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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE RÉGIMEN …

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE. R GIMEN JUR DICO LOCAL. (Edici n mayo 2009). INTRODUCCI N. El presente documento es una recopilaci n informativa de los PROCEDIMIENTOS m s habituales en materia de R gimen Jur dico Local que gestiona el Servicio de R gimen Jur dico de la Direcci n General de Administraci n Local sobre la base de sus competencias, y cuya gesti n est encomendada a la Consejer a de Gobernaci n y las Delegaciones de Gobierno de la propia Junta de Andaluc a en las ocho provincias andaluzas. Es inter s de esta Consejer a ofrecer a los distintos sectores implicados en la gesti n de las entidades locales andaluzas un MANUAL de referencia que pueda servir de orientaci n para las actividades de trascendencia administrativa en las que la Direcci n General de Administraci n Local deba tener intervenci n.

2 INTRODUCCIÓN El presente documento es una recopilación informativa de los procedimientos más habituales en materia de Régimen Jurídico Local que gestiona el Servicio de Régimen Jurídico de la Dirección General de Administración

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1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE. R GIMEN JUR DICO LOCAL. (Edici n mayo 2009). INTRODUCCI N. El presente documento es una recopilaci n informativa de los PROCEDIMIENTOS m s habituales en materia de R gimen Jur dico Local que gestiona el Servicio de R gimen Jur dico de la Direcci n General de Administraci n Local sobre la base de sus competencias, y cuya gesti n est encomendada a la Consejer a de Gobernaci n y las Delegaciones de Gobierno de la propia Junta de Andaluc a en las ocho provincias andaluzas. Es inter s de esta Consejer a ofrecer a los distintos sectores implicados en la gesti n de las entidades locales andaluzas un MANUAL de referencia que pueda servir de orientaci n para las actividades de trascendencia administrativa en las que la Direcci n General de Administraci n Local deba tener intervenci n.

2 Se ha tratado de realizar una exposici n directa, sencilla y esquem tica de los tr mites necesarios y de la documentaci n que se requiere en la mayor parte de expedientes con trascendencia local en los que interviene el poder auton mico, que lejos de constituir materias menores, suponen, en la mayor a de los casos, procesos de gran relevancia social, econ mica e hist rica para las entidades locales implicadas, en cualquiera de sus modalidades. Aquellas entidades que vayan a emprender procesos de transferencia de bienes, de demarcaci n territorial, de establecimiento o actualizaci n de s mbolos, de formaci n de mancomunidades y consorcios, y de otras materias relevantes para su desarrollo en las que la actuaci n auton mica tenga lugar, encontrar n en este documento una referencia, que, sin nimo de exhaustividad y con vocaci n de constante actualizaci n y crecimiento, pueda contribuir a una mayor celeridad y transparencia de los procesos legales en cuesti n y a una mejor comunicaci n entre el poder p blico auton mico y los distintos agentes que participan en el mbito de la administraci n local.

3 Nota: Este documento tiene una finalidad meramente orientativa e informativa y carece de efectos legales. 2. NDICE DE CONTENIDOS. SIGLAS EMPLEADAS.. (Pag. 5). A. TR FICO DE BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES .. (Pag. 6). Normas Generales sobre enajenaci n de bienes. (Pag. 7). Enajenaci n mediante subasta. (Pag. 10). Enajenaci n mediante concurso. (Pag. 11). Enajenaci n mediante procedimiento negociado. (Pag. 12). Cesi n gratuita de bienes inmuebles patrimoniales. (Pag. 13). Enajenaci n del Patrimonio Municipal del Suelo. (Pag. 15). Permuta de bienes patrimoniales. (Pag. 17). B. PROCEDIMIENTOS DE DEMARCACI N ..(Pag. 19). Creaci n de municipios. (Pag. 20). Creaci n de municipios por fusi n. (Pag. 20). Creaci n de municipios por segregaci n. (Pag. 21). Supresi n de municipios.

4 (Pag. 22). Supresi n de municipios por incorporaci n. (Pag. 22). Acuerdo de supresi n de municipios. (Pag. 22). Alteraci n de t rminos municipales. (Pag. 23). PROCEDIMIENTOS de creaci n, supresi n y alteraci n de t rminos municipales. (Pag. 25). 3. Entidades Locales Aut nomas. (Pag. 28). Creaci n de Entidades Locales Aut nomas. (Pag. 28). Alteraci n de Entidades Locales Aut nomas.(Pag. 31). Extinci n de Entidades Locales Aut nomas. (Pag. 32). PROCEDIMIENTOS de adaptaci n de EATIM A ELA. (Pag. 34). Procedimiento de deslinde. (Pag. 35). Amojonamiento. (Pag. 39). Cambio de capitalidad. (Pag. 40). Cambio de denominaci n de los municipios y de las ELAS. (Pag. 41). C. S MBOLOS .. (Pag. 42). D. MANCOMUNIDADES Y CONSORCIOS .. (Pag. 46). Procedimiento de creaci n de Mancomunidades.

