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Declaración Anual de Personas Físicas

declaraci n Anual de Personas F sicas2El 30 de abril de 2016 vence el plazo para presentar la declaraci n Anual de Personas f sicas por los ingresos obtenidos durante el a o scal de 2015. La presentaci n en tiempo evita multas y sanciones, no obstante, al ser el 30 de abril un d a inh bil y de acuerdo con el C digo Fiscal de la Federaci n, se podr presentar hasta el 2 de leyes scales son muy din micas y es por ello que resulta necesario revisar los supuestos, requisitos, formatos y obligaciones que las Personas deben cumplir, por tal motivo, a continuaci n se abordan las preguntas m s frecuentes que surgen al momento de preparar y presentar la declaraci n n Anual de Personas F sicas Quienes est n obligados a presentar una declaraci n Anual ?

deducciones personales correspondientes a dicho año; incluyendo en dicho monto los otorgados a la Federación, entidades federativas, municipios, o a sus organismos descentralizados, los cuales no podrán exceder del 4% de los ingresos acumulables. •Las aportaciones voluntarias a la subcuenta de aportaciones

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  Declaraci, Personales, Anual, Deducciones, Deducciones personales, 243 n anual de

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1 declaraci n Anual de Personas F sicas2El 30 de abril de 2016 vence el plazo para presentar la declaraci n Anual de Personas f sicas por los ingresos obtenidos durante el a o scal de 2015. La presentaci n en tiempo evita multas y sanciones, no obstante, al ser el 30 de abril un d a inh bil y de acuerdo con el C digo Fiscal de la Federaci n, se podr presentar hasta el 2 de leyes scales son muy din micas y es por ello que resulta necesario revisar los supuestos, requisitos, formatos y obligaciones que las Personas deben cumplir, por tal motivo, a continuaci n se abordan las preguntas m s frecuentes que surgen al momento de preparar y presentar la declaraci n n Anual de Personas F sicas Quienes est n obligados a presentar una declaraci n Anual ?

2 declaraci n Anual de Personas F sicas 3 Tipo de Ingreso Caso en el que se deber presentar declaraci n Anual Sueldos y salarios, y conceptos asimilados Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del a o de que se trate. Cuando se hubieran prestado servicios a dos o m s empleadores en forma simult nea. Cuando sus ingresos por salarios en el a o excedan de $400, Cuando opten por presentar su declaraci n Anual , habiendo comunicado tal opci n al patr n. Cuando obtengan ingresos por salarios provenientes de fuente de riqueza obtenida en el extranjero o de Personas no obligadas a efectuar las retenciones, como es el caso organismos n: Podr n optar por no presentar la declaraci n Anual las Personas f sicas que: nicamente reciban ingresos por salarios e intereses cuya suma no exceda de $400,000 y los intereses reales sujetos a retenci n no excedan de $100, servicios profesionales (honorarios).

3 Actividades empresariales, profesionalesRealizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agr colas, ganaderas, silv colas, de pesca).R gimen de Incorporaci n FiscalNo se presenta declaraci n Anual . Arrendamiento de inmueblesEn todos los casos se presenta Anual . Enajenaci n de bienesEn todos los casos se presenta Anual . Los contribuyentes que hayan obtenido ingresos totales, incluyendo aquellos por los que no est obligado al pago de ISR y por los que se pag el impuesto definitivo superiores a $500, deben incluir como dato informativo, entre otros exentos, el monto de la enajenaci n de la casa habitaci n aun cuando est o legadosEl monto de las herencias o legados se debe informar en la declaraci n Anual como dato informativo siempre que el contribuyente haya obtenido ingresos totales por los que no se est obligado al pago del impuesto y por los que se pag el impuesto definitivo superiores a $500.

4 Si obtuviste ingresos por intereses reales superiores a $100, en el a o. Si percibiste intereses reales y salarios, y la suma de ambos excede de $400, , sin importar el monto de cada uno de dichos conceptos. Si percibiste intereses y salarios y la suma de ambos es hasta $400, , pero el monto de los intereses reales es mayor a $100, stamos, premios y donativosSe presenta declaraci n Anual para mostrar como dato informativo los pr stamos, donativos y los premios, siempre que stos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600, o utilidades distribuidos de Personas morales residentes en M xicoEn todos los casos.

