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REFORMA A LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL EN …

El 13 de marzo de 2018 se public en el Diario Oficial de la Federaci n, el decreto que REFORMA y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la PROPIEDAD INDUSTRIAL ( LPI ) en lo relativo a dise os industriales, modelos de utilidad, esquemas de trazado de circuitos integrados, invenciones, denominaciones de origen e indicaciones geogr ficas. Conforme a los art culos transitorios, dicha REFORMA entrar en vigor 30 d as h biles posteriores a la fecha de su publicaci n, arriba A LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL EN MATERIA DE DISE OS INDUSTRIALES, INVENCIONES, MARCAS Y DENOMINACIONES DE ORIGENEY LAW Flash14 de marzo 2018 Los cambios de mayor relevancia que se integran a la REFORMA de la LPI consisten en lo siguiente:A) En Dise os Industriales: Se definen los conceptos de Creaci n Independiente y de Grado Significativo a efecto

Los cambios de mayor relevancia que se integran a la reforma de la LPI consisten en lo siguiente: A) En Diseños Industriales: • Se definen los conceptos de Creación Independiente y de Grado Significativo a

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1 El 13 de marzo de 2018 se public en el Diario Oficial de la Federaci n, el decreto que REFORMA y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la PROPIEDAD INDUSTRIAL ( LPI ) en lo relativo a dise os industriales, modelos de utilidad, esquemas de trazado de circuitos integrados, invenciones, denominaciones de origen e indicaciones geogr ficas. Conforme a los art culos transitorios, dicha REFORMA entrar en vigor 30 d as h biles posteriores a la fecha de su publicaci n, arriba A LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL EN MATERIA DE DISE OS INDUSTRIALES, INVENCIONES, MARCAS Y DENOMINACIONES DE ORIGENEY LAW Flash14 de marzo 2018 Los cambios de mayor relevancia que se integran a la REFORMA de la LPI consisten en lo siguiente:A) En Dise os Industriales.

2 Se definen los conceptos de Creaci n Independiente y de Grado Significativo a efecto de estandarizar la forma en que se otorga la protecci n al dise o. Se determinan los documentos que deber n agregarse a la solicitud de dise o INDUSTRIAL . Se reduce la vigencia del dise o INDUSTRIAL de 15 a os a 5 a os con periodos renovables sucesivos de la misma duraci n hasta un m ximo de 25 a solicitudes de dise o INDUSTRIAL en tr mite y los dise os industriales otorgados antes de la REFORMA podr n sujetarse a las nuevas disposiciones, solicit ndolo por escrito y dentro del plazo establecido, para estar en posibilidades de renovar su vigencia sin que pueda exceder los 25 a os contados a partir de la fecha de presentaci n de la solicitud de registro.

3 B) En Patentes: Se agiliza el tr mite de invenciones, reduciendo de 6 a 2 meses el plazo en el que el Instituto Mexicano de la PROPIEDAD INDUSTRIAL ( IMPI ) pueda recibir informaci n de cualquier persona, relativa a si la solicitud de patente cumple con los requisitos para ser concedida. Se agrega como causal de caducidad de la patente, el hecho de que el titular no explote la patente, a n y cuando se haya concedido la licencia obligatoria de la misma. Adem s, se establece que en el caso de no solicitar la renovaci n del dise o INDUSTRIAL en t rminos de ley, est ltima no requerir que el IMPI declar dicha caducidad.

4 C) En Marcas: Se agregan a las prohibiciones de otorgamiento de marcas las denominaciones de poblaciones, as como cuando se indiquen la procedencia de los productos o servicios. Quedan incluidas las que se acompa en de expresiones tales como g nero , tipo , manera , imitaci n , producido en , con fabricaci n en u otras similares que creen confusi n en el consumidor o impliquen competencia desleal relacionada con la ) En Denominaciones de Origen e Indicaci n Geogr fica: Se modifica el t tulo V de la ley, incluyendo a la figura de indicaciones geogr ficas.

5 Se define el concepto de zona geogr fica. La protecci n de la denominaci n de origen e indicaci n geogr fica iniciar una vez que cuente con la declaraci n del IMPI. Se establecen los requisitos que se deber n cumplir para llevar el tr mite de la declaraci n de protecci n de la denominaci n de origen o indicaci n de origen. Se establece la posibilidad de transformar una solicitud de denominaci n de origen en tr mite a una solicitud de indicaci n geogr fica, siempre y cuando se presente la solicitud de transformaci n dentro del plazo de 2 meses a partir de que fue presentada ante la autoridad, o de que el IMPI solicite la misma.

6 Carina rbara Fern mayor informaci n sobre este comunicado, por favor contactar a los siguientes profesionales:EYAseguramiento | Asesor a | Fiscal | TransaccionesAcerca de los Servicios Fiscales de EYSu negocio solo alcanzar su verdadero potencial si lo construye sobre s lidos cimientos y lo acrecienta de manera sostenible. En EY creemos que cumplir con sus obligaciones fiscales de manera responsable y proactiva puede marcar una diferencia fundamental. Por lo tanto, nuestros 45 mil talentosos profesionales de impuestos, en m s de 150 pa ses, le ofrecen conocimiento t cnico, experiencia en negocios, metodolog as congruentes y un firme compromiso de brindar un servicio de calidad, en el lugar del mundo donde se encuentre y sin importar el servicio fiscal que necesite.

7 As es como EY marca la mayor informaci n visite 2018 Mancera, Integrante de EY Global Derechos reservadosEY se refiere a la organizaci n global de firmas miembro conocida como EY Global Limited, en la que cada una de ellas act a como una entidad legal separada. EY Global Limited no provee servicios a bolet n ha sido preparado cuidadosamente por los profesionales de EY, contiene comentarios de car cter general sobre la aplicaci n de las normas fiscales, sin que en ning n momento, deba considerarse como asesor a profesional sobre el caso concreto. Por tal motivo, no se recomienda tomar medidas basadas en dicha informaci n sin que exista la debida asesor a profesional previa.

8 Asimismo, aunque procuramos brindarle informaci n veraz y oportuna, no garantizamos que la contenida en este documento sea vigente y correcta al momento que se reciba o consulte, o que continuar siendo v lida en el futuro; por lo que EY no se responsabiliza de eventuales errores o inexactitudes que este documento pudiera contener. Derechos reservados en tr mite. Se concede un plazo de 2 meses a partir de que se publique en el Diario Oficial, para que cualquier persona que justifique su inter s presente su oposici n a la solicitud de declaraci n de protecci n y formule observaciones u objeciones respecto al cumplimiento de lo establecido en la Ley.

9 Las solicitudes de denominaci n de origen que se encuentren en tr mite a la fecha de entrada en vigor del decreto, se resolver con las disposiciones vigentes a la fecha de presentaci n. Una solicitud de denominaci n de origen en tr mite podr transformarse en una de indicaci n geogr fica, si se cumplen con los requisitos del decreto y presenta la solicitud de transformaci n en el plazo de 2 meses a partir de la entrada en vigor. E) En procedimientos administrativos: Se cambia el estatus de los expedientes de solicitud de patente de registro de modelo de utilidad y/o de dise o INDUSTRIAL , de en tr mite a no publicadas y los mismos s lo podr n ser consultados por el solicitante, su representante o personas autorizadas dentro del expediente.

10 Se agregan infracciones administrativas. Se agregan tipos penales.


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