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el procedimiento administrativo - gordillo.com

Parte general Iel procedimiento administrativoCaP tulo I:Concepto y naturaleza del procedimiento administrativoCaP tulo II:Principios fundamentales del procedimiento administrativoCaP tulo III:La impugnaci n y revisi n de actos en el procedimiento administrativoCaP tulo Iconcepto y naturaleza del procedimiento admInIstratIvoSumarIoI. La idea jur dica de proceso ..pra-I-11. el proceso: concepto amplio ..pra-I-12. concepto restringido ..pra-I-23. alcances del problema ..pra-I-24. peligro de la noci n ampl a ..pra-I-35. proceso y procedimiento ..pra-I-46. derecho procesal administrativo ..pra-I-5II. El procedimiento administrativo ..pra-I-57. el procedimiento administrativo y la funci n administrativa ..pra-I-58. procedimientos administrativos de rganos judiciales y legisla- tivos ..pra-I-69. el procedimiento administrativo no es jurisdiccional ..pra-I-710. cr tica de la teor a que acepta funciones jurisdiccionales de la administraci n.

CaPítulo I concepto y naturaleza del procedImIento admInIstratIvo SumarIo I. La idea jurídica de proceso.....pra-I-1

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1 Parte general Iel procedimiento administrativoCaP tulo I:Concepto y naturaleza del procedimiento administrativoCaP tulo II:Principios fundamentales del procedimiento administrativoCaP tulo III:La impugnaci n y revisi n de actos en el procedimiento administrativoCaP tulo Iconcepto y naturaleza del procedimiento admInIstratIvoSumarIoI. La idea jur dica de proceso ..pra-I-11. el proceso: concepto amplio ..pra-I-12. concepto restringido ..pra-I-23. alcances del problema ..pra-I-24. peligro de la noci n ampl a ..pra-I-35. proceso y procedimiento ..pra-I-46. derecho procesal administrativo ..pra-I-5II. El procedimiento administrativo ..pra-I-57. el procedimiento administrativo y la funci n administrativa ..pra-I-58. procedimientos administrativos de rganos judiciales y legisla- tivos ..pra-I-69. el procedimiento administrativo no es jurisdiccional ..pra-I-710. cr tica de la teor a que acepta funciones jurisdiccionales de la administraci n.

2 Pra-I-711. el art. 95 de la constituci n nacional y la funci n jurisdic- cional ..pra-I-9 12. cr tica de la distinci n entre funci n jurisdiccional judicial y administrativa ..pra-I-913. conclusi n sobre la naturaleza del procedimiento administra- tivo ..pra-I-10 14. consecuencias de negar al procedimiento administrativo ca r cter jurisdiccional ..pra-I-11 15. conclusi n sobre la aplicaci n de los principios del debido proceso al procedimiento administrativo ..pra-I-1216. el procedimiento administrativo no es interno ..pra-I-1217. las obligaciones internas del funcionario tambi n son debi - das al administrado ..pra-I-12 18. el procedimiento administrativo es siempre externo respecto al funcionario que act a en l ..pra-I-13 19. procedimiento constitutivo y de impugnaci n ..pra-I-1320. procedimiento administrativo y derecho administrativo ..pra-I-1421. denominaci n del procedimiento administrativo ..pra-I-1522. concepto de procedimiento administrativo .

3 Distinci n con el resto del derecho administrativo ..pra-I-1523. lo esencial del procedimiento administrativo es la tramitaci n e impugnaci n de actos ..pra-I-1524. Definici n del procedimiento administrativo ..pra-I-16 Cap tulo IConCepto y naturaleza del procedimiento administrativoi. la idea jur dica de proceso1. El proceso: Concepto ampliola idea jur dica de proceso puede ser concebida en sentido amplio, como una secuencia o serie de actos que se desenvuelven progresivamente, con el objeto de llegar a un acto estatal determinado, destacando entonces en el concepto la unidad de los actos que constituyen el proceso, su car cter teol gico, es decir, que stos se caracterizan por estar encaminados en su conjunto a un determinado este sentido amplio habr a proceso en cualquier funci n estatal y podr a-mos hablar entonces de: 1 ) proceso judicial (civil, penal, comercial, contencioso- administrativo ); 2 ) proceso legislativo (es decir el conjunto de actos parlamen-tarios que tienen por fin el dictado de una ley), y 3 ) proceso administrativo (el conjunto de actos de la administraci n que tienen por objeto la emanaci n de un acto administrativo .

