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Capítulo quinto El divorcio

65 Cap tulo quintoEl divorcioEl divorcio es la acci n que disuelve el v nculo del matrimonio y deja a los c nyuges en aptitud de contraer otro. Se clasifica en divorcio voluntario, que puede ser administrativo o voluntario contencioso; necesario o causal, y unila- teral por la v a judicial. La sentencia de divorcio fija la situaci n de los hijos me- nores de edad, lo relativo a la divisi n de los bienes, el pago de alimentos, como acciones fundamentales por parte de la autoridad jurisdiccional. I. Separaci n y divorcio . AntecedentesLa separaci n conyugal puede entenderse como la ruptura que se da en la convivencia de los c nyuges, pero dicho alejamiento no afecta jur dica y legalmente al v nculo matrimonial en los t rminos de la ley; es decir, los c nyuges, por voluntad de uno o ambos, sin una resoluci n judicial, deci-den terminar la cohabitaci n en forma permanente, pero todos los efectos y consecuencias del matrimonio contin an vigentes.

II. Concepto de divorcio La acción de divorcio es exclusiva para el ejercicio de los cónyuges, sólo se extingue por la muerte de uno o de ambos consortes, no es transmisi-ble, es imprescriptible e irrenunciable anticipadamente. La acción se extin- gue, también, por reconciliación de los cónyuges, la que deberá hacerse del

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1 65 Cap tulo quintoEl divorcioEl divorcio es la acci n que disuelve el v nculo del matrimonio y deja a los c nyuges en aptitud de contraer otro. Se clasifica en divorcio voluntario, que puede ser administrativo o voluntario contencioso; necesario o causal, y unila- teral por la v a judicial. La sentencia de divorcio fija la situaci n de los hijos me- nores de edad, lo relativo a la divisi n de los bienes, el pago de alimentos, como acciones fundamentales por parte de la autoridad jurisdiccional. I. Separaci n y divorcio . AntecedentesLa separaci n conyugal puede entenderse como la ruptura que se da en la convivencia de los c nyuges, pero dicho alejamiento no afecta jur dica y legalmente al v nculo matrimonial en los t rminos de la ley; es decir, los c nyuges, por voluntad de uno o ambos, sin una resoluci n judicial, deci-den terminar la cohabitaci n en forma permanente, pero todos los efectos y consecuencias del matrimonio contin an vigentes.

2 En este caso, los c nyuges contin an unidos en matrimonio, por lo que se encuentran impedidos para celebrar nuevas nupcias. Esta situaci n se de-nomina separaci n de separaci n de cuerpos se da cuando la vida conyugal termina por resoluci n de la autoridad judicial competente (el juez de lo familiar), que suspende exclusivamente los deberes relativos al d bito carnal y la coha-bitaci n, determinando, en su caso, la procedencia de la liquidaci n de la sociedad conyugal, o de la divisi n de bienes comunes entre los c nyuges; sin embargo, subsistir el v nculo matrimonial, por lo que los c nyuges no podr n celebrar nuevas M xico es posible la separaci n de cuerpos decretada por autoridad judicial, exclusivamente, en el caso de aquellos c nyuges que no queriendo DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES 6514/5/10 10:31:49 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM de familia y sucesiones66el divorcio , soliciten la suspensi n de la obligaci n de cohabitar, cuando uno de ellos padeciera una enfermedad incurable, contagiosa o hereditaria, la impotencia incurable e irreversible, siempre que esta ltima no tenga su origen en la edad avanzada del c nyuge que la sufre; o cuando sufra un tras- torno mental incurable, previa declaraci n de interdicci n del c nyuge en-fermo.

