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MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN …

BOLET N OFICIAL DEL ESTADON m. 140 S bado 9 de junio de 2018 Sec. I. P g. 59425I. DISPOSICIONES GENERALESMINISTERIO DE POL TICA TERRITORIAL Y FUNCI N P BLICA7705 Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretar as en los departamentos el nuevo Gobierno, y tras la aprobaci n del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se hace necesario proceder a la creaci n de Subsecretar as en aquellos departamentos de nueva creaci n. En su virtud, a iniciativa de los Ministros interesados, a propuesta de la Ministra de Pol tica TERRITORIAL y Funci n P blica, y de conformidad con lo previsto en el art culo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de R gimen Jur dico del Sector P blico, y previa deliberaci n del Consejo de Ministros en su reuni n del d a 8 de junio de 2018,DISPONGO:Art culo nico.

boletÍn oficial del estado núm. 140 sábado 9 de junio de 2018 sec. i. pág. 59425 i. disposiciones generales ministerio de polÍtica territorial y funciÓn pÚblica

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1 BOLET N OFICIAL DEL ESTADON m. 140 S bado 9 de junio de 2018 Sec. I. P g. 59425I. DISPOSICIONES GENERALESMINISTERIO DE POL TICA TERRITORIAL Y FUNCI N P BLICA7705 Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretar as en los departamentos el nuevo Gobierno, y tras la aprobaci n del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se hace necesario proceder a la creaci n de Subsecretar as en aquellos departamentos de nueva creaci n. En su virtud, a iniciativa de los Ministros interesados, a propuesta de la Ministra de Pol tica TERRITORIAL y Funci n P blica, y de conformidad con lo previsto en el art culo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de R gimen Jur dico del Sector P blico, y previa deliberaci n del Consejo de Ministros en su reuni n del d a 8 de junio de 2018,DISPONGO:Art culo nico.

2 Creaci n de Subsecretar crean los siguientes rganos directivos:Subsecretar a de Asuntos Exteriores, Uni n Europea y Cooperaci a de a de Educaci n y Formaci n a de Trabajo, Migraciones y Seguridad a de Industria, Comercio y a de Agricultura, Pesca y Alimentaci a de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e a de Pol tica TERRITORIAL y Funci n P a para la Transici n Ecol a de Cultura y a de Econom a y a de Sanidad, Consumo y Bienestar a de Ciencia, Innovaci n y n transitoria primera. Subsistencia de rganos directivos y unidades dependientes de las Subsecretar as que se suprimen por este real decreto se entender n subsistentes y mantendr n su denominaci n, estructura y funciones en tanto no se realicen las oportunas modificaciones funcionarios y dem s personal que resulte afectado por las modificaciones org nicas establecidas en este real decreto seguir n percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los cr ditos a los que aquellas ven an imput ndose, hasta que se adopten las disposiciones y medidas de desarrollo y se proceda a las correspondientes adaptaciones n transitoria segunda.

3 Titulares de rganos titulares de los rganos superiores y directivos suprimidos por el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales o por el presente real decreto, mantendr n la condici n de alto cargo, desempe ando sus funciones de direcci n de los servicios adscritos a los mismos, en tanto no se acuerde su : BOE-A-2018-7705 Verificable en N OFICIAL DEL ESTADON m. 140 S bado 9 de junio de 2018 Sec. I. P g. 59426 Disposici n transitoria tercera. R gimen transitorio de los servicios servicios comunes de los ministerios en los que se hayan producido transferencias de actividad a otros departamentos ministeriales seguir n prestando los servicios a los ministerios a los que correspondan dichas reas de actividad, hasta tanto se desarrolle la estructura org nica de los ministerios y se establezca la distribuci n de n final primera.

4 Supresi n de suprimidos los siguientes rganos directivos:Subsecretar a de Asuntos Exteriores y de Cooperaci a de Hacienda y Funci n P a de Educaci n, Cultura y a de Empleo y Seguridad a de Energ a, Turismo y Agenda a de Agricultura y Pesca, Alimentaci n y Medio a de la Presidencia y para las Administraciones a de Econom a, Industria y a de Sanidad, Servicios Sociales e n final segunda. Modificaciones el MINISTERIO de Hacienda se realizar n las modificaciones presupuestarias y habilitaciones de cr ditos precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real n final tercera. Entrada en presente real decreto entrar en vigor el d a siguiente al de su publicaci n en el Bolet n Oficial del Estado.

5 Dado en Madrid, el 8 de junio de Ministra de Pol tica TERRITORIAL y Funci n P blica,MERITXELL BATET LAMA Acve: BOE-A-2018-7705 Verificable en BOLET N OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X


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