Transcription of Capítulo Segundo - UNAM
1 Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Libro completo en: Cap tulo Segundo EL gobierno . 49. DR. 2015. Instituto Nacional de Administraci n P blica, INAP MARCO JURIDICO 2015 REDISE O 49 12/01/2016 04:41:52 Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Libro completo en: El gobierno , seg n se al antes, es el depositario de las funciones del poder del Estado, es decir, de las funciones p blicas cuyo ejercicio se distribuye entre las diferentes instancias del aparato gubernamental del Estado.
2 En la tesis organicista, el gobierno viene a ser el cerebro del Estado, dado que conduce, rige y dirige su actuaci n. I. Estructura org nica del aparato gubernamental del Estado En M xico, a nivel federal, la estructura org nica del Estado se organiza en dos grandes ramas: 1 La de los tradicionales rganos depositarios de las funciones del poder p blico: Legislativo, ejecutivo y Judicial. 2 La de los organismos constitucionales emergentes, entendiendo por tales, aquellos a los que la Constituci n les confiere personalidad jur dica propia y les otorga autonom a, por lo que no quedan adscritos a ninguno de los tradicionales rganos del poder p blico, y que no figuraron en el texto original de la Constituci n de 1917.
3 Como acabo de apuntar, la primera de estas ramas, se integra por los tres rganos tradicionales: Legislativo, ejecutivo y Judicial. El rgano Legislativo est constituido por el Congreso de la Uni n, integrado por la C mara de Diputados y la C mara de Senadores; durante los recesos del Congreso funciona la Comisi n Permanente, compuesta por diecinueve diputados y dieciocho senadores. El rgano administrativo ejecutivo est integrado por el Presidente de la Rep blica, cuya actividad se apoya b sicamente en la administraci n p blica y en la Procuradur a General de la Rep blica, dependencia del ejecutivo que tiene su Ley Org nica propia.
4 El rgano judicial se integra con la Suprema Corte de Justicia de la Naci n, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci n, los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Unitarios de Circuito y los Juzgados de Distrito. A los anteriores se adicionan materialmente el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, los Tribunales Agrarios y los Tribunales Laborales (Juntas Federales de Conciliaci n y Arbitraje), habida cuenta que sus resoluciones pueden ser impugnadas en la v a del amparo ante los Tribunales Colegiados de Circuito. La segunda de las ramas en que se estructura la organizaci n del Estado, es la conformada por el grupo de organismos constitucionales emergentes, formado en primer t rmino por los rganos constitucionales aut nomos 51.
5 DR. 2015. Instituto Nacional de Administraci n P blica, INAP MARCO JURIDICO 2015 REDISE O 51 12/01/2016 04:41:53 Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Libro completo en: Mar a Guadalupe Fern ndez Ruiz que la doctrina explica como aquellos previstos en la Constituci n con personalidad jur dica y patrimonio propios, que sin depender de ninguno de los tres poderes tradicionales, son la m xima autoridad en la materia de su competencia. A esta categor a pertenecen el Banco de M xico, previsto en el art culo 28 constitucional; el Instituto Federal Electoral, cuya existencia dispone el art culo 41 de la Constituci n General de la Rep blica, y el Instituto Nacional de Estad stica y Geograf a, contemplado en el art culo 26 constitucional.
6 En breve se agregar n el Instituto Nacional para la Evaluaci n de la Educaci n, dispuesto en la reforma a la fracci n IX del art culo 3 constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federaci n del 26 de febrero del 2013, as como la Comisi n Federal de Competencia Econ mica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, previstos en la modificaci n al art culo 28 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federaci n del 11 de junio del 2013. Tambi n forma parte de los organismos constitucionales emergentes la Comisi n Nacional de Derechos Humanos, la que por cierto no es un organismo constitucional aut nomo, en los t rminos que caracteriza a ste la doctrina, pues a pesar de estar previsto con autonom a de gesti n y presupuestaria, personalidad jur dica y patrimonio propios, en el apartado B del art culo 102 constitucional, no es la m xima autoridad en su materia, porque no conforma una instancia de autoridad sino de persuasi n.
7 Por cuya raz n sus resoluciones las emite en calidad de recomendaciones p blicas, que carecen de car cter vinculatorio y, por ende, no son obligatorias para las autoridades a las que van dirigidas. Adem s de los organismos constitucionales aut nomos y de la Comisi n Nacional de Derechos Humanos, dentro de los organismos constitucionales emergentes figuran las universidades y las dem s instituciones de edu- caci n superior a las que la ley otorga autonom a, mismas que tienen la facultad y la responsabilidad de gobernarse a s mismas, por cuya raz n no forman parte de la administraci n p blica federal, no est n sectorizadas y no se rigen por la Ley Federal de Entidades Paraestatales (as lo previene el art culo 3 de este ordenamiento legal)
8 , sino por sus leyes espec ficas;. tales universidades y centros de educaci n superior est n previstos en el art culo 3 , fracci n VII de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, que al respecto establece: Las universidades y las dem s instituciones de educaci n superior a las que la ley otorgue autonom a, tendr n la facultad y la responsabilidad de gobernarse a s mismas; realizar n sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este art culo, respetando la libertad de c tedra e investigaci n y de libre examen y discusi n de las 52.
9 DR. 2015. Instituto Nacional de Administraci n P blica, INAP MARCO JURIDICO 2015 REDISE O 52 12/01/2016 04:41:53 Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Libro completo en: Marco jur dico estructural de la Administraci n P blica Federal Mexicana ideas; determinar n sus planes y programas; fijar n los t rminos de ingreso, promoci n y permanencia de su personal acad mico; y administrar n su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal acad mico como del administrativo, se normar n por el apartado A del art culo 123 de esta Constituci n, en los t rminos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las caracter sticas propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonom a, la libertad de c tedra e investigaci n y los fines de las instituciones a que esta fracci n se refiere.
10 Para instrumentar la autonom a universitaria, el legislador ordinario ha recurrido a la figura de organismo descentralizado del Estado, es decir, el organismo que se descentraliza, no de la administraci n p blica, sino directamente del Estado. II. Concepto de gobierno En una aproximaci n al concepto de gobierno , dir que, en sentido amplio, el gobierno es el conjunto de rganos depositarios del poder p blico, cuyos titulares ejercen, en consecuencia, las funciones p blicas respectivas; y en sentido restringido, el gobierno es el rgano o conjunto de rganos depositarios del Poder ejecutivo .