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I. Disposiciones generales - BOE.es

46586 S bado 30 diciembre 2006 BOE n m. 312I. Disposiciones generalesJEFATURA DEL ESTADO 22949 LEY 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del CARLOS IREY DE ESPA AA todos los que la presente vieren y : Que las Cortes generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente N DE MOTIVOSILa evoluci n reciente del mercado de trabajo en Espa a se ha caracterizado por un fuerte incremento del empleo, que se sit a en el primer trimestre de 2006 en el 4,9 por 100 en tasa de variaci n interanual. El incremento del empleo se ha producido tanto en los contratos indefi-nidos como en los temporales, aunque m s intensamente en estos ltimos. El notable aumento del empleo, pese a que ha ido acompa ado de una aceleraci n de la pobla-ci n activa, ha determinado un descenso de la tasa de paro, desde el 11,5 por 100 en 2002 y 2003 hasta el 9,2 por 100 en 2005 y el 9,1 por 100 en el primer trimestre de 2006, lo que significa que dicha tasa se encuentra, por primera vez desde 1979, por debajo del 10 por a ello, todav a persisten problemas en el mercado de trabajo espa ol que deben superarse, con la finalidad de cumplir los compromisos de la Estrategia de Lisboa y, en general, de mejorar la situaci n de los traba

46586 Sábado 30 diciembre 2006 BOE núm. 312 I. Disposiciones generales JEFATURA DEL ESTADO 22949 LEY 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

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1 46586 S bado 30 diciembre 2006 BOE n m. 312I. Disposiciones generalesJEFATURA DEL ESTADO 22949 LEY 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del CARLOS IREY DE ESPA AA todos los que la presente vieren y : Que las Cortes generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente N DE MOTIVOSILa evoluci n reciente del mercado de trabajo en Espa a se ha caracterizado por un fuerte incremento del empleo, que se sit a en el primer trimestre de 2006 en el 4,9 por 100 en tasa de variaci n interanual. El incremento del empleo se ha producido tanto en los contratos indefi-nidos como en los temporales, aunque m s intensamente en estos ltimos. El notable aumento del empleo, pese a que ha ido acompa ado de una aceleraci n de la pobla-ci n activa, ha determinado un descenso de la tasa de paro, desde el 11,5 por 100 en 2002 y 2003 hasta el 9,2 por 100 en 2005 y el 9,1 por 100 en el primer trimestre de 2006, lo que significa que dicha tasa se encuentra, por primera vez desde 1979, por debajo del 10 por a ello, todav a persisten problemas en el mercado de trabajo espa ol que deben superarse, con la finalidad de cumplir los compromisos de la Estrategia de Lisboa y, en general, de mejorar la situaci n de los trabajadores.

2 Entre estos problemas, cuya superaci n se encuentra entre los objetivos principales de esta Ley, figuran la reducida tasa de ocupaci n y actividad de las mujeres espa olas, el que la tasa de paro todav a supere ligeramente a la media de la Uni n Europea, siendo especialmente elevada en el caso de los j venes, las mujeres y las personas con disca-pacidad, la persistencia de segmentaciones entre contratos temporales e indefinidos y, sobre todo, la elevada tasa de temporalidad, la m s alta de la Uni n Europea, y por encima del doble de la media de relaci n con la tasa de temporalidad, adem s son relevantes los niveles particularmente elevados de las correspondientes a los j venes, las mujeres, los trabajado-res menos cualificados y de menores salarios y los trabaja-dores con la hora de afrontar los desequilibrios de nuestro mer-cado de trabajo, conviene recordar que la concertaci n y el di logo social desarrollados en Espa a en los ltimos treinta a os han contribuido decisivamente a las profun-das transformaciones pol ticas, econ micas y sociales que ha experimentado nuestro pa s en ese destacado papel desempe ado en este proceso por los interlocutores sociales, y m s concretamente por las organizaciones representativas de los empresarios y de los trabajadores.

