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ARCHIVO GENERAL AGRARIO (AGA) - gob.mx

ARCHIVO GENERAL AGRARIO (AGA). El ARCHIVO GENERAL AGRARIO tuvo su origen en el decreto de la Ley agraria del 6 de enero de 1915 con la creaci n de la Comisi n Nacional Agraria de la Secretar a de Fomento y, a partir de 1917 lo resguard la Secretar a de Agricultura y Fomento. Los expedientes se empezaron a conformar con los documentos que presentaban los pueblos solicitantes de restituci n o ampliaci n en cada una de las Comisiones Locales Agrarias. La encargada de los expedientes y de su resguardo fue en un principio la Direcci n Jur dica de la Secretar a de Fomento. Desde la creaci n del Departamento AGRARIO en enero de 1934, dependiente de la Secretar a de Agricultura y Fomento, el ARCHIVO estuvo bajo el resguardo de sta hasta 1946, a o en que se decret la creaci n de la Secretar a de Agricultura y Ganader a. En diciembre de 1958 el ARCHIVO pas a formar parte del nuevo Departamento de Asuntos Agrarios y Colonizaci n y posteriormente en 1974, de la Secretar a de la Reforma Agraria.

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1 ARCHIVO GENERAL AGRARIO (AGA). El ARCHIVO GENERAL AGRARIO tuvo su origen en el decreto de la Ley agraria del 6 de enero de 1915 con la creaci n de la Comisi n Nacional Agraria de la Secretar a de Fomento y, a partir de 1917 lo resguard la Secretar a de Agricultura y Fomento. Los expedientes se empezaron a conformar con los documentos que presentaban los pueblos solicitantes de restituci n o ampliaci n en cada una de las Comisiones Locales Agrarias. La encargada de los expedientes y de su resguardo fue en un principio la Direcci n Jur dica de la Secretar a de Fomento. Desde la creaci n del Departamento AGRARIO en enero de 1934, dependiente de la Secretar a de Agricultura y Fomento, el ARCHIVO estuvo bajo el resguardo de sta hasta 1946, a o en que se decret la creaci n de la Secretar a de Agricultura y Ganader a. En diciembre de 1958 el ARCHIVO pas a formar parte del nuevo Departamento de Asuntos Agrarios y Colonizaci n y posteriormente en 1974, de la Secretar a de la Reforma Agraria.

2 El ARCHIVO AGRARIO durante d cadas ha recibido la documentaci n que las instituciones encargadas de la pol tica agraria han generado en la tramitaci n de las diferentes acciones agrarias. Actualmente el ARCHIVO GENERAL AGRARIO (AGA) es una Direcci n de rea que depende estructuralmente de la Direcci n GENERAL de Registro y Control Documental en el Registro AGRARIO Nacional. FUNCIONES. Su funci n principal es la guarda, custodia, control, conservaci n y administraci n de los documentos que dieron origen a la propiedad social en M xico, constituida por 31 mil n cleos agrarios que poseen millones de hect reas que representan m s del 50% de la superficie total del pa s. La Expedici n de copias certificadas de expedientes, planos y documentos agrarios resguardados en el ARCHIVO GENERAL AGRARIO ;. Ordenar, catalogar, clasificar acciones agrarias y grupos documentales resguardados en el ARCHIVO GENERAL AGRARIO ; con la finalidad de facilitar su consulta y evitar pr cticas de corrupci n.

3 Digitalizar los expedientes, planos y documentos resguardados en el ARCHIVO GENERAL AGRARIO ; para garantizar el acceso a la informaci n en l contenido, a todos los sujetos agrarios. Atender la demanda de la consulta documental que realizan: las dependencias del Sector, los Tribunales Agrarios y las Organizaciones Campesinas. 1 En cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la informaci n P blica Gubernamental, integrar bajo la normatividad del ARCHIVO GENERAL de la Naci n, los Archivos de Tr mite, Concentraci n e Hist ricos del Registro AGRARIO Nacional. Pr stamo de expedientes, planos y documentos agrarios a los rganos Jurisdiccionales y a Instituciones del Sector. Contribuir al cumplimiento del Programa Nacional de Modernizaci n del ARCHIVO GENERAL AGRARIO (AGA), el cual forma parte del Programa Sectorial AGRARIO 2012 - 2018.

4 Supervisar, evaluar y capacitar a las Unidades de Control Documental en las Delegaciones en meter a Archiv stica Difundir la riqueza documental que resguarda el ARCHIVO GENERAL AGRARIO . SICOAGA. En 1997 con el fin de contar con un sistema de consulta para el p blico y el Registro AGRARIO Nacional, as como para el control de los documentos del ARCHIVO , se dise el Sistema de Consulta del ARCHIVO GENERAL AGRARIO (SICOAGA). Actualmente cuenta con informaci n de expedientes de los grupos documentales Dotaci n, Restituci n de tierras, Ampliaci n de ejidos, Nuevos Centros de Poblaci n Ejidal (NCPE), Expropiaci n de bienes ejidales y comunales y Reconocimiento Titulaci n y Confirmaci n de Bienes Comunales (RTCBC),y la b squeda de los expedientes de estos grupos documentales puede realizarse en este sistema, accediendo a su informaci n a trav s de tres tipos de consulta: geogr fica, grupo documental y por tema, mediante el primero se puede ubicar el n mero de expediente y legajos que el usuario necesita; en caso de que s lo conozca el estado, el municipio, el nombre del ejido o comunidad, o bien la combinaci n de alguno de ellos.