3 En este caso salvo la obligaci n de cohabitar, todas las dem s que derivan del matrimonio contin an subsistentes. Por cuanto al divorcio vincular, se define como la disoluci n del v nculo matrimonial mediante una sentencia judicial. ste permite a los c nyuges divorciados volver a contraer matrimonio, en los t rminos establecidos por la ley. II. concepto de divorcio La acci n de divorcio es exclusiva para el ejercicio de los c nyuges, s lo se extingue por la muerte de uno o de ambos consortes, no es transmisi-ble, es imprescriptible e irrenunciable anticipadamente. La acci n se extin- gue, tambi n, por reconciliaci n de los c nyuges, la que deber hacerse del conocimiento de la autoridad competente despu s de haber interpuesto la demanda de divorcio . Entonces, el divorcio es la forma jur dica de disolver el matrimonio, y s lo es v lido mediante la sentencia de una autoridad judicial competente que declare disuelto el v nculo matrimonial, a la petici n de uno o ambos c nyuges, con fundamento en las causas y formas establecidas por la las cosas, la legislaci n mexicana define al divorcio como aquella acci n que disuelve el v nculo del matrimonio y deja a los c nyuges en aptitud de contraer Clases de divorcioEl divorcio se clasifica en: 1.

4 divorcio voluntario: a) Administrativo. b) Voluntario contencioso. DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES 6614/5/10 10:31:49 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM Necesario o causal. 3. Unilateral por la v a divorcio voluntarioEsta clase divorcio es la que se da como consecuencia del acuerdo de volun-tades entre los c nyuges para terminar con el divorcio administrativoProcede el divorcio administrativo cuando despu s de un a o de celebrado el matrimonio, ambos c nyuges deciden divorciarse. Se requiere para poder ejercer esta acci n:a) Que los c nyuges sean mayores de ) Que hayan liquidado la sociedad conyugal, en su ) Que la mujer no est ) Que no tengan hijos en com n, o teni ndoles sean mayores de ) Que ni los hijos o uno de los c nyuges requiera este caso, el juez del registro civil, que ser la autoridad competente, pre-via identificaci n de los c nyuges, levantar un acta en la que har constar la solicitud de divorcio , y los citar a los quince d as para que ratifiquen su ratificarla, el juez del registro civil los declarar divorciados, y har la anotaci n correspondiente al margen del acta de matrimonio se descubre o comprueba que los c nyuges no cumplieron con los re- quisitos exigidos para el divorcio administrativo, ste quedar sin efectos y el matrimonio subsistir , sin perjuicio de las sanciones que correspondan conforme a la ley.

5 B. divorcio voluntario contenciosoLa acci n de divorcio en este caso se somete al juez de lo familiar o al juez de lo civil, que es la autoridad competente. En este caso lo denominare-mos divorcio voluntario por la v a por la v a judicial cuando los c nyuges no cumplen con los requisitos para solicitar el divorcio por la v a administrativa, y sin embargo lo solicitan por mutuo consentimiento ante el juez de lo familiar, siempre El divorcioDERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES 6714/5/10 10:31:49 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM de familia y sucesiones68que cumplan con los requisitos establecidos para ello, es decir, que haya pasado un a o o m s a partir de que se celebr el matrimonio, y que pre-senten con la demanda un convenio en el que se establezca lo relativo a la guarda y custodia de los hijos, los alimentos, la vivienda y la administraci n de los bienes.

6 El procedimiento se desarrollar como sigue:Los c nyuges interesados deber n presentar la demanda de divorcio firmada por ambos y acompa ada del convenio, el cual deber contener:a) Designaci n de la persona que tendr la guarda y custodia de los hi-jos, menores e ) La forma en la que el progenitor que no tenga la guarda y la custodia de los hijos ejercer el r gimen de visitas y de convivencia, respetando los horarios de comida, descanso y estudio de los hijos. c) El modo de atender las necesidades de los hijos a quienes deba darse alimentos. Deber especificarse la forma de pago, as como la de la garant a para asegurar su ) La designaci n del c nyuge al que corresponde el uso del domicilio o casa en que se habita antes y durante el ) En su caso, determinar la casa que servir de habitaci n al c nyuge y a los hijos, menores o incapaces, durante el procedimiento y despu s de su ejecuci n, oblig ndose ambos a comunicarse los cambios de domicilio, inclusive despu s de decretarse el ) La cantidad que integrar la pensi n alimenticia a favor del c nyuge acreedor se alando la forma de pago y la de )

