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INTRODUCCIÓN - UNAM

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Ir a la p gina del libro INTRODUCCI N. Los objetos principales de este trabajo son deter- minar qu es el negocio juridico, precisar que esta figura tiene cabida en el derecho y en la doctrina juridica mexicanos y que el contrato es una espe- cie del g nero negocio juridico, si bien la m s usual, com n, acabada e incluso la paradigm ti- ca, no la nica, lo que permite afirmar que todo contrato es un negocio juridico, pero no todo ne- gocio juridico es un contrato. Se busca tambi n con el trabajo precisar la na- turaleza y caracteristicas del negocio juridico y con ello, determinar las del contrato como una es- pecie del propio negocio, y consecuentemente es- tablecer cu l es su contenido, sus l mites y sus di- ferencias con otros institutos juridicos que no constituyen propiamente contratos. La investigaci n se inicia con un an lisis del proceso de producci n de los efectos juridicos, con las indispensables referencias a la norma o derecho objetivo y a los aconteceres o mutaciones fenomenol gicas, que por que la propia norma as.

jurídico de los particulares tiene la única función de liberar, desatar, detonar o dar asistencia al su­ puesto de hecho al que la norma liga al efecto jurí­ dico, 5 y que la ley o la norma son la única y ex el u­ siva fuente de nuevo derecho objetivo; y que sólo son …

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1 Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Ir a la p gina del libro INTRODUCCI N. Los objetos principales de este trabajo son deter- minar qu es el negocio juridico, precisar que esta figura tiene cabida en el derecho y en la doctrina juridica mexicanos y que el contrato es una espe- cie del g nero negocio juridico, si bien la m s usual, com n, acabada e incluso la paradigm ti- ca, no la nica, lo que permite afirmar que todo contrato es un negocio juridico, pero no todo ne- gocio juridico es un contrato. Se busca tambi n con el trabajo precisar la na- turaleza y caracteristicas del negocio juridico y con ello, determinar las del contrato como una es- pecie del propio negocio, y consecuentemente es- tablecer cu l es su contenido, sus l mites y sus di- ferencias con otros institutos juridicos que no constituyen propiamente contratos. La investigaci n se inicia con un an lisis del proceso de producci n de los efectos juridicos, con las indispensables referencias a la norma o derecho objetivo y a los aconteceres o mutaciones fenomenol gicas, que por que la propia norma as.

2 Lo establece, la actualizan. Se hace referencia a los conceptos de supuesto juridico o de derecho o presupuesto abstracto y de supuesto de hecho, presupuesto concreto o hecho en sentido juridico. Tanto cuanto para determinar si las normas s lo pueden nacer del derecho objetivo por la acti- 7. DR 2009. Colegio de Notarios del Distrito Federal Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Ir a la p gina del libro 8 CARLOS DE PABLO SERNA. vidad estatal, o bien si los particulares pueden adem s de crear s lo derechos subjetivos y debe- res jur dicos producir nuevas normas al unir su actuaci n al derecho objetivo, cuanto para deter- minar la manera de clasificar esos aconteceres o hechos que fecundan a las normas, se hace refe- rencia tambi n a las diferentes doctrinas que se abocan a ello. Para seguir un orden cronol gico se analiza primero la doctrina llamada cl sica, francesa y con m s propiedad bipartita, por apa- recer enunciada primero y, posteriormente, la doctrina llamada pandectista, alemana y con m s propiedad tambi n tripartita que desarrolla y per- fecciona a la cl sica.

3 Al llevar a cabo el an lisis de doctrinas respec- to de los hechos jur dicos, se acude a lo que las mismas tienen en cuenta para estructurarse y originar sus clasificaciones. El estudio de las doctrinas incluye referencias a sus or genes, a su desarrollo y a su aceptaci n en el derecho moderno. Ya que la doctrina tripartita establece el con- cepto de negocio jur dico al que relaciona ntima- mente con el de autonom a privada, de tal forma que l gicamente no puede concebirse al negocio jur dico sin la autonom a privada y a sta sin aqu l, el trabajo incluye una referencia al verda- dero concepto de autonom a privada. Sin perjuicio de algunas opiniones en cuanto a que el mbito de la autonom a privada se ha redu- cido y a n a que sta ha dejado de tener vigencia, se llega a la conclusi n de que no puede haber contrato, especie del negocio jur dico, sin la auto- nom a de los particulares que constituye su ele- mento esencial y que como es evidente la existen- DR 2009. Colegio de Notarios del Distrito Federal Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM.

