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La noción de principios y valores en la …

Revista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POL TICAS. Vol. 41, No. 114 (2011) / 41La noci n de principios y valores en la jurisprudencia de la corte Constitucional1 The Notion of Principles and Values in the Constitutional Cour t notion des principes et valeurs dans la jurisprudence de la Cour Estrada V lez2 Resumen:La determinaci n de las diferencias entre principios y valores se constituye en una condici n necesaria para el desarrollo del control de constitucionalidad y posterior for talecimiento del Estado social y constitucional de derecho. En este trabajo se expone lo que la Cor te Constitu-cional, en la jurisprudencia elaborada desde 1991, ha entendido por principios y valores . Se 1 El presente ar t culo es una s ntesis de algunas ideas de un texto in dito de mayor extensi n titulado: La noci n de principios y valores dentro del Estado constitucional de derecho. Una breve pero necesaria aproximaci n epistemol gica , el que a su vez es resultado de una investigaci n titulada: La noci n de principios y valores en el Estado constitucional, dirigida por Sergio Estrada V lez, financiada por la Universidad de Medell n y finalizada en el 2008.

La noción de principios y valores en la jurisprudencia de la Corte Constitucional Revista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS. Vol. 41, No. 114 (2011) / 45 El desconocimiento de las diferencias epistemológicas entre principios

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1 Revista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POL TICAS. Vol. 41, No. 114 (2011) / 41La noci n de principios y valores en la jurisprudencia de la corte Constitucional1 The Notion of Principles and Values in the Constitutional Cour t notion des principes et valeurs dans la jurisprudence de la Cour Estrada V lez2 Resumen:La determinaci n de las diferencias entre principios y valores se constituye en una condici n necesaria para el desarrollo del control de constitucionalidad y posterior for talecimiento del Estado social y constitucional de derecho. En este trabajo se expone lo que la Cor te Constitu-cional, en la jurisprudencia elaborada desde 1991, ha entendido por principios y valores . Se 1 El presente ar t culo es una s ntesis de algunas ideas de un texto in dito de mayor extensi n titulado: La noci n de principios y valores dentro del Estado constitucional de derecho. Una breve pero necesaria aproximaci n epistemol gica , el que a su vez es resultado de una investigaci n titulada: La noci n de principios y valores en el Estado constitucional, dirigida por Sergio Estrada V lez, financiada por la Universidad de Medell n y finalizada en el 2008.

2 2 Profesor de Teor a del Derecho, Principial stica y Hermen utica Jur dica de la Universidad de Medell n; especialista en derecho constitucional; especialista en argumentaci n jur dica; Diploma de Estudios Avanzados Universidad de Le n (Espa a). Autor de los textos La Excepci n de Principialidad y Los principios Jur dicos y el Bloque de Constitucionalidad. Correo electr nico: ar t culo fue recibido el d a 26 de enero de 2011 y aprobado por el Consejo Editorial en el Acta de Reuni n Ordinaria N . 12 del 15 de marzo de FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POL TICAS. Vol. 41, No. 114 / p. 41-76 Medell n - Colombia. Enero-Junio de 2011, ISSN 0120-3886 Estrada / Revista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POL TICAS. Vol. 41, No. 114 (2011)demostrar a trav s del estudio de la noci n de principios constitucionales, valores jur dicos y valores superiores, la inexistencia de una l nea jurisprudencial que d explicaci n clara y coherente sobre su naturaleza y funciones.

3 La investigaci n es de tipo documental y anal tico, la cual tiene por base las decisiones adoptadas por esa alta corporaci n. Palabras clave: principios , valores , valores jur dicos, principios generales del : The determination of the differences between principles and values is a necessary condition for the development of judicial review and subsequent strengthening of the social and consti-tutional law. This paper sets out what the Constitutional Cour t in the case law developed since 1991, understood by principles and values. The inexistence of a line of jurisprudence giving a clear and coherent explanation of its nature and functions will be demonstrated through the study of the concepts of constitutional principles, legal values and higher values. The research is documentary and analytical, and it bases its decisions on those adopted by such high words: principles, values, legal values, general principles of sum : La d termination des diff rences entre les principes et les valeurs est une condition n cessaire pour le d veloppement du contr le judiciaire et le renforcement subs quent de la loi sociale et constitutionnelle de droit.

