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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

Jueves 11 de abril de 2019 SECCI N PRIMERA SECRETAR A DE EDUCACI N LINEAMIENTOS PARA LOS ESTUDIANTES DE PLANTELES OFICIALES E INCORPORADOS DE EDUCACI N MEDIA SUPERIOR DE LA SECRETAR A DE EDUCACI N DEL ESTADO DE M XICO. SECRETAR A DE desarrollo URBANO Y METROPOLITANO ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA EMPRESA ISLA DEL BOSQUE 14 , DE , LA FUSI N de los LOTES 14 Y 14A, UBICADOS EN EL LOTE 35 MANZANA X, DEL CONDOMINIO DENOMINADO ISLA DEL BOSQUE , DEL CONJUNTO URBANO BOSQUE REAL , UBICADO EN EL MUNICIPIO DE HUIXQUILUCAN, ESTADO DE M XICO. SECRETAR A DE desarrollo AGROPECUARIO ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DEL COMIT DE ADMISI N Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE desarrollo SOCIAL SALARIO ROSA PARA EL CAMPO.

e incorporados de educación media superior del Subsistema Educativo Estatal, y tienen por objeto regular las relaciones de convivencia escolar, favorecer el aprendizaje y el desarrollo de las actividades académicas, administrativas y disciplinarias de los estudiantes, con un enfoque de protección de los derechos humanos.

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1 Jueves 11 de abril de 2019 SECCI N PRIMERA SECRETAR A DE EDUCACI N LINEAMIENTOS PARA LOS ESTUDIANTES DE PLANTELES OFICIALES E INCORPORADOS DE EDUCACI N MEDIA SUPERIOR DE LA SECRETAR A DE EDUCACI N DEL ESTADO DE M XICO. SECRETAR A DE desarrollo URBANO Y METROPOLITANO ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA EMPRESA ISLA DEL BOSQUE 14 , DE , LA FUSI N de los LOTES 14 Y 14A, UBICADOS EN EL LOTE 35 MANZANA X, DEL CONDOMINIO DENOMINADO ISLA DEL BOSQUE , DEL CONJUNTO URBANO BOSQUE REAL , UBICADO EN EL MUNICIPIO DE HUIXQUILUCAN, ESTADO DE M XICO. SECRETAR A DE desarrollo AGROPECUARIO ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DEL COMIT DE ADMISI N Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE desarrollo SOCIAL SALARIO ROSA PARA EL CAMPO.

2 H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TULTITL N, M XICO REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACI N Y FUNCIONAMIENTO DEL ORGANISMO P BLICO DESCENTRALIZADO PARA LA PRESTACI N de los SERVICIOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE TULTITL N, M XICO. ESTADOS DE SITUACI N FINANCIERA DE LA UNIVERSIDAD POLIT CNICA DE CHIMALHUACAN Y DEL INSTITUTO DE CAPACITACI N Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL. AVISOS JUDICIALES: 1748, 317-B1, 1753, 1611, 1613, 1356, 254-B1, 255-B1, 256-B1, 1359, 1639, 1641, 1634, 1643, 1600, 1612, 1749, 1750, 1648, 1745, 1744, 1747, 1746, 1734, 1730, 1733, 318-B1, 1815, 1816, 1817, 1818, 1819, 676-A1, 1820, 1821, 1822, 1823, 1825, 1826, 339-B1, 340-B1, 1809, 1813, 1814, 1811 y 684-A1. AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1656, 1756, 1680, 1757, 1735, 1810, 1824, 293-B1, 292-B1, 1640, 294-B1, 612-A1, 613-A1, 614-A1, 678-A1, 679-A1, 680-A1, 686-A1, 336-B1, 337-B1, 338-B1, 1812, 681-A1, 682-A1, 683-A1, 677-A1, 685-A1, 320-B1, 1657, 302-B1, 303-B1, 1827, 1828 y 1829.