3 Ha sido posible gracias al reconocimiento que el art culo 7 de la Constituci n hace de tales organiza-ciones para la defensa y promoci n de los intereses que les son experiencia de los m s de veinticinco a os transcu-rridos desde la aprobaci n del Estatuto de los Trabajadores nos ense a que los cambios y reformas del modelo de relaciones laborales y del mercado de trabajo de las que se han derivado efectos m s positivos para la econom a espa- ola, para la creaci n de empleo y para mejorar la situa-ci n de los trabajadores, son siempre aquellas que han tenido su origen en el di logo, en la concertaci n y en el consenso ello, el mercado de trabajo fue, l gicamente, uno de los mbitos del di logo social que se incluyeron en la Declaraci n para el Di logo Social Competitividad, Empleo estable y Cohesi n social suscrita el 8 de julio de 2004 por el Presidente del Gobierno, los Presidentes de la Confederaci n Espa ola de Organizaciones Empresariales (CEOE) y de la Confederaci n Espa ola de la Peque a y Mediana Empresa (CEPYME) y los Secretarios generales de la Confederaci n Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) y de la Uni n General de Trabajadores (UGT).

4 En la indicada Declaraci n, el Gobierno, las organiza-ciones empresariales y los sindicatos compartieron el diag-n stico sobre el doble problema del mercado de trabajo espa ol, insuficiente volumen de empleo y alto nivel de temporalidad. Adem s, se comprometieron a analizar los elementos que inciden en la creaci n de empleo, en su estabilidad y la utilizaci n no justificada de la contrataci n temporal. Para ello, hab an de tenerse en cuenta las nuevas formas de organizaci n empresarial del trabajo. El impulso de las pol ticas activas de empleo y de los Servicios P bli-cos de Empleo, as como la adecuada protecci n de los trabajadores ante la falta de empleo, fueron considerados tambi n objetivos imprescindibles e di logo social sobre mercado de trabajo se inici encomendando a una comisi n de expertos la realizaci n de un informe para evaluar el funcionamiento de las pol ti-cas de empleo desde las reformas laborales acometidas en el periodo 1992-1994 hasta la actualidad.

5 La comisi n de expertos hizo entrega de su informe, M s y mejor empleo en un nuevo escenario socioecon mico: por una flexibili-dad y seguridad laborales efectivas , en enero de la primavera de 2005, el Gobierno, las organiza-ciones empresariales y los sindicatos han venido desarro-llando un proceso de di logo y negociaci n sobre el mer-cado de trabajo. Las reuniones celebradas por la Mesa de BOE n m. 312 S bado 30 diciembre 2006 46587Di logo Social, junto con los documentos de propuestas presentados por todas las partes, han permitido profundi-zar de forma detallada y precisa en el conjunto de aspectos que, a juicio de cada interlocutor, inciden en el crecimiento del empleo, la mejora de la estabilidad laboral y la utiliza-ci n adecuada de la contrataci n por concluidos los trabajos previstos en la Declaraci n de julio de 2004 en los mbitos espec ficos relativos al mercado de trabajo, el Gobierno, CEOE, CEPYME, CCOO y UGT firmaron el pasado 9 de mayo el Acuerdo para la mejora del crecimiento y del empleo , que constituye una nueva manifestaci n de la concertaci n social y del consenso que, como se se al antes.

6 Tan posi-tivos efectos ha producido tradicionalmente para el mer-cado de s de ratificar su compromiso con el di logo y la negociaci n como instrumento para abordar cambios que mejoren el funcionamiento del mercado laboral, los fir-mantes se alan en el pre mbulo del Acuerdo que resulta fundamental impulsar un modelo de crecimiento econ -mico equilibrado y duradero basado en la competitividad de las empresas, el incremento de la productividad y la cohesi n social. La mejora de la estabilidad del empleo, objetivo de este Acuerdo, contribuir a avanzar en esa direcci n .El Gobierno y los interlocutores sociales recuerdan tambi n que las pol ticas laborales y de empleo deben ir necesariamente acompa adas de pol ticas s lidas en edu-caci n y formaci n, en infraestructuras, en investigaci n, desarrollo e innovaci n y en materia industrial y medioam-biental, elementos esenciales para el crecimiento y la cali-dad del empleo.

