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La prueba ilícita y la regla de exclusión ... - EL …

99 aniversario hacia una nueva Constituci n?28 Miguel ngel Anaya R os* Jos Luis Anaya R os** n la exposici n de motivos de la iniciativa que adicion los p rrafos noveno y d cimo del art culo 16 y la reforma del p rrafo primero del art -culo 21, p rrafo segundo del art culo 22 y de la fracci n vig sima primera del art culo 73 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos (c p e u m) de marzo de 1996 (Compilaci n xiii s c j n 2006), se dise aron diversas es-trategias para combatir la delincuencia organizada, a la vez que se respeten los derechos fundamentales, con lo que se asent que una norma no pue-de violentar el sistema jur dico del que forma parte, as como se establece el Eprincipio de que M xico es un pa

30 99 aniversario ¿hacia una nueva Constitución? fundamental resulta de la aplicación del principio de pro-porcionalidad. Asimismo, el

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1 99 aniversario hacia una nueva Constituci n?28 Miguel ngel Anaya R os* Jos Luis Anaya R os** n la exposici n de motivos de la iniciativa que adicion los p rrafos noveno y d cimo del art culo 16 y la reforma del p rrafo primero del art -culo 21, p rrafo segundo del art culo 22 y de la fracci n vig sima primera del art culo 73 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos (c p e u m) de marzo de 1996 (Compilaci n xiii s c j n 2006), se dise aron diversas es-trategias para combatir la delincuencia organizada, a la vez que se respeten los derechos fundamentales, con lo que se asent que una norma no pue-de violentar el sistema jur dico del que forma parte.

2 As como se establece el Eprincipio de que M xico es un pa s de leyes y que la certeza de la ley no puede fincarse en la incertidumbre de su Suprema Corte de Justicia de la Naci n y los tribunales federales en M xico han venido pronunci ndose en distintas tesis y jurisprudencias sobre la regla de exclusi n y la ob-tenci n de pruebas il citas. El primer antecedente fue el emitido por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en 1979, al resolver que un acto o diligencia de la autoridad que est viciado resultar inconstitucional, as como los actos derivados de l o que de alguna forma est n condicionados por el mismo.

3 Los tribunales no deben darle valor legal, ya que de hacerlo as alentar an a pr cticas viciosas cu-yos frutos ser an aprovechables por mayo-junio, 2016* Doctor en Derecho por la Universidad de Guanajuato en el programa de Doctorado Interinstitucional en Derecho (d i d), con recono-cimiento otorgado por el Conacyt; profesor de la Maestr a en Derecho, en la Unidad Acad mica de Derecho de la Universidad Aut noma de Nayarit; profesor en Derecho Penal en el programa de Licenciatura en Derecho en la Unidad Acad mica de Derecho de la Universidad Aut noma de Nayarit; reconocimiento de profesor con perfil Promep; integrante del Cuerpo Acad mico Pro-curaci n y Administraci n de Justicia y participan-te en el Cuerpo Acad mico Consolidado Estado y Derechos Fundamentales de la Universidad Aut noma de Nayarit.

4 ** Doctor en Derecho por la Universidad de Guanajuato en el programa de Doctorado Interinstitucional en Derecho (d i d), con reco-nocimiento otorgado por el Conacyt; profesor de la Maestr a en Derecho en la Unidad Acad -mica de Derecho de la Universidad Aut noma de Nayarit; profesor en Derecho Penal en el Se analizan las figuras procesales penales de la regla de exclusi n y la prueba il cita desde una perspectiva doctrinaria, normativa y jurisprudencial; es decir, c mo se ha evolucionado y positivado en la norma Mexicana, as como hasta d nde han sido sus alcances, adem s de cu l ha sido la interpretaci n que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Naci de Licenciatura en Derecho en la Unidad Acad mica de Derecho de la Univer-sidad Aut noma de Nayarit; reconocimiento como profesor con perfil Promep; reconoci-miento como Candidato a Investigar al Sistema Nacional de Investigadores s n i por el Conacyt.

