Transcription of MODELO 232 - Agencia Tributaria
1 MODELO 232. INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACI N. CUESTIONES GENERALES. OBLIGADOS A PRESENTAR. Estar n obligados a presentar el MODELO 232 y cumplimentar la Informaci n de operaciones con personas o entidades vinculadas ( RIS) los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la renta de no residentes que act en mediante establecimiento permanente, as como las entidades en r gimen de atribuci n de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio espa ol, que realicen las siguientes operaciones con personas o entidades vinculadas en los t rminos previstos en el art culo de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (en adelante LIS): OBLIGADOS A PRESENTAR EL MODELO 232. Conjunto de operaciones realizadas en el per odo impositivo (con independencia del importe de operaciones por entidad vinculada).
2 Si el conjunto de operaciones del mismo tipo y m todo de valoraci n > 50 % de la cifra de SI. negocio de la entidad en operaciones espec ficas del mismo tipo NO. > en operaciones espec ficas del mismo tipo SI. Operaciones realizadas en el periodo impositivo con la misma persona o entidad de operaciones por entidad vinculada (no operaciones espec ficas) NO. > de operaciones por entidad vinculada (no operaciones espec ficas) SI. Operaciones 1) Operaciones con personas f sicas que tributen en estimaci n objetiva que la participaci n espec ficas individual o conjuntamente con sus familiares sea 25% del capital o fondos propios 2) Transmisi n de negocios, valores o participaciones en los fondos propios de entidades no admitidos a negociaci n o admitidos en para sos fiscales 3) Transmisi n de inmuebles y operaciones sobre intangibles OPERACIONES EXCLUIDAS DE OBLIGACI N DE PRESENTAR MODELO 232.
3 Grupo fiscal (independientemente del volumen operaciones). AIES, UTES (independientemente del volumen operaciones), salvo UTEs u otras formas an logas de colaboraci n que se acojan a la Exenci n de las rentas obtenidas en el extranjero a trav s de EP (Art. 22. LIS). Operaciones realizadas en el mbito de ofertas p blicas de venta o de ofertas p blicas de adquisici n de valores (independiente del volumen de operaciones). Estar n obligados a presentar el MODELO 232 y cumplimentar el cuadro Operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicaci n de la reducci n de las rentas precedentes de determinados activos intangibles (art. 23 y DT 20 LIS) los contribuyentes que apliquen la citada reducci n prevista en el art culo 23 LIS porque obtienen rentas como consecuencia de la cesi n de determinados intangibles a personas o entidades vinculadas.
4 Estar n obligados a presentar el MODELO 232 y cumplimentar el cuadro Operaciones y situaciones relacionadas con pa ses o territorios calificados como para sos fiscales los contribuyentes que realicen operaciones o tengan valores en pa ses o territorios calificados como para sos fiscales independientemente de su importe. FORMAS DE PRESENTACI N. La presentaci n de la Declaraci n Informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con pa ses o territorios considerados para sos fiscales ( MODELO 232), debe realizarse obligatoriamente por v a electr nica, en los t rminos establecidos en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentaci n de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza Tributaria .
5 Dicha presentaci n electr nica puede realizarse bien a trav s de la Sede electr nica de la Agencia Estatal de Administraci n Tributaria a la que se puede acceder directamente a trav s de la siguiente direcci n electr nica: , o bien desde la p gina de la Agencia Tributaria en Internet: . QUI NES PUEDEN EFECTUAR LA PRESENTACI N ELECTR NICA? La presentaci n electr nica por Internet del MODELO 232 a trav s de la Sede electr nica de la Agencia Tributaria puede ser efectuada: a) Por los contribuyentes del Impuesto o, en su caso, sus representantes legales. b) Por los representantes voluntarios de los obligados tributarios con poderes o facultades para presentar electr nicamente en nombre de los mismos declaraciones y autoliquidaciones ante la Agencia Tributaria o representarles ante sta, en los t rminos establecidos en cada momento por la Direcci n General de la Agencia Tributaria .
