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LEY ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRE TRANSITO Y …

LEY ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRETRANSITO Y seguridad VIALLey 1 Registro Oficial Suplemento 398 de 07-ago-2008 Ultima modificaci n: 29-mar-2011 Estado: VigenteNOTA GENERAL:En todas las normas legales y en la presente Ley cuando se mencione La Comisi n Nacional deTransporte TERRESTRE , Tr nsito y seguridad vial , se entender que se refiere a La Agencia Nacionalde Regulaci n y Control del TRANSPORTE TERRESTRE , Tr nsito y seguridad vial (ANRCTTTSV), quetambi n podr ser conocida como Agencia Nacional de Tr nsito todas aquellas normas legales en las que se hace referencia a la Comisi n de Tr nsito delGuayas se entender que se refieren a la Comisi n de Tr nsito del Ecuador, y donde diga Cuerpo deVigilancia de la Comisi n de

LEY ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL Ley 1 Registro Oficial Suplemento 398 de 07-ago-2008 Ultima modificación: 29-mar-2011 ... tránsito y seguridad vial, por disposición del Presidente de la República, podrán restringir o cerrar temporalmente la circulación en las vías públicas que sean necesarias. Nota ...

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1 LEY ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRETRANSITO Y seguridad VIALLey 1 Registro Oficial Suplemento 398 de 07-ago-2008 Ultima modificaci n: 29-mar-2011 Estado: VigenteNOTA GENERAL:En todas las normas legales y en la presente Ley cuando se mencione La Comisi n Nacional deTransporte TERRESTRE , Tr nsito y seguridad vial , se entender que se refiere a La Agencia Nacionalde Regulaci n y Control del TRANSPORTE TERRESTRE , Tr nsito y seguridad vial (ANRCTTTSV), quetambi n podr ser conocida como Agencia Nacional de Tr nsito todas aquellas normas legales en las que se hace referencia a la Comisi n de Tr nsito delGuayas se entender que se refieren a la Comisi n de Tr nsito del Ecuador, y donde diga Cuerpo deVigilancia de la Comisi n de Tr nsito del Guayas se entender que aluden al Cuerpo de por Art.

2 113 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 415 de 29 de Marzo del2011 .EL PLENO DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTECONSIDERANDO:Que, la Ley de Tr nsito y TRANSPORTE Terrestres, publicada en el Registro Oficial No. 1002 de agostode 1996, ha sido objeto de varias reformas, y presenta una serie de disposiciones contradictorias einconsistentes;Que, ha existido una proliferaci n desordenada de operadores por cuanto no existe un marco jur dicoque organice, regule y controle la actividad del TRANSPORTE TERRESTRE a nivel nacional;Que, a pesar de su preponderancia en el desarrollo del pa s, el TRANSPORTE TERRESTRE no ha sidoconsiderado como un sector estrat gico de la econom a nacional.

3 Que, existen deficiencias en la determinaci n de funciones y el establecimiento de responsabilidadespara cada uno de los organismos que intervienen en la actividad del TRANSPORTE TERRESTRE , lo que haocasionado que la ley no pueda aplicarse adecuadamente;Que, la Ley de Tr nsito y TRANSPORTE Terrestres no contempla aspectos relacionados con laprevenci n;Que, el marco legal vigente resulta insuficiente inapropiado para las demandas del Estado y lasociedad en su conjunto;Que, nunca se han dictado verdaderas pol ticas en el mbito del TRANSPORTE , para garantizar a losciudadanos la seguridad en la movilidad;Que, es necesario contar con una nueva ley, de car cter eminentemente t cnico, que de formaintegral norme en su conjunto los diversos aspectos relacionados con la materia de transporteterrestre, tr nsito y seguridad vial .

4 Y,En ejercicio de sus facultades y atribuciones, expide la ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRE TRANSITO Y seguridad vial - P gina 1eSilec Profesional - ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRE , TRANSITOY seguridad VIALArt. La presente Ley tiene por objeto la organizaci n, planificaci n, fomento, regulaci n,modernizaci n y control del TRANSPORTE TERRESTRE , Tr nsito y seguridad vial , con el fin de proteger alas personas y bienes que se trasladan de un lugar a otro por la red vial del territorio ecuatoriano, y alas personas y lugares expuestos a las contingencias de dicho desplazamiento.