5 Otros ingresos Deudas perdonadas. Ganancia/p rdida cambiaria, intereses provenientes de dep sitos o pr stamos del extranjero. Remanente distribuido de Personas morales no lucrativas. Derechos de autor percibidos por persona distinta al autor. Regal as. Ingresos de planes personales de retiro o del SAR. Dividendos provenientes de residentes en el importante se alar que en el caso de las exenciones trat ndose de vi ticos, casa habitaci n y herencias y legados no son aplicables cuando los ingresos no sean Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece que las Personas f sicas residentes en M xico deber n presentar su declaraci n Anual cuando se ubiquen en alguno de los supuestos mencionados: C mo se presenta la declaraci n Anual ?

6 La declaraci n Anual se presenta en l ingresa a la p gina de SAT y elige la pesta a de Tr mites . En la pesta a de Tr mites, elige Declaraciones y aparece: Declarasat. solo se utiliza en caso de que el nico ingreso sea salario y Declarasat para otros ingresa con el RFC y CIEC o FIEL, hecho lo anterior se selecciona el a o de la declaraci n, el tipo de declaraci n, el rea geogr fica y aquellos ingresos por los que se deba presentar la declaraci n Anual como son: Sueldos, salarios y asimilados. Arrendamiento. Enajenaci n. Adquisici n de bienes. Intereses. Premios. Dividendos.

7 Dem s ingresos. ISR REFIPRES. Informaci n del IVA. Enajenaci n de acciones en bolsa de valores. Actividades agr colas, ganaderas, silv colas y pesqueras. Actividad profesional (Honorarios).Posteriormente el programa pregunta si se desea realizar el c lculo autom tico y de seleccionar s , el sistema efect a dicho c otra pregunta relativa a si se desea que se realice el prellenado de la declaraci n, de elegir s se carga la informaci n precargada por las declaraciones informativas y aparecen algunas deducciones precargadas que habr que revisar si cumplen con los requisitos de Ley y capturar las que no cargue el sistema.

8 Hay que ingresar los datos por r gimen y datos n Anual de Personas F sicas 5 Qu deducciones personales se pueden aplicar en la declaraci n Anual ?Una vez sumados todos los ingresos del a o fiscal 2015 y descontadas las deducciones aplicables a cada tipo de ingreso, el contribuyente podr disminuir las siguientes deducciones personales : Honorarios m dicos, dentales y gastos hospitalarios pagados por el contribuyente, c nyuge o concubino/a, padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que dichas Personas no hayan percibido durante el a o, ingresos en cantidad igual o superior a un salario m nimo general del rea geogr fica elevado al a o.

9 Medicinas incluidas en facturas de hospitales; no proceden los comprobantes de farmacias. El pago de estos gastos se debe realizar mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electr nica de fondos, tarjeta de cr dito, de d bito o de servicios. Gastos funerarios. Solamente la cantidad que no exceda del salario m nimo general del rea geogr fica del contribuyente, elevado al a o, y que efectuados por el contribuyente, para su c nyuge o concubino/a, as como para sus padres, abuelos, hijos y nietos. Los gastos para cubrir servicios funerarios a futuro ser n deducibles en el a o de calendario en que se utilicen.

10 Primas por seguros de gastos m dicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones p blicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el contribuyente, su c nyuge o concubino/a, o sus ascendientes o descendientes en l nea recta. Intereses reales devengados y efectivamente pagados durante el ejercicio por cr ditos hipotecarios destinados a casa habitaci n, contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras, y siempre que el cr dito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversi n. Las instituciones que perciban ingresos por este tipo de intereses deben proporcionar, por escrito, una constancia Anual , a m s tardar el 15 de febrero, en la que se se ale, entre otros datos, el monto de los intereses nominales devengados y pagados en el a o, y aparezca separado el monto pagado de los intereses reales.


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