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REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE …

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETAR A DE RELACIONES EXTERIORES Publicado en el Diario Oficial de la Federaci n el 08 de Enero de 2009 ltima reforma publicada DOF 04 de Septiembre de 2009 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. FELIPE DE JES S CALDER N HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el art culo 89, fracci n I, de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo dispuesto en los art culos 17, 18, 26 y 28 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, he tenido a bien expedir el siguiente: REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETAR A DE RELACIONES EXTERIORES CAP TULO I De la Competencia y Organizaci n de la Secretar a ART CULO 1.

VI. Designar al servidor público encargado provisionalmente del despacho de los asuntos en tanto se designa al servidor público correspondiente, en el caso de las vacantes de los titulares de las unidades

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  Interior, Reglamento, Reglamento interior

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1 REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETAR A DE RELACIONES EXTERIORES Publicado en el Diario Oficial de la Federaci n el 08 de Enero de 2009 ltima reforma publicada DOF 04 de Septiembre de 2009 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. FELIPE DE JES S CALDER N HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el art culo 89, fracci n I, de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo dispuesto en los art culos 17, 18, 26 y 28 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, he tenido a bien expedir el siguiente: REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETAR A DE RELACIONES EXTERIORES CAP TULO I De la Competencia y Organizaci n de la Secretar a ART CULO 1.

2 La Secretar a tiene a su cargo las atribuciones y el despacho de los asuntos que expresamente le encomiendan la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, la Ley del Servicio Exterior Mexicano, la Ley sobre la Celebraci n de Tratados y otras leyes, as como los reglamentos, decretos, acuerdos y rdenes relativos que expida el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. ART CULO 2. Corresponde a la Secretar a: I. Ejecutar la pol tica exterior de M xico; II. Promover, propiciar y coordinar las acciones en el exterior de las dependencias y entidades de la Administraci n P blica Federal, de conformidad con las atribuciones que a cada una de ellas corresponda; III.

3 Dirigir el Servicio Exterior Mexicano, e IV. Intervenir en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones de los que el pa s sea parte. ART CULO 3. La Secretar a realizar sus actividades en forma programada. Para tal efecto, en cada programa se precisar la participaci n que corresponda a las unidades administrativas de la Secretar a, sus rganos desconcentrados y las representaciones diplom ticas y consulares, tomando en cuenta los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y las pol ticas, prioridades y modalidades que para el logro de objetivos y metas dicte el Titular del Ejecutivo Federal. ART CULO 4. Las representaciones de M xico en el exterior depender n administrativamente de la Secretar a en t rminos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y de su REGLAMENTO .

4 Los titulares elaborar n en coordinaci n con las subsecretar as sus programas de trabajo y el presupuesto necesario para su ejecuci n; asimismo, ser n responsables de cumplir con los objetivos y programas de trabajo que se establezcan y de la aplicaci n de los recursos que les sean autorizados. Las representaciones administrar n los recursos humanos, materiales, financieros e inform ticos que les sean asignados, de conformidad con los lineamientos que en el mbito de su competencia emitan las direcciones generales de la Oficial a Mayor. ART CULO 5. Al frente de la Secretar a de Relaciones Exteriores habr un Secretario del Despacho, titular de la misma quien, para el desahogo de los asuntos de su competencia, se auxiliar de las unidades administrativas siguientes: A) Subsecretar a de Relaciones Exteriores; B) Subsecretar a para Am rica del Norte; C) Subsecretar a para Am rica Latina y el Caribe; D) Subsecretar a para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos; E) Oficial a Mayor; F) Unidad de Relaciones Econ micas y Cooperaci n Internacional; G) Consultor a Jur dica; H) Direcciones Generales: I.

