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FORMATO MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE …

Clemente Ponce 15-59 y Piedrah ta Direcci n de Seguridad y Salud en el Trabajo Telf.: + (593 2) 3947440 FORMATO MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD El presente documento es un MODELO de REGLAMENTO INTERNO de Seguridad y Salud que servir de gu a para la elaboraci n del mismo. Por favor tomar en cuenta las siguientes consideraciones: El presente MODELO es aplicable para la gran mayor a de sectores laborales, los art culos e tems presentados han sido obtenidos textualmente de diferentes cuerpos legales, revise y escoja los art culos e tems que son aplicables a la realidad de su negocio, sin descuidar el Acuerdo Ministerial 220 (Gu a para elaboraci n de Reglamentos Internos de Seguridad y Salud en el Trabajo) El punto de partida para elaborar el REGLAMENTO INTERNO de Seguridad y Salud es la Matriz de Riesgos Laborales MRL.

v) Dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal de la empresa, con especial atención a los directivos técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y periódicos:;

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1 Clemente Ponce 15-59 y Piedrah ta Direcci n de Seguridad y Salud en el Trabajo Telf.: + (593 2) 3947440 FORMATO MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD El presente documento es un MODELO de REGLAMENTO INTERNO de Seguridad y Salud que servir de gu a para la elaboraci n del mismo. Por favor tomar en cuenta las siguientes consideraciones: El presente MODELO es aplicable para la gran mayor a de sectores laborales, los art culos e tems presentados han sido obtenidos textualmente de diferentes cuerpos legales, revise y escoja los art culos e tems que son aplicables a la realidad de su negocio, sin descuidar el Acuerdo Ministerial 220 (Gu a para elaboraci n de Reglamentos Internos de Seguridad y Salud en el Trabajo) El punto de partida para elaborar el REGLAMENTO INTERNO de Seguridad y Salud es la Matriz de Riesgos Laborales MRL.

2 Recuerde: Para elaborar un REGLAMENTO INTERNO de Seguridad y Salud, as como las diferentes matrices de riesgos laborales, es necesario contar plenos conocimientos de Seguridad y Salud Ocupacional y de los procesos laborales del centro de trabajo. Normativa Legal: Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. Decisi n 584 REGLAMENTO al instrumento andino de Seguridad y Salud. Resoluci n 957 REGLAMENTO de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Decreto 2393 REGLAMENTO para el funcionamiento de los servicios m dicos de empresas. Acuerdo No. 1404 Colores y Se ales de Seguridad. Norma T cnica Ecuatoriana INEN ISO 3864-1 Colores de identificaci n de tuber as Norma T cnica Ecuatoriana INEN 440:84 Transporte, Almacenamiento y Manejo de materiales peligrosos.

3 Norma T cnica Ecuatoriana INEN 2266 Etiquetado de Precauci n. Norma T cnica Ecuatoriana INEN 2288 Extintores port tiles Inspecci n, Mantenimiento y Recarga. Norma T cnica Ecuatoriana INEN 739 REGLAMENTO de Seguridad y Salud para la Construcci n y Obras Publicas. Acuerdo N 174 Convenios Internacionales OIT ratificados por la Rep blica del Ecuador. Acuerdo Ministerial 220. Gu a para elaboraci n de Reglamentos Internos de Seguridad y Salud en el Trabajo. POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL La pol tica debe ser realizada por los jefes y trabajadores de la empresa de manera consensuada, bas ndose en los puntos indicados en el REGLAMENTO para el Sistema de Auditor a de Riesgos del Trabajo SART (Resoluci n CD.)

4 333.) Firma Gerente General o Representante REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD DEL TRABAJO DE (NOMBRE DE LA EMPRESA) RAZON SOCIAL: ACTIVIDAD ECONOMICA: OBJETIVOS: CAPITULO I DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS Art culo OBLIGACIONES GENERALES DEL EMPLEADOR a) Formular la pol tica empresarial y hacerla conocer a todo el personal de la empresa. Prever los objetivos, recursos, responsables y programas en materia de seguridad y salud en el trabajo; b) Identificar y evaluar los riesgos, en forma inicial y peri dicamente, con la finalidad de planificar adecuadamente las acciones preventivas, mediante sistemas de vigilancia epidemiol gica ocupacional espec ficos u otros sistemas similares, basados en mapa de riesgos; c) Combatir y controlar los riesgos en su origen, en el medio de transmisi n y en el trabajador, privilegiando el control colectivo al individual.

