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AYUNTAMIENTO DE MADRID madrid

Ordenanzas municipalesOrdenanza municipal de Tramitaci n de Licencias Urban sticasMarginal:ANM 2005\2 Tipo de Disposici n:Ordenanzas municipalesFecha de Disposici n:23/12/2004 Publicaciones:- BO. Comunidad de MADRID 07/01/2005 num. 5 pag. 99-116- BO. AYUNTAMIENTO de MADRID 13/01/2005 num. 5634 pag. 84-106 Notas:Aplicada la fe de erratas publicada en el BAM n m. 5640 de 24 febrero 2005, que afectaba al art. y al anexoII, a:- Deroga a ordenanza municipal de 29 julio 1997, BOCM de 25 noviembre 1997, n m. 280 (supl.), p gs. 1997\4madridAYUNTAMIENTO DE MADRID1 EXPOSICI N DE MOTIVOSLa concesi n de licencias de edificaci n, instalaci n de actividades, primera ocupaci n y funcionamiento, seencuentra hasta ahora regulada por la ordenanza Especial de Tramitaci n de Licencias y Control Urban stico de29 de julio de 1997 (OETLCU).Esta ordenanza respondi en su d a a la necesidad de homogeneizar los procedimientos de regulaci n de laactividad edificatoria y de implantaci n de actividades, adecu ndola al marco normativo entonces vigente,integrando las regulaciones urban sticas y sectoriales, con las normas generales emanadas de lasAdministraciones de rango sobradamente el objetivo de esta ordenanza , en la actualidad se evidencia la conveniencia de unarevisi n en profundidad que, por una parte, permita adecuar su contenido a las nuevas disposici

Ordenanzas municipales Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas Marginal: ANM 2005\2 Tipo de Disposición: Ordenanzas municipales

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1 Ordenanzas municipalesOrdenanza municipal de Tramitaci n de Licencias Urban sticasMarginal:ANM 2005\2 Tipo de Disposici n:Ordenanzas municipalesFecha de Disposici n:23/12/2004 Publicaciones:- BO. Comunidad de MADRID 07/01/2005 num. 5 pag. 99-116- BO. AYUNTAMIENTO de MADRID 13/01/2005 num. 5634 pag. 84-106 Notas:Aplicada la fe de erratas publicada en el BAM n m. 5640 de 24 febrero 2005, que afectaba al art. y al anexoII, a:- Deroga a ordenanza municipal de 29 julio 1997, BOCM de 25 noviembre 1997, n m. 280 (supl.), p gs. 1997\4madridAYUNTAMIENTO DE MADRID1 EXPOSICI N DE MOTIVOSLa concesi n de licencias de edificaci n, instalaci n de actividades, primera ocupaci n y funcionamiento, seencuentra hasta ahora regulada por la ordenanza Especial de Tramitaci n de Licencias y Control Urban stico de29 de julio de 1997 (OETLCU).Esta ordenanza respondi en su d a a la necesidad de homogeneizar los procedimientos de regulaci n de laactividad edificatoria y de implantaci n de actividades, adecu ndola al marco normativo entonces vigente,integrando las regulaciones urban sticas y sectoriales, con las normas generales emanadas de lasAdministraciones de rango sobradamente el objetivo de esta ordenanza , en la actualidad se evidencia la conveniencia de unarevisi n en profundidad que, por una parte, permita adecuar su contenido a las nuevas disposiciones legalesestatales y auton micas, resultado de la destacable actividad legislativa de los ltimos a os, en materiaurban stica, medioambiental y de procedimiento administrativo, y que por otro lado, posibilite la agilizaci n de losprocedimientos, mejorando la eficiencia de los servicios t cnicos municipales.

2 Reduciendo los plazos de respuestaa las solicitudes de los interesados y unificando los criterios reguladores de dicha actividad y, en suma,componiendo un marco normativo seguro y gil que redunde en un mejor servicio a los simplificaci n y racionalizaci n de las tramitaciones, incorporando criterios de calidad en el desempe o delservicio, permitir paralelamente una mejora en la gesti n de los expedientes de disciplina urban stica y lasimplificaci n de las tareas de informaci n urban stica, as como la incorporaci n de las nuevas tecnolog as en larelaci n de los administrados con los servicios ello redunda en una mayor facilidad para la participaci n ciudadana y una reducci n de tr mites y plazos quefomente la implantaci n de actividades econ micas y elimine trabas burocr ticas en las obras cotidianas demantenimiento de los inmuebles privados, compatibilizando la necesaria estabilidad del marco normativo con losrequerimientos inherentes al desarrollo din mico de la de las modificaciones vienen impuestas por los cambios en las legislaciones auton micas y estatales delos ltimos a os, tanto urban sticas como , en lo que se refiere a la normativa auton mica, las disposiciones que sobre procedimientos detramitaci n establece la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de MADRID , en el cap tulo III de sut tulo IV constituyen una referencia obligada para la nueva s, la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluaci n Ambiental de la Comunidad de MADRID , deja sin aplicaci ndirecta en el mbito de la Comunidad de MADRID el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas yPeligrosas, sustituyendo la licencia municipal a la que quedaban sometidas las actividades calificadas (licencia deinstalaci n, apertura y funcionamiento)

