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1 (Primera Secci n) DIARIO OFICIAL Martes 22 de mayo de 2012 SECRETARIA DE ENERGIA Resoluci n por la que la Comisi n Reguladora de Energ a expide las Reglas Generales de Interconexi n al Sistema El ctrico Nacional para generadores o permisionarios con fuentes de energ as renovables o cogeneraci n eficiente. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Comisi n Reguladora de Energ a. RESOLUCION N m. RES/119/2012 RESOLUCION POR LA QUE LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA EXPIDE LAS REGLAS GENERALES DE INTERCONEXION AL SISTEMA ELECTRICO NACIONAL PARA GENERADORES O PERMISIONARIOS CON FUENTES DE ENERGIAS RENOVABLES O COGENERACION EFICIENTE. RESULTANDO PRIMERO. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007 2012 determina como parte de sus estrategias, en materia de energ a, promover el uso eficiente y la adopci n de tecnolog as limpias para la generaci n de energ a el ctrica, y fomentar el aprovechamiento de fuentes renovables de energ a, generando un marco jur dico que establezca las facultades del Estado para orientar sus vertientes y promoviendo inversiones que impulsen el potencial que tiene el pa s en la materia.
2 SEGUNDO. Que el Programa Sectorial de Energ a 2007 2012 establece, dentro de sus estrategias, proponer pol ticas p blicas que impulsen el desarrollo y aplicaci n de tecnolog as que aprovechen las fuentes renovables de energ a; promover la creaci n y fortalecimiento de empresas e impulsar la implementaci n de sistemas que realicen dicho aprovechamiento, y fortalecer las acciones del Gobierno Federal dedicadas a la promoci n de las energ as renovables. TERCERO. Que el Programa Nacional de Infraestructura 2007 2012 establece como meta que el Sistema El ctrico Nacional deber contar con una capacidad adicional instalada de 4246 MW en proyectos de generaci n de electricidad mediante fuentes renovables de energ a, lo que implica que el impulso a las inversiones respectivas deber seguir reforzando su papel complementario para contribuir a la satisfacci n de la creciente demanda el ctrica de M xico. CUARTO. Que el Programa Especial de Cambio Clim tico 2008 2012 plantea entre sus objetivos el fomento a la participaci n del sector privado en la generaci n de energ a el ctrica con fuentes renovables de energ a, como herramienta para la reducci n de la emisi n de gases de efecto invernadero, para lo cual es necesario avanzar en la consolidaci n de marcos regulatorios adecuados.
3 QUINTO. Que la Estrategia Nacional para la Transici n Energ tica y el Aprovechamiento Sustentable de la Energ a tiene como objetivo primordial promover la utilizaci n, el desarrollo y la inversi n en las energ as renovables y la eficiencia energ tica a trav s de, entre otras acciones, la promoci n de la diversificaci n de fuentes primarias de energ a incrementando la oferta de las fuentes de energ a renovable. SEXTO. Que el Programa Especial para el Aprovechamiento de Energ as Renovables establece como objetivos espec ficos impulsar el desarrollo de la industria de energ as renovables en M xico, y ampliar el portafolio energ tico del pa s, fortaleciendo la seguridad energ tica al no depender de una sola fuente de energ a. CONSIDERANDO PRIMERO. Que la Ley para el Aprovechamiento de Energ as Renovables y el Financiamiento de la Transici n Energ tica (LAERFTE), otorga diversas atribuciones a esta Comisi n, con el objeto de regular el aprovechamiento de fuentes de energ a renovables y las tecnolog as limpias para generar electricidad con fines distintos a la prestaci n del servicio p blico de energ a el ctrica.