7 El Acuerdo para la mejora del crecimiento y del empleo , en tanto que plasmaci n del consenso entre las partes, constituye un punto de equilibrio que se orienta en la direcci n de apoyar y sostener la creaci n de empleo as como mejorar el funcionamiento del mercado laboral y la estabilidad del medidas que incluye el Acuerdo se dirigen, por tanto, a afrontar los desequilibrios de nuestro mercado de trabajo, insuficiente volumen de empleo y elevada tempo-ralidad, pudi ndose agrupar tales medidas en tres grandes cap primer lugar, el Acuerdo contiene medidas dirigidas a impulsar y apoyar el empleo, la contrataci n indefinida y la conversi n de empleo temporal en fijo, bonificando y estimulando los nuevos contratos indefinidos y reduciendo las cotizaciones empresariales al Fondo de Garant a Sala-rial y por desempleo, centradas estas ltimas en el empleo segundo lugar el Acuerdo incluye medidas para limitar la utilizaci n sucesiva de contratos temporales, as como para introducir mayor transparencia en la subcontra-taci n de obras y servicios entre empresas cuando com-parten un mismo centro de trabajo.

8 Se contempla tambi n el refuerzo de los recursos humanos y materiales de la Ins-pecci n de Trabajo y Seguridad Social, articulando la parti-cipaci n de los interlocutores sociales en la definici n de sus objetivos y tercer lugar, se acuerdan medidas destinadas, por una parte, a potenciar la eficiencia de las pol ticas activas de empleo y la capacidad de actuaci n del Sistema Nacio-nal de Empleo, y, por otra, a mejorar la protecci n de los trabajadores ante la falta de empleo, tanto en materia de protecci n por desempleo como en las prestaciones del Fondo de Garant a suma, el Acuerdo supone una apuesta estrat gica del Gobierno, las organizaciones empresariales y los sindi-catos por la estabilidad del firmantes del Acuerdo para la mejora del creci-miento y del empleo han encomendado al Gobierno la adopci n de las Disposiciones necesarias para dar ejecu-ci n a las medidas incluidas en el mismo con la mayor urgencia posible, manifestando su pleno respeto a la potestad constitucional conferida a las Cortes generales en aquellas materias de las que se deriven compromisos trav s del decreto ley del que procede la presente Ley se ha venido a dar urgente ejecuci n a aquellas medidas contenidas en el Acuerdo que exigen la adopci n o modifi-caci n de normas con rango de Ley.

9 Puesto que las medi-das se van a ejecutar en el mbito de las relaciones labora-les, dependiendo por ello de manera sustancial de los criterios y actitudes de sus protagonistas, la norma recoge con fidelidad los criterios y propuestas que han expresado los interlocutores sociales firmantes del Acuerdo, como garant a de la efectividad de la nueva regulaci presente Ley se estructura en tres cap tulos. El pri-mero de ellos incluye las medidas de impulso de la contra-taci n indefinida y, entre ellas, el nuevo Programa de Fomento del Empleo, el est mulo de la conversi n de con-tratos temporales en indefinidos y la reducci n de cotiza-ciones empresariales. El segundo cap tulo recoge diversas modificaciones de la legislaci n laboral para mejorar la utilizaci n de la contrataci n temporal, la transparencia en la subcontrataci n de obras y servicios y su delimitaci n respecto de la cesi n ilegal de trabajadores y las prestacio-nes del Fondo de Garant a Salarial.

10 Y el tercero, las mejoras de la protecci n por desempleo de colectivos espec nuevo Programa de Fomento del Empleo se dirige fundamentalmente a impulsar la utilizaci n de la contrata-ci n indefinida inicial por parte de las empresas. A tal fin se concentran los apoyos p blicos en la contrataci n estable y se favorece la conversi n de empleos que hoy son tem-porales en fijos mediante un Plan extraordinario de car c-ter excepcional y vigencia limitada. Para alcanzar los obje-tivos arriba se alados, se modifica el sistema de incentivos a la contrataci n indefinida de acuerdo con los siguientes criterios: mejor selecci n de los colectivos beneficiarios; simplificaci n de las cuant as de las bonificaciones; amplia-ci n de la duraci n de los incentivos con el objetivo de favorecer el mantenimiento del empleo; y sustituci n de los porcentajes de bonificaci n actuales por cuant as fijas de bonificaci n, salvo en el caso de la contrataci n de per-sonas con discapacidad por los centros especiales de otra parte, partiendo de que el Acuerdo Interconfe-deral de Estabilidad en el Empleo de 1997, firmado por CEOE, CEPYME, CCOO y UGT, merece a la vista de sus resultados una valoraci n positiva, no parece oportuno introducir alteraciones sustanciales en la legislaci n laboral.


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