4 En este concepto no interesa, pues, qui n dicta los actos que integran y resuel-ven el proceso: Basta que sea el sujeto activo de la funci n p blica, en cualquiera de sus especies, 2 pudi ndose definir entonces al proceso como la Serie o sucesi n de actos coordinados, que fijan los datos seg n los cuales ha de ejercerse la funci n p blica, con derecho del sujeto o sujetos pasivos de la misma a participar, con el sujeto activo, en su formaci n. 31 sobre estos aspectos de la idea de proceso, por otra parte bastante difundidos y generalizados, ver por ejemplo Couture, eduardo J., Fundamentos del derecho procesal civil, Buenos aires, 1958, 3 ed., pp. 121 y 122; aunque es de se alar que este autor, como todos los procesalistas, limita la idea de proceso al proceso judicial. (tal como lo haremos nosotros aqu .)2 en esta tesitura BallB , manuel, la esencia del proceso (el proceso y la funci n administra-tiva), en Revista General de Legislaci n y Jurisprudencia, 2 poca, t.

5 XIv, madrid, 1947, p. 5 y ss. y p. BallB , op. cit., pp. 38 y 39. en igual criterio amplio, recientemente, BeCker, Franz, Das All-gemeine Verwaltungsverfahren in Theorie und Gesetzgebung, stuttgart, 1960, p. 10 y y reCurSoS admInIStratIvoSpra-I-22. Concepto restringidono obstante que se suele usar as el t rmino, este criterio no pareciera ser con-veniente. en efecto, razones hist ricas y pol ticas han dado la idea de proceso un significado m s alto y valioso que el de mera secuencia de actos estatales destina-dos a un fin determinado: Le han atribuido la caracter stica fundamental de ser una secuencia de actos que tienen por fin decidir una controversia entre partes (litigio) por parte de una autoridad imparcial e independiente (juez) con fuerza de verdad legal (autoridad de cosa juzgada.) no importa fundamentalmente, tal vez, que el acto del juez resuelva estrictamente un litigio, o que en cambio se refiera a las materias llamadas de jurisdicci n voluntaria; 4 pero s es fundamental que el acto final del proceso sea un acto judicial, es decir, una decisi n proveniente de una autoridad imparcial e independiente, desinteresada 5 respecto del el concepto de proceso a todo conjunto de actos dirigidos a la formaci n o a la aplicaci n de normas jur dicas (sean stas jurisdiccionales, administrativas o legislativas) implica quitarle ese car cter fundamental y tradicional de medio o t cnica para la administraci n de justicia.

6 Bien es cierto que tambi n la actua-ci n de los rganos administrativos y legislativos est sujeta a ciertos principios constitucionales b sicos y tambi n comunes al proceso, y que igualmente tienen en definitiva como criterio rector el de la justicia; pero no por ello puede olvidar-se que es precisamente en el proceso judicial donde se har la determinaci n definitiva y correctora del derecho y la justicia en un caso concreto, controlando y eventualmente prescindiendo de la actuaci n y las conclusiones de los rganos legislativos y administrativos . por esas razones y por la conveniencia de estable-cer una diferencia terminol gica entre el conjunto de actos de la administraci n y el conjunto de actos judiciales que versan sobre actos de la administraci n, creemos preferible mantener la designaci n de proceso estrictamente para el proceso Alcances del problemaahora bien, negarle el nombre o car cter de proceso al procedimiento admi-nistrativo, no puede en modo alguno implicar que por tal circunstancia la admi-nistraci n no habr de estar sujeta a ninguna regla o principio de derecho en su 4 admite la idea de proceso sin litigio, p.