4 SEGUNDO. Que el art culo 7, fracci n VI, de la LAERFTE establece que la Comisi n tendr la atribuci n de expedir las reglas generales de interconexi n al Sistema El ctrico Nacional que le deber proponer el suministrador, escuchando la opini n de los Generadores Renovables y Cogeneradores Eficientes. TERCERO. Que el art culo 31, fracci n IV, del Reglamento de la LAERFTE reitera que, para la regulaci n de la generaci n de energ a el ctrica con energ as renovables y la cogeneraci n eficiente, esta Comisi n expedir e inscribir en su registro p blico las reglas generales de interconexi n al Sistema El ctrico Nacional, atendiendo los requerimientos planteados por el suministrador y escuchando la opini n de los generadores renovables y cogeneradores eficientes. Martes 22 de mayo de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Secci n) CUARTO. Que la regulaci n para el aprovechamiento de las energ as renovables y la cogeneraci n eficiente a trav s de proyectos que pueden realizar los particulares, de manera complementaria a la inversi n gubernamental, debe crear condiciones que reconozcan las caracter sticas espec ficas de cada tecnolog a, con el prop sito de que los costos en que se incurra con dichos proyectos resulten competitivos, en funci n de los recursos energ ticos con los que cuenta el pa s.
5 QUINTO. Que este tipo de proyectos producen beneficios tales como el aprovechamiento eficiente de los recursos energ ticos, el cuidado del medio ambiente y la salud, el desarrollo de la capacidad industrial, la creaci n de empleos, el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia ambiental y de cambio clim tico, la diversificaci n del parque de generaci n el ctrica con el consecuente aumento en la confiabilidad del Sistema El ctrico Nacional, la disminuci n de la variabilidad de los costos de generaci n de electricidad, la participaci n social y privada en la inversi n requerida por el sector el ctrico para satisfacer la demanda nacional, la disminuci n de la dependencia nacional de los hidrocarburos, y el desarrollo rural donde se encuentren disponibles las fuentes de energ as renovables. SEXTO. Que de conformidad con lo establecido en el Transitorio Cuarto del Reglamento de la LAERFTE, el 3 de diciembre de 2009, la Comisi n Federal de Electricidad (la CFE) present ante la Comisi n, el oficio No.
6 073/2009, a trav s del cual propone las Reglas Generales de Interconexi n al Sistema El ctrico Nacional. SEPTIMO. Que la Comisi n condujo el estudio necesario, con la participaci n de los principales actores del sector p blico del mbito el ctrico y el trabajo de la CFE y el Centro Nacional de Control de Energ a, para desarrollar las reglas generales de interconexi n que permitan establecer y comunicar los requerimientos t cnicos, administrativos y legales para la interconexi n al Sistema de las instalaciones de los generadores o permisionarios con fuentes de energ a renovables o cogeneraci n eficiente, mediante los cuales el Suministrador mantiene el Sistema operando con seguridad, confiabilidad y competitividad. OCTAVO. Que, en alcance al oficio mencionado en el Considerando Sexto, la CFE present ante la Comisi n, el 15 de julio de 2010, el oficio No. 030/2010, mediante el cual presenta una actualizaci n de la propuesta originalmente enviada, en la que se tomaron en cuenta los comentarios y resultados del estudio establecido en el Considerando S ptimo.
7 NOVENO. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el art culo 69 H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, con fecha 7 de noviembre de 2011 esta Comisi n, por conducto de la Oficial a Mayor de la SENER, remiti a la Comisi n Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) la Manifestaci n de Impacto Regulatorio (MIR) correspondiente al anteproyecto de la presente Resoluci n. DECIMO. Que, con fecha 29 de noviembre de 2011, esta Comisi n recibi el oficio COFEME/11/2944 emitido por la COFEMER, en el que se comunic el dictamen final sobre la MIR. UNDECIMO. Que los actos administrativos de car cter general que expidan las dependencias y organismos descentralizados de la Administraci n P blica Federal deber n publicarse en el Diario Oficial de la Federaci n para que produzcan efectos jur dicos, de conformidad con el art culo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Por lo anterior, y con fundamento en los art culos 2, fracciones II y IV, y ltimo p rrafo, 3, fracciones XIV y XXII, 4 y 11 de la Ley de la Comisi n Reguladora de Energ a; 7, fracci n VI, de la Ley para el Aprovechamiento de Energ as Renovables y el Financiamiento de la Transici n Energ tica; 4 y 69 H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 31, fracci n IV, del Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento de Energ as Renovables y el Financiamiento de la Transici n Energ tica; 154 del Reglamento de la Ley del Servicio P blico de Energ a El ctrica, y 1, 2, 6, fracci n I, incisos A y C, 9, 19, 23, fracci n VII, y 33 del Reglamento Interior de la Comisi n Reguladora de Energ a: RESUELVE PRIMERO.
