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ASPECTOS NOVEDOSOS DE LOS PROCEDIMIENTOS …

ASPECTOS NOVEDOSOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACI N. EN LA LEY 9/ 2017 , de 8 de noviembre , de contratos del SECTOR. P BLICO. Paloma Sanz Baos Letrada-Jefe del Servicio Jur dico en la Consejer a de Econom a, Empleo y Hacienda. Comunidad de Madrid. 1. RESUMEN: La Ley 9/ 2017 , de 8 de noviembre , de contratos del Sector P blico regula varios PROCEDIMIENTOS de adjudicaci n, ya conocidos en su gran mayor a ( PROCEDIMIENTOS abierto, restringido, negociado y di logo competitivo) sin perjuicio de algunas novedades impuestas por el Derecho Comunitario. El nuevo procedimiento abierto simplificado ser muy utilizado para agilizar la contrataci n. Los poderes adjudicadores podr n acudir al procedimiento negociado o al di logo competitivo en casos en los que probablemente no se obtendr an resultados satisfactorios con los PROCEDIMIENTOS abierto o restringido.

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1 ASPECTOS NOVEDOSOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACI N. EN LA LEY 9/ 2017 , de 8 de noviembre , de contratos del SECTOR. P BLICO. Paloma Sanz Baos Letrada-Jefe del Servicio Jur dico en la Consejer a de Econom a, Empleo y Hacienda. Comunidad de Madrid. 1. RESUMEN: La Ley 9/ 2017 , de 8 de noviembre , de contratos del Sector P blico regula varios PROCEDIMIENTOS de adjudicaci n, ya conocidos en su gran mayor a ( PROCEDIMIENTOS abierto, restringido, negociado y di logo competitivo) sin perjuicio de algunas novedades impuestas por el Derecho Comunitario. El nuevo procedimiento abierto simplificado ser muy utilizado para agilizar la contrataci n. Los poderes adjudicadores podr n acudir al procedimiento negociado o al di logo competitivo en casos en los que probablemente no se obtendr an resultados satisfactorios con los PROCEDIMIENTOS abierto o restringido.

2 La asociaci n para la innovaci n es un procedimiento nuevo y espec fico que permite el desarrollo de una obra, producto o servicio innovador y la posterior adquisici n de la obra, servicio o suministro resultante cuando aqu llos no est n todav a disponibles en el mercado. PALABRAS CLAVE: contrataci n p blica; PROCEDIMIENTOS de licitaci n;. procedimiento abierto simplificado; procedimiento negociado; asociaci n para la innovaci n. ABSTRACT: The Law 9/ 2017 , of november 8th, on Public Procurement regulates several competitive procedures, most of them already known -open, restricted, with negotiation and competitive dialogue procedures-, notwithstanding some novelties in compliance with Union law. The new simplified open procedure will be often used to speed up the procurement.

3 Contracting authorities could provide for the use of the procedure with negotiation or the competitive dialogue in various situations where open or restricted procedures without negotiations are not likely to lead to satisfactory procurement outcomes. The innovation partnership is a new specific procedure that allows the development of an innovative product or service or innovative works, and the subsequent purchase of the resulting supplies, services or works when they cannot be met by solutions already available on the market. KEY WORDS: public procurement; competitive procedures; simplified open procedure; procedure with negotiation; innovation partnership. 2. ASPECTOS NOVEDOSOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACI N.

4 EN LA LEY 9/ 2017 , de 8 de noviembre , de contratos del SECTOR. P BLICO. SUMARIO: I. Introducci n. II. Los PROCEDIMIENTOS abiertos; en particular, el procedimiento abierto simplificado. III. El procedimiento restringido. IV. Los PROCEDIMIENTOS con negociaci n. V. El di logo competitivo. VI. La asociaci n para la innovaci n. VII. Los concursos de proyectos. VIII. Novedades relativas al r gimen de contrataci n de otros entes del sector p blico. IX. Conclusiones. I. INTRODUCCI N. La reciente Ley 9/ 2017 , de 8 de noviembre , de contratos del Sector P blico, por la que se trasponen al ordenamiento jur dico espa ol las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP/ 2017 ) disciplina los PROCEDIMIENTOS de adjudicaci n de los contratos licitados por las Administraciones P blicas en el Cap tulo I del T tulo I de su Libro II, bajo la r brica Actuaciones relativas a la contrataci n de las Administraciones P blicas.

5 En la estructura del mencionado Cap tulo puede distinguirse una primera Secci n, relativa a la preparaci n de los contratos, donde se regulan las consultas preliminares del mercado, el expediente de contrataci n y los pliegos de cl usulas administrativas y de prescripciones t cnicas y, a continuaci n, una segunda Secci n reguladora de la adjudicaci n de los contratos, que aborda, a su vez, tanto las normas generales aplicables en esta fase del procedimiento de licitaci n (principios generales, anuncios, criterios de adjudicaci n, formalizaci n de los contratos, etc.), como los ASPECTOS peculiares y caracter sticos de cada uno de los PROCEDIMIENTOS de adjudicaci n. 3. Sobre este ltimo conjunto de normas (arts.)

