Transcription of BOJA - Junta de Andalucía
1 N mero 124 - Viernes, 30 de junio de 2017p gina 11 Bolet n Oficial de la Junta de Andaluc aDep sito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X Disposiciones generalesConsejer a de Igualdad y Pol tIC as soCI alesOrden de 22 de junio de 2017, por la que se prorroga para el ejercicio 2017 el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contrataci n en Andaluc a en desarrollo del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusi n social a trav s del empleo y el fomento de la solidaridad en Andaluc reciente crisis financiera internacional y sus efectos sobre la econom a andaluza han provocado una importante contracci n del mercado laboral y una acelerada destrucci n de puestos de trabajo que se ha traducido en un incremento del n mero de personas desempleadas. Esta situaci n, sostenida en el tiempo, est provocando graves problemas a muchas familias andaluzas que ven c mo la p rdida de empleo y, en muchos casos, la merma de la prestaci n econ mica por desempleo, les coloca en una situaci n de extrema precariedad, con un importante n mero de personas en situaci n de exclusi n social o en riesgo de estarlo.
2 La intensidad, la profundidad y la duraci n de esta crisis est afectando, adem s, a muchas familias que nunca antes hab an precisado recurrir a los sistemas de protecci n social, d ndose incluso la paradoja de que familias donde al menos uno de sus miembros han mantenido un empleo, comienzan a encontrarse en los l mites o incluso por debajo de los umbrales de pobreza, dada la importante contracci n de los bien seg n los datos de la Encuesta de Poblaci n Activa referidos al primer trimestre de este a o el paro baj en Andaluc a un 4,3% respecto al trimestre anterior, la tasa de paro sigue siendo muy alta: 26,9% (la tasa de paro masculina se sit a en el 24,2%, mientras que la femenina se sit a en el 30,3%), por lo que sigue siendo necesaria la adopci n de medidas excepcionales y urgentes para hacer frente a la situaci n que viven muchas familias en Andaluc que tener presente que entre los objetivos b sicos de la Comunidad Aut noma, conforme al art culo del Estatuto de Autonom a para Andaluc a, figura la cohesi n social, mediante un eficaz sistema de bienestar p blico, con especial atenci n a los colectivos m s desfavorecidos social y econ micamente, para facilitar su inclusi n plena en la sociedad andaluza, propiciando as la superaci n de situaciones de exclusi n social, as como la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas.
3 El art culo del Estatuto de Autonom a para Andaluc a insta a los poderes p blicos de la Comunidad Aut noma de Andaluc a a que adopten las medidas adecuadas para alcanzar los objetivos se alados, especialmente mediante el impulso de la legislaci n pertinente, la garant a de una financiaci n suficiente y la eficacia y eficiencia de las actuaciones otro lado, el art culo 157 del Estatuto establece, entre los principios de la pol tica econ mica, la cohesi n social, mientras que el art culo 23 garantiza el derecho de todas las personas a acceder en condiciones de igualdad a las prestaciones de un sistema p blico de servicios sociales y el art culo se ala, entre los principios rectores de las pol ticas p blicas, la atenci n social a personas que sufran marginaci n, pobreza o exclusi n y discriminaci n la situaci n descrita y en el marco jur dico se alado, la Junta de Andaluc a aprob el Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusi n social a trav s del empleo y el fomento de la solidaridad en Andaluc a.
4 Mediante el mismo se aprobaron una serie de Planes y medidas orientadas a favorecer la plena inclusi n social de la personas que se encuentran en situaci n de extrema necesidad y en el entorno de los umbrales de los Programas aprobados figura el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contrataci n de Andaluc a, gestionado a trav s de los Ayuntamientos, con el objeto de paliar situaciones de necesidad derivadas de la dificultad persistente de acceso al mercado 00116757N mero 124 - Viernes, 30 de junio de 2017p gina 12 Bolet n Oficial de la Junta de Andaluc aDep sito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X por determinados colectivos en situaci n de exclusi n social o en riesgo de estarlo, facilitando su proceso de inclusi n social. Este Programa, sobre la base de lo dispuesto en los art culos y de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonom a Local de Andaluc a, se materializa mediante ayudas a los municipios de la Comunidad Aut noma de Andaluc a para la contrataci n laboral de aquellas personas que, empadronadas en el municipio y cumpliendo los requisitos exigidos en el citado Decreto-ley, hayan sido previamente seleccionadas para un contrato por una duraci n determinada entre 15 d as y tres meses.
5 Por otro lado, la disposici n adicional segunda del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, establece que las acciones y medidas reguladas en el mismo se podr n prorrogar para los ejercicios futuros en funci n de las disponibilidades presupuestarias. A este respecto, la Ley 10/2016, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Aut noma de Andaluc a para el a o 2017, tiene consignados cr ditos suficientes en el Programa Presupuestario 32E para financiar la medidas que se pretende prorrogar mediante la presente , el impacto positivo del Programa citado en la ciudadan a andaluza y su incidencia en las personas en situaci n de exclusi n social o en riesgo de estarlo, unido al hecho de que persisten muchas de las situaciones que llevaron a la aprobaci n del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, justifican la pr rroga del mismo para el ejercicio 2017.
