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Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la del Estado BOE n m. 159, de 04 de julio de 2007 Referencia: BOE-A-2007-12946 NDICE Pre TULO I. De la Defensa de la TULO I. De las conductas culo 1. Conductas culo 2. Abuso de posici n culo 3. Falseamiento de la libre competencia por actos culo 4. Conductas exentas por culo 5. Conductas de menor culo 6. Declaraciones de TULO II. De las concentraciones econ culo 7. Definici n de concentraci n econ culo 8. mbito de aplicaci culo 9. Obligaci n de notificaci n y suspensi n de la ejecuci culo 10. Criterios de valoraci n TULO III. De las ayudas p culo 11. Ayudas p TULO II. Del esquema institucional para la aplicaci n de esta TULO I. De los rganos competentes para la aplicaci n de esta culo 12.

TÍTULO VI. De la compensación de los daños causados por las prácticas restrictivas de la competencia..... 38 Artículo 71. Responsabilidad por las infracciones del Derecho de la competencia..... 38 Artículo 72. Derecho al pleno resarcimiento..... 38 Artículo 73.

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1 Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la del Estado BOE n m. 159, de 04 de julio de 2007 Referencia: BOE-A-2007-12946 NDICE Pre TULO I. De la Defensa de la TULO I. De las conductas culo 1. Conductas culo 2. Abuso de posici n culo 3. Falseamiento de la libre competencia por actos culo 4. Conductas exentas por culo 5. Conductas de menor culo 6. Declaraciones de TULO II. De las concentraciones econ culo 7. Definici n de concentraci n econ culo 8. mbito de aplicaci culo 9. Obligaci n de notificaci n y suspensi n de la ejecuci culo 10. Criterios de valoraci n TULO III. De las ayudas p culo 11. Ayudas p TULO II. Del esquema institucional para la aplicaci n de esta TULO I. De los rganos competentes para la aplicaci n de esta culo 12.

2 La Comisi n Nacional de la N CONSOLIDADAP gina 1 Art culo 13. Los rganos competentes de las Comunidades Aut culo 14. El Consejo de TULO II. Mecanismos de colaboraci n y cooperaci culo 15. Coordinaci n de la Comisi n Nacional de la competencia con los rganos competentes de las Comunidades Aut culo 16. Cooperaci n con los rganos culo 17. Coordinaci n con los reguladores culo 18. Colaboraci n de la Comisi n Nacional de los Mercados y la competencia con Autoridades Nacionales de Competencia de otros Estados miembros y con la Comisi n TULO III. De la Comisi n Nacional de la culos 19 a TULO IV. De los TULO I. Disposiciones n 1. Plazos de los culo 36. Plazo m ximo de los culo 37. Supuestos de ampliaci n de los plazos y suspensi n de su c culo 38.

3 Efectos del silencio n 2. Facultades de la Comisi n Nacional de la culo 39. Deberes de colaboraci n e informaci culo 39 bis. culo 40. Facultades de inspecci culo 41. Vigilancia del cumplimiento de las obligaciones, resoluciones y n 3. Principios generales del culo 42. Tratamiento de la informaci n culo 43. Deber de culo 44. Archivo de las culo 45. Supletoriedad de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R gimen Jur dico de las Administraciones P blicas y del Procedimiento Administrativo Com culo 45 bis. Adecuaci n del procedimiento a los derechos fundamentales garantizados por la normativa culo 46. Prejudicialidad del proceso n 4. De los culo 47. Recurso administrativo contra las resoluciones y actos dictados por la Direcci n de Investigaci N OFICIAL DEL ESTADOLEGISLACI N CONSOLIDADAP gina 2 Art culo 48.

4 Recursos contra las resoluciones y actos dictados por el Presidente y por el Consejo de la Comisi n Nacional de la TULO II. Del procedimiento sancionador en materia de conductas n 1. De la instrucci n del culo 49. Iniciaci n del culo 50. Instrucci n del expediente n 2. De la resoluci n del procedimiento culo 51. Procedimiento de resoluci n ante el Consejo de la Comisi n Nacional de la culo 52. Terminaci n culo 53. Resoluciones del Consejo de la Comisi n Nacional de los Mercados y la n 3. De las medidas culo 54. Adopci n de medidas TULO III. Del procedimiento de control de concentraciones econ n 1. De la notificaci culo 55. Notificaci n de concentraci n econ culo 56. Formulario abreviado de notificaci n 2.

