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Jorge oJEda vElázQuEz - UNAM

67 reinserci N social Y FUNCI N DE LA PENAJ orge oJE da vEl zQuEz*Sumario: I. Sinopsis hist rica. II. Epistemolog a sobre la funci n de la pena. III. Qu cosa se hace para lograr este objetivo?I. sinoPsis hist ricaEl vigente art culo 18, p rrafo segundo, de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, establece queEl sistema penitenciario se organizar sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitaci n para el mis-mo, la educaci n, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserci n del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para l prev la ley.

REINSERCIÓN SOCIAL Y FUNCIÓN DE LA PENA 69 rritorios, el sistema penal (colonias, penitenciarías o presidios), so-bre la base del trabajo como medio de regeneración”. Las reformas de 1965 agregarían otros medios, como la capacitación para el tra-

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1 67 reinserci N social Y FUNCI N DE LA PENAJ orge oJE da vEl zQuEz*Sumario: I. Sinopsis hist rica. II. Epistemolog a sobre la funci n de la pena. III. Qu cosa se hace para lograr este objetivo?I. sinoPsis hist ricaEl vigente art culo 18, p rrafo segundo, de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, establece queEl sistema penitenciario se organizar sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitaci n para el mis-mo, la educaci n, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserci n del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para l prev la ley.

2 Las mujeres compurgar n sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal embargo, el objetivo asignado constitucionalmente a la pena privativa de libertad no ha sido el mismo, como advertimos de su sinopsis hist efecto, al analizar el contenido del art culo 22 de la Cons-tituci n liberal-democr tica de 1857, encontramos en ella, ade-m s de la afirmaci n de una gen rica instancia de humanizaci n * Miembro de la Academia Mexicana de Ciencias Penales. libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM 2012, Instituto de Investigaciones Jur dicas, Instituto de Formaci n de la Procuradur a General de Justicia del Distrito FederalJorge oJEda Vel zquez68de las penas, al prohibir la mutilaci n, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquiera especie, la multa excesiva, la confiscaci n de bienes y cualquiera otras penas inusitadas o tras-cendentales.

3 El reconocimiento de una precisa exigencia racio-nal e ideol gica, como lo es el respeto a la dignidad de la persona, toda vez que dichas penas lastimaban y lesionan todav a hoy la integridad f sico-ps quica del reo, que es un todo esta posici n ideol gica de defensa de los derechos del hombre, se lleg al compromiso pol tico de admitir la pena de muerte (art culo 23 constitucional) solo al traidor a la Patria en guerra extranjera, al salteador de caminos, al incendiario, al pa-rricida, al homicida con alevos a, premeditaci n o ventaja, a los delitos graves del orden militar y a los de pirater a que definiera la ley , puesto que el avance cultural y la consolidaci n de la naci n mexicana en aquellos tiempos exig a una sanci n proporcionada a las m s graves formas de delincuencia y a las m s abyectas ma-nifestaciones de voluntad dirigidas a la perturbaci n del naciente orden jur dico.

4 Que la mayor parte de ellas estaban encaminadas principalmente a la no instauraci n del r gimen t tulo I de aquella Constituci n, De los derechos del hom-bre , defend a, entre otras cosas, la libertad espiritual del ciudada-no, al establecer en el art culo 16, que Nadie puede ser molesta-do en su sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del pro-cedimiento . Por ello, el art culo 23 constitucional no le asignaba ninguna finalidad a la sanci n, y no porque en aquel entonces no se hubiera establecido a n el r gimen penitenciario, sino porque la esencia de la ideolog a pol tica liberal, y con ella la del derecho penal liberal, es el respeto absoluto a la libertad de conciencia del individuo; es decir, a su selecci n de paso del Estado liberal en M xico a un tipo social -demo-cr tico a trav s de la Revoluci n de 1910-1917, se ala tambi n el cambio de finalidad en la ejecuci n punitiva.