5 El segundo corresponde a la localizaci n de documentos de alguna acci n agraria en particular, junto con la identificaci n del estado, municipio o poblado; y el tercero, por alguno de los temas agrarios en los que fueron clasificados los expedientes. 2 QUE ES EL AGA? El AGA es el segundo ARCHIVO m s importante del Gobierno Federal, pues en sus instalaciones existen m s de 45 mil metros lineales de documentaci n agraria. Resguarda una importante y valiosa colecci n de documentos hist ricos, que datan desde el siglo XVI - XX, vinculados con la tenencia de la tierra y la lucha agraria. Tiene bajo su custodia 54 grupos documentales, entre los que destacan las acciones agrarias m s importantes: Dotaci n, Restituci n, Ampliaci n, Expropiaci n, RTBC y NCPE. M s de 350 mil planos de las acciones agrarias, del PROCEDE y FANAR.

6 POBLACI N QUE ATIENDE: N cleos Agrarios Ejidatarios y Comuneros. Peque os propietarios, Nacionaleros y Colonos. Organizaciones Campesinas y Sociales. Dependencias de los Gobiernos Federales, Estatales y Municipales Investigadores y Acad micos, Nacionales y Extranjeros. Autoridades Jurisdiccionales. P blico en GENERAL . Programas Sustantivos: Consulta Documental Digitalizaci n COORDINACI N DE ARCHIVOS. Para el Registro AGRARIO Nacional la Coordinaci n de Archivos es el rea responsable encargada de desarrollar los criterios en materia de Organizaci n, Administraci n y Conservaci n de Archivos;. Elaborar en Coordinaci n con las Unidades Administrativas los instrumentos de control archiv stico;. Coordinar los procedimientos de valoraci n y destino final de la documentaci n; Establecer los programas de capacitaci n en materia archiv stica y coordinar con el rea de tecnolog as de la informaci n la formalizaci n inform tica de las actividades arriba se aladas para la creaci n, manejo, uso, preservaci n y gesti n de archivos electr nicos, as como la automatizaci n de los archivos.

7 3 MISI N. Facilitar los procesos de organizaci n, conservaci n y manejo de la documentaci n que se encuentra en los Archivos de Tramite, Concentraci n e Hist ricos del Registro AGRARIO Nacional, as . como establecer los mecanismos para fomentar el resguardo, difusi n y acceso a la informaci n hist rica, social, t cnica y cultural. VISI N. Homogenizar los criterios para la organizaci n de archivos administrativos (tr mite y concentraci n), as como salvaguarda, difundir la memoria hist rica y contribuir a la transparencia y acceso a la Informaci n del Registro AGRARIO Nacional OBJETIVO: Asegurar la disponibilidad, localizaci n expedita, integridad y conservaci n de los documentos de ARCHIVO que poseen las Unidades Administrativas del Registro AGRARIO Nacional, a trav s de la organizaci n de los archivos. NORMATIVIDAD.

8 Ley Agraria. Reglamento Interior Del Registro AGRARIO Nacional. Manual de Procedimientos de las Delegaciones Estatales. Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci n P blica Gubernamental. Ley Federal de Archivos. Reglamento Interior de la Ley Federal de Archivos. Ley GENERAL de Bienes Nacionales. Lineamientos Generales de Organizaci n y Conservaci n de los Archivos de las Dependencias y Entidades de la Administraci n P blica Federal. Lineamientos para el resguardo de documentos en las B vedas de las Delegaciones del Registro AGRARIO Nacional. Norma T cnica de ARCHIVO Contable. Reglas de Operaci n del ARCHIVO GENERAL AGRARIO . 4 CATALOGO DE DISPOSICI N DOCUMENTAL (Vigente la actualizaci n del 2014). CALIDAD. Instituci n: Registro AGRARIO Nacional Nombre del tr mite: Expedici n de copias certificadas de documentos agrarios Responsable: Lic.

9 Perla Elizabeth Acosta Molina Directora del ARCHIVO GENERAL AGRARIO Direcci n: Sastrer a #84, Col. Penitenciar a, Delegaci n. Venustiano Carranza, 15280, M xico Tel fono: 5704-3452. Correo electr nico: OBJETIVO. La Expedici n de Copias Certificadas de Documentos Agrarios tiene como objetivos: Brindar certeza jur dica a los sujetos agrarios mediante copias de los documentos que amparan sus derechos. Expedir copias de documentos con valor hist rico o informativo a los ciudadanos que lo 5 requieran. El tr mite se realiza a petici n de un ciudadano que requiere copias certificadas de los documentos que resguarda el ARCHIVO GENERAL AGRARIO . COMPROMISOS DE SERVICIO. Estos son los est ndares de servicio que nos comprometemos a cumplir: AMABILIDAD. Que el servicio se caracterice por el trato cordial y cort s al ciudadano y que el personal de atenci n al p blico sea capaz de dar respuesta a todas sus dudas.

10 CONFIABILIDAD. Todas las copias certificadas ser n expedidas sin errores, esto es: legibles (siempre y cuando el documento en resguardo as lo permita), con sellos de seguridad, folios y cruces correctamente aplicados as como con la leyenda de certificaci n debidamente escrita. OPORTUNIDAD. Poner a su disposici n las copias certificadas o la respuesta en un plazo m ximo de 20 d as h biles, contados a partir del d a siguiente a la recepci n de su solicitud en la ventanilla de atenci n al p blico. HONESTIDAD. Garantizarle que la atenci n ser gratuita, sin m s costo que el que debe realizar en el Banco por Pago de Derechos. TRANSPARENCIA. Poner a disposici n del usuario mediante cualquier medio (personal, telef nico y electr nico), la informaci n del tr mite cuando as lo solicite. VIGENCIA DEL TR MITE O SERVICIO. La certificaci n de las copias de los documentos agrarios no tiene caducidad.


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