6 En la presente Orden se mantiene el cambio introducido mediante la Orden de 24 de abril de 2016, por la que se prorrogaron para el ejercicio 2016 algunas de las medidas aprobadas por el referido Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de forma que los plazos regulados en los art culos y del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, se entender n referidos al ingreso de la transferencia, fundament ndose en la necesidad de adecuarse mejor a la gesti n de los programas por los Ayuntamientos. Asimismo, se recoge igualmente en la presente Orden el cambio introducido posteriormente, mediante Orden de 28 de julio de 2016, por la que se hace p blica la relaci n de Ayuntamientos participantes en el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contrataci n de Andaluc a regulado por el Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, y por la Orden de 24 de abril de 2016, as como las cuant as asignadas a cada uno de ellos, en el sentido de aclarar la fecha a partir de la cual los Ayuntamientos pueden realizar las contrataciones, al objeto de facilitar con la mayor inmediatez posible la inserci n laboral de las personas destinatarias de este Programa.
7 Permiti ndose de esta forma a los Ayuntamientos participantes la posibilidad de anticipar con fondos propios la celebraci n de las contrataciones desde la aprobaci n de la Orden de pr rroga, sin necesidad de tener que esperar a que se instrumentaran las pues, de conformidad con lo dispuesto en la disposici n final primera del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusi n social a trav s del empleo y el fomento de la solidaridad en Andaluc a,D I S P O N G OArt culo 1. Pr rroga para el ejercicio 2017 del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contrataci n de Andaluc Con el objeto de favorecer la inclusi n social y paliar las situaciones de necesidad derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral para personas en situaci n de exclusi n social o en riesgo de estarlo, se prorroga para el ejercicio 2017 el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contrataci n de Andaluc a, gestionado por los Ayuntamientos de la Comunidad Aut noma de Andaluc a, aprobado por el Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusi n social a trav s del empleo y el fomento de la solidaridad en Andaluc Para el a o 2017 la dotaci n financiera de este Programa es de cuarenta millones de euros ( de )
8 , que se financian con cargo a la partida 1300010000 00116757N mero 124 - Viernes, 30 de junio de 2017p gina 13 Bolet n Oficial de la Junta de Andaluc aDep sito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X 01, correspondiente al Presupuesto de la Comunidad Aut noma de Andaluc a para el presente a Para la ejecuci n del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contrataci n de Andaluc a se estar a lo regulado en el Cap tulo I del T tulo II del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, as como en la disposici n adicional primera del mismo, con las siguientes especificaciones:a) Sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente, la cuant a total del Programa se ha distribuido entre los Ayuntamientos existentes en la Comunidad Aut noma de Andaluc a a la fecha de aprobaci n de la presente Orden en base a la media del n mero de personas registradas como demandantes de empleo en cada municipio durante el a o 2016, de conformidad con los datos del Sistema de Informaci n del Servicio Andaluz de Empleo (DENOs), que incluye tanto a las personas registradas que est n en situaci n de paro registrado, como a los trabajadores eventuales agrarios subsidiados (TEAS) y al colectivo denominado Otros DENOs.
9 B) Para el ejercicio 2017 se garantiza a todos y cada uno de los Ayuntamientos andaluces un m nimo de ) La asignaci n inicial realizada a cada Ayuntamiento en aplicaci n de las reglas contenidas en las letras anteriores se recoge en el Anexo I de la presente ) El plazo para la presentaci n de la solicitud de participaci n en el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contrataci n de Andaluc a, conforme al modelo establecido en el Anexo III del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, ser de 15 d as desde el siguiente a la entrada en vigor de la presente ) Los plazos regulados en los art culos y del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, se entender n referidos al ingreso de la ) Los Ayuntamientos participantes podr n anticipar con fondos propios la celebraci n de los contratos en tanto se instrumentan las transferencias procedentes de esta Consejer a con el fin de propiciar a la mayor brevedad la creaci n de empleo de las personas ) Las menciones al Anexo II que se realizan en el articulado del Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, se entender n referidas al Anexo I de la presente n final.
10 Entrada en presente Orden entrar en vigor el d a siguiente al de su publicaci n en el Bolet n Oficial de la Junta de Andaluc , 22 de junio de 2017 MAR A JOS S NCHEZ RUBIOC onsejera de Igualdad y Pol ticas SocialesA N E X OProvinciaMunicipioCr ditoALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 00116757N mero 124 - Viernes, 30 de junio de 2017p gina 14 Bolet n Oficial de la Junta de Andaluc aDep sito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X ditoALMER ,00 ALMER ,00 ALMER AALCUDIA DE ,00 ALMER ,00 ALMER AALHAMA DE ALMER ,00 ALMER AALIC ,00 ALMER AALMER ,00 ALMER AALM ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER AARMU A DE ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ABAY ,00 ALMER ,00 ALMER AB ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ABENIZAL ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ACANJ ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ACASTRO DE ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER AC ,00 ALMER ACUEVAS DEL ,00 ALMER ADAL ,00 ALMER AEJIDO, ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER ,00 ALMER AFI ,00 ALMER AFOND ,00 ALMER AG ,00 ALMER AGALLARDOS, ,00 ALMER ,00 ALMER AG ,00 ALMER AHU ,00 ALMER AHU RCAL DE ALMER ,00 ALMER AHU ,00 00116757N mero 124 - Viernes, 30 de junio de 2017p gina 15 Bolet n Oficial de la Junta de Andaluc aDep sito Legal: SE-410/1979.