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LOS PRINCIPIOS ORIGINALES Y ACTUALES DE LA CONSTITUCION MEXICANA DE 19 17. DEL ESTADO FEDERAL A LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL PASCUAL ALBERTO OROZCO GARIBAY* SUMARIO: Introducci n. 1. Concepto de Constituci n. 11. Partes de la Constituci n. 111. La Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. Sus postula- dos de origen. IV. Algunas reformas constitucionales trascendentes de 1917 a la fecha. V. Los PRINCIPIOS ACTUALES de la Constituci n Mexicana: 1. M xico es un Estado de tipo Federal; 2. Su forma de gobierno es una rep blica, representativa, democr tica y presidencialista. 3. Existe divisi n de funciones entre los rganos de poder. 4. La sobe- ran a popular. 5. El Municipio libre. 6. Los derechos humanos. 7. Libertad religiosa, educaci n laica y separaci n de las iglesias y el Estado. 8. La existencia de partidos pol ticos. 9. La rector a del Estado en materia econ mica. 10. La m ltiple nacionalidad.

6 PASCUAL ALBERTO OROZCO GARIBAY Hoy en día no se puede concebir un Estado sin una constitución. Al respec- to Adolfo Posada señala: Los estados modernos se definen de modo general como estados constitucionales.. . por encima de la diversidad de formas, se destaca el hecho positivo de la existencia de las constituciones como expresión que en general …

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1 LOS PRINCIPIOS ORIGINALES Y ACTUALES DE LA CONSTITUCION MEXICANA DE 19 17. DEL ESTADO FEDERAL A LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL PASCUAL ALBERTO OROZCO GARIBAY* SUMARIO: Introducci n. 1. Concepto de Constituci n. 11. Partes de la Constituci n. 111. La Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. Sus postula- dos de origen. IV. Algunas reformas constitucionales trascendentes de 1917 a la fecha. V. Los PRINCIPIOS ACTUALES de la Constituci n Mexicana: 1. M xico es un Estado de tipo Federal; 2. Su forma de gobierno es una rep blica, representativa, democr tica y presidencialista. 3. Existe divisi n de funciones entre los rganos de poder. 4. La sobe- ran a popular. 5. El Municipio libre. 6. Los derechos humanos. 7. Libertad religiosa, educaci n laica y separaci n de las iglesias y el Estado. 8. La existencia de partidos pol ticos. 9. La rector a del Estado en materia econ mica. 10. La m ltiple nacionalidad.

2 1 1. El Territorio como espacio geogr fico y como mbito espacial de validez. 12. Las responsabilidades de los servidores p blicos. 13. La supremac a constitucional y la jerarqu a normativa. 14. La Justicia Constitucional. VI. Conclusiones. VII. Fuentes de Informaci n. Este ensayo pretende esbozar los PRINCIPIOS que dieron vida a la Constitu- ci n Mexicana de 1917 y los postulados que actualmente la fundamentan. Evidentemente el M xico de la segunda d cada del siglo xx es muy dife- rente al de hoy en d a, sus valores, costumbres, preocupaciones y finalidades han cambiado. Las estructuras social, pol tica y econ mica no son las mismas. El M xico rural, liberal, nacionalista, con una incipiente democracia se ha transformado en un M xico urbano, social, que se enfrenta a un mundo globali- * Notario P blico N mero 193 del DF. revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM Mexicana de Derecho, n m.

3 8, M xico, 2006. DR 2006. Colegio de Notarios del Distrito Federal4 PASCUAL ALBERTO OROZCO GARIBAY zado; con una problem tica social aguda; con una democracia muy endeble y un sistema electoral bastante cuestionado y evidentemente estos cambios se ven re- flejados en la Ley Suprema. El Constituyente de 1917 busc resolver la problem tica de aquellos tiem- pos; hoy nos corresponde a nosotros asumir esta responsabilidad social, bus- cando soluciones justas que respondan a las necesidades de todos los mexicanos. Este trabajo sintetiza en catorce PRINCIPIOS la estructura y contenido actual de nuestra Carta Magna de una manera descriptiva y a su vez es un an lisis de lo que podemos o queremos ser. Para ello es necesario promover el respeto a la Constituci n, fomentar el reconocimiento de los derechos humanos y de los me- canismos que los garanticen y los hagan efectivos, el sometimiento real de to- dos a la ley, la divisi n de poderes, la responsabilidad de los servidores p bli- cos; es necesario reestructurar nuestro sistema pol tico electoral que garantice y transparente de una manera mas econ mica nuestra democracia.

4 Igualmente de- bemos replantearnos nuestra justicia constitucional y el papel de la Suprema Corte de Justicia de la Naci n para que asuma las funciones de un aut ntico Tri- bunal Constitucional. El tema del Federalismo tanto econ mico como judicial son tambi n asigna- turas pendientes que no se pueden dejar a un lado, ni tampoco la asignaci n de recursos a los Municipios, para que realmente sean libres. La marginaci n social, la inequitativa distribuci n de la riqueza, la miseria extrema son problemas que merecen una soluci n urgente no solo del Estado, sino tambi n de toda la sociedad civil. El punto de partida es adecuar la Constituci n a la realidad, porque en ella se plasman nuestros derechos, valores, finalidades; el texto constitucional es el fundamento del poder y quien establece sus l mites, es en ltima instancia la Ley Suprema que armoniza a todas las normas jur dicas se alando su jerarqu a, procedimiento de creaci n y contenido.