3 202/3/001/02 Tomo CCVII N mero 68 N mero de ejemplares impresos: 300 P gina 2 11 de abril de 2019 PODER EJECUTIVO DEL ESTADO SECRETAR A DE EDUCACI N LICENCIADO ALEJANDRO FERN NDEZ CAMPILLO, SECRETARIO DE EDUCACI N DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE M XICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ART CULOS 29 Y 30 FRACCI N I DE LA LEY ORG NICA DE LA ADMINISTRACI N P BLICA DEL ESTADO DE M XICO; 27 FRACCI N XLVII DE LA LEY DE EDUCACI N DEL ESTADO DE M XICO, Y 6 FRACCI N XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETAR A DE EDUCACI N; Y C O N S I D E R A N D O Que el Plan de desarrollo 2017-2023, en el Pilar Social, establece como objetivo Garantizar una Educaci n Incluyente, Equitativa y de Calidad que promueva las oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida y como estrategia transversal Impulsar que los estudiantes adquieran aprendizajes para promover el desarrollo sostenible, derechos humanos, cultura de paz, formaci n de ciudadanos, diversidad cultural y gesti n de riesgos, se alando como l neas de acci n generar ambientes de aprendizajes que comprendan y respeten la libertad, la formaci n de valores y diversidad cultural, as como fomentar la cultura de paz que propicie ambientes sanos para la comunidad escolar.

4 Que la Ley de Educaci n del ESTADO de M xico establece que la Autoridad Educativa Estatal impulsar la educaci n en valores, promoviendo en todos los niveles del Sistema Educativo el respeto a los derechos humanos, la igualdad entre hombres y mujeres, la cultura de la paz, la identidad cultural, el respeto a la diversidad, el ESTADO de derecho, las formas democr ticas de convivencia y la prevenci n de todo tipo de violencia. Que la educaci n media superior tiene por objeto propiciar la adquisici n de las competencias necesarias para acceder a la educaci n superior o, en su caso, al sector productivo. Que derivado de la din mica escolar al interior de los planteles de educaci n media superior resulta indispensable contar con un ordenamiento adecuado que regule la convivencia de sus integrantes, a efecto de asegurar ambientes arm nicos, seguros y sanos propios para el desarrollo humano y acad mico de los estudiantes, en un marco de respeto a sus derechos y cumplimiento de las obligaciones derivadas de su condici n.

5 Que la expedici n de un marco normativo para los estudiantes de educaci n media superior permitir regular sus relaciones con los dem s integrantes de la comunidad escolar, fortaleciendo una educaci n de calidad, asertiva e inclusiva, la cultura democr tica y el respeto a los derechos humanos. Que los Lineamientos para los Estudiantes de Planteles Oficiales e Incorporados de Educaci n Media Superior de la Secretar a de Educaci n del ESTADO de M xico es un nuevo marco de convivencia para la formaci n integral del estudiante de manera responsable con su comunidad, garantizando la permanencia y conclusi n de sus estudios de tipo medio superior. Que estos Lineamientos se dividen en cuatro cap tulos que regulan disposiciones generales, convivencia escolar, derechos y obligaciones de los estudiantes y medidas disciplinarias.

6 Que destaca de este nuevo ordenamiento el establecimiento de reglas de convivencia en los planteles de educaci n media superior que permitir n relaciones arm nicas entre los miembros de la comunidad escolar, la implementaci n de la mediaci n escolar como alternativa de soluci n pac fica de conflictos y la incorporaci n de cat logos de derechos y obligaciones de los estudiantes, lo cual garantiza una educaci n formada en valores. Que, adem s, se establecen medidas disciplinarias que se impondr n de manera gradual de conformidad con la gravedad de la falta, otorgando a las autoridades escolares un instrumento que regule de manera efectiva los procedimientos disciplinarios para los estudiantes, garantizando ambientes libres de violencia con respeto a sus derechos. Por lo anteriormente expuesto, se expiden los siguientes: LINEAMIENTOS PARA LOS ESTUDIANTES DE PLANTELES OFICIALES E INCORPORADOS DE EDUCACI N MEDIA SUPERIOR DE LA SECRETAR A DE EDUCACI N DEL ESTADO DE M XICO.

