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CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA LEY 14/2013, DE 27 DE ...

1 MINISTERIO de trabajo , MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETAR A DE ESTADO DE MIGRACIONES SECRETAR A GENERAL DE INMIGRACI N Y EMIGRACI N DIRECCI N GENERAL DE MIGRACIONES CRITERIOS DE APLICACI N DE LA LEY 14/2013, DE 27 DE SEPTIEMBRE, DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACI N La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, estableci como uno de sus objetivos la internacionalizaci n de la econom a espa ola. Para ello, la secci n segunda de su t tulo V pone en marcha un sistema de movilidad internacional que incluye nuevas v as para la entrada y residencia en Espa a de inversores, emprendedores y trabajadores que contribuyan al desarrollo econ mico, laboral y social de nuestro pa s.

La remuneración y demás condiciones de trabajo acordadas Cuantos documentos contribuyan a acreditar la experiencia o capacitación del trabajador Criterio 4.1.2 Interpretación del concepto de “relación profesional” del artículo 71.1 de la ley.

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1 1 MINISTERIO de trabajo , MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETAR A DE ESTADO DE MIGRACIONES SECRETAR A GENERAL DE INMIGRACI N Y EMIGRACI N DIRECCI N GENERAL DE MIGRACIONES CRITERIOS DE APLICACI N DE LA LEY 14/2013, DE 27 DE SEPTIEMBRE, DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACI N La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, estableci como uno de sus objetivos la internacionalizaci n de la econom a espa ola. Para ello, la secci n segunda de su t tulo V pone en marcha un sistema de movilidad internacional que incluye nuevas v as para la entrada y residencia en Espa a de inversores, emprendedores y trabajadores que contribuyan al desarrollo econ mico, laboral y social de nuestro pa s.

2 La evoluci n del contexto econ mico y social, de la din mica de los sectores productivos y de la propia administraci n, exige definir los CRITERIOS de aplicaci n de esta norma. Este documento tiene como prop sito aportar estos CRITERIOS para as permitir una aplicaci n de la norma equitativa, adecuada para la consecuci n de sus fines y respetuosa con su esp ritu, todo sin perjuicio del obligado cumplimiento de los requisitos generales y espec ficos exigidos en la secci n segunda del T tulo V de la Ley. 2 MINISTERIO de trabajo , MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETAR A DE ESTADO DE MIGRACIONES SECRETAR A GENERAL DE INMIGRACI N Y EMIGRACI N SUBDIRECCI N GENERAL DE INMIGRACI N 1.

3 CRITERIOS GENERALES Criterio Valoraci n del expediente en su conjunto En la instrucci n de las solicitudes de las autorizaciones de residencia previstas en la secci n segunda del T tulo V de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, se valorar toda la informaci n aportada al expediente, no siendo ning n elemento, por s solo, determinante de la concesi n. Criterio Aplicaci n de su r gimen propio a colectivos espec ficos A aquellos colectivos que no tengan cabida en el mbito subjetivo de la Ley 14/2013 les ser de aplicaci n su legislaci n espec fica. Criterio Recursos econ micos Recursos econ micos de los titulares Los titulares de los visados o autorizaciones de residencia contemplados en la ley 14/2013, de 27 de septiembre, deber n acreditar que cuentan con recursos econ micos para su sostenimiento de acuerdo con las siguientes cuant as: Titulares de las autorizaciones de emprendedores: cantidad que represente mensualmente el 100% IPREM.

4 Titulares de visados o autorizaciones de residencia para inversores deber n acreditar que cuentan con recursos econ micos para su sostenimiento en Espa a con una cantidad que represente mensualmente en euros el 400% del IPREM. Recursos econ micos para reagrupaci n familiar Para el sostenimiento de los familiares que est n a su cargo, los titulares de las autorizaciones contempladas en la ley deber n 3 MINISTERIO de trabajo , MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETAR A DE ESTADO DE MIGRACIONES SECRETAR A GENERAL DE INMIGRACI N Y EMIGRACI N SUBDIRECCI N GENERAL DE INMIGRACI N contar con medios econ micos de acuerdo con las siguientes cuant as: Emprendedores, altamente cualificados, investigadores, y trabajadores que efect en traslados intraempresariales.