5 El original art culo 18 de la Constituci n de 1917 ordenaba que Los Gobiernos de la Federaci n y de los Estados organizar n en sus respectivos te-DR 2012, Instituto de Investigaciones Jur dicas, Instituto de Formaci n de la Procuradur a General de Justicia del Distrito FederalReinseRci n social y Funci n de la Pena69rritorios, el sistema penal (colonias, penitenciar as o presidios), so-bre la base del trabajo como medio de regeneraci n . Las reformas de 1965 agregar an otros medios, como la capacitaci n para el tra-bajo y la educaci n, para alcanzar la readaptaci n social del identificar con la regeneraci n o con la readaptaci n social a la finalidad del sistema penitenciario nacional, y con ello el objetivo espec fico de la pena de prisi n, el nuevo Estado social -dem crata conserv a grandes l neas los conceptos jur -dicos fundamentales de todo Estado de derecho.

6 Sin embargo, como Estado social que era, intervencionista por naturaleza, al inmiscuirse tanto en la vida econ mica de los ciudadanos como en la esfera de la privacidad de los condenados, violaba velada-mente las garant as individuales de estos en aras de una supues-ta reincorporaci n a la sociedad, pues este nuevo planteamiento ideol gico en la ejecuci n de la sanci n asigna a la misma la fun-ci n de prevenci n especial de delitos a trav s de la reeducaci n de los pues, la prevenci n especial movi la atenci n del objeto y sujeto de estudio de la sanci n: de la norma jur dica penal al hombre delincuente; de la culpabilidad como par metro de la pena, a la peligrosidad social como medida indeterminada de defensa social .

7 Es decir, como medida de seguridad impuesta por la conducta de vida del autor del delito, invadiendo reas que pertenecen al foro interno de los reformas del 18 de junio del 2008 al art culo 18 constitu-cional mueven ahora la atenci n de los crimin logos enamorados con la readaptaci n social al de reinserci n social , conceptos que no dejan de estar vinculados al primero, porque la readap-taci n a los valores de la sociedad que el hombre delincuente rechaza era el objetivo que se deseaba lograr a fin que fuera rein-serido al n cleo social que lo vio delinquir.

8 Pero me parece que con la reforma se respeta esa libertad: de escoger entre el bien y el mal, y se espera que al obtener su libertad el reo haya introyec-tado el efecto intimidatorio de la pena sufrida en prisi n, y sepa escoger en volver a ella o seguir gozando de la 2012, Instituto de Investigaciones Jur dicas, Instituto de Formaci n de la Procuradur a General de Justicia del Distrito FederalJorge oJEda Vel zquez70El concepto reinserci n significa volver a encauzar al hombre delincuente dentro de la sociedad que lo vio cometer un , en efecto, el comportamiento criminoso.

9 La conse-cuencia de un desajuste social del individuo; una forma de reac-ci n a los esquemas y valores de la sociedad, a la cual el delin-cuente pertenece, y que no logra aceptar o asimilar; la reinserci n va dirigida a obtener la responsabilizaci n del reo hacia l mismo y hacia la sociedad a trav s del logro, sea de un mayor conoci-miento de sus deberes y una mayor capacidad de resistencia a los est mulos criminosos, sea al reconocimiento de su culpabilidad o de los errores cometidos en el sicamente, los medios para lograrla son aquellos enume-rados en el aludido precepto magno y los que la criminolog a cl nica aconseja.

10 De la misma manera que los m dicos tratan a los enfermos, as los t cnicos penitenciarios, a trav s de un trata-miento individualizado, desean sanar al hombre delincuente de esa rara enfermedad llamada es el valor que se atribuye a estos medios, en torno a los cuales gira pr cticamente todo el tratamiento penitenciario moderno: al trabajo se le reconoce el m rito de combatir el ocio, de sacudir al detenido del aburrimiento f sico y moral, de templar su cuerpo en la disciplina y apoyarlo espiritualmente, al hacerlo sentirse en cualquier modo til.


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