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SUPERVISIONES EN ACTIVIDADES HIDROCARBUROS ... - …

SUPERVISIONES EN ACTIVIDADES HIDROCARBUROS LIQUIDOS EN LA UNIDAD DE REGISTROS Y OPERACIONES COMERCIALESIng. Antero Ganoza YdiaquezDEFINICIONES( ,SIGLASYABREVIATURAS DEL SUBSECTOR HIDROCARBUROS Y SUSMODIFICATORIAS)ESTABLECIMIENTO DE VENTA AL PUBLICO DE COMBUSTIBLES Instalaci n en un bien inmueble donde los Combustiblesson objeto de recepci n, almacenamiento y venta alp blico. En el pa s, tambi n se les denomina Estacionesde Servicio, Grifos, Grifos Flotantes, Grifos de Kerosene,Grifos Rurales y Grifos en la v a p DE SERVICIOSE stablecimiento de Venta al P blico de Combustibles L quidos atrav s de surtidores y/ o dispensadores exclusivamente; y queadem s ofrecen otros servicios en instalaciones adecuadas, talescomo: a) Lavado y engrase. b) Cambio de Aceite y Filtros. c) Venta de llantas, lubricantes,aditivos, bater as, accesorios ydem s art culos afines. d) Cambio, reparaci n, alineamiento y balanceo de llantas.

9. 1. SUPERVISIÓN PRE-OPERATIVA. Es aquella supervisión que se realiza con el fin que las personas que quieran realizar una actividad del subsector hidrocarburos , acrediten

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1 SUPERVISIONES EN ACTIVIDADES HIDROCARBUROS LIQUIDOS EN LA UNIDAD DE REGISTROS Y OPERACIONES COMERCIALESIng. Antero Ganoza YdiaquezDEFINICIONES( ,SIGLASYABREVIATURAS DEL SUBSECTOR HIDROCARBUROS Y SUSMODIFICATORIAS)ESTABLECIMIENTO DE VENTA AL PUBLICO DE COMBUSTIBLES Instalaci n en un bien inmueble donde los Combustiblesson objeto de recepci n, almacenamiento y venta alp blico. En el pa s, tambi n se les denomina Estacionesde Servicio, Grifos, Grifos Flotantes, Grifos de Kerosene,Grifos Rurales y Grifos en la v a p DE SERVICIOSE stablecimiento de Venta al P blico de Combustibles L quidos atrav s de surtidores y/ o dispensadores exclusivamente; y queadem s ofrecen otros servicios en instalaciones adecuadas, talescomo: a) Lavado y engrase. b) Cambio de Aceite y Filtros. c) Venta de llantas, lubricantes,aditivos, bater as, accesorios ydem s art culos afines. d) Cambio, reparaci n, alineamiento y balanceo de llantas.

2 E) Trabajos de mantenimiento automotor. f) Venta de art culos propios de un Minimercado. g) Venta de GLP para uso dom stico en cilindros, cumpliendo conlos requisitos establecidos en el presente Reglamento y elReglamento espec fico; quedando prohibido el llenado de cilindrosde GLP para uso dom stico. h) Venta de GLP para uso automotor, sujet ndose al Reglamentoespec fico. i) Venta de kerosene, sujet ndose a las disposiciones legales sobrela materia. j) Cualquier otra actividad comercial ligada a la prestaci n deservicios al p blico en sus instalaciones, sin que interfiera con sunormal funcionamiento ni afecte la seguridad del de Venta al P blico de Combustibles L quidos, dedicado a lacomercializaci n de combustibles atrav s de surtidores y/ o dispensadores, exclusivamente. Puede vender kerosene sujet ndose a las dem sdisposiciones legales sobre la materia. Asimismo, podr vender lubricantes, filtros, bater as, llantas y accesorios CON GASOCENTROESTABLECIMIENTO DE VENTA AL PUBLICO DE GLP PARA USO AUTOMOTOR, (GASOCENTRO)Instalaci n en un bien inmueble para la venta de GLP exclusivamente para uso automotor a trav s de Dispensadores, el mismo que deber contar con la autorizaci n de la DGH.