5 En caso de que las medidas de prevenci n colectivas resulten insuficientes, el empleador deber proporcionar, sin costo alguno para el trabajador, las ropas y los equipos de protecci n individual adecuados; d) Programar la sustituci n progresiva y con la brevedad posible de los procedimientos, t cnicas, medios, sustancias y productos peligrosos por aquellos que produzcan un menor o ning n riesgo para el trabajador; e) Dise ar una estrategia para la elaboraci n y puesta en marcha de medidas de prevenci n, incluidas las relacionadas con los m todos de trabajo y de producci n, que garanticen un mayor nivel de protecci n de la seguridad y salud de los trabajadores; f) Mantener un sistema de registro y notificaci n de los accidentes de trabajo, incidentes y enfermedades profesionales y de los resultados de las evaluaciones de riesgos realizadas y las medidas de control propuestas, registro al cual tendr n acceso las autoridades correspondientes, empleadores y trabajadores.

6 G) Investigar y analizar los accidentes, incidentes y enfermedades de trabajo, con el prop sito de identificar las causas que los originaron y adoptar acciones correctivas y preventivas tendientes a evitar la ocurrencia de hechos similares, adem s de servir como fuente de insumo para desarrollar y difundir la investigaci n y la creaci n de nueva tecnolog a; h) Informar a los trabajadores por escrito y por cualquier otro medio sobre los riesgos laborales a los que est n expuestos y capacitarlos a fin de prevenirlos, minimizarlos y eliminarlos. Los horarios y el lugar en donde se llevar a cabo la referida capacitaci n se establecer n previo acuerdo de las panes interesadas; i) Establecer los mecanismos necesarios para garantizar que s lo aquellos trabajadores que hayan recibido la capacitaci n adecuada, puedan acceder a las reas de alto riesgo; j) Designar, seg n el n mero de trabajadores y la naturaleza de sus actividades, un trabajador delegado de seguridad, un comit de seguridad y salud y/o establecer un servicio de salud en el trabajo.

7 K) Fomentar la adaptaci n del trabajo y de los puestos de trabajo a las capacidades de los trabajadores, habida cuenta de su estado de salud f sica y mental, teniendo en cuenta la ergonom a y las dem s disciplinas relacionadas con los diferentes tipos de riesgos psicosociales en el trabajo. El REGLAMENTO INTERNO de Seguridad y Salud en el Trabajo, deber ser revisado y actualizado peri dicamente con la participaci n de empleadores y trabajadores y, en todo caso, siempre que las condiciones laborales se modifiquen; l) Cumplir las disposiciones de este REGLAMENTO y demos normas vigentes en materia de prevenci n de riesgos; m) Adoptar las medidas necesarias para la prevenci n de los riesgos que puedan afectar a la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad.

8 N) Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, m quinas, herramientas y materiales para un trabajo seguro; o) Organizar y facilitar los Servicios M dicos, Comit s y Departamentos de Seguridad, con sujeci n a las normas legales vigentes; p) Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protecci n personal y colectiva necesarios; q) Efectuar reconocimientos m dicos peri dicos de los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos f sicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicof sicas de los respectivos puestos de trabajo; r) Cuando un trabajador, como consecuencia del trabajo, sufre lesiones o puede contraer enfermedad profesional, dentro de la pr ctica de su actividad laboral ordinaria, seg n dictamen de la Comisi n de Evaluaciones de incapacidad del IESS o del facultativo del Ministerio de Relaciones Laborales, para no afiliados, el patrono deber ubicarlo en otra secci n de la empresa, previo consentimiento del trabajador y sin mengua a su remuneraci n.

9 S) La renuncia para la reubicaci n se considerar como omisi n a acatar las medidas de prevenci n y seguridad de riesgos; t) Especificar en el REGLAMENTO INTERNO de Seguridad y Salud, las facultades y deberes del personal directivo, t cnicos y mandos medios, en orden a la prevenci n de los riesgos de trabajo; u) Instruir sobre los riesgos de los diferentes puestos de trabajo y la forma y m todos para prevenirlos, al personal que ingresa a laborar en la empresa; v) Dar formaci n en materia de prevenci n de riesgos, al personal de la empresa, con especial atenci n a los directivos t cnicos y mandos medios, a trav s de cursos regulares y peri dicos:; w) Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comit de Seguridad y Salud de la Empresa, Servicios M dicos o Servidos de Seguridad y Salud; x) Proveer a los representantes de los trabajadores de un ejemplar del presente REGLAMENTO y de cuantas normas relativas a prevenci n de riesgos sean de aplicaci n en el mbito de la empresa.

10 As mismo, entregar a cada trabajador un ejemplar del REGLAMENTO INTERNO de Seguridad y Salud de la empresa, dejando constancia de dicha entrega; y) Facilitar durante las horas de trabajo la realizaci n de inspecciones, en esta materia, tanto a cargo de las autoridades administrativas como de los rganos internos de la empresa; z) Dar aviso inmediato a las autoridades de trabajo y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de los accidentes y enfermedades profesionales ocurridas en sus centros de trabajo y entregar una copia al Comit de Seguridad y Salud de la Empresa; aa) Comunicar al Comit de Seguridad e Higiene, todos los informes que reciban respecto a la prevenci n de riesgos.


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