6 2. c) Por las personas o entidades que, seg n lo previsto en el art culo 92 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria , ostenten la condici n de colaboradores sociales en la aplicaci n de los tributos y cumplan los requisitos y condiciones que, a tal efecto, establezca la normativa vigente en cada momento. CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACI N ELECTR NICA. Para poder presentar de forma electr nica por Internet el MODELO 232 a trav s de la Sede electr nica de la Agencia Tributaria , ser necesario que: a) El contribuyente disponga de N mero de Identificaci n Fiscal (NIF). b) La presentaci n electr nica se realice utilizando un certificado electr nico reconocido emitido conforme a lo establecido en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma electr nica, y que sea admitido por la Agencia Tributaria conforme a lo dispuesto en la Orden HAP/800/2014, de 9 de mayo, por la que se establecen normas espec ficas sobre sistemas de identificaci n y autenticaci n por medios electr nicos con la Agencia Estatal de Administraci n Tributaria .
7 Los procedimientos de solicitud, revocaci n y renovaci n de dichos certificados electr nicos depender n de las condiciones establecidas por cada Autoridad de certificaci n admitida por la Agencia Estatal de Administraci n Tributaria . En los casos en que la presentaci n electr nica se realice por apoderados o colaboradores sociales, ser n stos quienes deber n disponer de su certificado electr nico reconocido. PLAZO DE PRESENTACI N. La Declaraci n Informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con pa ses o territorios considerados para sos fiscales se presentar en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusi n del per odo impositivo al que se refiera la informaci n a suministrar. Por tanto, como regla general, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio econ mico coincida con el a o natural, el plazo de presentaci n de la declaraci n queda fijado desde el 1 al 30 de noviembre.
8 Exclusivamente para los per odos impositivos iniciados en el 2016 y que finalicen antes del 31 de diciembre de 2016, el plazo de presentaci n de esta declaraci n ser , en todo caso, del 1 al 30 de noviembre de 2017. DECLARACI N RELATIVA AL PER ODO IMPOSITIVO. COMPRENDIDO DESDE EL . AL .. Se consignar n las fechas de inicio y de cierre del per odo impositivo al que se refiere este MODELO 232. 3. IDENTIFICACI N (1). El contribuyente deber consignar en los campos destinados al efecto, los datos correspondientes a su identificaci n. Este apartado, podr ser cumplimentado por una persona f sica para el caso de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que obtengan rentas en territorio espa ol mediante establecimiento permanente. DEVENGO (2). EJERCICIO Y TIPO EJERCICIO.
9 La casilla Ejercicio no ser necesario cumplimentarla porque se rellenar autom ticamente en funci n de la fecha de inicio del per odo impositivo que se haya indicado en el campo Declaraci n relativa al per odo impositivo comprendido desde el al . ubicado en el encabezado del MODELO . La casilla Tipo ejercicio, se rellenar autom ticamente en funci n de la fecha de inicio y fin del per odo impositivo indicadas anteriormente, con los n meros 1, 2 3, atendiendo al siguiente detalle: Ejercicio econ mico de 12 meses de duraci n, que coincida con el a o natural. Ejercicio econ mico de 12 meses de duraci n, que no coincida con el a o natural. Ejercicio econ mico de duraci n inferior a 12 meses. C DIGO CNAE (2009) ACTIVIDAD PRINCIPAL. La entidad declarante deber consignar en este apartado el c digo de cuatro cifras relativo a la Clasificaci n Nacional de Actividades Econ micas (CNAE) que corresponda a su actividad con mayor volumen de operaciones, y de conformidad a la lista de actividades que se facilita mediante un desplegable, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE del 28), por el que se aprueba la Clasificaci n Nacional de Actividades Econ micas 2009 (CNAE-2009).
10 DECLARACI N COMPLEMENTARIA O SUSTITUTIVA. Se marcar con una "X" la casilla "Declaraci n complementaria " cuando la presentaci n de la declaraci n tenga por objeto incluir datos que, debiendo haber sido incluidos en otra declaraci n del mismo ejercicio presentada con anterioridad, hubieran sido completamente omitidas en la misma. En la declaraci n complementaria solamente se incluir n los datos omitidos que motivan su presentaci n. Se marcar con una "X" la casilla "Declaraci n sustitutiva" cuando la presentaci n de la declaraci n tenga por objeto anular y sustituir completamente a otra declaraci n anterior del mismo ejercicio en la cual se hubieran incluido datos inexactos o err neos. 4. Tanto en el caso de declaraciones complementarias como en el de declaraciones sustitutivas, se deber hacer constar tambi n en este apartado el n mero identificativo de 13 d gitos de la declaraci n anteriormente presentada.