3 Y que, adem s, puede prestar otros servicios, en instalaciones adecuadas y aprobadas por la DGH, tales como:Lavado y de de llantas, lubricantes, aditivos, bater as, accesorios y dem s y reparaci n de llantas, alineamiento y de art culos propios de un minimercadoCualquier otra actividad comercial ligada a la prestaci n de servicio al p blico en sus instalaciones, sin que interfiera con sunormal funcionamiento, ni afecte la seguridad del RURALES (ALMACENAMIENTO EN CILINDROS)GRIFO RURALE stablecimiento de Venta al P blico de Combustibles, ubicado en zonas o reas clasificadas como tal por la Municipalidad Provincial respectiva. Puede ser autorizado a almacenar combustibles en FLOTANTESGRIFO FLOTANTEE stablecimiento de Venta al P blico de Combustibles, que cuenta con Tanques de Almacenamiento decombustibles instalados en barcazas flotantes no autopropulsadas y ancladas o aseguradas en unlugar fijo ubicado en el mar, r o o lago. Expende combustibles exclusivamente a naves, a trav s desurtidores y/o dispensadores.

4 Puede vender kerosene sujet ndose a las dem s disposiciones legalessobre la materia. Asimismo podr vender lubricantes y otros art culos DE N N SUPERVISI N OPERATIVA DE CONDICIONES INSEGURAS (PDJ) Y DE ACTOS SUPERVISI N OPERATIVA CONVENCIONAL N SUPERVISI N ESPECIAL POR SUPERVISI N ESPECIAL POR N DE PLAN DE ABANDONO DE TANQUES: LA REALIZA LA AUTORIDAD SUPERVISI N PRE-OPERATIVAEs aquella supervisi n que se realiza con el fin que las personas que quieran realizar una actividad del subsector HIDROCARBUROS , acrediten ante OSINERGMIN que han cumplido con las normas t cnicas, de seguridad y medio acreditarlo, OSINERGMIN emite el Informe T cnico Favorable ( ITF)o Registro correspondiente para instalar, modificar u operarinstalaciones destinadas a la comercializaci n de combustibles l quidos. No olvidar que el proyecto debe tener una Declaraci n de impacto Ambiental (DIA) aprobada por la autoridad ambiental correspondienteTRAMITES - SUPERVISI N PRE-OPERATIVA ACORDE CON RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO 191-2011-OS/CDEstablecimientos nuevosEstablecimientos existentes1 EtapaITF de Instalaci n (I) (requisitos acorde con Anexo de RCD (con visita)ITF de Instalaci n para Modificaci n/Ampliaci n (IMA) (requisitos acorde con Anexo de RCD (con visita)2 EtapaActas de Verificaci n (Conformidad y/o de verificacion de Pruebas), presentacion acorde con de Verificaci n (Conformidad y/o de verificacion de Pruebas)(de ser el caso).))

5 3 EtapaInscripci n en el registro acorde con Cap. I Titulo II y requisitos de Anexo 2 Anexo 3 seg n sea el casoInscripci n de Modificaci n de registro acorde con Cap. I Titulo II y Requisitos de Anexo. o Anexo 2 o Anexo 3 seg n sea el N DE PLANES DE ABANDONOL asrealizalaautoridad(ambiental)correspon diente del para Instalaci n (o IMA) de Grifo o EESS o Gasocentro a OSINERGMIN de acuerdo a RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO 191-2011-OS/CDOSINERGMIN VISITA Y EVALUAOSINERGMINOTORGAITF DE INSTALACI N O IMA (seg n corresponda)OKacorde con anexo de RCD 191-2011- LICENCIA MUNICIPAL DE CONSTRUCCIONRECIEN INICIA CONSTRUCCION DEL GRIFO, EESS GASOCENTROCON ITF INSTALACION (ITF INSTALACION DE M/A)SOLICITAA ctasdeVerificaci n(Conformidad y/o de verificaci n dePruebas), presentaci n acorde con APROBAR OBTIENE ACTAS DE VERIFICACIONP rocedimiento para obtener Las Actas de Verificaci n Estaci n de Servicios y Grifos. El Agente presenta solicitud para la obtenci n de las Actas de Verificaci nEstablecimiento solicita inscripci n y/o modificaci n de RH de Grifo, EESS o Gasocentro de GLPOSINERGMIN EVALUA DOCUMENTACI N ACORDE CON ANEXO ITEM CUSUARIO EN MUNICIPALIDADOBTIENE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOOSINERGMIN Otorga Fichade Registro (Antes DGH)21 PRINCIPALES ASPECTOS DE SEGURIDAD EN GRIFOS, ESTACIONES DE SERVICIO Y GASOCENTROS22 de Seguridad (Locales P blicos, L neas el ctricas a reas, etc.)