6 156 a 187 LCSP/ 2017 ) pondremos el foco en el presente trabajo, de tal manera que nuestro an lisis se centrar en las principales novedades introducidas por la nueva Ley en cada uno de los PROCEDIMIENTOS de adjudicaci n de contratos de las Administraciones P blicas, compar ndolos con los propios del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector P blico (TRLCSP, en adelante). Asimismo, dedicaremos un breve ep grafe a las novedades m s significativas introducidas en la contrataci n de otros entes del sector p blico, regulada en el Libro III. de la nueva Ley (arts. 316 a 322). Cabe destacar prima facie el mantenimiento en la LCSP/ 2017 de los cuatro PROCEDIMIENTOS de adjudicaci n tradicionales (abierto, restringido, negociado y de di logo competitivo), as como la regulaci n ex novo de un procedimiento, el de asociaci n para la innovaci n , creado por la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero, con la finalidad de desarrollar productos, servicios u obras innovadoras, todav a no disponibles en el mercado, mediante un proceso de investigaci n y desarrollo para adquirirlos posteriormente siempre que el resultado obtenido se ajuste a los niveles de rendimiento y a los costes m ximos acordados entre los poderes adjudicadores y los operadores participantes.

7 El procedimiento abierto, el m s empleado en la pr ctica, experimenta una notable diversificaci n en la nueva Ley, de tal manera que al tradicional procedimiento abierto previsto en el TRLCSP se suman dos variantes: los PROCEDIMIENTOS abiertos simplificado y sumario . Otras novedades relevantes son la desaparici n del supuesto del procedimiento negociado por raz n de la cuant a, y la unificaci n de las situaciones en las que los poderes adjudicadores pueden aplicar un procedimiento negociado o un di logo competitivo, cuestiones todas ellas que se expondr n detalladamente en las siguientes p ginas. 4. II. LOS PROCEDIMIENTOS ABIERTOS; EN PARTICULAR, EL. PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO. Como se ha adelantado, en la regulaci n del procedimiento abierto contenida en la nueva Ley podemos distinguir tres modalidades: el procedimiento abierto que podr amos calificar como ordinario equivalente en t rminos generales al procedimiento tradicional y hom nimo regulado en el TRLCSP, sin perjuicio de algunas novedades que veremos a continuaci n-, el procedimiento abierto simplificado y el sumario o s per-simplificado.

8 Veamos las principales novedades introducidas en cada uno de ellos: a) Procedimiento abierto ordinario . Como se ha explicado antes, responde en l neas generales al procedimiento que llevaba este nombre en el TRLCSP, reuniendo sus mismas caracter sticas de libertad de concurrencia de licitadores y prohibici n de negociaci n de los t rminos de contrato (art. ). Se simplifica la regulaci n de los plazos de presentaci n de proposiciones por los licitadores, distinguiendo entre contratos sujetos o no a regulaci n armonizada. Respecto de los primeros, se establecen unos plazos generales de presentaci n de proposiciones no inferiores a 35 d as1 para los contratos de obras, servicios y suministros, y a 30 d as para las concesiones de obras y de servicios, contados desde la fecha del env o del anuncio de licitaci n a la Oficina de Publicaciones de la Uni n Europea (art.

9 Ahora bien, estos plazos generales pueden reducirse en los supuestos descritos en el art culo , siendo especialmente significativo el caso previsto en su letra c), al se alar que si el rgano de contrataci n aceptara la presentaci n de ofertas por medios electr nicos, podr reducirse el plazo general de presentaci n de proposiciones en cinco d as . Lo cierto es que con la LCSP/ 2017 los rganos de contrataci n estar n 1. A t tulo de mero recordatorio conviene se alar que los plazos establecidos por d as en la legislaci n de contrataci n p blica se entienden referidos a d as naturales, salvo que se indique expresamente que solo deben computarse los d as h biles (Disp. Ad. 12 LCSP/ 2017 ). 5. obligados a exigir el empleo de medios electr nicos en el procedimiento de presentaci n de ofertas, con las nicas excepciones admitidas en los apartados tres y cuatro de la Disposici n Adicional 15 2, de tal manera que la mencionada reducci n ser de uso muy frecuente, convirtiendo los plazos resultantes de la misma (30 d as para los contratos de obras, servicios y suministros, y 25 d as para las concesiones de obras y de servicios) en la norma general.

10 Otras posibles reducciones de plazos aplicables a los contratos de obras, suministros y servicios no a las concesiones de obras o de servicios- sujetos a regulaci n armonizada, derivan del env o del anuncio de informaci n previa regulado en el art culo 134, o de la tramitaci n urgente del expediente descrita en el art culo 119, supuestos en los que el plazo de presentaci n de ofertas puede reducirse hasta un m nimo de quince d as (art. , letras a) y b). 2. Disp. Adicional 15 LCSP/ 2017 : 3. La presentaci n de ofertas y solicitudes de participaci n se llevar . a cabo utilizando medios electr nicos, de conformidad con los requisitos establecidos en la presente disposici n adicional. No obstante lo dispuesto en el p rrafo anterior, los rganos de contrataci n no estar n obligados a exigir el empleo de medios electr nicos en el procedimiento de presentaci n de ofertas en los siguientes casos: a) Cuando, debido al car cter especializado de la contrataci n, el uso de medios electr nicos requerir a herramientas, dispositivos o formatos de archivo espec ficos que no est n en general disponibles o no aceptan los programas generalmente disponibles.


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