5 Unidades familiares que incluyan dos personas contando al titular y a la persona reagrupada: al menos el 150% del IPREM Unidades que incluyan al titular y a m s de dos personas: cantidad que represente mensualmente el 50% del IPREM por cada miembro adicional. Inversores: por cada uno de los familiares a su cargo, el 100% del IPREM Criterio Acreditaci n de recursos econ micos Para la acreditaci n de las cantidades se aladas se podr emplear cualquier medio de prueba y se efectuar un an lisis individualizado. Criterio Compatibilidad de autorizaciones No son compatibles las autorizaciones de la Ley 14/2013 con las autorizaciones de Protecci n Internacional y aquellas del r gimen de ciudadanos de la Uni n Europea y sus familiares.

6 Criterio Comprobaci n de ausencias en el momento de la renovaci n En el momento de la renovaci n, no se deber haber permanecido fuera de Espa a m s de 6 meses/a o (computan todos los periodos puesto que la exigencia no es continuada), sin perjuicio de lo dispuesto en la disposici n adicional sexta de la ley. 4 MINISTERIO de trabajo , MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETAR A DE ESTADO DE MIGRACIONES SECRETAR A GENERAL DE INMIGRACI N Y EMIGRACI N SUBDIRECCI N GENERAL DE INMIGRACI N Criterio Documentos Todos los documentos deber n contar con traducci n al castellano, sin perjuicio de que determinados documentos tales como el plan de negocio puedan presentarse en ingl s.

7 Cuando obren en el expediente documentos p blicos extranjeros se exigir apostilla del Convenio de La Haya o, en su defecto, haber sido legalizados por v a diplom tica. Determinados documentos podr n requerir traducci n jurada cuando ello sea necesario para la valoraci n de la solicitud Sin perjuicio de lo anterior, cuando resulte de aplicaci n al procedimiento se estar a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/1191 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, por el que se facilita la libre circulaci n de los ciudadanos simplificando los requisitos de presentaci n de determinados documentos p blicos en la Uni n Europea y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.

8 1024/2012. Criterio Profesiones reguladas En las profesiones reguladas se exigir la correspondiente homologaci n que permita la posibilidad de ejercicio de la profesi n de que se trate en las mismas condiciones de los poseedores de los t tulos espa oles. Criterio Documentaci n en la renovaci n de las autorizaciones Se comprobar que el solicitante ha obtenido el visado, en su caso, y que se ha expedido la TIE en las autorizaciones para permanecer en Espa a por un periodo superior a 6 meses. 5 MINISTERIO de trabajo , MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETAR A DE ESTADO DE MIGRACIONES SECRETAR A GENERAL DE INMIGRACI N Y EMIGRACI N SUBDIRECCI N GENERAL DE INMIGRACI N 2.

9 INVERSORES Criterio Tipos de inversi n significativa de capital Sin perjuicio de lo establecido en la ley, cabe recordar que se entender inversi n significativa de capital aquella que cumpla con alguno de los siguientes supuestos: Una inversi n inicial por un valor igual o superior a: 1. Dos millones de euros en t tulos de deuda p blica espa ola, o 2. Un mill n de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital espa olas con una actividad real de negocio, o 3. Un mill n de euros en fondos de inversi n, fondos de inversi n de car cter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en Espa a, incluidos dentro del mbito de aplicaci n de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversi n Colectiva, o de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversi n colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversi n colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, o 4.

10 Un mill n de euros en dep sitos bancarios en entidades financieras espa olas. La adquisici n de bienes inmuebles en Espa a con una inversi n de valor igual o superior a euros por cada solicitante. Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en Espa a y que sea considerado y acreditado como de inter s general, para 6 MINISTERIO de trabajo , MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETAR A DE ESTADO DE MIGRACIONES SECRETAR A GENERAL DE INMIGRACI N Y EMIGRACI N SUBDIRECCI N GENERAL DE INMIGRACI N lo cual se valorar el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones: 1.


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