4 Ir a la p gina del libro EL CONTRATO, UN NEGOCIO JUR DICO 9. cia del contrato dentro del mundo jur dico, lo debe ser tambi n la de la autonom a privada. Respecto al derecho y a la doctrina jur dico mexicanos se hace necesario inferir que abrazan y reconocen la existencia del negocio jur dico y a su especie el contrato, fundados en la autonom a pri- vada. Ojal los fines que se propusieron con el traba- jo que ahora llega a su segunda edici n, se hayan logrado, el arrojar luz y precisi n sobre la natura- leza y contenido del contrato, como especie del g - nero negocio jur dico. DR 2009. Colegio de Notarios del Distrito Federal Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Ir a la p gina del libro l. LA PRODUCCI N. DE EFECTOS JUR DICOS. Desde antiguo y de una manera simplista, se ha propuesto que la norma que constituye el de- recho objetivo, para producir efectos jur dicos tanto relaciones jur dicas que comprenden dere- chos subjetivos y deberes jur dicos como nuevas normas, requiere de ser puesta en juego por una mutaci n fenomenol gica, por un acontecer, in- tervenga o no en l la voluntad humana de parti- culares y del estado y, tambi n que ese aconteci- miento sea considerado por la propia norma como digno de protecci n jur dica y causa de efectos jur dicos.

5 As se ha dicho que la ley atiende con manda- tos abstractos a la regulaci n de las relaciones que surgen en el mundo jur dico, que de la sola norma ni nacen ni se generan ni se modifican ni se transfieren relaciones jur dicas y sus elemen- tos derechos subjetivos y deberes jur dicos, que para que surjan los efectos jur dicos se requiere de un hecho o causa determinante de la actualiza- ci n de la norma. En este orden de ideas a la norma o derecho objetivo y a sus mandatos se les denomina su- puesto jur dico o presupuesto abstracto y a los hechos aconteceres o mutaciones fenomenol gi- cas que causan la actualizaci n de la norma se les denomina hechos jur dicos o presupuestos concretos. 10. DR 2009. Colegio de Notarios del Distrito Federal Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Ir a la p gina del libro EL CONTRATO, UN NEGOCIO JUR DICO 11. Es la propia ley la que prev y regula a las cau- sas que de aun rsele producen el nacimiento de los derechos subjetivos.

6 1. Cuando la ley enlaza a un acontecer conse- cuencias normativas, ese acontecimiento se trans- forma en hecho jur dico, por realizar el supuesto jur Si se acepta la norma como una unidad, toda ella constituye el supuesto jur dico. Si se considera que la norma consta de dos partes, una de hip tesis, y una segunda de dispo- sici n o dispositiva, a la primera parte, a la hipot - tica, que est constituida por el conjunto de con- diciones de cuya realizaci n depende la vigencia de la segunda parte, se le califica de supuesto jur dico. La parte dispositiva de la norma determina cuales son las consecuencias jur dicas de la reali- zaci n de la primera parte de la propia norma o supuesto jur dico. A ambas partes las vincula el hecho jur dico, que detona a la parte La mutaci n fenomenol gica o acontecer que no se re ne con la norma, porque la misma norma no lo prev , o por otra causa, no constituye un he- cho con trascendencia jur dica o hecho jur dico, sino en todo caso solamente un hecho.