5 (Pag. 47). Procedimiento de creaci n de Consorcios en donde no participe la Junta de Andaluc a. (Pag. 50). Procedimiento de creaci n de Consorcios en donde participe la Junta de Andaluc a. (Pag. 53). E. DECLARACI N DE URGENTE OCUPACI N DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR. EXPROPIACI N FORZOSA .. (Pag. 54). F. PROCEDIMIENTO DE CONFLICTO DE COMPETENCIAS ENTRE ENTIDADES. (Pag. 58 ). Conflicto positivo de competencias. (Pag. 58). Conflicto negativo de competencias.(Pag. 60). ANEXO. MODELOS NORMALIZADOS DE R GIMEN JUR DICO LOCAL .. (Pag. 62 ). 4. SIGLAS EMPLEADAS. : Entidad de mbito territorial inferior al municipio. : Entidad Local Aut noma. : Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del R gimen Local. : Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.

6 LERDEMA: Ley 7/1993, de 27 de julio, Reguladora de la Demarcaci n Municipal de Andaluc a. RDEMA: Decreto 185/2005, de 30 de agosto por el que se aprueba el Reglamento de Demarcaci n Municipal de Andaluc a y del Registro Andaluz de Entidades Locales. LBELA.: Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andaluc a. RBELA : Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el reglamento de bienes de las Entidades Locales de Andaluc a. : Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organizaci n, Funcionamiento y R gimen Jur dico de las Entidades Locales. : Ley, 7/2002, de 17 de diciembre de ordenaci n urban stica de Andaluc a. : Ley de Expropiaci n Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y en su Reglamento.

7 5. TR FICO DE BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES. Normas Generales sobre enajenaci n de bienes. Enajenaci n mediante subasta. Enajenaci n mediante concurso. Enajenaci n mediante procedimiento negociado. Cesi n gratuita de bienes inmuebles patrimoniales. Enajenaci n del Patrimonio Municipal del Suelo. Permuta de bienes patrimoniales. 6. A. TR FICO DE BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES. NORMAS GENERALES SOBRE ENAJENACI N DE BIENES: PROCEDIMIENTO. - Art 16 LBELA.: La enajenaci n, gravamen o permuta de bienes inmuebles patrimoniales se atendr a las siguientes reglas: a) Determinaci n de la situaci n f sica y jur dica de los bienes. Si es necesario, deslinde e inscripci n en el Registro de la Propiedad. b) Valoraci n del bien por t cnico competente. c) Autorizaci n previa de la Consejer a de Gobernaci n (de su titular, ex art 12 RBELA y art del Decreto 425/2000) si el valor del bien excede del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto de la entidad.

8 Plazo de resoluci n 2 meses. Silencio positivo. En caso de valor inferior al veinticinco por ciento de la citada magnitud: necesaria informaci n a la Consejer a de Gobernaci n. (Se enviar la documentaci n contenida en el art 12 RBELA en el plazo de seis d as a la Delegaci n del Gobierno de la Junta de Andaluc a en la provincia). d) En ning n caso el importe de la enajenaci n de bienes patrimoniales se podr destinar a financiar gastos corrientes, con las excepciones de la ley. (vid. art 34 del RBELA). e) No podr n enajenarse bienes que se hallaren en litigio, salvo que el adquirente asuma expresamente el riesgo del resultado del mismo. (vid. art 35 del RBELA). - Art 18 LBELA: La enajenaci n, gravamen o permuta ser competencia del Presidente de la Entidad o del Pleno seg n la distribuci n de competencias que establezca la legislaci n Reguladora de las Bases del R gimen Local (vid.

9 Cap I, Tit V de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del R gimen Local). - Art 19 LBELA: Regulaci n de la enajenaci n de bienes patrimoniales: en cuanto a su preparaci n y adjudicaci n, por la normativa reguladora de la contrataci n de las Administraciones P blicas. - Art 20 LBELA: Formas de enajenaci n. Forma normal: subasta. Se emplear el concurso en los casos previstos en este art culo. (vid. art 37 del RBELA). - Art 21 LBELA: Procedimiento negociado. Se emplear s lo en los supuestos tasados por la Ley. (vid. art 38. del RBELA). - Art 22 LBELA: Parcelas sobrantes. Regulaci n. (Vid. art 40 del RBELA). - Arts 24 y 25 LBELA: Permuta de bienes y permuta de cosa futura. - Art 39 RBELA: Disposiciones de bienes entre Administraciones p blicas: Se instrumentar n mediante convenios administrativos 7.

10 - Tener en cuenta art de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenaci n Urban stica de Andaluc a: sin perjuicio de las competencias de las Administraciones P blicas, en el supuesto de desafectacion del destino p blico de un suelo, ser necesario justificar la innecesariedad de su destino a tal fin, previo informe, en su caso, de la Consejer a competente por raz n de la materia, y prever su destino b sicamente a otros usos p blicos o de inter s social.. DOCUMENTACI N. - Memoria de la Presidencia de la Entidad Local (Alcald a) en la que se especifiquen los bienes que van a ser objeto de disposici n. - Certificaci n del acuerdo favorable de la Corporaci n municipal (Pleno) por el que se aprueba la enajenaci n, gravamen, permuta o aportaci n de bienes por mayor a absoluta del n mero legal de miembros de la corporaci n, si su valor supera el veinte por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto.


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