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NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-163-SEMARNAT-ENER …

Viernes 21 de junio de 2013 diario OFICIAL (Primera Secci n) 10 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-163-SEMARNAT-ENER -SCFI-2013, Emisiones de bi xido de carbono (CO2) provenientes del escape y su equivalencia en t rminos de rendimiento de combustible, aplicable a veh culos automotores nuevos de peso bruto vehicular de hasta 3 857 kilogramos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Secretar a de Medio Ambiente y Recursos Naturales. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-163-SEMARNAT-ENER -SCFI-2013, EMISIONES DE BI XIDO DE CARBONO (CO2) PROVENIENTES DEL ESCAPE Y SU EQUIVALENCIA EN T RMINOS DE RENDIMIENTO DE COMBUSTIBLE, APLICABLE A VEH CULOS AUTOMOTORES NUEVOS DE PESO BRUTO VEHICULAR DE HASTA 3 857 KILOGRAMOS.

Viernes 21 de junio de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 12 mexicana, sólo es factible adoptar algunos de los criterios, fundamentos y mecanismos de la normatividad estadounidense. Que el 9 de mayo de 2012, en cumplimiento al artículo 46, fracción I, …

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1 Viernes 21 de junio de 2013 diario OFICIAL (Primera Secci n) 10 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-163-SEMARNAT-ENER -SCFI-2013, Emisiones de bi xido de carbono (CO2) provenientes del escape y su equivalencia en t rminos de rendimiento de combustible, aplicable a veh culos automotores nuevos de peso bruto vehicular de hasta 3 857 kilogramos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Secretar a de Medio Ambiente y Recursos Naturales. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-163-SEMARNAT-ENER -SCFI-2013, EMISIONES DE BI XIDO DE CARBONO (CO2) PROVENIENTES DEL ESCAPE Y SU EQUIVALENCIA EN T RMINOS DE RENDIMIENTO DE COMBUSTIBLE, APLICABLE A VEH CULOS AUTOMOTORES NUEVOS DE PESO BRUTO VEHICULAR DE HASTA 3 857 KILOGRAMOS.

2 CUAUHT MOC OCHOA FERN NDEZ, Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretar a de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidente del Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n de Medio Ambiente y Recursos Naturales, OD N DE BUEN RODR GUEZ, Director General de la Comisi n Nacional para el Uso Eficiente de la Energ a y Presidente del Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n para la Preservaci n y Uso Racional de los Recursos Energ ticos y ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas de la Secretar a de Econom a y Presidente del Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n de Seguridad al Usuario, de Informaci n Comercial y Pr cticas de Comercio con fundamento en los art culos 26, 32 Bis, fracciones IV, V y XLI, 33, fracciones I y X, 34, fracci n XIII, de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal; 5o.

3 , fracciones IV, XII y XXI, 6o., 36, 37 BIS, 111, fracci n III, 113, 161, primer p rrafo, y 171 de la Ley General del Equilibrio Ecol gico y la Protecci n al Ambiente; 1, 2, fracci n IV, 10, 11, fracciones IV y V, de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energ a; 38, fracci n II, 40, fracciones I, X y XII, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 53 y 73 de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; 13 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecol gico y la Protecci n al Ambiente en Materia de Prevenci n y Control de la Contaminaci n de la Atm sfera; 28, 31, 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; 8, fracciones III y IV, del Reglamento Interior de la Secretar a de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 2 inciso F, fracci n IV, 8 fracciones XIV, XV y XXX, 26 y 27 del Reglamento Interior de la Secretar a de Energ a; y 21 fracciones I, IX y XX del Reglamento Interior de la Secretaria de Econom a, y CONSIDERANDO Que el art culo 4o.

4 De la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho que toda persona tiene a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar y que, entre los aspectos que deben regularse para garantizar ese derecho, se encuentra el de asegurar una calidad del aire satisfactoria mediante el control de las emisiones de contaminantes a la atm sfera. Que M xico forma parte de la Convenci n Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Clim tico desde su creaci n en 1992, habiendo ratificado su participaci n en la reducci n de emisiones de gases de efecto invernadero con la firma del Protocolo de Kioto en 1997.

