensor que no sobrepasar la altura de cumbrera, acondicionamiento de las zonas comunes en la planta 4 - tico, apertura de hueco en fachada y reposici n de acabados similares a los existentes en la caja de escalera . No se ha solicitado ni obtenido licencia posterior a la de construcci n, habi ndose denunciado recientemente la ejecuci n de obras sin licencia. En este aspecto, se ha comprobado la existencia de diferentes expedientes de disciplina urban stica referidos a la planta tico, destacando el 104/2012/07336, con resoluci n de fecha 26/02/2015 por la que se ordena la legalizaci n de obras de acondicionamiento puntual: cambios de distribuci n, preinstalaci n de climatizaci n, nueva instalaci n el ctrica, fontaner a, instalaci n de paneles de aislamiento entre los pares de cubierta, nuevo falso techo a base de placas de cart n-yeso, la totalidad de paramentos verticales, muros, tabiquer a, trasdosados forrados de placas de cart n-yeso; y obras exteriores: sustituci n de la totalidad de ventanas que dan tanto al patio central (de restauraci n obligatoria) como a los patios perimetrales, o ajuste las Coord.

7 Gral. de Gesti n Urban stica, Vivienda y ObrasSubdirecci n general de R gimen Jur dico Secretar a Permanente de la Comisi n T cnica de Licencias Secretar a Permanente C/ Ribera del Sena, 21; 1 planta Telf.:91 513 21 40 - 3 - mismas a las condiciones de la licencia u orden de ejecuci n existentes, realizadas en Cl. Claudio Coello num. 19, pla: at (bajo cubierta) . El planteamiento del distrito parte de la idea de restituir el orden urban stico infringido mediante el restablecimiento de la planta tico o bajo cubierta a una situaci n anterior a la ejecuci n de las obras, por lo que se consulta sobre el momento al que debe estar referida dicha restituci n. As , seg n expone el distrito, existen dos situaciones originales posibles a las que referirse a efectos de la restituci n: De una parte, al estado original que prev la licencia de construcci n, con la problem tica que ello supone al carecer de esta concreta informaci n ya que no consta en los archivos municipales ni la distribuci n ni el n mero de viviendas autorizadas.

8 Y de otra, al momento en el que la Administraci n tuvo conocimiento de una nueva distribuci n de la planta tico con ocasi n de la tramitaci n de los expedientes n/r 713/2001/12231 (De denuncias. En este expediente consta la ejecuci n de obras en cumplimiento de la orden de ejecuci n para la reparaci n de la cubierta a los efectos de pasar favorablemente la Inspecci n T cnica de Edificios) y 711/2007/11728 (de consulta urban stica especial relativa a la ejecuci n de obras para suprimir las infraviviendas existentes), en los que se incorporaron una serie de planos descriptivos de las viviendas, como situaci n f sica real en el momento. Esta nueva distribuci n, que data del a o 2007, constituir a una infracci n urban stica prescrita. En relaci n con las obras objeto de la actual legalizaci n, el denunciado manifiesta que la distribuci n actual se corresponde con la original, sobre la cual reconoce la ejecuci n de una serie de obras en cumplimiento de la orden de ejecuci n de la ITE, se alando por lo que ahora nos interesa que el pladur se ha trasdosado a las paredes.

9 Sin embargo, los servicios t cnicos del distrito han se alado que se trata de una nueva distribuci n que se ha basado en pladur, sin trasdosado alguno, siendo dichos elementos de nueva construcci n . CONSIDERACIONES En el presente supuesto se debe partir de la consideraci n de que no tenemos constancia de la existencia de ninguna licencia que ampare un n mero y una distribuci n concreta de las viviendas, habi ndose ejecutado nuevas obras sin licencia y no en contra de las determinaciones de una licencia. El distrito plantea su necesidad de concretar el momento al que debe referirse la restituci n de las recientes obras de acondicionamiento puntual, si al estado original de las viviendas en el caso de que la licencia de 1931 contemplara la configuraci n de las viviendas, o al estado en el que se constituy la infracci n ya prescrita (a o 2007). La primera cuesti n debe venir referida al r gimen jur dico aplicable a los expedientes de disciplina urban stica, pudiendo distinguir cuando la actuaci n urban stica no resulta legalizable, en cuyo caso procede adoptar todas las medidas legalmente establecidas para el restablecimiento de la legalidad urban stica infringida (orden de demolici n o clausura, en su caso) sin perjuicio de los tr mites que para ello sean necesarios, y cuando la actuaci n se ejecut en un momento en el que era disconforme con la ordenaci n urban stica pero en el momento de su legalizaci n mediante la solicitud de una licencia- resulta conforme con la ordenaci n urban stica vigente en el momento de la resoluci n.

10 Coord. Gral. de Gesti n Urban stica, Vivienda y ObrasSubdirecci n general de R gimen Jur dico Secretar a Permanente de la Comisi n T cnica de Licencias Secretar a Permanente C/ Ribera del Sena, 21; 1 planta Telf.:91 513 21 40 - 4 - Para poder determinar en qu situaci n nos encontramos es preciso analizar si las obras realizadas resultan o no disconformes con el ordenamiento urban stico vigente y si son susceptibles de legalizaci n. Partiendo de la consideraci n de que las viviendas se encuentran, a d a de hoy, en situaci n de infracci n urban stica prescrita al no estar amparadas en licencia urban stica alguna y al haber tenido conocimiento el Ayuntamiento en el a o 2007 de una nueva distribuci n mediante la documentaci n gr fica obrante en los expedientes antes citados, el r gimen de obras permitido se encuentra limitado. En este sentido, tal y como ya se se al en la Consulta urban stica 5/2011, de 11 de marzo, el r gimen jur dico aplicable a las obras ilegales con infracci n prescrita, seg n criterio jurisprudencial, se corresponde al de la situaci n de fuera de ordenaci n contenido en el art culo del TRLS/76.


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