4 Ce document d finit ce que la Cour constitutionnelle, dans la juris-prudence d velopp e depuis 1991, entendait par principes et valeurs. L absence d une ligne de jurisprudence qui donne une explication claire et coh rente sur sa nature et ses fonctions sera d montr e par l tude de notions telles que principes constitutionnels, valeurs morales et valeurs sup rieures. La recherche est de type documentaire et analytique et elle a comme base les d cisions prises par cette haute s: principes, valeurs, valeurs morales, principes g n raux du droit. La noci n de principios y valores en la jurisprudencia de la Cor te ConstitucionalRevista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POL TICAS. Vol. 41, No. 114 (2011) / 43 SumarioIntroducci n. 1. Breve deslinde epistemol gico. 2. La jurispruden-cia de la corte Constitucional acerca de los principios y valores . principios constitucionales. valores jur dicos y valores superiores. 3 Conclusiones. nEn los denominados Estados constitucionales hace presencia un orden jur di-co estructurado a partir de una norma de normas denominada Constituci n, que ejerce b sicamente tres funciones: limitar el ejercicio del poder (funci n legitimadora), consagrar los presupuestos ticos m nimos definidos por una sociedad a trav s de los principios morales y los valores hacia los cuales se debe dirigir la actividad del Estado (funci n axiol gica) y fijar par metros de validez de las restantes normas del ordenamiento (funci n jur dica).

5 En la actualidad parece claro que la Constituci n Pol tica no se puede asumir solamente como la norma de normas, en atenci n a que en ella hacen presencia elementos morales ( valores ), pol ticos (directrices) y, principalmente, jur dicos ( principios ), que aumentan el universo de objetos de an lisis exigien-do una teor a general dispuesta a desvelar la naturaleza de los mismos. En esta oportunidad se abordar n las diferencias entre principios y va-lores, pero dada la ambig edad de nociones y pluralidad de perspectivas epistemol gicas desde las cuales se busca describir esos elementos (filosof a del derecho, teor a del derecho y derecho constitucional), resulta necesario inquirir por la (s) perspectiva (s) epistemol gica (s) empleada (s) por la corte Constitucional (la filosof a del derecho, la teor a del derecho o la dogm tica constitucional), al momento de definir la naturaleza y funciones de los principios y valores en el Estado social y constitucional de derecho colombiano.

6 Estrada / Revista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POL TICAS. Vol. 41, No. 114 (2011)Se busca, en pocos t rminos, sugerir un poco de orden epistemol gico como necesario paso previo a la discusi n acerca de la naturaleza de esos conceptos en el contexto colombiano, m xime cuando parece cada vez m s notoria la inexistencia entre la filosof a del derecho, la teor a del derecho y la dogm tica constitucional de un consenso sobre la naturaleza y funciones de los valores y los principios . Ese pluralismo de perspectivas desde las cuales se busca dar respues-ta a la noci n de principios y valores , sumado al proceso de irradiaci n constitucional, ha llevado a lo que se podr a calificar como reduccionismo epistemol gico, entendido como la explicaci n y soluci n de todos los problemas jur dicos a partir de la dogm tica constitucional. Ello es huella de un proceso de hiperconstitucionalizaci n entendido como la tendencia de dar cuenta de todo asunto jur dico a partir de la Constituci n Pol tica asumida toda ella como norma jur dica sin distinguir sus elementos pol ticos (directrices) y morales ( valores ) de los jur dicos.