3 Por t cnicas de control medioambiental que la propia Ley establece, cuyaresoluci n debe insertarse de forma vinculante en el procedimiento de la licencia urban el mbito estatal, la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenaci n de la Edificaci n, ha permitido estructurarlos procedimientos de tramitaci n de las licencias en funci n de la necesidad de proyecto de obras de edificaci nu otro tipo de proyecto t ltimo, deben tenerse en cuenta las novedades introducidas por Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificaci nde la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R gimen Jur dico de las Administraciones P blicas y del ProcedimientoAdministrativo Com n, particularmente las relativas al silencio administrativo otro lado, la experiencia de los ltimos a os demuestra que el importante volumen de solicitudes de licenciaen el municipio de MADRID , unido a las dificultades intr nsecas que surgen en cada procedimiento, ha ocasionadoque muchos de los rganos gestores no hayan podido evitar la excesiva complejidad en la tramitaci n de losexpedientes y la dilataci n en los plazos de resoluci n.

4 Se impone, en consecuencia, la necesidad de dar soluci na estos problemas, simplificando los procedimientos y reduciendo estos DE MADRID2 Finalmente, la nueva ordenanza aspira a modernizar la gesti n, buscando la m xima colaboraci n entre laAdministraci n y el ciudadano con el fin de alcanzar el objetivo com n de resolver los procedimientos de licenciaurban stica dentro de los plazos previstos en funci n del tipo de licencia que se haya ordenanza municipal de Licencias Urban sticas se estructura en dos t tulos, y consta de 59 art culos, unadisposici n transitoria y cuatro disposiciones adicionales, una disposici n derogatoria y una disposici n t tulo I, titulado Disposiciones generales, incluye novedades sustanciales con respecto a las ordenanzasprecedentes. En primer t rmino, una de las piedras angulares de la nueva regulaci n es la creaci n de unalicencia urban stica nica que autorice todos los actos de edificaci n y uso del suelo que se puedan producir enuna misma actuaci n, entendiendo que si la pretensi n del solicitante es nica, la respuesta de la Administraci nMunicipal debe ser, por tanto, tambi n nica.

5 Se sustituyen as los siete tipos de licencia previstos en la ordenanzade ordenanza adopta el criterio de que en ning n caso cuestiones accesorias o parciales impidan la concesi n dela licencia para la actuaci n principal. A tal efecto, se introducen mecanismos de flexibilizaci n, tales como losprogramas de autorizaciones o la aprobaci n de proyectos parciales cuando se asegure la viabilidad urban sticadel conjunto bajo la condici n legal resolutoria de obtenci n de la licencia definitiva, que se producir cuando sehaya comprobado la adecuaci n de la realidad a la licencia primera vez se hace una relaci n completa de los actos que no precisan de licencia urban stica, incluyendo,adem s de los establecidos en las leyes, las peque as obras de mejora de los acabados de las viviendas ylocales, por entender que la intervenci n de la Administraci n en la actividad de los vecinos debe ser proporcionala la trascendencia de las otra novedad la determinaci n del alcance del control de legalidad que la tramitaci n de la licenciasupone.

6 Evitando tanto su utilizaci n de manera gen rica e indeterminada como la reproducci n de controles quecorresponden a otras Administraciones o sobre materias que son ajenas a la ordenaci n urban idea de promover una Administraci n que colabore de forma positiva con el solicitante se plasma en laincorporaci n de la consulta urban stica especial, en la que el rgano encargado de conceder la licencia respondeal proyectista acerca de las dudas concretas que se le planteen, pudiendo proponer soluciones pretende as evitar posteriores requerimientos y alcanzar mayor transparencia en las n se sientan las bases para la implantaci n de una administraci n urban stica electr nica, para laaplicaci n de t cnicas de calidad en los servicios y para la creaci n de un registro general de licenciasurban sticas o una ventanilla nica de licencias en colaboraci n con otras Administraciones P el t tulo II, Procedimientos de tramitaci n de licencias, se incluye por primera vez una relaci n de derechos ydeberes de los interesados en concordancia con la establecida en la Ley de R gimen Jur dico de lasAdministraciones P blicas y del Procedimiento Administrativo Com procedimiento de obtenci n de licencia por actuaciones comunicadas adquiere una dimensi n muy superior a laque ten a hasta ahora, al incluir las peque as obras y gran parte de las nuevas implantaciones de actividades enlocales.