7 Como antes se dijo 4 al conjunto de elementos 1 TRABUCCHI, Alberto, Instituciones de Derecho Civil, Tra- ducci n de Lms Mart nez Calcerrada, Edit. Revista de Dere- cho Privado, Madrid, 1967, p. 132. 2 GARC A MAYNEZ, Eduardo, Introducci n al estudio del derecho, 12a ed., M xico, Edit. Porr a, 1964, p. 171. 3 Idem. 4 TRABUCCHI, Alberto, op. cit., p. 134. DR 2009. Colegio de Notarios del Distrito Federal Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Ir a la p gina del libro 12 CARLOS DE PABLO SERNA. que el ordenamiento jur dico requiere en abstrac- to para que se produzca la modificaci n jur dica, conjunto de elementos al que tradicionalmente y en los p rrafos que anteceden llamamos supuesto jur dico o hip tesis de la norma, se le denomina presupuesto abstracto. Del mismo modo, se cono- ce como presupuesto concreto a lo que tradicional- mente se ha denominado hecho jur dico, que es la mutaci n fenomenol gica, hecho espec fico o acon- tecer que concurre o se a na al presupuesto abs- tracto para producir las consecuencias jur dicas.

8 11. DIVERSAS DOCTRINAS. En apariencia, dentro de sta concepci n sim- plista de la producci n de los efectos jur dicos se estima, seg n los sostenedores de la llamada doc- trina bipartita, que la ley o la norma es la nica fuente de nuevo derecho objetivo a trav s de la ac- tividad estatal, ya que los particulares no pueden crear normas, y que los hechos jur dicos de los particulares, en sentido amplio, s lo son fuente de derechos subjetivos y de deberes o relaciones jur - dicas, pero no de derecho objetivo o nuevas normas. En otras palabras se considera que el hecho jur dico de los particulares tiene la nica funci n de liberar, desatar, detonar o dar asistencia al su- puesto de hecho al que la norma liga al efecto jur - dico, 5 y que la ley o la norma son la nica y exelu- siva fuente de nuevo derecho objetivo; y que s lo son fuente de derechos subjetivos, deberes y rela- 5 FERRI, Luigi, La autonom a privada, traducci n y no- tas por Luis Sancho Mendizabal, Madrid, Ed. Revista de De- recho Privado, 1969, p.

9 21. DR 2009. Colegio de Notarios del Distrito Federal Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Ir a la p gina del libro EL CONTRATO, UN NEGOCIO JUR DICO 13. dones jur dicas los hechos jur dicos de los parti- culares cuando se a nan a la norma. Otra doctrina, la llamada tripartita, de la ob- servaci n de la pr ctica jur dica, descubre dentro de los hechos jur dicos o presupuestos concretos originados por particulares unos de naturaleza di- ferente o especial a los que la propia doctrina de- nomina y clasifica como negocios jur dicos, que contra lo se alado adem s de ser fuente de rela- ciones jur dicas y sus elementos derecho subjeti- vo y deber jur dico, tambi n son fuente de nuevas normas o nuevo derecho objetivo, cuando menos entre las partes. Para esta doctrina tripartita, supuesto de hecho y fuente normativa no son t rminos que necesa- riamente se excluyan. El negocio jur dico, especie con caracter sticas especiales del genero hecho jur dico, puede muy bien ser y es un acto regulado por el derecho y contener a su vez derecho, sin que esto sea contradictorio.

10 El negocio jur dico es a la vez hecho jur dico y norma. 6. Esta ltima posici n doctrinaria, sin poner en duda que el negocio es un hecho jur dico, es decir, que est previsto como tal por el derecho y que al acontecer o realizarse verifica cambios jur dicos, encuentra una diferencia con los meros hechos y actos jur dicos, que es que el negocio jur dico pro- duce o tiene un contenido normativo propio. El hecho y el acto jur dico son meros detonan- tes del supuesto jur dico, y, por tanto, su impor- tancia se agota al realizarse; por el contrar o, la otra especie de los hechos jur dicos en sentido ge- n rico, el negocio jur dico tiene un contenido nor- 6 Ibid, p. 23. DR 2009. Colegio de Notarios del Distrito Federal Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM. Ir a la p gina del libro 14 CARLOS DE PABLO SERNA. mativo propio, no se agota en su acaecer, se forma de normas que entran en vigor y permanecen.


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