8 Se expiden las Reglas Generales de Interconexi n al Sistema El ctrico Nacional de los generadores o permisionarios con fuentes de energ as renovables o cogeneradores eficientes, mismas que forma parte de la presente Resoluci n como Anexo Unico. SEGUNDO. Publ quense la presente Resoluci n y su Anexo Unico en el Diario Oficial de la Federaci n. (Primera Secci n) DIARIO OFICIAL Martes 22 de mayo de 2012 TERCERO. Notif quese la presente Resoluci n a la Comisi n Federal de Electricidad, y h gase de su conocimiento que contra el presente acto administrativo podr interponerse el recurso de reconsideraci n que prev el art culo 11 de la Ley de la Comisi n Reguladora de Energ a, y que el expediente respectivo se encuentra y puede ser consultado en las oficinas de esta Comisi n Reguladora de Energ a, ubicadas en Horacio 1750, Col. Los Morales Polanco, Del. Miguel Hidalgo, 11510, M xico, D. F. CUARTO. Inscr base la presente Resoluci n con el n mero RES/119/2012 en el registro a que se refiere la fracci n XVI del art culo 3 de la Ley de la Comisi n Reguladora de Energ a.
9 M xico, , a 29 de marzo de 2012. El Presidente, Francisco J. Salazar Diez de Sollano. R brica. Los Comisionados: Francisco Jos Barn s de Castro, Rub n F. Flores Garc a, Israel Hurtado Acosta. R bricas. REGLAS GENERALES DE INTERCONEXION AL SISTEMA ELECTRICO NACIONAL M xico, 8 de diciembre de 2011 1. INTRODUCCION 2. MARCO JURIDICO 3. OBJETIVO 4. ALCANCE 5. DEFINICIONES 6. REGLAS SOLICITUD ESTUDIOS DE PRE FACTIBILIDAD Y FACTIBILIDAD Proyectos hasta 500 kW Proyectos que requieren hacer uso del Sistema para portear energ a a sus cargas OFICIO RESOLUTIVO Obras necesarias para la interconexi n 7. TRAMITE DEL CONTRATO DE INTERCONEXION Y EN SU CASO EL CONVENIO DE SERVICIOS DE TRANSMISION 8. AUTORIZACION DE LAS PRUEBAS PARA LA SINCRONIZACION DEL GENERADOR O PERMISIONARIO 9. DEFINICION DE LA FECHA DE OPERACION NORMAL 10. CRITERIOS TECNICOS DE DESPACHO Y OPERACION DE LA INTERCONEXION DEL GENERADOR O PERMISIONARIO CON EL SISTEMA ANEXO 1. Conceptos de aplicaci n de los modelos de contratos de interconexi n y de los convenios de servicios de transmisi n para Fuentes de Energ as Renovables o Cogeneraci n Eficiente ANEXO 2.
10 REQUERIMIENTOS TECNICOS DE INTERCONEXION AL SISTEMA ELECTRICO NACIONAL 1. REQUERIMIENTOS PARA BAJA TENSION (BT) Tensi n, capacidad y frecuencia Tensi n: Capacidad de generaci n en Peque a Escala: Frecuencia: Equipo de medici n y protecci n: Equipo de Medici n: Equipo de Protecci n: Martes 22 de mayo de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Secci n) Calidad de la energ a Pruebas a los sistemas interconectados mediante inversores 2. REQUERIMIENTOS PARA MEDIA TENSION (MT) Tensi n, capacidad y frecuencia cuando el Solicitante hace uso del Sistema para portear energ a a los Puntos de Carga Tensi n: Capacidad de generaci n: Rangos de Frecuencia: Equipo de protecci n y seccionamiento cuando el Solicitante hace uso del Sistema para portear energ a a los Puntos de Carga Esquema de comunicaci n para la supervisi n Equipo de medici n Calidad de la energ a Niveles de arm nicos Variaciones peri dicas de amplitud de la tensi n Desbalance y cambios r pidos de tensi n Pruebas a los sistemas fotovoltaicos Generaci n en mediana escala Requerimientos t cnicos y de medici n de la Fuente de Energ a en Mediana Escala Operaci n b sica de la interconexi n 3.