7 La eliminaci n de tr mites innecesarios para este tipo de actuaciones sencillas que no requieren controlessuplementarios, permite dedicar la mayor parte de la capacidad de los servicios municipales al an lisis y control delas solicitudes que comportan una mayor regula tambi n un procedimiento simplificado, que va a permitir la implantaci n de actividades de tama omedio en locales, conjuntamente con las obras para acondicionarlos, mediante un sencillo procedimiento con unplazo de resoluci n de un mes, transcurrido el cual la licencia puede entenderse concedida por silencioadministrativo positivo, si concurren las dem s circunstancias establecidas para ello. Incluso cuando se solicite laimplantaci n de una de estas actividades sin obras y se presente con la solicitud la respuesta a una consultafavorable a la implantaci n del uso, se producir una licencia provisional instant DE MADRID3 Por el procedimiento ordinario se tramitar n todas las actuaciones que tienen verdadera significaci n urban stica omedioambiental y las que pueden afectar a la seguridad o al patrimonio arquitect nico protegido, por lo que todasellas deber n ser proyectadas y dirigidas por un t cnico la modalidad de procedimiento ordinario abreviado, el plazo para el otorgamiento es de dos meses, pero si enese plazo la Administraci n municipal no da respuesta a la solicitud, se produce una licencia provisional, queautoriza a ejecutar las obras bajo el directo control de los servicios t cnicos municipales tanto durante la obracomo una vez finalizada sta.

8 No adquiriendo la condici n de definitiva sin un acta de conformidad municipal el procedimiento ordinario com n las obras no pueden iniciarse sin licencia urban stica. El plazo para laconcesi n es de tres meses. Transcurrido el mismo la licencia puede entenderse concedida por silencioadministrativo positivo, en los t rminos previstos en la legislaci n urban stica. Sin embargo en esta modalidad seintroduce la posibilidad de aprobaci n de proyectos parciales siempre que se asegure la viabilidad urban stica delconjunto sometida a la condici n legal resolutoria de obtenci n de la licencia definitiva, previa comprobaci n de laadecuaci n de las obras realizadas a la licencia concedida. En cualquier caso, en el plazo de dos meses desde sufinalizaci n, las obras deber n superar una inspecci n de los servicios t cnicos municipales con acta deconformidad favorable, lo que autorizar la ocupaci n y funcionamiento del edificio y la lo que respecta a las rdenes de ejecuci n y a la disciplina urban stica, tradicionalmente incluidas en laordenanza, se ha optado por hacer una remisi n gen rica a la normativa estatal o auton mica, sobre todo a la Leydel Suelo de la Comunidad, considerando que no es necesario reproducir una regulaci n que est perfectamentedefinida en un texto legal de orden superior.

9 En el mismo sentido se ha actuado con respecto a los reg menessancionadores de aquellas actuaciones sometidas a procedimientos de control medioambiental o al de otrasactuaciones sometidas licencias de naturaleza distinta a la urban stica, pero que se concedan conjuntamente conla ltimo, se ha incorporado una disposici n transitoria que posibilita la aplicaci n de esta ordenanza a lassolicitudes de licencia que hayan superado el plazo de resoluci n vigente en la fecha de dicha solicitud, con elobjeto de que puedan ser beneficiarias de las ventajas que supone la nueva tramitaci TULO IDisposiciones GeneralesCap tulo 1 . Objeto y mbito de aplicaci nArt culo 1. Objeto de la La presente ordenanza tiene por objeto regular la tramitaci n de los procedimiento de otorgamiento de licenciasurban sticas en el mbito del AYUNTAMIENTO de La ordenanza desarrolla la legislaci n urban stica, medioambiental y de ordenaci n de la edificaci n, as comolas Normas Urban sticas del Plan General de Ordenaci n Urbana de culo 2.

10 Licencia urban La licencia urban stica es un acto reglado de la Administraci n municipal por el cual, previa comprobaci n de lascondiciones establecidas por la normativa aplicable, se autoriza al solicitante el ejercicio de su derechopreexistente a edificar o a desarrollar determinadas El t tulo jur dico que contiene la autorizaci n referida se documentar bajo la denominaci n unitaria de "Licenciaurban stica del AYUNTAMIENTO de MADRID ", cualquiera que sean los actos de edificaci n y uso del suelo que En el documento de la licencia urban stica se indicar el tipo de actuaci n autorizada de acuerdo con laclasificaci n de actuaciones urban sticas contenidas en la presente ordenanza , indicando las condiciones t cnicasmadridAYUNTAMIENTO DE MADRID4y jur dicas, y, en su caso, de funcionamiento a que quede Aprobado el modelo oficial de la licencia urban stica, ser publicado en el "Bolet n del AYUNTAMIENTO de MADRID ".


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