5 Integrante del Cuerpo Acad mico Procuraci n y Administraci n de Justicia y participante en el Cuerpo Acad mico Consolidado Estado y Derechos Fundamentales de la Universidad Aut noma de prueba il cita y la regla de exclusi n en la Constituci n mexicanaEl Cotidiano 19729quienes las realizan; por otra parte, los tribunales ser an part cipes de tal conducta irregular al otorgarles valor legal (Tesis 252103/79).De esta manera, estamos ante la presencia de un importante movimiento reformista, suscitado en materia penal en junio de 2008; as se gener un cambio estructural en el sistema de impartici n de justicia de M xico, el cual tran-sita de un sistema mixto con tintes inquisitivos a un siste-ma mixto con predominancia acusatoria (Serrano, 2015).

6 Se considera el texto constitucional mexicano, ya que se ha establecido en su art culo 20 apartado a, fracci n ix lo siguiente: cualquier prueba obtenida con violaci n de derechos fundamentales ser nula , esto nos lleva a observar que se ha constitucionalizado la llamada regla de exclusi n probatoria, dentro de nuestro sistema (Juris-prudencia 160509/2011). La consagraci n constitucional de esta regla se contiene de manera impl cita, al dejar un campo f rtil a la doctrina procesalista nacional y a nues-tros tribunales, que deber n establecer sus alcances en el derecho procesal penal mexicano y, desde luego, a los legisladores que deber n asentar con claridad su alcance y sus l se pronuncia en el sentido de afirmar que se justifica esta regla porque las autoridades no deben violar derechos fundamentales en el curso de una investigaci n, pero.

7 De hacerlo, dicha violaci n debe ser neutralizada den-tro del proceso, con independencia de la responsabilidad en que han incurrido los agentes responsables de la misma (Carbonell, 2011). Ello coincide plenamente con esta opi-ni n, en virtud de que la constitucionalizaci n de la regla de exclusi n probatoria se encuentra sustentada en el car cter prioritario de los derechos fundamentales en el mbito del ordenamiento jur dico y su caracter stica sustantiva de inviolabilidad. En consecuencia, desde este punto de vista, podemos afirmar que la exclusi n de este tipo de pruebas il citas se refleja en el proceso penal con la fuerza de una garant a intr nseca de car cter constitucional que es propia del debido la perspectiva de Garc a Ram rez (2008)

8 , al analizar la fracci n ix del apartado A del art culo 20 cons-titucional, se plantean algunas interrogantes por definir, ya que la regla de exclusi n probatoria contiene ciertos aspectos por aclarar, espec ficamente en lo relativo a su alcance y al reconocimiento de excepciones en su aplicaci n, ya sea directa o indirecta. Estos cuestionamientos ser an los siguientes: i) en qu forma se impugnar la prueba viciada?, ii) se ha recogido en su amplia expresi n la doctrina de los Frutos del rbol envenenado?

9 , iii) la nulidad de una prueba esencial determinar la nulidad del proceso mismo?, iv) c mo se reflejar esto sobre la sentencia condenatoria o eventualmente, absolutoria sustentada en la prueba viciada, en lo que respecta a los dogmas de cosa juzgada y ne bis in idem? (139).Cuestionamientos a los que el Constituyente no da una respuesta expresa y que, por tanto, ser n objeto de debate en la doctrina s de las interrogantes ya expresadas, cabr a se alar los alcances del t rmino nula, porque la redacci n del precepto constitucional anteriormente citado abre la posibilidad al debate acerca del grado de nulidad proclama-do constitucionalmente, ya que puede ser absoluta, plena o relativa.

10 Inclusive cabe la presunci n de la subsanabilidad y el alcance de los efectos derivados, adem s de la posibilidad de reconocimiento de excepciones, todo esto desde la naturaleza constitucional de la regla de exclusi M xico, en el derecho procesal penal encontramos prohibiciones gen ricas en cuanto a algunos medios de prueba , no as prohibiciones en cuanto la ilicitud de las pruebas de car cter singular; a diferencia de otros ordenamientos jur dicos europeos (c p p Portugal, art culo 126) que s con-templan un conjunto m s o menos amplio de prohibiciones de otra manera, sus fines no son reparatorios, sino preventivos, ya que su objetivo es disuadir a los cuer-pos policiales, mismos que deben evitar ac


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