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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS caso gomes lund y otros ( GUERRILHA DO araguaia ) VS. brasil SENTENCIA DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2010 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas) En el caso gomes lund y otros ( Guerrilha do araguaia ), la CORTE INTERAMERICANA de DERECHOS Humanos (en adelante la CORTE INTERAMERICANA , la CORTE o el Tribunal ), integrada por los siguientes Jueces: Diego Garc a-Say n, Presidente; Leonardo A. Franco, Vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles, Juez; Margarette May Macaulay, Jueza; Rhadys Abreu Blondet, Jueza; Alberto P rez P rez, Juez; Eduardo Vio Grossi, Juez, y Roberto de Figueiredo Caldas, Juez ad hoc; presentes, adem s, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y Emilia Segares Rodr guez, Secretaria Adjunta, de conformidad con los art culos y de la Convenci n Americana sobre DERECHOS Humanos (en adelante la Convenci n Americana o la Convenci n ) y con los art culos 30, , 59 y 61 del Reglamento de la CORTE (en adelante el Reglamento )1, dicta la presente Sentencia.

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO GOMES LUND Y OTROS (“GUERRILHA DO ARAGUAIA”) VS.BRASIL SENTENCIA DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2010 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas)

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1 CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS caso gomes lund y otros ( GUERRILHA DO araguaia ) VS. brasil SENTENCIA DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2010 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas) En el caso gomes lund y otros ( Guerrilha do araguaia ), la CORTE INTERAMERICANA de DERECHOS Humanos (en adelante la CORTE INTERAMERICANA , la CORTE o el Tribunal ), integrada por los siguientes Jueces: Diego Garc a-Say n, Presidente; Leonardo A. Franco, Vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles, Juez; Margarette May Macaulay, Jueza; Rhadys Abreu Blondet, Jueza; Alberto P rez P rez, Juez; Eduardo Vio Grossi, Juez, y Roberto de Figueiredo Caldas, Juez ad hoc; presentes, adem s, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y Emilia Segares Rodr guez, Secretaria Adjunta, de conformidad con los art culos y de la Convenci n Americana sobre DERECHOS Humanos (en adelante la Convenci n Americana o la Convenci n ) y con los art culos 30, , 59 y 61 del Reglamento de la CORTE (en adelante el Reglamento )1, dicta la presente Sentencia.

2 1 Conforme a lo dispuesto en el art culo del Reglamento de la CORTE que entr en vigencia el 1 de junio de 2010, [l]os casos contenciosos que ya se hubiesen sometido a la consideraci n de la CORTE antes del 1 de enero de 2010 se continuar n tramitando, hasta que se emita sentencia, conforme al Reglamento anterior . De tal modo, el Reglamento de la CORTE mencionado en la presente Sentencia corresponde al instrumento aprobado por el Tribunal en su XLIX Per odo Ordinario de Sesiones, celebrado del 16 al 25 de noviembre de 2000, y reformado parcialmente en su LXXXII Per odo Ordinario de Sesiones, celebrado del 19 al 31 de enero de 2009. 2 NDICE Cap tulo P rrafo I.

3 INTRODUCCI N DE LA CAUSA Y OBJETO DE LA CONTROVERSIA 1 II. PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 6 III. EXCEPCIONES PRELIMINARES 10 A. Falta de competencia temporal del Tribunal 12 B. Falta de inter s procesal 20 C. Falta de agotamiento de los recursos internos 32 D. Regla de la cuarta instancia y falta de agotamiento respecto de la Acci n de Incumplimiento de Precepto Fundamental 43 IV. COMPETENCIA 50 V. PRUEBA 51 A. Prueba documental, testimonial y pericial 52 B. Admisi n de la prueba documental 54 C.

4 Admisi n de las declaraciones de las presuntas v ctimas, de la prueba testimonial y pericial 67 VI. CONSIDERACIONES PREVIAS SOBRE LOS FAMILIARES INDICADOS COMO PRESUNTAS V CTIMAS 77 VII. DERECHO AL RECONOCIMIENTO DE LA PERSONALIDAD JUR DICA, A LA VIDA, A LA INTEGRIDAD Y A LA LIBERTAD PERSONALES 81 A. Alegatos de las partes 82 B. Hechos relacionados con las desapariciones forzadas 85 C. La desaparici n forzada como violaci n m ltiple y continuada de DERECHOS humanos y los deberes de respeto y garant a 101 D. La desaparici n forzada de los integrantes de la Guerrilha do araguaia 112 VIII.

5 DERECHO A LAS GARANT AS JUDICIALES Y A LA PROTECCI N JUDICIAL 126 A. Alegatos de las partes 127 B. Hechos relacionados con la Ley de Amnist a 134 C. Obligaci n de investigar y, en su caso, sancionar graves violaciones de DERECHOS humanos en el derecho internacional 137 D. Incompatibilidad de las amnist as relativas a graves violaciones de DERECHOS humanos con el derecho internacional 147 IX. DERECHO A LA LIBERTAD DE PENSAMIENTO Y DE EXPRESI N, A LAS GARANT AS JUDICIALES Y A LA PROTECCION JUDICIAL 183 A. Alegatos de las partes 184 B. Hechos relativos al acceso a la informaci n 187 C. Derecho a la libertad de pensamiento y de expresi n 196 D.