6 N Mec nicas (Recepci n, Almacenamiento y Despacho de combustibles). El ctricas ( reas peligrosas, interruptores de emergencia, puestas a tierra) y Condiciones Internas de MARCO NORMATIVO24 N 054-93-EM Reglamento de Seguridadpara Establecimientos de Venta al P blico deCombustiblesDerivadosdeHidrocarburos (Modificatorias: DS 020-2001-EM; DS 027-2005-EM; DS 037-2007-EM) 030-98-EM ReglamentodeComercializaci n de Combustibles L quidos 25 019-97-EM ReglamentodeEstablecimientos de Gas Licuado de Petr leoparausoautomotor Gasocentros.(Modificatorias: DS 027-2005-EM; DS 037-2007-EM) N 015-2006-EM Reglamento para laProtecci n Ambiental en las ACTIVIDADES deHidrocarburos . DISTANCIAS DE SEGURIDAD (LOCALES P BLICOS, L NEAS EL CTRICAS A REAS, ETC.)27 PUNTOS DE EMANACI N DE GASESB ocas de llenado de los tanquesSurtidores/DispensadoresTubos de ventilaci n de los tanques28 PUNTOS DE EMANACI N DE GASES -GLPToma de llenadoDispensadoresV lvula de seguridad del tanque29 ESTACIONES Y SUB ESTACIONES ELECTRICASLINEAS ELECTRICAS AEREASLINDERO DE GRIFOPUNTOS DE EMANACI N DE GASESDD istancias M nimas de Seguridadcentroseducativos,mercados,supe rmercados,hospitales,cl nicas,iglesias, cines, teatros, cuarteles, zonasmilitares, comisar as o zonas policiales,establecimientospenitenciario sylugaresdeespect culosp blicos,Numeral3delart culo11 delReglamentoaprobadoporDecretoSupremo N 054-93-EM, modificado porel art culo 10 del Decreto Supremo N 037-2007-EM30 DISTANCIAS MINIMAS:CINCUENTA METROS ( m.)

7 Hospitales,Clinicas,Cuarteles, Zonas Militares,Mercados Supermercados,Cines, TeatrosEstablecimientos PenitenciariosCentros EducativosComisarias,Zonas PolicialesIglesiasA linderos de:Dicha medici n se har en forma radial desde los puntos donde se pueden producir gases, a locales con proyectosaprobados o que tengan Licencia Municipal o Autorizaci n equivalente para su funcionamiento31 DISTANCIAS MINIMAS: SIETE METROS CON SESENTA CENT METROS ( m.)Estaciones y Sub EstacionesEl ctricasCentros de Transformaci nTransformadoresElectricosA linderos de:Dicha medici n se har en forma radial desde los puntos donde se pueden producir gases32 DISTANCIAS MINIMAS: A l neas el ctricas a reasLa medici n se har desde los puntos donde se pueden producir gases hasta la proyecci n horizontal de las l neas el ctricas a neas el ctricas a reas7,60 mT 36,000 V10,0 m36,000 V < T 145,000 V12,0 mT > 145,000 DISTRIBUCI N GENERALD istribuci n de las instalaciones36 DISTRIBUCI N GENERAL PATIO MANIOBRASA ncho de Entrada : 6,0 m 8,0 m (Art.)