7 La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, as como la forma de liqui-darla, presentando para tal efecto las capitulaciones matrimoniales, el inventario, el aval o y la forma de partici se resuelve el divorcio voluntario, el juez de lo familiar autorizar la separaci n provisional de los c nyuges y dictar las me-DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES 6814/5/10 10:31:49 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM respecto a la pensi n alimenticia provisional de los hijos y del c nyuge, en t rminos del convenio presentado con la juez convocar a los divorciantes para la celebraci n de dos audiencias de avenencia o conciliaci n, a las cuales est n obligados a asistir los c nyuges caso de no avenirse o reconciliarse, deber n ratificar su de-manda de divorcio en las dos ocasiones, y cumpliendo el convenio con los requisitos de ley, el juez de lo familiar dictar sentencia decre-tando el c nyuges solicitantes del divorcio podr n reunirse y reconci-liarse durante cualquier tiempo del procedimiento, siempre que sea antes de que se dicte sentencia que decrete el divorcio , con lo que que-dar sin efecto la solicitud de divorcio .

8 Y no podr n volver a ejercitar la acci n de divorcio hasta pasado un a o a partir de su reconciliaci trat ndose de menores de edad, para poder solicitar el divor- cio se requiere que stos est n representados por los que dieron su consentimiento, conforme a la ley o por un tutor leg timo, debido a los intereses familiares que est n divorcio necesario o causalNo existe acuerdo entre los c nyuges respecto al divorcio , uno quiere di-vorciarse y el otro no, por una o varias de las causales que para demandar el divorcio establece el C digo Civil en su art culo 266. En este caso podr n demandar una indemnizaci n de hasta el 50% del valor de los bienes que se hubieren adquirido durante la existencia del matrimonio siempre que:a) Hubieren estado casados bajo el r gimen de separaci n de ) El demandante se hubiera dedicado, durante el matrimonio, pre-ponderantemente a las labores del hogar y, en su caso, al cuidado de los ) Durante el matrimonio el demandante no haya adquirido bienes propios, o habi ndolos adquirido, sean notoriamente menores a los de la este caso, el juez de lo familiar deber de resolver en la sentencia de divor-cio lo conducente, atendiendo a las circunstancias espec ficas de cada caso.

9 El divorcioDERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES 6914/5/10 10:31:49 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM de familia y sucesiones70A. Causalesa) El adulterio debidamente probado de uno de los c ) Que durante el matrimonio nazca un hijo concebido, antes de la celebraci n de ste, con persona distinta a su c nyuge, siempre y cuando no se hubiere tenido conocimiento de esta ) La propuesta de un c nyuge para prostituir al otro, no s lo cuando el mismo lo haya hecho directamente, sino tambi n cuando se pruebe que ha recibido cualquier remuneraci n con objeto expreso de per-mitir que se tenga relaciones carnales con ella o con ) La incitaci n o la violencia hecha por un c nyuge al otro para come-ter alg n ) La conducta de alguno de los c nyuges con el fin de corromper a los hijos, as como la tolerancia en su corrupci ) Padecer cualquier enfermedad incurable que sea adem s contagiosa o hereditaria, y la impotencia sexual irreversible, siempre y cuando no tenga su origen en la edad )

10 Padecer trastorno mental incurable, previa declaraci n de interdic-ci n que se haga respecto del c nyuge enfermo; la separaci n injus-tificada de la casa conyugal por m s de seis ) La separaci n de los c nyuges por m s de un a o, independiente-mente del motivo que haya originado la separaci n, la cual podr ser invocada por cualquiera de ) La separaci n injustificada de la casa conyugal por m s de seis ) La declaraci n de ausencia legalmente hecha, o la de presunci n de muerte, en los casos de excepci n en que no se necesita para que se haga esta que preceda la declaraci n de ) La sevicia, las amenazas o las injurias graves de un c nyuge para el otro, o para los hijos. DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES 7014/5/10 10:31:49 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM ) La negativa injustificada de los c nyuges a cumplir con las obligacio-nes relativas a su contribuci n econ mica al sostenimiento del hogar, a la manutenci n de los hijos, as como a la educaci n de los mismos.


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