7 CAP TULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Art culo Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para la comunidad escolar de los planteles oficiales e incorporados de educaci n media superior del Subsistema Educativo Estatal, y tienen por objeto regular las relaciones de convivencia escolar, favorecer el aprendizaje y el desarrollo de las actividades acad micas, administrativas y disciplinarias de los estudiantes, con un enfoque de protecci n de los derechos humanos. 11 de abril de 2019 P gina 3 Art culo Corresponde al director escolar o responsable del plantel de educaci n media superior del Subsistema Educativo Estatal, en el mbito de sus atribuciones, la aplicaci n, vigilancia y cumplimiento de los presentes Lineamientos.

8 El personal docente, administrativo, madres, padres de familia y tutores coadyuvar n con la autoridad escolar en la aplicaci n de estas disposiciones. Art culo Los integrantes de la comunidad escolar de los planteles oficiales e incorporados en los que se imparten estudios de educaci n media superior del Subsistema Educativo Estatal, deber n observar los presentes Lineamientos, dentro del horario escolar y cuando se realicen actividades extraescolares institucionales. Art culo La autoridad escolar dar a conocer los presentes Lineamientos a los integrantes de la comunidad escolar de los planteles oficiales e incorporados de educaci n media superior del Subsistema Educativo Estatal al inicio de cada semestre, para asegurar su cumplimiento. Art culo Los estudiantes inscritos en los planteles oficiales e incorporados de educaci n media superior del Subsistema Educativo Estatal est n obligados a suscribir por escrito los compromisos establecidos en los presentes Lineamientos, al momento de realizar la solicitud de admisi n en el proceso de inscripci n o reinscripci n de cada semestre.

9 Trat ndose de menores de edad, la suscripci n de los compromisos la realizar quien ejerza la patria potestad o tutela. Art culo Los docentes deber n leer, conocer y analizar los presentes Lineamientos con los estudiantes, a fin de promover el di logo y reflexi n sobre sus derechos y deberes, as como la comprensi n sobre el valor de la colaboraci n, asumiendo las responsabilidades que tienen como integrantes de la comunidad escolar. Art culo Para efectos de estos Lineamientos se entiende por: I. Autoridad Educativa Estatal: a la Secretar a de Educaci n del Gobierno del ESTADO de M xico. II. Autoridad Escolar: al personal con funciones de director o responsable del plantel de educaci n media superior del Subsistema Educativo Estatal. III. Comunidad Escolar: al grupo de personas integrado por directivos escolares, personal docente, administrativo y de apoyo, madres, padres de familia o tutores, estudiantes y dem s agentes que intervienen en el proceso de ense anza y aprendizaje en los planteles de educaci n media superior del Subsistema Educativo Estatal.

10 IV. Estudiante: a la persona inscrita en un plantel oficial o incorporado en los que se imparten estudios de educaci n media superior del Subsistema Educativo Estatal. V. Plantel: a la escuela oficial o incorporada del Subsistema Educativo Estatal que imparte educaci n media superior. VI. Supervisor Escolar o Coordinador de Zona: al personal con funciones de supervisi n escolar en educaci n media superior del Subsistema Educativo Estatal. Art culo Todos los estudiantes tienen los mismos derechos, obligaciones y compromisos, sin distinci n de edad, g nero, origen tnico, nacionalidad, discapacidad, preferencias sexuales, creencias religiosas, raza o condici n social, de salud, econ mica o cultural, siempre y cuando con su ejercicio no se ponga en riesgo la vida, la salud o la seguridad de los mismos o de los dem s integrantes de la comunidad escolar.


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