7 Ej., CarneluttI, FranCeSCo, Instituciones del proceso civil, vol. I, Buenos aires, 1959, p. 21 y ss., quien distingue el proceso contencioso del proceso voluntario: En este ltimo, el conflicto, si acaso, ser a potencial, no actual. (Pp. 26 y ss., 44 y ss.) Una cr tica sistem tica hace BeCker, op. cit., pp. 13-16, a este CarneluttI, op. cit., p. es en general la orientaci n de los procesalistas, y tambi n la doctrina dominante entre los administrativistas: as gonz lez P rez, JeS S, Derecho procesal administrativo , t. I, madrid, 1955, p. 45 y ss.; nava negrete, alFonSo, Derecho procesal administrativo , m xico, 1959, pp. 70 y ss., 75 y 76; Bettermann, karl auguSt, das verwaltungsverfahren, en Ver ffentlichungen der Verei-nigung der Deutschen Staatsrechtslehrer, Heft 17, Berl n, 1959, p. 118 y ss.; ule, Carl Hermann, Verwaltungsprozessrecht, 2 ed., munich y Berl n, 1961, p. 14 y y naturaleza del procedimiento admInIStratIvopra-I-3tramitaci n.

8 Esa es con todo la afirmaci n que parece desprenderse de parte de la doctrina francesa, y ella ha motivado una exhaustiva cr tica de BeCker,7 quien finalmente se decide por un concepto amplio de proceso, para fundamentar as la aplicabilidad al procedimiento administrativo de los principios fundamentales de todo debido proceso jur dico. (Rechtsprozess.)compartiendo estas ltimas conclusiones de BeCker, consideramos en cambio que el punto de partida de la citada doctrina francesa y por lo tanto de su cr tica es equivocado. en efecto, pareciera ser evidente hoy en d a que ciertos principios generales del derecho y ciertas normas constitucionales consustanciadas con el estado de derecho y el sistema republicano de gobierno, no est n destinada a ser aplicadas nicamente en el proceso judicial: tambi n la administraci n est desde luego sometida a esos principios, y sus procedimientos no estar n menos ligados a ellos por el hecho de que no los cubramos con la calificaci n de proceso.

9 La terminolog a en s carece de importancia: lo importante es se alar que par-ticipando en lo esencial del proceso judicial, en el sentido de afectar los derechos de un individuo, le son de aplicaci n los mismos principios y las mismas garan-t as que est n destinadas a la protecci n formal de esos derechos en el proceso judicial. De all entonces que el rechazar la calificaci n de proceso no implica en absoluto desechar la aplicaci n anal gica, en la medida de lo compatible, de todos los principios procesales;8 ni tampoco dejar de sustentar la aspiraci n de que el procedimiento administrativo sea objeto de regulaci n jur dica expresa y formal para la administraci n, que encauce su tr mite y determine con precisi n los derechos de los individuos durante la evoluci n del procedimiento . este punto de partida es fundamental, y debe ser algo que no sea olvidado en ning n problema que se analice dentro del procedimiento Peligro de la noci n ampliapor otra parte la tesis amplia acerca de la noci n de proceso es peligrosa, pues siendo proceso sin nimo usual de juicio, podr a llegar a entenderse, como alguna vez se ha sugerido, que no hay violaci n de la defensa en juicio si los derechos de un individuo son definitivamente resueltos por la administraci n, siempre que sta haya o do al interesado.

10 Pero por supuesto, defensa en juicio es algo m s que o r al interesado; es tambi n que haya un juzgador imparcial e independiente, cualidades stas que en ning n caso puede reunir plenamente la administraci n. por esta raz n tambi n es conveniente reservar el concepto de 7 BeCker, op. cit., pp. conf. lInareS, Juan FranCISCo, efectos suspensivos de los recursos ante la administraci n, en LL, 85: 906 y 907; langrod, georgeS, el procedimiento administrativo no contencioso, en LL, 106: 1124 y ss., p. 1128 y sus referencias. comparar Sayagu S laSo, enrIque, Tratado de derecho administrativo , t. I, montevideo, 1953, p. y reCurSoS admInIStratIvoSpra-I-4proceso y por ende de juicio para el proceso o juicio estrictamente judicial, evitando con esta terminolog a posibles confusiones como las que se acaban de Proceso y procedimientoes necesario ahora distinguir proceso y procedimiento . proceso es un concepto teleol gico, procedimiento un concepto al hablar de proceso se destaca que el conjunto de actos en consideraci n tiene por finalidad esencial llegar al dictado de un determinado acto: en el concepto que adoptamos, ese acto es el jurisdiccional.


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