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SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

Jueves 13 de noviembre de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Secci n) SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL REGLAMENTO Federal de Seguridad y Salud en el TRABAJO . Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. ENRIQUE PE A NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el art culo 89, fracci n I de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los art culos 27, 32 Bis, 33, 34, 36, 39 y 40 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, y 132, fracciones XVI, XVI Bis, XVII, XVIII, XIX Bis y XXVII, 134, fracci n II, 153-C, fracci n II, 166, 167, 175, 176, 473, 475 Bis, 512, 512-A, 512-B, 512-C, 512-D, 992, 994, fracci n V, y 1002 de la Ley Federal del TRABAJO , he tenido a bien expedir el siguiente REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO T TULO PRIMERO Disposiciones Generales, Competencias y Sujetos Obligados Cap tulo Primero Disposiciones Generales Art culo 1.

Jueves 13 de noviembre de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL REGLAMENTO Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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1 Jueves 13 de noviembre de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Secci n) SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL REGLAMENTO Federal de Seguridad y Salud en el TRABAJO . Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. ENRIQUE PE A NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el art culo 89, fracci n I de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los art culos 27, 32 Bis, 33, 34, 36, 39 y 40 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, y 132, fracciones XVI, XVI Bis, XVII, XVIII, XIX Bis y XXVII, 134, fracci n II, 153-C, fracci n II, 166, 167, 175, 176, 473, 475 Bis, 512, 512-A, 512-B, 512-C, 512-D, 992, 994, fracci n V, y 1002 de la Ley Federal del TRABAJO , he tenido a bien expedir el siguiente REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO T TULO PRIMERO Disposiciones Generales, Competencias y Sujetos Obligados Cap tulo Primero Disposiciones Generales Art culo 1.

2 El presente Reglamento es de orden p blico e inter s SOCIAL y de observancia general en todo el territorio nacional. Art culo 2. Este Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el TRABAJO que deber n observarse en los Centros de TRABAJO , a efecto de contar con las condiciones que permitan prevenir Riesgos y, de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a desempe ar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud, con base en lo que se ala la Ley Federal del TRABAJO . Art culo 3. Para los efectos del presente Reglamento se entender por: I. Accidente de TRABAJO : Toda lesi n org nica o perturbaci n funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del TRABAJO , cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste; II.

3 Acciones Preventivas y Correctivas: Aqu llas que se establecen a partir del Diagn stico de Seguridad y Salud en el TRABAJO ; III. Autoridad Laboral: Las unidades administrativas competentes de la Secretar a que realizan funciones de inspecci n y vigilancia en materia de Seguridad y Salud en el TRABAJO , y las correspondientes de las entidades federativas, que act en en auxilio de aqu llas; IV. Centro de TRABAJO : El lugar o lugares, tales como edificios, locales, instalaciones y reas, donde se realicen actividades de explotaci n, aprovechamiento, producci n, comercializaci n, transporte y almacenamiento o prestaci n de servicios, en los que laboren personas que est n sujetas a una relaci n de TRABAJO ; V. Condiciones Inseguras: Aqu llas que derivan de la inobservancia o desatenci n de los procedimientos o medidas de seguridad dispuestos en este Reglamento y las Normas, y que pueden conllevar la ocurrencia de incidentes, Accidentes y Enfermedades de TRABAJO o da os materiales al Centro de TRABAJO ; VI.

4 Condiciones Peligrosas: Aquellas caracter sticas inherentes a las instalaciones, procesos, maquinaria, equipo, herramientas y materiales, que pueden poner en Riesgo la salud, la integridad f sica o la vida de los trabajadores, o da ar las instalaciones del Centro de TRABAJO ; VII. Contaminantes del Ambiente Laboral: Los agentes f sicos, qu micos y biol gicos capaces de modificar las condiciones ambientales del Centro de TRABAJO , que por sus propiedades, concentraci n, nivel, as como tiempo de exposici n o acci n pueden alterar la salud del Personal Ocupacionalmente Expuesto; VIII. Control: El proceso mediante el cual se instrumentan las medidas de seguridad, derivadas de la Evaluaci n de los agentes Contaminantes del Ambiente Laboral, a efecto de no rebasar los valores l mite de exposici n; (Primera Secci n) DIARIO OFICIAL Jueves 13 de noviembre de 2014 IX.

5 Diagn stico de Seguridad y Salud en el TRABAJO : La identificaci n de las Condiciones Inseguras o Peligrosas; de los agentes f sicos, qu micos o biol gicos o de los Factores de Riesgo Ergon mico o Psicosocial capaces de modificar las condiciones del ambiente laboral; de los peligros circundantes al Centro de TRABAJO , as como de los requerimientos normativos en materia de Seguridad y Salud en el TRABAJO que resulten aplicables; X. Enfermedad de TRABAJO : Todo estado patol gico derivado de la acci n continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el TRABAJO o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios; XI. Entorno Organizacional Favorable: Aqu l en el que se promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organizaci n; la formaci n para la adecuada realizaci n de las tareas encomendadas; la definici n precisa de responsabilidades para los miembros de la organizaci n; la participaci n proactiva y comunicaci n entre sus integrantes; la distribuci n adecuada de cargas de TRABAJO , con jornadas laborales regulares, y la Evaluaci n y el Reconocimiento del desempe o; XII.

