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Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda …

LEY DEL Instituto DEL Fondo Nacional DE LA Vivienda PARA LOS TRABAJADORES C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios ltima Reforma DOF 24-01-2017 1 de 63 LEY DEL Instituto DEL Fondo Nacional DE LA Vivienda PARA LOS TRABAJADORES Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 24 de abril de 1972 TEXTO VIGENTE ltima reforma publicada DOF 24-01-2017 Al margen un sello con el Escudo Nacional , que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que el H.

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última …

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1 LEY DEL Instituto DEL Fondo Nacional DE LA Vivienda PARA LOS TRABAJADORES C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios ltima Reforma DOF 24-01-2017 1 de 63 LEY DEL Instituto DEL Fondo Nacional DE LA Vivienda PARA LOS TRABAJADORES Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 24 de abril de 1972 TEXTO VIGENTE ltima reforma publicada DOF 24-01-2017 Al margen un sello con el Escudo Nacional , que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que el H.

2 Congreso de la Uni n se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta: LEY DEL Instituto DEL Fondo Nacional DE LA Vivienda PARA LOS TRABAJADORES Art culo Esta Ley es de utilidad social y de observancia general en toda la Rep blica. Art culo Se crea un organismo de servicio social con personalidad jur dica y patrimonio propio, que se denomina " Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores", con domicilio en la Ciudad de M xico. Art culo El Instituto tiene por objeto: Administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda ; Establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener cr dito barato y suficiente para: a).

3 - La adquisici n en propiedad de habitaciones c modas e higi nicas, b).- La construcci n, reparaci n, ampliaci n o mejoramiento de sus habitaciones, y c).- El pago de pasivos contra dos por los conceptos anteriores; Coordinar y financiar programas de construcci n de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores; y Lo dem s a que se refiere la fracci n XII del Apartado A del Art culo 123 Constitucional y el T tulo Cuarto, Cap tulo III de la Ley Federal del Trabajo, as como lo que esta ley establece. Art culo El Instituto cuidar que sus actividades se realicen dentro de una pol tica integrada de Vivienda y desarrollo urbano.

4 Para ello podr coordinarse con otros organismos p blicos. LEY DEL Instituto DEL Fondo Nacional DE LA Vivienda PARA LOS TRABAJADORES C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios ltima Reforma DOF 24-01-2017 2 de 63 Art culo El patrimonio del Instituto se integra: Con las aportaciones en numerario, servicios y subsidios que proporcione el Gobierno Federal; Con las cantidades y comisiones que obtenga por los servicios que preste, los cuales se determinar n en los t rminos de los reglamentos respectivos; Con los montos que se obtengan de las actualizaciones, recargos, sanciones y multas.

5 Con los bienes y derechos que adquiera por cualquier t tulo, y Con los rendimientos que obtenga de la inversi n de los recursos a que se refiere este art culo. Las aportaciones de los patrones a las subcuentas de Vivienda son patrimonio de los trabajadores. Art culo reformado DOF 06-01-1997 Art culo Los rganos del Instituto ser n: la Asamblea General, el Consejo de Administraci n, la Comisi n de Vigilancia, el Comit de Auditor a, el Director General, dos Directores Sectoriales, la Comisi n de Inconformidades, el Comit de Transparencia y las Comisiones Consultivas Regionales. P rrafo reformado DOF 24-01-2017 Los integrantes de los rganos del Instituto ser n responsables para con ste por el cumplimiento de las obligaciones que esta Ley les impone.

6 Los integrantes del Consejo de Administraci n, de la Comisi n de Vigilancia, del Comit de Auditor a, de la Comisi n de Inconformidades, del Comit de Transparencia y de las Comisiones Consultivas Regionales, que en cualquier asunto relacionado con el mismo tuvieren o conocieren de un posible conflicto de intereses personal o de alguno de los dem s miembros del rgano, deber n manifestarlo y, el que tuviere el conflicto, abstenerse de toda intervenci n en dicho asunto. Igualmente deber n abstenerse de promover o participar, a t tulo personal, en la atenci n de solicitudes, planteamientos o recursos que cualquier tercero promueva ante el Instituto .

7 P rrafo reformado DOF 24-01-2017 Art culo reformado DOF 01-06-2005 Art culo La Asamblea General es la autoridad suprema del Instituto , y se integrar en forma tripartita con cuarenta y cinco miembros, designados: Quince por el Ejecutivo Federal, Quince por las organizaciones nacionales de trabajadores, y Quince por las organizaciones nacionales patronales. Por cada miembro propietario se designar un suplente. Los miembros de la Asamblea General durar n en su cargo seis a os y podr n ser removidos libremente por quien los designe. Art culo El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretar a del Trabajo y Previsi n Social, fijar las bases para determinar las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones que intervendr n en la designaci n de los miembros de la Asamblea General.

8 Art culo La Asamblea General deber reunirse por lo menos dos veces al a o. LEY DEL Instituto DEL Fondo Nacional DE LA Vivienda PARA LOS TRABAJADORES C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios ltima Reforma DOF 24-01-2017 3 de 63 Art culo La Asamblea General, tendr las atribuciones y facultades siguientes: P rrafo reformado DOF 01-06-2005 Examinar y en su caso aprobar, dentro de los ltimos tres meses del a o, el presupuesto de ingresos y egresos y los planes de labores y de financiamientos del Instituto para el siguiente a o.

9 Aprobar el plan financiero a cinco a os y sus actualizaciones. Fracci n reformada DOF 01-06-2005 Examinar y en su caso aprobar, dentro de los cuatro primeros meses del a o, los estados financieros dictaminados por el auditor externo y aprobados por el Consejo de Administraci n, que resulten de la operaci n en el ltimo ejercicio y el informe de actividades de la instituci n; Fracci n reformada DOF 01-06-2005 Decidir, se alando su jurisdicci n, sobre el establecimiento y modificaci n o supresi n de las Comisiones Consultivas Regionales del Instituto ; Aprobar las Reglas de Operaci n de los rganos del Instituto , as como el Estatuto Org nico del mismo y ordenar al Director General su expedici n; Fracci n reformada DOF 01-06-2005 (Se deroga).

10 Fracci n derogada DOF 24-02-1992 (Se deroga). Fracci n derogada DOF 24-02-1992 (Se deroga). Fracci n derogada DOF 24-02-1992 Aprobar las pol ticas de cr dito; Fracci n reformada DOF 01-06-2005 Aprobar el C digo de tica del Instituto y ordenar al Director General su expedici n; Fracci n adicionada DOF 01-06-2005 Aprobar la normatividad interna del Instituto en materia de transparencia y acceso a la informaci n p blica conforme a la legislaci n general y federal aplicable, as como ordenar al Director General su expedici n; Fracci n adicionada DOF 01-06-2005. Reformada DOF 24-01-2017 Designar a propuesta de la Comisi n de Vigilancia a los miembros del Comit de Transparencia y de la Comisi n de Inconformidades; Fracci n adicionada DOF 01-06-2005.


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