5 Contribuyendo aldesarrollo socio-econ mico del pa s en aras de lograr el bienestar general de los La presente Ley se fundamenta en los siguientes principios generales: el derecho a la vida, allibre tr nsito y la movilidad, la formalizaci n del sector, lucha contra la corrupci n, mejorar la calidadde vida del ciudadano, preservaci n del ambiente, desconcentraci n y descentralizaci cuanto al TRANSPORTE TERRESTRE , tr nsito y seguridad vial , se fundamenta en: la equidad ysolidaridad social, derecho a la movilidad de personas y bienes, respeto y obediencia a las normas yregulaciones de circulaci n, atenci n al colectivo de personas vulnerables, recuperaci n del espaciop blico en beneficio de los peatones y transportes no motorizados y la concepci n de reas urbanaso ciudades :CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts.

6 66, 397 Art. El Estado garantizar que la prestaci n del servicio de TRANSPORTE p blico se ajuste a losprincipios de seguridad , eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, continuidad ycalidad, con tarifas socialmente :CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. 52, 53, 54, 191, 215, 394 Art. Es obligaci n del Estado garantizar el derecho de las personas a ser educadas y capacitadasen materia de tr nsito y seguridad vial . Para el efecto se establecen, entre otras medidas, laense anza obligatoria en todos los establecimientos de educaci n p blicos y privados del pa s entodos sus niveles, de temas relacionados con la prevenci n y seguridad vial , as como los principios,disposiciones y normas fundamentales que regulan el tr nsito, su se alizaci n, el uso de las v asp blicas, de los medios de TRANSPORTE TERRESTRE .

7 De conformidad con los programas de estudioselaborados conjuntamente por la Comisi n Nacional del TRANSPORTE TERRESTRE , Tr nsito y SeguridadVial y el Ministerio de Educaci :CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. 26 Art. El Estado controlar y exigir la capacitaci n integral, permanente, la formaci n ytecnificaci n a conductoras y conductores profesionales y no profesionales y el estricto cumplimientodel aseguramiento : Art culo sustituido por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 415 de 29 de Marzodel 2011.

8 Art. El Estado es propietario de las v as p blicas, administrar y regular su :CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 614 LEY ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRE TRANSITO Y seguridad vial - P gina 2eSilec Profesional - Las v as de circulaci n TERRESTRE del pa s son bienes nacionales de uso p blico, y quedanabiertas al tr nsito nacional e internacional de peatones y veh culos motorizados y no motorizados,de conformidad con la Ley, sus reglamentos e instrumentos internacionales vigentes. En materia detransporte TERRESTRE y tr nsito, el Estado garantiza la libre movilidad de personas, veh culos y bienes,bajo normas y condiciones de seguridad vial y observancia de las disposiciones de circulaci n :CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts.

9 66 CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 604 CODIGO PENAL, Arts. 416 Art. En caso de que se declare estado de excepci n o se decrete el establecimiento de zonas deseguridad, los organismos y autoridades de TRANSPORTE TERRESTRE , tr nsito y seguridad vial , pordisposici n del Presidente de la Rep blica, podr n restringir o cerrar temporalmente la circulaci n enlas v as p blicas que sean : Art culo reformado por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 415 de 29 deMarzo del 2011 .Concordancias:CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts.

10 164, 165 CODIGO CIVIL (TITULO PRELIMINAR), Arts. 4, 12, 39 CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 614 Art. Los peatones, conductores, pasajeros, automotores y veh culos de tracci n humana, animalo mec nica podr n circular en las carreteras y v as p blicas del pa s, sujet ndose a las disposicionesde esta Ley, su reglamento, resoluciones y regulaciones t cnicas :CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. 66 Art. Los ciudadanos ecuatorianos residentes en el exterior, y extranjeros que condujerenveh culos, dentro del territorio nacional podr n conducir con licencias emitidas en su pa s Estado reconoce la validez de los documentos, distintivos, licencias de conducci n, permisosinternacionales de conducci n, identificaci n vehicular y pases de aduana.


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