6 Equipo de Protecci n Personal: El conjunto de elementos y dispositivos dise ados espec ficamente para proteger al trabajador contra Accidentes y Enfermedades de TRABAJO ; XIII. Espacio Confinado: El lugar o lugares sin ventilaci n natural, en el que una o m s personas puedan desempe ar una determinada tarea en su interior, con medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no est n dise ados para ser ocupados en forma continua y en los cuales se realizan trabajos ocasionalmente; XIV. Evaluaci n: El proceso por medio del cual se efect a el muestreo; la determinaci n anal tica, trat ndose de los agentes qu micos Contaminantes del Ambiente Laboral, y la comparaci n de los resultados, conforme a los valores l mite de exposici n; XV. Evaluaci n de la Conformidad: La determinaci n del grado de cumplimiento con las Normas; XVI.

7 Factores de Riesgo Ergon mico: Aqu llos que pueden conllevar sobre esfuerzo f sico, movimientos repetitivos o posturas forzadas en el TRABAJO desarrollado, con la consecuente fatiga, errores, Accidentes y Enfermedades de TRABAJO , derivado del dise o de las instalaciones, maquinaria, equipo, herramientas o puesto de TRABAJO ; XVII. Factores de Riesgo Psicosocial: Aqu llos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no org nicos del ciclo sue o-vigilia y de estr s grave y de adaptaci n, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de TRABAJO , el tipo de jornada laboral y la exposici n a acontecimientos traum ticos severos o a actos de Violencia Laboral, por el TRABAJO desarrollado; XVIII. Ley: La Ley Federal del TRABAJO ; XIX. Medidas de Control: Aqu llas de naturaleza t cnica o administrativa que se adoptan para disminuir la exposici n a los Contaminantes del Ambiente Laboral; XX.

8 Norma: La norma o normas oficiales mexicanas de Seguridad y Salud en el TRABAJO expedidas por la Secretar a, de acuerdo con lo que establecen la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n y su reglamento; XXI. Organismos Privados: Las unidades de verificaci n, los laboratorios de pruebas y los organismos de certificaci n, acreditados y aprobados en t rminos de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n y su reglamento, que realizan actos de Evaluaci n de la Conformidad de las Normas; XXII. Personal Ocupacionalmente Expuesto: Aquellos trabajadores que en ejercicio y con motivo de su ocupaci n est n expuestos a Condiciones Inseguras o Peligrosas o a Contaminantes del Ambiente Laboral; XXIII. Programa de Seguridad y Salud en el TRABAJO : El documento que contiene el conjunto de Acciones Preventivas y Correctivas por instrumentar para evitar Riesgos en los Centros de TRABAJO , que puedan afectar la vida, la integridad f sica o la salud de los trabajadores o causar da os en sus instalaciones; XXIV.

9 Reconocimiento: El proceso mediante el cual se identifican los agentes Contaminantes del Ambiente Laboral; sus propiedades o caracter sticas; las v as de ingreso al cuerpo humano; sus efectos en la salud; las fuentes emisoras de contaminantes; las reas o zonas donde exista Riesgo a la exposici n; los grupos de exposici n homog nea, sus puestos y las actividades que desarrollan, as como los tiempos y frecuencias de exposici n; Jueves 13 de noviembre de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Secci n) XXV. Riesgo: La correlaci n de la peligrosidad de uno o varios factores y la exposici n de los trabajadores con la posibilidad de causar efectos adversos para su vida, integridad f sica o salud, o da ar al Centro de TRABAJO ; XXVI. Riesgo Grave: Aqu l que puede comprometer la vida, integridad f sica o salud de los trabajadores o producir da os a las instalaciones del Centro de TRABAJO , al no observar los requisitos y condiciones de seguridad correspondientes; XXVII.

10 Secretar a: La Secretar a del TRABAJO y Previsi n SOCIAL ; XXVIII. Seguridad y Salud en el TRABAJO : Todos aquellos aspectos relacionados con la prevenci n de Accidentes y Enfermedades de TRABAJO , y que est n referidos en otros ordenamientos a materias tales como: seguridad e higiene; seguridad e higiene industrial; seguridad y salud; seguridad, salud y medio ambiente de TRABAJO ; seguridad, higiene y medio ambiente de TRABAJO ; XXIX. Servicios Preventivos de Medicina del TRABAJO : Aqu llos prestados por un m dico o bajo la supervisi n de ste, preferentemente capacitado en medicina del TRABAJO , de manera interna o externa, cuyo prop sito principal es participar en la prevenci n de Accidentes y Enfermedades de TRABAJO , proporcionar atenci n m dica y los primeros auxilios en los Centros de TRABAJO , as como orientar y capacitar a los trabajadores sobre la prevenci n y promoci n de la salud.


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