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Patentes y Modelos de Utilidad - Gob

GU A DEL USUARIO. CONTENIDO. Presentaci n 3. Informaci n general 4. Documentos b sicos para la presentaci n de solicitudes 6. Caracter sticas de las Patentes y de los Modelos de Utilidad 8. Diferencias entre Patentes y Modelos de Utilidad 11. Procedimiento administrativo de una solicitud de patente y registro de modelo de Utilidad 12. Consejos previos 12. Partes y requisitos de una solicitud de patente y registro de modelo de Utilidad 13. Descripci n 15. Reivindicaciones 17. Resumen de la invenci n 21. Dibujos 22. Listado de secuencias 24. Constancia de dep sito de material biol gico 26. Ejemplos 29. Ejemplo 1 de solicitud de patente Dispositivo para sujeci n y protecci n de cilindros de gas 29. Ejemplo 2 de solicitud de patente Derivados de menta carboxamida que tienen propiedades refrescantes 38.

8.1 Formato de carta de solicitud de descuento 86 IX.- Formato de solicitud de patente y registro de modelo de utilidad 87 X.- Programa de procedimiento acelerado de patentes (PPH) 89 10.1 Introducción 90 10.2 Modalidades 90 10.3 ¿Cómo solicito ante el …

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1 GU A DEL USUARIO. CONTENIDO. Presentaci n 3. Informaci n general 4. Documentos b sicos para la presentaci n de solicitudes 6. Caracter sticas de las Patentes y de los Modelos de Utilidad 8. Diferencias entre Patentes y Modelos de Utilidad 11. Procedimiento administrativo de una solicitud de patente y registro de modelo de Utilidad 12. Consejos previos 12. Partes y requisitos de una solicitud de patente y registro de modelo de Utilidad 13. Descripci n 15. Reivindicaciones 17. Resumen de la invenci n 21. Dibujos 22. Listado de secuencias 24. Constancia de dep sito de material biol gico 26. Ejemplos 29. Ejemplo 1 de solicitud de patente Dispositivo para sujeci n y protecci n de cilindros de gas 29. Ejemplo 2 de solicitud de patente Derivados de menta carboxamida que tienen propiedades refrescantes 38.

2 Ejemplo de solicitud de registro de modelo de Utilidad Tapa para tubo de pasta dental musical 51. Procedimiento 62. Examen de forma 62. Publicaci n en gaceta 62. Examen de fondo 62. Patentes y Modelos de Utilidad Titulaci n 63. Las notificaciones 64. Aviso de protecci n de datos personales 64. Procedimiento de concesi n de Patentes 65. Procedimiento de concesi n de registros de Modelos de Utilidad 66. Preguntas frecuentes 67. C mo reclamo una prioridad? 67. Qui n puede ser el titular o solicitante? 67. Qui n puede gestionar la solicitud ? 67. D nde presento mi solicitud ? 68. Aspectos importantes de la Ley de la Propiedad Industrial relacionados con las invenciones 69. VI. Estructura org nica de la Direcci n Divisional de Patentes 80. 1. GU A DEL USUARIO.

3 CONTENIDO. Conservaci n de los derechos 81. Caducidad y rehabilitaci n 82. Pago de tarifas 83. Formato de carta de solicitud de descuento 86. Formato de solicitud de patente y registro de modelo de Utilidad 87. Programa de procedimiento acelerado de Patentes (PPH) 89. Introducci n 90. Modalidades 90. C mo solicito ante el IMPI el procedimiento acelerado de Patentes en el marco de los programas PPH? 93. Documentaci n que deber presentar 96. modelo del escrito para solicitar el procedimiento acelerado de una patente 97. Ejemplo del escrito para solicitar el procedimiento acelerado de una patente 98. Procedimiento acelerado en el marco de los programas PPH 100. Procedimiento de concesi n de Patentes en el programa de procedimiento acelerado de Patentes (PPH) 102*.

4 Patentes y Modelos de Utilidad 2. GU A DEL USUARIO. Presentaci n De acuerdo con la Ley de la Propiedad Industrial (LPI), el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) tiene, entre otras atribuciones, fomentar y proteger la propiedad industrial, es decir, aquellos derechos exclusivos de explotaci n que otorga el Estado durante un tiempo determinado a las creaciones de aplicaci n industrial y comercial, tales como: un producto t cnicamente nuevo, una mejora a una m quina o aparato, un dise o original para hacer m s til o atractivo un producto, un proceso de fabricaci n novedoso, una marca o aviso comercial, una denominaci n que identifique un establecimiento o una declaraci n sobre el origen geogr fico que distingue o hace especial un producto. Adicionalmente, el IMPI tiene asignadas atribuciones para atender los diversos procedimientos a seguir cuando ocurre el uso ilegal de estos derechos y a declarar, en su caso, infracciones, la caducidad o nulidad de registros, cuando un titular de este derecho as lo solicite por considerar que est siendo afectado por un tercero.