7 Un claro ejemplo de esto se encuentra precisamente en los conceptos de principio y valor. El derecho constitucional ha pretendido dar explica-ci n de su naturaleza y funciones a pesar de ser notoria la ausencia de un estatuto epistemol gico propio que le permita dar raz n de esos elementos. As , debe acudir a la filosof a y a la teor a jur dica para la realizaci n de un necesario deslinde al interior del cuerpo de normas constitucionales entre lo moral y lo jur dico. En el desarrollo de la investigaci n se advirti un uso indistinto por parte de la doctrina de los conceptos de valor y principio que afecta no s lo el lenguaje jur dico (problemas sem nticos) sino el mismo derecho (problemas ontol gicos). Debido a ese empleo desordenado de perspectivas epistemol gicas se confiere entidad jur dica a lo que es moral y la naturaleza de moral a lo que es jur dico. Ello es com n en las sentencias de nuestra corte Constitucional, tal como se demostrar.

8 La noci n de principios y valores en la jurisprudencia de la Cor te ConstitucionalRevista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POL TICAS. Vol. 41, No. 114 (2011) / 45El desconocimiento de las diferencias epistemol gicas entre principios y valores ha generado que las cr ticas formuladas a los valores (la p rdida de seguridad jur dica, infracci n al principio de separaci n de poderes y el abuso de las facultades pol ticas otorgadas a la jurisdicci n), se extiendan a los principios jur dicos en perjuicio de su aplicaci n o efectividad. Tomar el derecho en serio implica alinderar el lenguaje empleado frente a los principios a efectos de determinar si se hace referencia a principios morales o valores , a principios jur dicos o a qu otro tipo de t rminos m s precisos, se trata de responder a los peligros de una teor a constitucional influenciada por una filosof a moral. Como lo advierte Arag n Reyes (1997): Para reducir los riesgos de desequilibrio del sistema, que, por la naturaleza de las cosas (o mejor dicho, por la naturaleza del derecho actual) tender a a hacer prevalecer la jurisprudencia sobre la legisla-ci n, es preciso abogar por unas medidas de reequilibrio (curativas) o contrapeso (preventivas) a cargo de la propia cultura jur dica consistentes en la utilizaci n de la teor a jur dica y no de la filosof a moral en la aplicaci n de la Constituci n o, en suma, en potenciar el normativismo y reducir la jurisprudencia de valores (p.)

9 124). Se busca demostrar la importancia de acudir a la filosof a general (axio-log a o estimativa) antes de preguntar por los problemas atinentes a la pre-sencia de los valores en el derecho constitucional, pues como bien lo se ala Garc a M ynez: no es posible entender la esencia de la filosof a jur dica, si se ignora en qu consiste la filosof a general (1995, p. 115). En este mismo sentido expresa Alexy la reflexi n sobre la naturaleza del derecho no puede tener xito si se separa de la filosof a general (2003, p. 154).La pertinencia de una distinci n entre el lenguaje moral y el lenguaje jur dico empleado en la jurisprudencia de la corte Constitucional, se en-cuentra en su utilidad para dar cuenta de los siguientes temas:Estrada / Revista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POL TICAS. Vol. 41, No. 114 (2011) La no distinci n entre los conceptos de principios morales, principios jur dicos y valores impide un uso claro del lenguaje jur dico.

10 La indeterminaci n de un punto de enclave epistemol gico para el estudio y uso de los principios y valores da lugar a argumentos pendulares, entendidos como aquellos que oscilan entre la moral y el derecho, donde el mismo int rprete detiene ese movimiento en el momento que resulte m s ajustado a sus propias razones morales o de conveniencia, en detrimento del orden y seguridad exigidos por el Estado constitucional y social de derecho. Ayudar a la soluci n de los problemas de vaguedad o de falacias ar-gumentativas que se presentan cuando en el discurso constitucional se suplanta el argumento jur dico por argumentos de naturaleza axiol gica. La cualificaci n del modelo de control constitucional. Una constante dentro de la teor a de los l mites al poder es la pregunta referida a c mo controlar a quienes ejercen el mismo (los tribunales constitu-cionales). Pues bien, cuanto m s se fusionen los elementos morales con el derecho, m s discrecionalidad existir y menos posibilidad de un autocontrol (self restraint); y viceversa: cuanto mayor sea la distinci n entre los elementos morales de los jur dicos, menor ser la discrecionalidad, se acotar el mbito de lo jur dico y se fortalecer el autocontrol.


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