5 Que la Ley General del Equilibrio Ecol gico y la Protecci n al Ambiente, establece la facultad de la Secretar a de Medio Ambiente y Recursos Naturales para formular y ejecutar acciones de mitigaci n y adaptaci n al cambio clim tico, as como la de regular los niveles m ximos permisibles de emisi n de gases provenientes de fuentes fijas y m viles. Que de acuerdo con la Cuarta Comunicaci n al Panel Intergubernamental de Cambio Clim tico (IPCC, por sus siglas en idioma ingl s), M xico contribuye con el por ciento de las emisiones globales totales de gases de efecto invernadero, siendo el sector autotransporte una las principales fuentes emisoras, contribuyendo con el por ciento del total de las emisiones del pa s, porcentaje que representa millones de toneladas de bi xido de carbono equivalente.

6 Que a pesar que se encuentra vigente la NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-042-SEMARNAT-2003, que establece los l mites m ximos permisibles de emisi n de hidrocarburos totales o no metano, mon xido de carbono, xidos de nitr geno y part culas provenientes del escape de los veh culos automotores nuevos cuyo peso bruto vehicular no exceda los 3 857 kilogramos, que usan gasolina, gas licuado de petr leo, gas natural y diesel, as como de las emisiones de hidrocarburos evaporativos provenientes del sistema de combustible de dichos veh culos, publicada en el diario OFICIAL de la Federaci n el 7 de septiembre de 2005, su objeto aborda exclusivamente el control de los siguientes contaminantes: los hidrocarburos no metano y evaporativos, el mon xido de carbono, los xidos de nitr geno y las part culas; por lo que se hace necesario establecer las especificaciones de car cter t cnico para realizar el c lculo de las emisiones de bi xido de carbono.

7 Que establecer una regulaci n para incrementar el rendimiento de combustible en los veh culos ligeros nuevos, tiene como consecuencia la reducci n de las emisiones de gases de efecto invernadero, Viernes 21 de junio de 2013 diario OFICIAL (Primera Secci n) 11 particularmente de bi xido de carbono, debido a la disminuci n del consumo unitario de energ a. Asimismo, dicha regulaci n tiene otros beneficios colaterales, como son la disminuci n de las emisiones de contaminantes locales, la mejora en la calidad del aire y, por lo tanto, la reducci n de los impactos negativos en la salud de la poblaci n.

8 Que el gobierno de los Estados Unidos de Am rica, public en mayo de 2010, de manera conjunta entre la Agencia de Protecci n Ambiental (EPA, por sus siglas en ingl s) y la Administraci n Nacional de Seguridad de Tr fico en Carreteras (NHTSA, por sus siglas en ingl s), la Regulaci n de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero para Veh culos Ligeros y el Promedio Corporativo para la Econom a de Combustible (Light-Duty Vehicle Greenhouse Gas Emissions Standards and Corporate Average Fuel Economy Standards), misma que tiene el periodo de aplicaci n 2012-2016. Que la regulaci n sobre emisiones de CO2 de los Estados Unidos de Am rica, actualmente en vigor, incluye en su c lculo, las emisiones de hidrocarburos (HC) y mon xido de carbono (CO), sobre una base de bi xido de carbono equivalente, dado que se reconoce que las emisiones de HC y de CO se oxidan r pidamente a CO2 y, por lo tanto, se asumen como parte efectiva del CO2 emitido por un veh culo.

9 Que por su parte, Canad expidi , en octubre de 2010, la regulaci n que establece los l mites de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de veh culos automotores y camionetas ligeras, la cual tiene un periodo de aplicaci n de 2011 a 2016. En esencia la regulaci n de Canad corresponde a una homologaci n con la regulaci n de emisiones de GEI de los Estados Unidos de Am rica. Que en el caso de M xico, se estim necesario establecer una regulaci n que, en la medida de lo posible y de acuerdo a la realidad del mercado nacional, permitiera aplicar criterios empleados en regulaciones internacionales que han demostrado ser eficientes para favorecer la reducci n de emisiones de gases de efecto invernadero, particularmente del bi xido de carbono, como lo es la de los Estados Unidos de Am rica, replicada por Canad y que, en algunos casos, se ha visto superada en exigencia por los principales pa ses productores de veh culos automotores como Jap n y la Uni n Europea que, en los ltimos a os.

10 Han mostrado una marcada tendencia a implementar normas estrictas que favorecen el desarrollo de veh culos m s eficientes y con bajas emisiones contaminantes, incluidas regulaciones correspondientes a los contaminantes asociados al efecto invernadero, particularmente el bi xido de carbono; Que el uso de la metodolog a de promedios corporativos ponderados por el volumen de ventas, es una flexibilidad que permite a los sujetos regulados, reducir el costo de cumplimiento de la regulaci n, a trav s de la posibilidad de balancear su oferta de sus veh culos, considerando tanto el desempe o ambiental, como el rendimiento de combustible de los mismos.


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