5 La presente gu a muestra de forma general el procedimiento a seguir cuando se desea obtener una patente o un registro de modelo de Utilidad , sin embargo, Patentes y Modelos de Utilidad s lo representa un resumen de los requisitos m s importantes que establece el marco jur dico aplicable para la presentaci n de las solicitudes, no pretende ser un estudio exhaustivo ni interpretativo de la Ley, as como tampoco puede ir en detalle a casos espec ficos; por lo que siempre debe recurrirse a la legislaci n aplicable en la materia. Cabe se alar que es recomendable que las solicitudes sean elaboradas por un especialista en Derecho de Propiedad Industrial, pues la presente gu a no sustituye la asesor a profesional en la materia. El Director General 3. GU A DEL USUARIO.

6 Informaci n general Las dos grandes ramas que componen la propiedad intelectual son: propiedad industrial y propiedad autoral. A su vez, la propiedad industrial protege dos grandes rubros: a) Creaciones industriales, que comprenden: Patentes , registros de Modelos de Utilidad , registros de dise os industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados y secretos industriales, y; b). Signos distintivos, como son: marcas, avisos y nombres comerciales y las denominaciones de origen. Una patente o un registro de modelo de Utilidad es un privilegio que confiere un derecho exclusivo de explotaci n concedido por el Estado, es decir, por el Gobierno Mexicano a trav s de la Administraci n P blica Federal, mediante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial a la persona que realiza una invenci n y/o al titular de sta; es decir, al inventor o titular de un producto o un proceso.

7 A trav s de estos derechos se facilitan la transferencia de tecnolog a; se estimula la investigaci n y desarrollo tanto privado como en las universidades y centros de investigaci n; se impulsa a las nuevas tecnolog as; se estimulan la creaci n de negocios en las peque as y medianas empresas; se estimula a las empresas a promover mejoras, tanto en sus procesos de producci n y en los productos mismos, como en las formas de comercializaci n que utilizan en sus actividades, para reforzar su competitividad y obtener un mayor beneficio econ mico. Tienen como finalidad el retribuir econ micamente a su creador y reconocer su creatividad, lo cual promueve la innovaci n. Adem s de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, dentro de los ordenamientos legales m s importantes que protegen la propiedad industrial en M xico son la Ley de la Propiedad Industrial (LPI) y su Reglamento, entre otros.

8 La instituci n encargada de su aplicaci n es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Patentes y Modelos de Utilidad Las solicitudes pueden ser presentadas por el inventor o su causahabiente, es decir, el que adquiere por cualquier t tulo legal los derechos del inventor; en ambos casos, tambi n pueden ser presentadas a trav s de un representante legal (apoderado o mandatario). Toda solicitud debe presentarse en forma escrita y redactada en idioma espa ol ante el IMPI, en las Oficinas Centrales o Regionales, as como en las Delegaciones o Subdelegaciones Federales de la Secretar a de Econom a (SE) en el interior de la Rep blica. Las caracter sticas de los derechos de propiedad industrial son: exclusividad, temporalidad y territorialidad. La territorialidad se refiere a que son v lidos y surten efectos legales nicamente dentro del territorio nacional.

9 4. GU A DEL USUARIO. Son temporales porque son otorgados y v lidos por un tiempo determinado e improrrogable; al caducar, se extinguen los derechos de exclusividad y la creaci n industrial regresa al dominio p blico con el consecuente beneficio para la sociedad de disponer y explotar la creaci n sin autorizaci n ni pago al inventor o titular. En el caso de las Patentes de invenci n, tienen una vigencia de 20 a os, los registros de Modelos de Utilidad 10 a os, los registros de dise os industriales 15 a os; la vigencia se empieza a contar desde la fecha en que la solicitud es presentada ante el IMPI y est sujeta a que se conceda el derecho y se mantenga vigente con el pago de anualidades correspondientes. Al finalizar la vigencia de la patente o registro , el producto o proceso pasa a dominio p blico y cualquier persona puede utilizarlo sin necesidad de alguna autorizaci n por el titular de los derechos extintos.

10 La exclusividad se refiere al derecho que tienen los inventores o titulares de las creaciones frente a terceros contra el uso no autorizado de su invenci n. La protecci n de los derechos de propiedad industrial nicamente se otorga en el pa s donde sta es solicitada y concedida; por lo tanto, si desea la misma protecci n de los derechos de propiedad industrial en el extranjero, deber presentar la solicitud en cada pa s reclamando el derecho de prioridad. El derecho de prioridad consiste en la obligaci n que asume cualquier pa s miembro de la Uni n de Par s de conceder al solicitante el beneficio de reconocer la existencia de la invenci n antes de la presentaci n de la solicitud de patente o registro de modelo de Utilidad , durante un periodo de hasta 12 meses contados desde la fecha de dep sito de la primera solicitud en su pa s de origen; es decir, que durante ese lapso puede reclamar su prioridad en otras solicitudes sin que sta afecte la novedad de su invenci n.


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