5 La Constituci n puede ser definida desde cuatro puntos de vista: jur dico, pol tico, sociol gico y filos fico. 1. JUI~DICAMENTE, la Constituci n es un sistema normativo que armoniza a todas las disposiciones jur dicas, determinando su jerarqu a, proceso de creaci n y contenido. Kelsen al respecto se ala: revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM Mexicana de Derecho, n m. 8, M xico, 2006. DR 2006. Colegio de Notarios del Distrito FederalLos PRINCIPIOS ORIGINALES y ACTUALES de la Constituci n mexicana de 1917 5 La norma fundamental de un orden jur dico es la regla suprema de acuerdo con la cual los preceptos de tal orden son establecidos y anulados, es decir, adquieren y pierden su validez.' Para Kelsen: La constituci n en sentido material est constituida por los preceptos que regulan la creaci n de normas jur dicas generales y especialmente la creaci n de leyes [.]

6 ] Puede determinar no solamente los rganos del proceso legislativo, sino tambi n hasta cierto grado el contenido de leyes futuras. Puede determinar negativamente que las leyes no deben tener cierto con ten id^.^ 2. POL TICO. La constituci n es el fundamento jur dico del poder del Go- bierno; es la norma suprema que pretende unificar los elementos del Estado, or- ganizando los distintos rganos que ejercitan el poder, estableciendo sus compe- tencias, las relaciones entre ellos y sus l mites. Lo que para mi define la constituci n es su funci n y sta es precisamente la de dar forma al poder, es decir, la de . Toda Constituci n implica racionalizaci n y limitaci n del poder, pero a mi juicio la Constituci n no puede ser definida por referencia solo a esta funci n .. la Constituci n es forma del poder porque es su pretensi n de legitimidad. Por eso no son constituciones aut nticas los documentos que sirven de simple cobertura sem ntica a unas relaciones de poder puramente pr cticas, sino solo aquellas que fundamentan efectivamente el 3.

7 Sociol gico: La Constituci n es el pacto social que plasma la voluntad del pueblo y organiza la convivencia social e igualmente se concibe como la suma de los factores reales del poder. He ah , pues, se ores, lo que es, en esencia la constituci n de un pais; la suma de los factores reales de poder que rigen en ese pa s .. los problemas constituciona- les no son, primariamente, problemas de derecho, sino de poder; la verdadera constituci n de un pais solo reside en los factores reales y efectivos de poder que en ese pais rigen; y las constituciones escritas no tienen valor ni son duraderas mas que cuando dan expresi n fiel a los factores de poder imperantes en la realidad .4 4. FILOSOFICO. La Constituci n es la que determina la estructura del Esta- do, sus valores, sus finalidades, sus proyectos. ' HANS, Kelsen, Teor a General del Derecho y del Estado, 2a. ed., UNAM, 1988, pp. 133.

8 HANS, Kelsen, op. cit., pp. 147-148 RUBIO LLORENTE, Francisco, La forma del poder. Estudios sobre la Constituci n, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, Espa a, 1997, pp. XXIV. LASALLE, Ferdinand, Qu es una Constituci n?, Coyoac n, S. A., M xico, 1997, pp. 52 y 75. revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM Mexicana de Derecho, n m. 8, M xico, 2006. DR 2006. Colegio de Notarios del Distrito Federal6 PASCUAL ALBERTO OROZCO GARIBAY Hoy en d a no se puede concebir un Estado sin una constituci n. Al respec- to Adolfo Posada se ala: Los estados modernos se definen de modo general como estados . por encima de la diversidad de formas, se destaca el hecho positivo de la existencia de las constituciones como expresi n que en general caracteriza la estructura y fun- cionamiento del r gimen pol tico y jur dico de los estados contempor neo^.

9 ^ La Constituci n es vital, porque protege y garantiza nuestros derechos, fun- damenta y limita el poder, porque plasma los valores y finalidades de la socie- dad; unifica los elementos del Estado al determinar quienes son sus nacionales, ciudadanos y extranjeros; cual es su territorio, quienes son sus autoridades, cua- les son sus atribuciones y responsabilidades, el tipo de estado y la forma de go- bierno que se pretende establecer, y la que armoniza a todas las normas jur di- cas determinando su jerarqu a, proceso de creaci n y con ten id^.^ Tradicionalmente se ha considerado que la constituci n est integrada por dos partes: la dogm tica y la org nica, sin embargo esta divisi n omite todo lo relativo a los PRINCIPIOS constitucionales que no se ubican ni en la parte dogm - tica ni en la org nica; por ello considero que es m s adecuado el criterio soste- nido por Felipe Tena Ram rez que la divide en tres:7 1.

10 La dogm tica que se refiere a los derechos humanos (vida, libertad, igualdad, propiedad, seguridad, jur dica etc). Art. 1-28 Const. 2. La org nica que es la que determina quienes son los rganos encargados de realizar las funciones del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Instituto Federal Electoral, Comisi n Nacional de los Derechos Humanos y el Banco de M xico), distribuye sus competencias y prescribe las responsabilidades de los servidores p blicos (administrativa, pol tica, penal y civil) Art. 49-124 Const. 3. La Superestructura Constitucional. En la parte de la Constituci n que esta- blece el tipo de Estado (Federal), la forma de gobierno (rep blica, representativa, democr tica y presidencialista), el titular de la soberan a (el pueblo), la supre- mac a constitucional y la jerarqu a normativa (constituci n tratados internacio- S Tratado de Derecho Pol tico, Tomo 11, Librer a General de Victoriano Su rez, Madrid, 1929, p.)


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