5 De Protocolo; II. De Coordinaci n Pol tica; III. De Comunicaci n Social; IV. Para frica y Medio Oriente; V. Para Asia-Pac fico; VI. Para Europa; VII. Para Am rica del Norte; VIII. De Protecci n a Mexicanos en el Exterior; IX. De Servicios Consulares; X. Del Proyecto de Integraci n y Desarrollo de Mesoam rica; XI. Para Am rica Latina y el Caribe; XII. De Organismos y Mecanismos Regionales Americanos; XIII. Para Temas Globales; XIV. Para la Organizaci n de las Naciones Unidas; XV. De Derechos Humanos y Democracia; XVI. De Vinculaci n con las Organizaciones de la Sociedad Civil; XVII. Del Servicio Exterior y de Recursos Humanos; XVIII. De Programaci n, Organizaci n y Presupuesto; XIX. De Asuntos Jur dicos; XX. De Bienes Inmuebles y Recursos Materiales; XXI.

6 De Delegaciones; XXII. De Tecnolog as de Informaci n e Innovaci n; XXIII. De Cooperaci n Educativa y Cultural; XXIV. De Organismos Econ micos Regionales y Multilaterales; XXV. De Promoci n Econ mica Internacional; XXVI. De Relaciones Econ micas Bilaterales; XXVII. De Cooperaci n T cnica y Cient fica, y XXVIII. Del Acervo Hist rico Diplom tico. I) Desconcentraci n administrativa: I. Las Delegaciones; II. El Instituto Mat as Romero, y III. El Instituto de los Mexicanos en el Exterior. J) Las Secciones Mexicanas de las Comisiones Internacionales de L mites y Aguas: I. Entre M xico y Estados Unidos, y II. Entre M xico y Guatemala, y entre M xico y Belize. K) La Secretar a contar con un rgano Interno de Control, que se regir conforme al art culo 52 de este REGLAMENTO .

7 CAP TULO II De las facultades del Secretario ART CULO 6. El tr mite y la resoluci n de los asuntos de la competencia de la Secretar a corresponden originalmente al Secretario. ste, para la mejor distribuci n y el desarrollo del trabajo, podr delegar facultades en servidores p blicos subalternos. Los acuerdos de delegaci n de facultades deber n ser publicados en el Diario Oficial de la Federaci n y ser compilados en los manuales de organizaci n y de procedimientos de la Secretar a. La delegaci n de facultades a que se refiere el p rrafo anterior y la asignaci n de stas a los servidores p blicos de las unidades administrativas de la Secretar a, establecidas en el presente REGLAMENTO , no impedir n al Secretario el ejercicio directo de tales facultades.

8 ART CULO 7. El Secretario tendr las siguientes facultades no delegables: I. Ejecutar la pol tica exterior de conformidad con los principios establecidos en la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos y los lineamientos que para tal efecto dicte el Presidente de la Rep blica; II. Planear, coordinar, ejecutar y evaluar, en los t rminos de la legislaci n aplicable, la pol tica exterior que desarrolla la Secretar a y el Servicio Exterior Mexicano, para lo cual proceder de conformidad con las metas, objetivos y directrices que determine el Presidente de la Rep blica; III. Coordinar las relaciones econ micas y de cooperaci n de M xico con el exterior y conducir las tareas de promoci n econ mica, comercial, de inversiones y tur stica a trav s de las representaciones diplom ticas y consulares; IV.

9 Asistir al Presidente de la Rep blica en el manejo de las relaciones exteriores, as como desempe ar las comisiones y funciones especiales que ste le confiera; V. Someter al acuerdo del Presidente de la Rep blica, e informarle sobre el desarrollo de los asuntos encomendados a la Secretar a; VI. Representar al Presidente de la Rep blica en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refiere el art culo 105 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Art culo 105 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos en que lo determine el Titular del Ejecutivo Federal, pudiendo ser suplido de conformidad con lo dispuesto en el art culo 53 del presente ReglamentoVII.

10 Asistir a las reuniones convocadas por el Presidente de la Rep blica de conformidad con lo dispuesto por los art culos 6o. y 7o. de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal; VIII. Elevar a la consideraci n del Presidente de la Rep blica proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y rdenes sobre asuntos que sean de la competencia de la Secretar a, a trav s de la Consejer a Jur dica del Ejecutivo Federal, en t rminos del art culo 43, fracciones II, III y IV de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal; IX. Refrendar, para su validez y observancia constitucionales, los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el Presidente de la Rep blica cuando tengan relaci n con los asuntos que competen a la Secretar a, en t rminos de lo dispuesto por el art culo 13 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal; X.


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