8 18 054-93-EM)Angulo: 30 - 45 (Art. 19 DS 054-93-EM)Zona Urbana37 PATIO DE MANIOBRAS (SALIDA)Ancho Salida : 3,6 m 6,0 m (Art. 18 054-93-EM) Angulo : 30 - 45 (Art. 19 DS 054-93-EM)Zona UrbanaLOS ESTABLECIMIENTOS NO PODR N TENER SOBRE LA MISMA CALLE M S DE UNA ENTRADA Y UNA SALIDA (ART. 20 DS 054-93-EM)VISTA DONDE SE APRECIA UNA ENTRADA Y UNA SALIDA POR LA MISMA CALLEArt culo 20 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 054-93-EM39EN EL FRENTE DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEBER N MANTENERSE O CONSTRUIRSE VEREDAS DE ACUERDO AL ANCHO Y NIVEL FIJADO POR EL MUNICIPIO (Art. 20 DS 054-93-EM) VEREDA EN LA ENTRADA Y SALIDA SOLO AFECTA A LA PROPIEDAD DEL ESTABLECIMIENTO Y NO INVADE LA PROPIEDAD VECINAArt culo 18 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 054-93-EM41 RETIRO M NIMO 3 METROSDEBE EXISTIR UN RETIRO M NIMO ENTRE LA ISLA DE DESPACHO Y EL BORDE INTERIOR DE LA VEREDA. DICHO RETIRO DEBE SER DE 3 METROS COMO M NIMO Y SE MEDIR DEL BORDE M S CERCANO DE LA ISLA DEL SURTIDOR Y/O DISPENSADOR HASTA EL BORDE INTERIOR DE LA VEREDA (ART.

9 16 054-93-EM) Y (PA GLP ART. 26 019-97-EM MODIF. 037-2007-EM)Zona Urbana)Numeral 4 del art culo 13 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 054-93-EMEstablecimientos carreteros:-No se exige ancho de accesos, para Grifos y EESS. Para Gasocentros, el ancho m ximo es de 12 Angulos similares a grifos urbanos)Numeral 4 del art culo 13 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 054-93-EMEstablecimientos carreteros:-Pista de aceleraci n y desaceleraci n, de 25 m-Pista de servicio, de 25 m-Isla de seguridadEJE DE LA PISTABERMAIsla de surtidores, a 20,0 m de eje de carretera adyacente. (Numeral 1 del Art culo 13 054-93-EM.)EJE DE LA PISTA25 METROS M NIMON umeral 5 del art culo 14 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 054-93-EMEdificaciones, a 25,0 m de eje de carretera adyacente (Numeral 5 del Art culo 14 054-93-EM)46LA ALTURA M NIMA DEL TECHO (CANOPY) DE LA ISLA DE SURTIDORES ES Combustibles L quidos, 3,90 m (Art. 21 054-93-EM)* GLP, 4,90 m (Art.

10 30 019-97-EM modificado por el art culo 6 del Decreto Supremo N 037-2007-EM) INSTALACIONES MEC NICAS48 DIAGRAMA GENERALT apas ManholleBoquerelesSpill ContainerV lvulas SobrellenadoRecuperador de VaporesNivel M ximo LlenadoContenedor a FlexibleCaja ContenedoraDispensadorV lvula ImpactoV lvulas de VenteoBotas EntradaTuber a Flexible49 TANQUES DE ALMACENAMIENTO-Planchas de acero o fibras de Espesor m nimo de 3/16 -Protecci n anticorrosiva (pintura asf ltica 3 mm)-La conexi n de llenado debe llegar hasta 15 cm del fondo del contar con una Placa con los siguientes datos:-a) Fabricante-b) Fecha de Fabricaci n-c) Presi n de N DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO-Deben No enterrar bajo edificios o v as p sobre capa de material inerte, espesor m nimo 15 cm-Protecci n superior o cubierta, m nimo de 0,45 m51 INSTALACION DE TANQUES PARA ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLESi el nivel fre ticoest a menosde 4 la superficie delterreno,lostanquessecolocar n en estructuras deconcreto armado o alba iler adebidamenteimpermeabilizadas.


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