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TERCERA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA …

Martes 22 de diciembre de 2009 DIARIO OFICIAL ( TERCERA Secci n) TERCERA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL NORMA Oficial Mexicana NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Secretar a del Trabajo y Previsi n Social. JAVIER LOZANO ALARCON, Secretario del Trabajo y Previsi n Social, con fundamento en los art culos 16 y 40, fracciones I y XI, de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal; 512, 523, fracci n I, 524 y 527, ltimo p rrafo, de la Ley Federal del Trabajo; 3o.

(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 22 de diciembre de 2009 Guía de Referencia I Recomendaciones para Instrumentar las Acciones para la Atención a Emergencias

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1 Martes 22 de diciembre de 2009 DIARIO OFICIAL ( TERCERA Secci n) TERCERA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL NORMA Oficial Mexicana NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Secretar a del Trabajo y Previsi n Social. JAVIER LOZANO ALARCON, Secretario del Trabajo y Previsi n Social, con fundamento en los art culos 16 y 40, fracciones I y XI, de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal; 512, 523, fracci n I, 524 y 527, ltimo p rrafo, de la Ley Federal del Trabajo; 3o.

2 , fracci n XI, 38, fracci n II, 40, fracci n VII, 47, fracci n IV, 51, cuarto p rrafo, y 52 de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; 4o., 17, fracci n X, 130 al 134, y 142 al 152 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, y 19 del Reglamento Interior de la Secretar a del Trabajo y Previsi n Social, y CONSIDERANDO Que con fecha 30 de junio de 2009, en cumplimiento de lo previsto por el art culo 46, fracci n I, de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n, la Secretar a del Trabajo y Previsi n Social present ante el Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3 El Anteproyecto de Modificaci n de la presente Norma Oficial Mexicana, y que el citado Comit lo consider correcto y acord que se publicara como Proyecto en el Diario Oficial de la Federaci n; Que con objeto de cumplir con lo dispuesto en los art culos 69-E y 69-H, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Anteproyecto correspondiente fue sometido a la consideraci n de la Comisi n Federal de Mejora Regulatoria, la que dictamin favorablemente en relaci n al mismo; Que con fecha 18 de septiembre de 2009, en cumplimiento del Acuerdo por el que se establece la organizaci n y Reglas de Operaci n del Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n de Seguridad y Salud en el Trabajo, y de lo previsto por el art culo 47, fracci n I, de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n, se public en el Diario Oficial de la Federaci n el Proyecto de Modificaci n de la Norma Oficial Mexicana NOM-030-STPS-2006.

4 Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Organizaci n y funciones, para quedar como PROY-NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades, a efecto de que, dentro de los siguientes 60 d as naturales a dicha publicaci n, los interesados presentaran sus comentarios al Comit ; Que habiendo recibido comentarios de siete promoventes, el Comit referido procedi a su estudio y resolvi oportunamente sobre los mismos, publicando esta dependencia las respuestas respectivas en el Diario Oficial de la Federaci n de 30 de noviembre de 2009, en cumplimiento a lo previsto por el art culo 47, fracci n III, de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n.

5 Que derivado de la incorporaci n de los comentarios presentados al Proyecto de Modificaci n de la Norma Oficial Mexicana NOM-030-STPS-2006, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Organizaci n y funciones, para quedar como PROY-NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades, as como de la revisi n final del propio proyecto, se realizaron diversas modificaciones con el prop sito de dar claridad, congruencia y certeza jur dica en cuanto a las disposiciones que aplican en los centros de trabajo, y Que en atenci n a las anteriores consideraciones y toda vez que el Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n de Seguridad y Salud en el Trabajo otorg la aprobaci n respectiva, se expide la siguiente: NOM-030-STPS-2009, SERVICIOS PREVENTIVOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO-FUNCIONES Y ACTIVIDADES INDICE 1.

6 Objetivo 2. Campo de aplicaci n 3. Definiciones 4. Obligaciones del patr n 5. Funciones y actividades del responsable de seguridad y salud en el trabajo 6. Diagn stico de seguridad y salud en el trabajo 7. Programa de seguridad y salud en el trabajo o relaci n de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo 8. Unidades de verificaci n 9. Procedimiento para la evaluaci n de la conformidad 10. Vigilancia 11. Bibliograf a 12. Concordancia con normas internacionales ( TERCERA Secci n) DIARIO OFICIAL Martes 22 de diciembre de 2009 Gu a de Referencia I Recomendaciones para Instrumentar las acciones para la Atenci n a Emergencias en los Centros de Trabajo Gu a de Referencia II Recomendaciones para Instrumentar las acciones de Salud en el Trabajo 1.

7 Objetivo Establecer las funciones y actividades que deber n realizar los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo. 2. Campo de aplicaci n La presente Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo. 3. Definiciones Para efectos de la presente Norma, se establecen las definiciones siguientes: acciones preventivas y correctivas: Son aquellas que se establecen a partir de los resultados del diagn stico de seguridad y salud en el trabajo, y que se refieren al listado de requerimientos en la materia, tales como: estudios; programas; procedimientos; medidas de seguridad; acciones de reconocimiento, evaluaci n y control de los agentes contaminantes del medio ambiente laboral; seguimiento a la salud de los trabajadores.

8 Equipo de protecci n personal; capacitaci n; autorizaciones, y registros administrativos. Autoridad Laboral; Autoridad del Trabajo: Las unidades administrativas competentes de la Secretar a del Trabajo y Previsi n Social que realizan funciones de inspecci n en materia de seguridad y salud en el trabajo y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal, que act en en auxilio de aqu llas. Centro de trabajo: Todos aquellos lugares tales como edificios, locales, instalaciones y reas, en los que se realicen actividades de producci n, comercializaci n, transporte y almacenamiento o prestaci n de servicios, o en el que laboren personas que est n sujetas a una relaci n de trabajo.

9 Diagn stico de seguridad y salud en el trabajo: Es la identificaci n de las condiciones f sicas peligrosas o inseguras; de los agentes capaces de modificar las condiciones del medio ambiente laboral; de los peligros circundantes al centro de trabajo, as como de los requerimientos normativos en materia de seguridad y salud en el trabajo que resulten aplicables. Exhibir: Es la presentaci n a la autoridad laboral de documentos, registros e informaci n, cuando sta as lo solicite, para su revisi n y constataci n de cumplimiento con la presente Norma.

10 Material y sustancia qu mica peligrosa: Son aquellos con caracter sticas f sicas, qu micas o biol gicas intr nsecas que han sido clasificados como peligrosos para la salud de los trabajadores por su irritabilidad, toxicidad, inflamabilidad, explosividad, corrosividad, reactividad o acci n biol gica. Personal ocupacionalmente expuesto, POE: Es aquel trabajador que en ejercicio y con motivo de su ocupaci n, desempe a una actividad que se considera peligrosa. Peligro: Son las caracter sticas o propiedades intr nsecas de los agentes o condiciones presentes en el ambiente laboral.


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