6 Acciones judiciales y acceso a la informaci n 203 E. Plazo de la Acci n Ordinaria 219 F. Marco normativo 226 X. DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL 232 A. Alegatos de las partes 232 B. Consideraciones de la CORTE 235 XI. REPARACIONES 245 A. Parte Lesionada 251 B. Obligaciones de investigar los hechos, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables y de determinar el paradero de las v ctimas 253 C.

7 Otras medidas de rehabilitaci n, satisfacci n y garant as de no repetici n 264 D. Indemnizaciones, costas y gastos 298 XII. PUNTOS RESOLUTIVOS 325 VOTO JUEZ AD HOC 3 I INTRODUCCI N DE LA CAUSA Y OBJETO DE LA CONTROVERSIA 1. El 26 de marzo de 2009, de conformidad con lo dispuesto en los art culos 51 y 61 de la Convenci n Americana, la Comisi n INTERAMERICANA de DERECHOS Humanos (en adelante tambi n la Comisi n INTERAMERICANA o la Comisi n ) someti a la CORTE una demanda en contra de la Rep blica Federativa de brasil (en adelante el Estado , brasil o la Uni n ), la cual se origin en la petici n presentada el 7 de agosto de 1995 por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y Human Rights Watch/Americas en nombre de personas desaparecidas en el contexto de la Guerrilha do araguaia (en adelante tambi n la Guerrilla ) y sus familiares2.

8 El 6 de marzo de 2001 la Comisi n emiti el Informe de Admisibilidad No. 33/013 y el 31 de octubre de 2008 aprob el Informe de Fondo No. 91/08, en los t rminos del art culo 50 de la Convenci n, el cual conten a determinadas recomendaciones para el Estado4. Dicho informe fue notificado a brasil el 21 de noviembre de 2008 y se le concedi un plazo de dos meses para comunicar las acciones emprendidas con el prop sito de implementar las recomendaciones de la Comisi n. Pese a las dos pr rrogas concedidas al Estado, los plazos para presentar informaci n sobre el cumplimiento de las recomendaciones transcurrieron sin que hubiese una implementaci n satisfactoria de las [mismas] . Ante ello, la Comisi n decidi someter el caso a la jurisdicci n de la CORTE , considerando que representaba una oportunidad importante para consolidar la jurisprudencia INTERAMERICANA sobre las leyes de amnist a en relaci n con las desapariciones forzadas y la ejecuci n extrajudicial, y la resultante obligaci n de los Estados de hacer conocer la verdad a la sociedad e investigar, procesar y sancionar graves violaciones de DERECHOS humanos.

9 Asimismo, la Comisi n enfatiz el valor hist rico del caso y la posibilidad del Tribunal de afirmar la incompatibilidad de la Ley de Amnist a y de las leyes sobre secreto de documentos con la Convenci n Americana. La Comisi n design como delegados a los se ores Felipe Gonz lez, Comisionado, y Santiago A. Canton, Secretario Ejecutivo, y como asesores legales a la se ora Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta, y a los abogados Lilly Ching Soto y Mario L pez Garelli, especialistas de la Secretar a Ejecutiva. 2 Posteriormente, se sumaron como peticionarios la Comisi n de Familiares de Muertos y Desaparecidos Pol ticos del Instituto de Estudios de la Violencia del Estado, la se ora Angela Harkavy y el Grupo Tortura Nunca M s de R o de Janeiro.

10 3 En el Informe de Admisibilidad No. 33/01 la Comisi n declar admisible el caso No. en relaci n con la presunta violaci n de los art culos 4, 8, 12, 13 y 25, en concordancia con el art culo , todos de la Convenci n Americana, as como de los art culos I, XXV y XXVI de la Declaraci n Americana de los DERECHOS y Deberes del Hombre (en adelante Declaraci n Americana ), (expediente de anexos a la demanda, ap ndice 3, tomo III, folio 2322). 4 En el Informe de Fondo No. 91/08 la Comisi n concluy que el Estado era responsable por las violaciones a los DERECHOS humanos establecidos en los art culos I, XXV y XXVI de la Declaraci n Americana y 4, 5 y 7, en conexi n con el art culo de la Convenci n Americana, en perjuicio de las v ctimas desaparecidas; en los art culos XVII de la Declaraci n Americana y 3, en relaci n con el art culo de la Convenci n Americana, en perjuicio de las v ctimas desaparecidas; en los art culos I de la Declaraci n Americana y 5, en conexi n con el art culo de la Convenci n Americana, en perjuicio de los familiares de los desaparecidos.


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