5 De la instrucci n y resoluci n del culo 57. Instrucci n y resoluci n en la primera culo 58. Instrucci n y resoluci n en la segunda culo 59. Presentaci n de culo 60. Intervenci n del Consejo de TULO V. Del r gimen culo 61. Sujetos culo 62. culo 63. culo 64. Criterios para la determinaci n del importe de las culo 65. Exenci n del pago de la culo 66. Reducci n del importe de la culo 67. Multas culo 68. Prescripci n de las infracciones y de las culo 69. Publicidad de las culo 70. Normativa aplicable y rganos N OFICIAL DEL ESTADOLEGISLACI N CONSOLIDADAP gina 3T TULO VI. De la compensaci n de los da os causados por las pr cticas restrictivas de la culo 71. Responsabilidad por las infracciones del Derecho de la culo 72.

6 Derecho al pleno culo 73. Responsabilidad conjunta y culo 74. Plazo para el ejercicio de las acciones de da culo 75. Efecto de las resoluciones de las autoridades de la competencia o de los tribunales culo 76. Cuantificaci n de los da os y culo 77. Efectos de las soluciones extrajudiciales sobre el derecho al resarcimiento de los da culo 78. Sobrecostes y derecho al pleno culo 79. Prueba de sobrecostes y de su repercusi culo 80. Acciones de da os ejercitadas por demandantes situados en distintos niveles de la cadena de culo 81. Efecto suspensivo de la soluci n extrajudicial de n adicional primera. De la jurisdicci n contencioso administrativa y de los Juzgados de lo n adicional segunda.

7 Modificaci n de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento n adicional tercera. Comunicaciones de la Comisi n Nacional de la n adicional cuarta. n adicional quinta. Referencias a los rganos nacionales de competencia existentes en otras n adicional sexta. Extinci n del Tribunal de Defensa de la competencia y del Servicio de Defensa de la n adicional s ptima. Modificaci n de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicci n n adicional octava. Referencias a la Comisi n Nacional de la competencia y a sus rganos de direcci n adicional novena. Asistencia jur dica a la Comisi n Nacional de la n adicional d cima. Modificaci n de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinaci n de las competencias del Estado y de las Comunidades Aut nomas en materia de Defensa de la n adicional und cima.

8 Modificaci n de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organizaci n y Funcionamiento de la Administraci n General del n transitoria primera. Procedimientos iniciados N OFICIAL DEL ESTADOLEGISLACI N CONSOLIDADAP gina 4 Disposici n transitoria segunda. Constituci n de la Comisi n Nacional de la n n final primera. T tulos n final segunda. Habilitaci n n final tercera. Entrada en N OFICIAL DEL ESTADOLEGISLACI N CONSOLIDADAP gina 5 TEXTO CONSOLIDADO ltima modificaci n: 28 de abril de 2021 JUAN CARLOS IREY DE ESPA AA todos los que la presente vieren y : Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente MBULOIEl art culo 38 de la Constituci n reconoce la libertad de empresa en el marco de una econom a de mercado y la garant a y protecci n de la misma por los poderes p blicos, de acuerdo con las exigencias de la econom a en general y, en su caso, de la planificaci n.

9 La existencia de una competencia efectiva entre las empresas constituye uno de los elementos definitorios de la econom a de mercado, disciplina la actuaci n de las empresas y reasigna los recursos productivos en favor de los operadores o las t cnicas m s eficientes. Esta eficiencia productiva se traslada al consumidor en la forma de menores precios o de un aumento de la cantidad ofrecida de los productos, de su variedad y calidad, con el consiguiente incremento del bienestar del conjunto de la este contexto, existe un acuerdo generalizado con respecto a la creciente importancia de la Defensa de la competencia , que se ha consolidado como uno de los elementos principales de la pol tica econ mica en la actualidad.

10 Dentro de las pol ticas de oferta, la Defensa de la competencia complementa a otras actuaciones de regulaci n de la actividad econ mica y es un instrumento de primer orden para promover la productividad de los factores y la competitividad general de la econom ello, resulta preciso disponer de un sistema que, sin intervenir de forma innecesaria en la libre toma de decisiones empresariales, permita contar con los instrumentos adecuados para garantizar el buen funcionamiento de los procesos del este objeto se promulg la Ley 16/1989, de Defensa de la competencia , de 17 de julio, sobre cuya base se ha articulado un sistema basado en la existencia de dos rganos administrativos especializados de mbito nacional para la lucha contra las pr cticas restrictivas de la competencia y el control de concentraciones econ micas, el Servicio y el Tribunal de Defensa de la su entrada en vigor, se han producido modificaciones, algunas de gran calado, y se han promulgado diversas normas de desarrollo.


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